Section § 3000

Explanation
Esta ley explica las definiciones específicas de los términos utilizados en un artículo legal relacionado con proyectos de construcción y reparación en escuelas públicas y colegios comunitarios. Un 'arquitecto' y un 'ingeniero' deben tener licencias estatales vigentes. Un 'distrito' se refiere a ciertos distritos escolares o de colegios comunitarios. 'Instalación pública' significa edificios de escuelas públicas o colegios comunitarios. Un 'consultor de techos' es alguien registrado en RCI. Un 'proyecto de techo' implica reemplazar o reparar partes significativas del techo de una instalación, sin incluir reparaciones menores. 'Sustituto' se refiere a un material de reemplazo propuesto por un licitador que es igual al artículo especificado.

Section § 3002

Explanation

Esta sección explica qué se considera un material o producto "igual" para proyectos de techos bajo ciertas condiciones. Para ser considerado igual, el artículo debe igualar o superar al original en calidad, durabilidad, diseño y apariencia, funcionar tan bien como el original y ajustarse de cerca a los requisitos especificados, incluso con algunas pequeñas diferencias. Además, no se acepta un sustituto si cambia significativamente el rendimiento o la durabilidad del sistema de techo en comparación con otros sistemas similares, a menos que la diferencia sea solo por usar productos o garantías de una marca específica.

(a)CA Contrato Público Code § 3002(a) Para los fines de la subdivisión (b) de la Sección 3400 y la subdivisión (a) de la Sección 10129, para cualquier proyecto de techo, un material, producto, cosa o servicio se considerará igual si cumple con todos los siguientes requisitos:
(1)CA Contrato Público Code § 3002(a)(1) El artículo es al menos igual en calidad, durabilidad, diseño y apariencia, pero no necesariamente de un color idéntico.
(2)CA Contrato Público Code § 3002(a)(2) El artículo realizará la función prevista al menos igual de bien.
(3)CA Contrato Público Code § 3002(a)(3) El artículo se ajusta sustancialmente, incluso con desviaciones, a los requisitos detallados contenidos en las especificaciones.
(b)CA Contrato Público Code § 3002(b) Un sustituto puede ser desigual si el sistema de techo resultante fuera sustancialmente diferente de otros sistemas iguales o mejores en términos de rendimiento y durabilidad, pero no meramente diferente en virtud de la inclusión de productos patentados o una garantía patentada.

Section § 3004

Explanation
Esta ley exige que los detalles o las especificaciones de cualquier proyecto de techado se creen de una manera que fomente la competencia entre los posibles contratistas o licitadores.

Section § 3006

Explanation

Esta sección de la ley exige que los arquitectos, ingenieros, consultores de techos y otros involucrados en un proyecto de techado revelen cualquier relación financiera antes de comenzar el trabajo. Deben firmar una declaración de certificación, asegurando que no hay relaciones no reveladas. Sin embargo, la propiedad de acciones de menos del 10% en empresas que cotizan en bolsa no necesita ser revelada. Aquellos que proporcionen información falsa o no revelen la información requerida pueden ser considerados financieramente responsables por cualquier costo adicional resultante para el distrito. También pueden enfrentar sanciones civiles de hasta $1,000 y pueden ser procesados por un fiscal público.

La certificación que firman también cubre promesas de no dar ni recibir ningún tipo de incentivo financiero relacionado con el proyecto, y cualquier vínculo financiero existente debe ser completamente revelado, con los detalles necesarios.

(a)Copy CA Contrato Público Code § 3006(a)
(1)Copy CA Contrato Público Code § 3006(a)(1) Un arquitecto, ingeniero o consultor de techos que preste servicios profesionales relacionados con un proyecto de techo deberá revelar cualquier relación financiera completando y firmando la certificación establecida en el apartado (b) antes de que se contraten los servicios profesionales. Un fabricante de materiales, contratista o proveedor involucrado en una oferta o propuesta para un proyecto de techo deberá revelar cualquier relación financiera completando y firmando la certificación establecida en el apartado (b) cuando se adjudique el contrato. El arquitecto, ingeniero, consultor de techos, fabricante de materiales, contratista o proveedor deberá proporcionar la certificación al distrito.
(2)CA Contrato Público Code § 3006(a)(2) Un arquitecto, ingeniero, consultor de techos, fabricante de materiales, contratista o proveedor no deberá revelar una relación financiera en la que esa persona o entidad sea accionista de una corporación cuyas acciones cotizan para la venta al público en general en una bolsa de valores nacional y están registradas ante la Comisión de Bolsa y Valores de los Estados Unidos, si la persona o entidad posee menos del 10 por ciento de las acciones en circulación con derecho a voto en la junta anual de la corporación.
(3)CA Contrato Público Code § 3006(a)(3) Un arquitecto, contratista, ingeniero, fabricante de materiales, consultor de techos o proveedor que, a sabiendas, proporcione información falsa o no revele una relación financiera de conformidad con esta sección, será responsable ante el distrito por cualquier costo para el distrito que sea razonablemente atribuible a costos excesivos o innecesarios, en comparación con las ofertas de la competencia, incurridos por el distrito como resultado de la relación financiera no revelada.
(b)CA Contrato Público Code § 3006(b) Yo, [Nombre], [Nombre del Empleador], certifico que no he ofrecido, dado, o acordado dar, recibido, aceptado, o acordado aceptar, ningún regalo, contribución, o cualquier incentivo financiero de ningún tipo a o de ninguna persona en relación con el contrato del proyecto de techo. Según se utiliza en esta certificación, “persona” significa cualquier persona natural, empresa, sociedad, corporación, sindicato, comité, club, u otra organización, entidad o grupo de individuos. Además, yo, [Nombre], [Nombre del Empleador], certifico que no tengo, y durante la duración del contrato, no tendré, ninguna relación financiera en relación con la ejecución de este contrato con ningún arquitecto, ingeniero, consultor de techos, fabricante de materiales, distribuidor o proveedor que no se revele a continuación.
Yo, [Nombre], [Nombre del Empleador], tengo las siguientes relaciones financieras con un arquitecto, ingeniero, consultor de techos, fabricante de materiales, distribuidor o proveedor, u otra persona en relación con el siguiente contrato de proyecto de techo:
Nombre y Dirección del Edificio, Fecha y Número del Contrato
Certifico que, a mi leal saber y entender, el contenido de esta divulgación es verdadero, o se cree que es verdadero.
FirmaFecha
Nombre en Letra de Molde
Nombre del Empleador en Letra de Molde
(c)CA Contrato Público Code § 3006(c) Cualquier persona que, a sabiendas, proporcione información falsa o no revele una relación financiera en la divulgación establecida en el apartado (b) estará sujeta a una sanción civil por un monto de hasta mil dólares ($1,000), además de cualquier otro recurso disponible. Cualquier fiscal público podrá interponer una acción para una sanción civil en virtud de esta disposición en nombre del pueblo del Estado de California.

Section § 3008

Explanation

Esta ley explica cómo denunciar la manipulación de licitaciones y las licitaciones indebidas en California. Si sospecha de manipulación de licitaciones a nivel de gobierno local, como ciudades o distritos escolares, puede comunicarse con la Sección de Derecho Antimonopolio de la Oficina del Fiscal General en Los Ángeles o usar su formulario de queja en línea. Para problemas con licitaciones indebidas que involucren fondos estatales, debe comunicarse con la Línea Directa para Denunciantes de la Oficina de Auditorías Estatales por teléfono o correo.

(a)CA Contrato Público Code § 3008(a) Para denunciar la manipulación de licitaciones que involucre a agencias y empleados del gobierno local, incluyendo, entre otros, empleados y funcionarios del condado, la ciudad y los distritos escolares, una persona interesada puede comunicarse con la Sección de Derecho Antimonopolio de la Oficina del Fiscal General, 300 S. Spring Calle, Suite 1702, Los Ángeles, CA 90013, (800) 952-5225, o completar el formulario de queja en línea en el sitio web de la Oficina del Fiscal General (Consumer Complaint Against a Business/Company) en ag.ca.gov/contact/complaint_form.php?cmplt=CL.
(b)CA Contrato Público Code § 3008(b) Para presentar una queja sobre licitaciones indebidas que involucren fondos estatales, una persona interesada puede comunicarse con la Línea Directa para Denunciantes de la Oficina de Auditorías Estatales para cualquier agencia o institución estatal, al 800-952-5665, o por correo postal en 555 Capitol Mall, Suite 300, Sacramento, CA 95814.

Section § 3010

Explanation
Esta sección de la ley establece que no se aplica a los distritos escolares o a los distritos de colegios comunitarios si están operando bajo condiciones específicas descritas en otras secciones, es decir, la Sección 20113 para los distritos escolares y la Sección 20654 para los distritos de colegios comunitarios.