Section § 1

Explanation

Esta ley establece que cualquier nuevo proyecto de vivienda para personas de bajos ingresos en California debe ser aprobado por la mayoría de los votantes en la ciudad, pueblo o condado donde se proponga el proyecto. La aprobación puede darse durante una elección celebrada específicamente para este fin o durante una elección general o especial.

Un 'proyecto de vivienda de bajo alquiler' incluye cualquier desarrollo de vivienda financiado o asistido por el gobierno federal o un organismo público estatal, excepto los proyectos con contratos financieros existentes a la fecha de entrada en vigor de la ley. 'Personas de bajos ingresos' se define como aquellas que no pueden permitirse una vivienda digna sin ayuda. Un 'organismo público estatal' se refiere a cualquier entidad gubernamental dentro de California, y 'Gobierno Federal' incluye a los EE. UU. y sus agencias.

Ningún proyecto de vivienda de bajo alquiler será desarrollado, construido o adquirido de ninguna manera por ningún organismo público estatal hasta que la mayoría de los electores calificados de la ciudad, pueblo o condado, según sea el caso, en el que se proponga desarrollar, construir o adquirir el mismo, votando sobre dicho asunto, aprueben dicho proyecto votando a favor del mismo en una elección que se celebre a tal efecto, o en cualquier elección general o especial.
Para los fines de este Artículo, el término “proyecto de vivienda de bajo alquiler” significará cualquier desarrollo compuesto por viviendas urbanas o rurales, apartamentos u otras unidades de vivienda para personas de bajos ingresos, financiado total o parcialmente por el Gobierno Federal o un organismo público estatal o al que el Gobierno Federal o un organismo público estatal extienda asistencia suministrando toda o parte de la mano de obra, garantizando el pago de gravámenes, o de otra manera. Para los fines de este Artículo solamente, se excluirá del término “proyecto de vivienda de bajo alquiler” cualquier proyecto en el que exista, en la fecha de entrada en vigor del presente, un contrato de asistencia financiera entre cualquier organismo público estatal y el Gobierno Federal con respecto a dicho proyecto.
Para los fines de este Artículo solamente, “personas de bajos ingresos” significará personas o familias que carecen de la cantidad de ingresos necesaria (según lo determine el organismo público estatal que desarrolle, construya o adquiera el proyecto de vivienda) para permitirles, sin asistencia financiera, vivir en viviendas dignas, seguras y sanitarias, sin hacinamiento.
Para los fines de este Artículo, el término “organismo público estatal” significará este Estado, o cualquier ciudad, ciudad y condado, condado, distrito, autoridad, agencia, o cualquier otra subdivisión u organismo público de este Estado.
Para los fines de este Artículo, el término “Gobierno Federal” significará los Estados Unidos de América, o cualquier agencia o instrumentalidad, corporativa o de otra índole, de los Estados Unidos de América.

Section § 2

Explanation

Esta parte de la ley funcionará por sí misma sin necesidad de leyes adicionales para hacerla efectiva. Sin embargo, se pueden crear nuevas leyes, siempre y cuando no contradigan esta sección, para ayudar a que funcione mejor.

Las disposiciones de este Artículo serán autoejecutables, pero se podrá promulgar legislación que no entre en conflicto con el presente para facilitar su funcionamiento.

Section § 3

Explanation
Esta sección de la ley establece que si una parte de este artículo se declara inconstitucional o inválida, el resto del artículo sigue siendo válido. Significa que, aunque una parte no sea válida, no afectará el resto de las normas aplicables a otras personas o situaciones.

Section § 4

Explanation
Esta sección establece que las reglas de este Artículo prevalecen sobre cualquier otra regla en la Constitución o en las leyes que no estén de acuerdo con ellas.