Section § 10400

Explanation

Esta ley permite la creación de corporaciones sin fines de lucro dedicadas a prevenir la crueldad animal. Para formar una de estas corporaciones, se necesitan al menos 20 personas que sean ciudadanos y residentes de California. Si la organización se fundó a partir del 1 de enero de 2011, sus documentos fundacionales deben mencionar específicamente que fue creada bajo esta norma.

Las corporaciones para la prevención de la crueldad hacia los animales podrán constituirse conforme a la Ley de Corporaciones de Beneficio Público sin Fines de Lucro (Parte 2 (que comienza con la Sección 5110)) por 20 o más personas, quienes deberán ser ciudadanos y residentes de este estado. Si la corporación se constituye a partir del 1 de enero de 2011, sus estatutos sociales deberán indicar específicamente que la corporación se está constituyendo de conformidad con esta sección.

Section § 10403

Explanation

Las corporaciones de este tipo pueden poseer o recibir propiedades mediante donaciones, compras, testamentos o legados y hacer con ellas lo que deseen. Sin embargo, no se les permite poseer bienes raíces que generen más de $50,000 en ingresos anuales.

Toda corporación de este tipo podrá adquirir por donación, compra, disposición testamentaria o legado, cualquier propiedad, mueble o inmueble, y poseerla o disponer de ella a su voluntad; pero ninguna corporación de este tipo podrá poseer bienes inmuebles cuyo ingreso anual exceda de cincuenta mil dólares ($50,000).

Section § 10404

Explanation

Esta ley permite que las corporaciones o los oficiales de protección de animales presenten denuncias contra cualquier persona que infrinja las leyes relacionadas con los animales. También pueden ayudar en el proceso legal para procesar a la persona acusada de la infracción.

Cualquier corporación de este tipo, o un oficial de protección de animales de la misma, podrá presentar una denuncia contra cualquier persona, ante cualquier tribunal o magistrado con jurisdicción, por la violación de cualquier ley relacionada con o que afecte a los animales, y podrá colaborar en el enjuiciamiento del infractor ante el tribunal o magistrado.

Section § 10405

Explanation

Esta ley exige que todas las fuerzas del orden, como la policía, los alguaciles y los magistrados, ayuden a las organizaciones relacionadas con los animales a hacer cumplir las leyes de protección animal siempre que sea necesario.

Todos los magistrados, alguaciles y agentes de policía deberán, cuando la ocasión lo requiera, ayudar a cualquier corporación de este tipo, a sus funcionarios, miembros y agentes, en la aplicación de todas las leyes relacionadas con o que afecten a los animales.

Section § 10406

Explanation

Esta ley se aplica a todas las corporaciones de prevención de la crueldad animal en California, sin importar cuándo fueron constituidas. Sin embargo, no se aplica a ningún grupo que intente usar un nombre demasiado similar al de una organización existente con el mismo propósito.

Esta parte se aplica a todas las corporaciones para la prevención de la crueldad hacia los animales, ya sean constituidas antes o después del 20 de mayo de 1905, pero no se aplica a ninguna asociación, sociedad o corporación que utilice o especifique un nombre o estilo igual, o sustancialmente igual, al de cualquier sociedad o corporación preexistente en este estado organizada con un propósito similar.