Section § 25300

Explanation

Si planea anunciar un valor para la venta en California, debe presentar una copia del anuncio ante el comisionado del estado al menos tres días hábiles antes de su publicación, a menos que se le otorgue un permiso especial para un plazo más corto. Sin embargo, existen excepciones. Estas excepciones incluyen anuncios de corredores con licencia que no forman parte de la distribución, anuncios de ciertos valores o transacciones exentas, anuncios de valores registrados bajo la ley federal de valores, y anuncios de ciertos valores y entidades según lo permitan otras leyes específicas. El comisionado también puede eximir otros anuncios por norma.

(a)CA Corporaciones Code § 25300(a) Ninguna persona publicará ningún anuncio en este estado relativo a cualquier valor vendido u ofrecido para la venta en este estado a menos que una copia fiel del anuncio haya sido previamente presentada en la oficina del comisionado al menos tres días hábiles antes de la publicación o por un período más corto según lo permita el comisionado por norma u orden.
(b)CA Corporaciones Code § 25300(b) La subdivisión (a) de esta sección no se aplica a:
(1)CA Corporaciones Code § 25300(b)(1) Cualquier anuncio de cualquier valor publicado por un corredor de bolsa con licencia si el corredor de bolsa no está realizando transacciones con dicho valor como suscriptor u otro participante en una distribución para el emisor;
(2)CA Corporaciones Code § 25300(b)(2) Cualquier anuncio de cualquier valor publicado por un emisor o cualquier suscriptor u otro participante en una distribución para el emisor si el valor o la transacción está exento por las disposiciones del Capítulo 1 (que comienza con la Sección 25100) de la Parte 2 de esta división;
(3)CA Corporaciones Code § 25300(b)(3) Cualquier anuncio de cualquier valor en una transacción no de emisor si el valor está exento por la Sección 25100 o una oferta del valor está exenta por la subdivisión (g) de la Sección 25104;
(4)CA Corporaciones Code § 25300(b)(4) Cualquier anuncio permitido o requerido por la Sección 5(b)(2) o la Sección 2(a)(10)(b) de la Ley de Valores de 1933 con respecto a un valor que ha sido registrado bajo la Ley de Valores de 1933 y calificado para la venta en este estado;
(5)CA Corporaciones Code § 25300(b)(5) Cualquier anuncio con respecto a (A) un valor que está sujeto a las Secciones 25100.1 y 25101.1 y el anuncio está permitido o requerido bajo la Ley de Valores de 1933, (B) una transacción que está sujeta a la Sección 25102.1 y el anuncio está permitido o requerido bajo la Ley de Valores de 1933, o (C) un asesor de inversiones que está sujeto a la Sección 25230.1 y el anuncio está permitido o requerido bajo la Ley de Asesores de Inversión de 1940; o
(6)CA Corporaciones Code § 25300(b)(6) Cualquier otro anuncio exento por norma del comisionado.

Section § 25301

Explanation

Esta sección de la ley exige que cualquier anuncio de un corredor de bolsa que no necesite ser presentado bajo ciertas condiciones, aún debe ser aprobado por un directivo de la empresa. Esta aprobación debe realizarse antes de que se utilicen los anuncios. Además, una copia que demuestre que fue aprobado debe guardarse en archivo durante tres años y debe estar disponible para que el comisionado la revise.

Todas las publicidades publicadas por cualquier corredor de bolsa que estén exentas de presentación según el párrafo (1) o el párrafo (6) de la subdivisión (b) de la Sección 25300 deberán ser aprobadas antes de su uso mediante la firma o las iniciales de un funcionario, socio o un oficial supervisor responsable del corredor de bolsa, y la copia firmada o inicialada deberá ser conservada por el corredor de bolsa en un archivo apropiado por un período de tres años, sujeta a examen por parte del comisionado.

Section § 25302

Explanation

Esta ley establece que no se pueden publicar anuncios de valores (como acciones o bonos) en California si el anuncio es engañoso o si omite información importante. Si el comisionado estatal considera que su anuncio es problemático, recibirá una notificación por escrito y no tendrá una audiencia previa. Puede solicitar una audiencia para revocar esta decisión, la cual debe comenzar dentro de los 15 días hábiles siguientes. Sin embargo, ciertos anuncios están exentos de esta norma si ya están regulados por agencias específicas, como el Comisionado de Seguros o la Reserva Federal.

(a)CA Corporaciones Code § 25302(a) Ninguna persona publicará ningún anuncio relativo a valores en este estado después de que el comisionado determine que el anuncio contiene alguna declaración que sea falsa o engañosa u omita hacer cualquier declaración necesaria para que las declaraciones hechas, a la luz de las circunstancias en que se hicieron, no sean engañosas, y así lo notifique por escrito a la persona. Esta notificación podrá darse de forma sumaria sin previo aviso ni audiencia. En cualquier momento después de la emisión de una notificación conforme a esta sección, la persona que desee utilizar el anuncio podrá solicitar por escrito que se rescinda la orden. Una vez recibida la solicitud por escrito, el asunto se fijará para una audiencia que comenzará dentro de los 15 días hábiles siguientes a la recepción, a menos que la persona que realiza la solicitud consienta una fecha posterior. Después de la audiencia, que se llevará a cabo de conformidad con las disposiciones de la Ley de Procedimiento Administrativo (Capítulo 5 (que comienza con la Sección 11500) de la Parte 1 de la División 3 del Título 2 del Código de Gobierno), el comisionado determinará si confirma y mantiene o rescinde la orden, y el comisionado tendrá todas las facultades concedidas en virtud de dicha ley.
(b)CA Corporaciones Code § 25302(b) Esta sección no se aplica a ningún anuncio de valores que esté sujeto a la supervisión, regulación o examen de cualquiera de los siguientes:
(1)CA Corporaciones Code § 25302(b)(1) El Comisionado de Seguros.
(2)CA Corporaciones Code § 25302(b)(2) El Comisionado de Protección Financiera e Innovación.
(3)CA Corporaciones Code § 25302(b)(3) La Comisión de Servicios Públicos.
(4)CA Corporaciones Code § 25302(b)(4) El Contralor de la Moneda de los Estados Unidos.
(5)CA Corporaciones Code § 25302(b)(5) La Corporación Federal de Seguro de Depósitos.
(6)CA Corporaciones Code § 25302(b)(6) La Junta de Gobernadores del Sistema de la Reserva Federal.