Part 4
Section § 25300
Si planea anunciar un valor para la venta en California, debe presentar una copia del anuncio ante el comisionado del estado al menos tres días hábiles antes de su publicación, a menos que se le otorgue un permiso especial para un plazo más corto. Sin embargo, existen excepciones. Estas excepciones incluyen anuncios de corredores con licencia que no forman parte de la distribución, anuncios de ciertos valores o transacciones exentas, anuncios de valores registrados bajo la ley federal de valores, y anuncios de ciertos valores y entidades según lo permitan otras leyes específicas. El comisionado también puede eximir otros anuncios por norma.
Section § 25301
Esta sección de la ley exige que cualquier anuncio de un corredor de bolsa que no necesite ser presentado bajo ciertas condiciones, aún debe ser aprobado por un directivo de la empresa. Esta aprobación debe realizarse antes de que se utilicen los anuncios. Además, una copia que demuestre que fue aprobado debe guardarse en archivo durante tres años y debe estar disponible para que el comisionado la revise.
Section § 25302
Esta ley establece que no se pueden publicar anuncios de valores (como acciones o bonos) en California si el anuncio es engañoso o si omite información importante. Si el comisionado estatal considera que su anuncio es problemático, recibirá una notificación por escrito y no tendrá una audiencia previa. Puede solicitar una audiencia para revocar esta decisión, la cual debe comenzar dentro de los 15 días hábiles siguientes. Sin embargo, ciertos anuncios están exentos de esta norma si ya están regulados por agencias específicas, como el Comisionado de Seguros o la Reserva Federal.