Judicial
Section § 1
Esta ley establece que el sistema judicial de California está compuesto por la Corte Suprema, las cortes de apelación y los tribunales superiores. Estos tribunales son reconocidos como tribunales oficiales de registro, lo que significa que mantienen registros permanentes de sus procedimientos.
Section § 2
La Corte Suprema de California está compuesta por el Presidente del Tribunal Supremo y seis jueces asociados. El Presidente del Tribunal Supremo puede convocar a la corte a sesión cuando sea necesario. Para que se tome una decisión, al menos cuatro jueces deben estar de acuerdo.
Si el Presidente del Tribunal Supremo no está disponible, un Presidente del Tribunal Supremo interino asumirá sus funciones. El Presidente del Tribunal Supremo interino es elegido por el Presidente del Tribunal Supremo o, si este no lo hace, por la corte de entre los jueces asociados.
Section § 3
Esta ley establece que California se divide en distritos, cada uno con un tribunal de apelación compuesto por una o más divisiones. Cada división cuenta con un juez presidente y al menos dos jueces asociados, funcionando como un tribunal de tres jueces. Para emitir una sentencia, al menos dos jueces deben estar de acuerdo. Si el juez presidente no puede desempeñar sus funciones, un juez presidente interino asumirá el cargo. Esta persona es elegida por el juez presidente o, en su defecto, por el Presidente del Tribunal Supremo.
Section § 4
Cada condado en California tiene un tribunal superior con uno o más jueces, y la legislatura estatal decide cuántos jueces se necesitan y organiza el personal del tribunal. Si los condados están de acuerdo, un juez puede trabajar en más de un tribunal superior. Cada tribunal superior también tiene una división de apelaciones, que se encarga de las apelaciones. El Presidente del Tribunal Supremo asigna jueces a esta división de apelaciones por ciertos períodos, siguiendo las reglas establecidas por el Consejo Judicial, asegurando que la división se mantenga independiente.
Section § 6
Esta ley describe la estructura y las funciones del Consejo Judicial en California. Está compuesto por jueces de varios tribunales, administradores judiciales, miembros del Colegio de Abogados del Estado y legisladores. Cada miembro cumple un mandato de tres años, y las vacantes se cubren según sea necesario. El Consejo puede nombrar un Director Administrativo y hace recomendaciones para mejorar el sistema judicial. Adopta reglas para los procedimientos y la administración de los tribunales, las cuales no pueden entrar en conflicto con las leyes existentes. El Presidente del Tribunal Supremo tiene la autoridad para agilizar los procesos judiciales y asignar jueces a diferentes tribunales con su consentimiento. Los jueces deben informar al Consejo sobre sus actividades judiciales y cooperar con las directrices del Presidente del Tribunal Supremo.
Section § 7
Section § 8
La Comisión de Desempeño Judicial en California está compuesta por jueces, abogados y ciudadanos. Los jueces son nombrados por el Tribunal Supremo, los abogados por el Gobernador y los ciudadanos por el Gobernador, el Comité de Reglas del Senado y el Presidente de la Asamblea. Los miembros cumplen mandatos de cuatro años con límites en las reelecciones. Sin embargo, algunos miembros iniciales en 1995 fueron nombrados para mandatos más cortos para escalonar los nombramientos a lo largo del tiempo. Si un miembro deja su puesto que lo califica, su membresía termina y un nuevo nombramiento cubre el resto del mandato. Los miembros pueden seguir sirviendo después de que expire su mandato hasta que se nombre un reemplazo.
Section § 9
Section § 10
Esta sección explica qué tribunales en California tienen la autoridad, o jurisdicción, para conocer ciertos tipos de casos primero, lo que se conoce como jurisdicción original. La Corte Suprema, las cortes de apelación y las cortes superiores pueden conocer casos de hábeas corpus y solicitudes especiales de desagravio como mandamiento, certiorari y prohibición. La división de apelaciones de la corte superior también puede conocer estas solicitudes especiales, pero solo si involucran decisiones tomadas por la propia corte superior. Las cortes superiores pueden conocer todos los demás tipos de casos primero. Además, los jueces pueden comentar sobre la evidencia y la credibilidad de los testigos para ayudar a asegurar que se tome una decisión justa.
Section § 11
La Corte Suprema revisa automáticamente los casos relacionados con la pena de muerte. Excepto en los casos de pena de muerte, los tribunales de apelación se encargan de las apelaciones de los tribunales superiores para los casos que podían revisar a partir del 30 de junio de 1995, y otros casos especificados por la ley. En los casos civiles, la Legislatura puede cambiar qué casos pueden conocer los tribunales de apelación basándose en la cantidad de dinero involucrada en el caso.
La división de apelación del tribunal superior maneja las apelaciones de otros casos según lo define la ley, a menos que se especifique lo contrario en la primera regla. Además, la Legislatura puede permitir que los tribunales de apelación recopilen pruebas y emitan conclusiones de hecho si no hay juicio con jurado, o si el jurado no es obligatorio.
Section § 12
Esta ley describe la capacidad de la Corte Suprema de California para transferir casos entre ella misma y los tribunales de apelación. Puede tomar un caso de un tribunal de apelación, enviar un caso que tiene a un tribunal de apelación, o mover casos entre diferentes tribunales de apelación antes de que se tome una decisión.
La Corte Suprema también puede revisar las decisiones tomadas por un tribunal de apelación en cualquier caso. El Consejo Judicial establece las reglas detalladas y los plazos sobre cómo ocurren estas transferencias y revisiones, incluyendo dar instrucciones sobre decisiones parciales y la remisión de casos.
Sin embargo, los casos que involucran sentencias de pena de muerte no están cubiertos por esta sección.
Section § 13
Esta ley establece que un tribunal no debe revocar una decisión ni conceder un nuevo juicio solo porque hubo un error, como una instrucción errónea al jurado, problemas con las pruebas o errores de procedimiento, a menos que la revisión de todo el caso y las pruebas demuestre que el error tuvo un impacto negativo significativo en la justicia.
Section § 14
Esta sección exige a la Legislatura de California que asegure que ciertas opiniones de la Corte Suprema y de los tribunales de apelación se publiquen rápidamente, siempre y cuando la Corte Suprema lo considere oportuno. Estas opiniones pueden ser publicadas por cualquier persona. Además, todas las decisiones de estos tribunales que resuelvan casos deben estar por escrito e incluir el razonamiento que las sustenta.
Section § 15
Section § 16
Esta ley explica cómo se eligen y nombran a los jueces en California. Los jueces de la Corte Suprema son elegidos en todo el estado, mientras que los jueces de los Tribunales de Apelación son elegidos dentro de sus distritos cada 12 años, con nuevos distritos que tienen mandatos iniciales de 4, 8 y 12 años. Los jueces de los Tribunales Superiores son elegidos dentro de sus condados por mandatos de seis años, y las vacantes son cubiertas temporalmente por el Gobernador hasta la siguiente elección general.
Si el mandato de un juez está por terminar, puede presentar su candidatura para la reelección, o el Gobernador nominará a alguien. Solo estos candidatos aparecen en la boleta electoral, y deben recibir la mayoría de los votos para ganar. Los Gobernadores cubren las vacantes judiciales nombrando jueces, pero estos nombramientos necesitan la confirmación de la Comisión de Nombramientos Judiciales.
Section § 17
Esta ley establece que los jueces no pueden ejercer la abogacía ni ocupar ningún otro empleo o cargo público fuera de sus funciones judiciales durante su mandato, pero pueden aceptar un puesto de enseñanza a tiempo parcial si no interfiere con sus deberes judiciales. Si un juez de un tribunal de primera instancia desea postularse para otro cargo público, debe tomar una licencia sin goce de sueldo antes de declarar su candidatura, y ganar ese cargo significa que renuncia a su puesto de juez.
Además, los jueces no pueden quedarse personalmente con multas o tasas, ni pueden acumular crédito de servicio para la jubilación por la enseñanza mientras están en funciones como jueces.
Section § 18
Esta sección explica cuándo y cómo un juez en California puede ser destituido, suspendido o disciplinado. Los jueces quedan inhabilitados para ejercer sus funciones si son acusados de un delito grave o están bajo investigación por mala conducta. Si un juez es condenado por un delito grave o un delito que implique depravación moral, es suspendido sin sueldo y puede ser destituido si la condena es firme.
La Comisión de Desempeño Judicial se encarga de estas investigaciones y puede proponer acciones como la jubilación por incapacidad, la censura por mala conducta o una amonestación por infracciones menores. Los jueces pueden apelar estas decisiones, y la Corte Suprema puede revisarlas. Además, la sección declara inmunidad para el personal de la comisión y establece procedimientos para la transparencia y la elaboración de normas.
Section § 18.1
Esta ley establece que la Comisión de Desempeño Judicial supervisa la disciplina de los jueces de menor nivel utilizando estándares establecidos, y sus decisiones pueden ser revisadas por la Corte Suprema.
Si un funcionario judicial subordinado es considerado no apto después de una audiencia, no puede continuar en su puesto.
Sin embargo, los tribunales individuales aún tienen la responsabilidad de gestionar y disciplinar inicialmente a su propio personal judicial subordinado.
Section § 18.5
Esta sección de la ley establece las reglas para compartir información sobre acciones disciplinarias tomadas contra jueces. Si un Gobernador, el Presidente o la Comisión de Nombramientos Judiciales en EE. UU. está considerando a alguien para un nombramiento judicial, pueden solicitar cualquier registro disciplinario relevante a la Comisión de Desempeño Judicial de California. Esto incluye amonestaciones privadas y cartas de advertencia.
Es importante destacar que cualquier información compartida bajo esta regla debe permanecer confidencial, pero el solicitante que está siendo considerado también debe ser informado de los detalles compartidos sobre él. El término "amonestación privada" se refiere a un tipo específico de acción disciplinaria contra un juez, autorizada por una parte específica de la Constitución de California.
Section § 19
Section § 20
Esta ley exige que la Legislatura establezca un sistema para que los jueces puedan jubilarse con una pensión justa cuando lleguen a cierta edad o si quedan incapacitados.
Section § 21
Section § 22
Esta ley permite a la legislatura estatal facultar a los tribunales de primera instancia para nombrar funcionarios, como los comisionados, para llevar a cabo ciertas tareas que apoyan al poder judicial.