Gobierno Local
Section § 1
Esta sección explica que California está dividida en condados, que son subdivisiones estatales. La legislatura estatal establece las reglas para crear, fusionar o modificar condados, lo cual requiere la aprobación de la mayoría de los votantes. Cambiar los límites de los condados requiere la aprobación del órgano de gobierno de cada condado. Trasladar la sede de un condado necesita un voto de dos tercios de los votantes del condado y solo puede considerarse una vez cada cuatro años.
Además, cada condado debe tener funcionarios electos como un sheriff, un fiscal de distrito y un tasador, junto con un órgano de gobierno electo, que decide su propia remuneración pero está sujeto a la aprobación de los votantes. La legislatura o el órgano de gobierno también pueden decidir sobre otros funcionarios y las condiciones para los empleados del condado.
Section § 2
Esta sección de la ley explica cómo se forman las ciudades y cómo se definen sus poderes. La legislatura es responsable de establecer las reglas para crear nuevas ciudades y determinar qué poderes tienen. Además, una ciudad no puede fusionarse o unirse a otra ciudad a menos que la mayoría de los votantes de la ciudad lo aprueben.
Section § 3
En California, un condado o ciudad puede crear su propia carta constitutiva, que es como una constitución local, obteniendo el voto mayoritario de los residentes. Este documento se vuelve oficial una vez que se presenta ante el Secretario de Estado. Las cartas constitutivas pueden ser modificadas, actualizadas o eliminadas de la misma manera, y cualquier cambio debe publicarse. La carta constitutiva de un condado anulará cualquier carta constitutiva existente o ley que no esté en consonancia con ella.
Los líderes de la ciudad o el condado, o un grupo formado específicamente, pueden proponer cambios a la carta constitutiva. Los residentes también pueden proponer cambios a través de una iniciativa popular. Se pueden celebrar elecciones para decidir si se crea o actualiza una carta constitutiva, y estas pueden ser iniciadas por los residentes o los líderes.
Si dos propuestas en la misma elección se contradicen, prevalecerá la que tenga más apoyo.
Section § 4
Esta sección explica cómo deben organizarse las cartas constitucionales de los condados en California. El órgano de gobierno debe tener al menos cinco miembros, elegidos por distrito o en general, y algunos deben residir en el distrito que representan. Las cartas constitucionales de los condados cubren las reglas sobre los salarios de los miembros, sus mandatos, su destitución y otros aspectos.
Deben elegir un sheriff, un fiscal de distrito y un tasador, detallando sus funciones y cómo son nombrados o destituidos. Estas cartas constitucionales también describen las responsabilidades de todos los funcionarios del condado y cómo se cubren las vacantes. Los condados pueden regular los puestos de personal, sus deberes y su remuneración. Una vez que una carta constitutiva es adoptada y aprobada, puede anular las leyes estatales generales para ese condado.
Los condados con carta constitutiva tienen todo el poder otorgado por la constitución estatal o por los estatutos.
Section § 5
Esta ley establece que las ciudades de California pueden crear y hacer cumplir sus propias reglas sobre asuntos municipales, siempre y cuando cumplan con sus cartas constitutivas de la ciudad y cualquier ley general pertinente. Las nuevas cartas constitutivas de la ciudad pueden reemplazar las obsoletas y prevalecer sobre cualquier ley que entre en conflicto con los asuntos de la ciudad.
Además, las ciudades pueden incluir disposiciones adicionales en sus cartas constitutivas sobre la organización de su fuerza policial, el gobierno de diferentes áreas dentro de la ciudad, la gestión de las elecciones municipales y la decisión de cómo nombrar, pagar y gestionar a los empleados municipales. Estas facultades son amplias, pero aún deben seguir las restricciones generales establecidas en la Constitución.
Section § 6
Esta ley permite que un condado y todas las ciudades dentro de él se unan y formen lo que se conoce como una ciudad y condado autónomos. Esta nueva entidad tendrá poderes combinados tanto de una ciudad autónoma como de un condado autónomo, pero si hay algún conflicto, los poderes de la ciudad autónoma tendrán prioridad sobre los del condado autónomo.
Section § 7
Esta sección establece que las ciudades y los condados de California tienen la facultad de crear y hacer cumplir sus propias normas y reglamentos locales sobre cuestiones como la policía y la sanidad, siempre y cuando estas normas no entren en conflicto con las leyes estatales.
Section § 7.5
Esta ley establece que cuando una ciudad o un condado en California propone una medida para que los votantes decidan, esta no puede diseñarse de manera que se aplique solo a partes de esa ciudad o condado basándose en cómo vota la gente. Además, tales medidas no pueden tener reglas o resultados diferentes que dependan de un porcentaje específico de votos a favor o en contra. Una «medida de ciudad o condado» incluye cosas como preguntas consultivas, enmiendas a estatutos o propuestas de bonos que se votan en toda la ciudad o el condado.
Section § 8
Esta sección permite que los condados de California asuman responsabilidades de las ciudades si estas lo solicitan. Además, si tanto el condado como la ciudad lo tienen estipulado en sus estatutos, pueden llegar a un acuerdo para que el condado se encargue de funciones municipales específicas.
Section § 9
Esta ley permite a una ciudad (corporación municipal) crear, comprar y gestionar servicios públicos como la energía y el agua para sus residentes. La ciudad también puede ofrecer estos servicios a personas fuera de su área, a menos que otra ciudad ya esté proporcionando el mismo servicio y no esté de acuerdo.
Además, individuos o empresas también pueden establecer servicios como estos, pero deben seguir las normas y regulaciones de la ciudad.
Section § 10
Esta ley establece que los organismos gubernamentales locales en California no pueden otorgar pagos adicionales o bonificaciones a funcionarios públicos, empleados o contratistas después de que sus servicios hayan sido completados o los contratos cumplidos, a menos que estuviera autorizado por ley. Además, las ciudades y los condados no pueden exigir a sus empleados que vivan dentro de sus límites, aunque pueden exigir que los empleados vivan a una distancia razonable y especificada de su lugar de trabajo u otra ubicación designada.
Section § 11
Esta ley establece que la Legislatura de California no puede permitir que individuos o grupos privados tomen el control de cómo se gestionan las mejoras, el dinero o la propiedad de los condados o ciudades. Tampoco puede permitirles realizar funciones municipales o recaudar impuestos y contribuciones especiales.
Sin embargo, la Legislatura sí puede manejar el dinero público depositándolo en bancos, cooperativas de crédito o asociaciones de ahorro y préstamo en California. También puede organizar inversiones y gestionar pagos de deudas a través de bancos y fiduciarios privados, ya sea que estén dentro o fuera del estado.
Section § 12
Section § 13
Esta sección explica que partes específicas de la Constitución de California se están aclarando, pero no se están cambiando realmente. Se trata de cómo se divide el poder entre el gobierno estatal y los gobiernos locales. Los términos utilizados son coherentes con definiciones anteriores, por lo que no se están introduciendo nuevos significados ni cambios aquí.
Section § 14
Si se crea un nuevo gobierno local y abarca áreas en dos o más condados, no puede cobrar un impuesto sobre la propiedad a menos que la mayoría de los votantes de esa área lo aprueben en una elección.
Section § 15
Esta ley explica cómo se distribuye el dinero recaudado de las tasas de licencia de vehículos, fijadas en el 0.65% del valor de mercado de un vehículo. Primero, una parte se destina al Fondo de Ingresos Locales, que apoya a los gobiernos locales. El resto se divide entre ciudades y condados según las leyes vigentes. Si el porcentaje de la tasa disminuye, la ley asegura que la cantidad perdida sea cubierta por fondos adicionales, que luego se distribuyen de la misma manera para apoyar los presupuestos de los gobiernos locales.