Hacienda Pública
Section § 1
La Legislatura de California no puede crear deudas que superen los $300,000, a menos que sea por motivos de guerra o que una ley lo autorice para un proyecto específico. En este último caso, la deuda debe saldarse en un plazo de 50 años sin recurrir a nuevos préstamos. Dicha ley requiere la aprobación de dos tercios de los votos en ambas cámaras y la aprobación del público en una elección, y los fondos recaudados deben usarse únicamente para el propósito declarado.
Los miembros de la Legislatura tienen la misma autoridad en la Junta de Asignación Estatal en lo que respecta a la financiación de la construcción escolar. La Legislatura puede ajustar la tasa de interés de los bonos estatales no vendidos con una mayoría de dos tercios de los votos. Además, una ley de 1969 que ajusta las tasas de interés de los bonos está oficialmente aprobada.
Section § 1.3
Esta sección de la ley explica que California puede crear una deuda o responsabilidad superior a $300,000 para financiar un déficit presupuestario estatal acumulado si los votantes lo autorizan en una elección específica de 2004. Un 'déficit presupuestario estatal acumulado' incluye ciertas deficiencias financieras y obligaciones según lo define el Director de Finanzas. Sin embargo, una vez que se emiten bonos estatales para este fin, California no puede obtener fondos para cubrir un déficit presupuestario estatal de fin de año utilizando tipos específicos de deuda, a menos que sea a través de préstamos a corto plazo en anticipación de impuestos u otros ingresos, lo cual no se considera un déficit presupuestario bajo esta ley.
Section § 1.5
Esta ley permite a la Legislatura de California establecer un “Fondo de Ingresos de Bonos de Obligación General” en la Tesorería del Estado. Este fondo es para el dinero obtenido de la venta de bonos estatales, junto con cualquier interés ganado, para ser guardado y administrado por separado. Cada emisión de bonos tiene su propia cuenta para asegurar que los fondos se utilicen según lo previsto. La Legislatura también puede eliminar fondos de bonos existentes y transferir su dinero a este nuevo fondo, pero conserva la opción de recrear esos fondos antiguos y devolver el dinero si es necesario.
Section § 2
Esta ley establece que cualquier cambio a la Constitución de California que involucre la creación y venta de bonos estatales no puede ser válido a menos que se presente primero a los votantes como una ley o estatuto de bonos separado. Las enmiendas a las secciones de la constitución relativas a los bonos quedan derogadas y en su lugar se tratan como leyes regulares, que la Legislatura puede modificar posteriormente una vez que todas las deudas de bonos hayan sido liquidadas y no se vean afectados los derechos. Se enumeran artículos específicos relacionados con los bonos para referencia.
Section § 3
Esta ley establece que California no puede usar fondos estatales para apoyar instituciones que no sean administradas por el estado, como corporaciones u hospitales, a menos que se apliquen ciertas excepciones. Una excepción permite que el dinero estatal se use para construir instalaciones hospitalarias si hay fondos federales involucrados. Otra excepción permite otorgar ayuda financiera a instituciones que cuidan a huérfanos, niños abandonados y personas mayores y discapacitadas con dificultades económicas. También permite ayuda para personas ciegas que no están en instalaciones apoyadas por el estado, y para personas con discapacidad física necesitadas que no están en instituciones apoyadas por el estado.
Los gobiernos locales que brindan apoyo similar a estos grupos pueden recibir ayuda financiera similar del estado. El estado conserva el derecho de auditar estas instituciones, y todas las transacciones de dinero público deben ser informadas junto con las publicaciones legislativas.
Section § 3.5
Esta ley establece que cualquier cambio a la Ley de Mejora del Reembolso Hospitalario de Medi-Cal de 2013 requiere la aprobación de los votantes, a menos que los cambios apoyen los objetivos de la ley y obtengan una mayoría de dos tercios de los votos de la Legislatura. Las modificaciones técnicas menores no necesitan la aprobación de los votantes. Además, si la Legislatura deroga la ley, no puede reemplazarla con una ley similar que imponga una tarifa o impuesto a menos que se alinee con los objetivos de la ley o sea aprobada por los votantes.
La ley implica fondos de una tarifa especial, que no se consideran ingresos del Fondo General del estado, y estos fondos permanecen sin restricciones para servicios hospitalarios a beneficiarios de Medi-Cal o de programas federales similares.
Section § 4
Esta ley permite a la Legislatura de California ofrecer seguros o garantías para préstamos otorgados tanto por prestamistas privados como públicos a corporaciones sin fines de lucro y agencias públicas. Estos préstamos deben usarse específicamente para el desarrollo o mejora de hospitales e instalaciones de atención médica, incluyendo centros de salud mental y de atención extendida. Además, la ley aclara que nada en la Constitución de California limita esta autoridad otorgada a la Legislatura.
Section § 5
Esta sección prohíbe a cualquier entidad gubernamental en California, desde la legislatura estatal hasta los gobiernos locales, dar dinero o propiedades, o proporcionar apoyo, a cualquier institución religiosa o para fines religiosos. Esto incluye cosas como subvenciones o donaciones a iglesias, escuelas religiosas u hospitales.
Existe una excepción para algo específico descrito en otra parte de la Constitución, bajo la Sección 3 del Artículo XVI, que puede permitir ciertos tipos de ayuda.
Section § 6
Esta ley establece que la Legislatura de California no puede usar el crédito del estado para ayudar a pagar las deudas de individuos o corporaciones. Tampoco puede dar dinero público a entidades privadas, excepto en ciertas situaciones específicas. Estas excepciones incluyen la concesión de ayuda bajo otra sección específica, permitir que los distritos de riego adquieran acciones para fines de control de agua, unirse a otras agencias en acuerdos de seguros o ayudar a los veteranos a comprar casas o iniciar negocios.
Además, permite que el estado o los gobiernos locales ayuden a limpiar escombros después de desastres mayores. Por último, los tesoreros de la ciudad o del condado pueden realizar transferencias temporales de fondos entre años para ayudar a cubrir los gastos del gobierno local, pero existen límites en la cantidad y el momento de estas transferencias.
Section § 7
Section § 8
Esta sección de la Constitución de California detalla cómo se deben asignar los fondos estatales para apoyar a las escuelas públicas y los colegios comunitarios. Cada año, el estado debe asignar al menos la misma cantidad que en el año fiscal 1986-87, ajustada por inflación y cambios en la matrícula. Estos fondos están protegidos y tienen prioridad sobre otras obligaciones. Fórmulas específicas determinan la financiación mínima basándose en el aumento de los ingresos y los cambios en el ingreso personal per cápita de California. Si el crecimiento de los ingresos supera ciertos umbrales, las escuelas reciben fondos adicionales conocidos como 'factor de mantenimiento'. Sin embargo, esto puede ajustarse o suspenderse temporalmente bajo acciones legislativas específicas, especialmente si el crecimiento del ingreso público supera el crecimiento de los ingresos fiscales. Estas reglas garantizan una red de seguridad de financiación para las escuelas, a menos que ciertas condiciones fiscales permitan cambios temporales.
Section § 8.5
Esta ley de California explica cómo se debe dividir y usar el dinero estatal adicional para las escuelas y los colegios comunitarios. Se trata de enviar más fondos, más allá del apoyo regular, a esos sistemas educativos, basándose en el número de matrículas. Si el gasto del estado por estudiante iguala o supera al de los estados que más gastan, las transferencias podrían no ser necesarias. Sin embargo, cualquier fondo que se entregue debe usarse para mejorar la calidad de la enseñanza y la rendición de cuentas. Cada escuela o colegio debe llevar un registro de sus gastos e informarlos anualmente.
Section § 9
Section § 10
Section § 11
Esta sección otorga a la Legislatura de California autoridad completa para gestionar las leyes relacionadas con la provisión de ayuda para personas que enfrentan dificultades, como aquellos que están desempleados o luchando por otras razones. Pueden cambiar o eliminar estas leyes según sea necesario. También pueden ajustar el poder de las agencias y funcionarios estatales encargados de administrar los esfuerzos de ayuda. Además, la Legislatura puede decidir cómo se gestiona la ayuda, ya sea por el propio estado o a través de los condados, y decidir cómo se otorgan los fondos estatales a los condados o cómo se les reembolsa por proporcionar ayuda.
Section § 13
Section § 14
Esta sección permite a la Legislatura de California emitir bonos de ingresos para financiar instalaciones de control de la contaminación. Estas instalaciones pueden venderse o arrendarse a entidades no municipales como personas, asociaciones o corporaciones. Es importante destacar que estos bonos no están respaldados por la potestad tributaria del estado, lo que significa que los impuestos no se utilizarán para garantizar los bonos. La Legislatura puede decidir limitar o detener cualquier emisión de estos bonos mediante la aprobación de una resolución. Además, esta sección aclara que la constitución estatal no restringe esta autoridad y no permite que las agencias públicas administren negocios comerciales.
Section § 14.5
Esta ley permite a la Legislatura de California emitir bonos de ingresos para financiar el desarrollo de instalaciones que utilizan fuentes de energía alternativas como la cogeneración, la energía solar y la biomasa. Estas instalaciones pueden venderse o arrendarse a entidades privadas, pero no a corporaciones municipales, y los bonos no pueden estar respaldados por impuestos estatales. Además, la Legislatura puede controlar la emisión de estos bonos mediante una resolución. Esta ley no permite que las agencias públicas operen empresas comerciales o industriales.
Section § 15
Esta ley permite a los organismos públicos que pueden emitir valores para instalaciones de estacionamiento público usar el dinero recaudado de los parquímetros de la calle como garantía adicional para esos valores. También se aplica a cualquier organismo público que gobierne el área donde se encuentran estas instalaciones de estacionamiento.
Section § 16
Esta ley explica cómo deben gestionarse los impuestos sobre la propiedad dentro de un proyecto de reurbanización. Establece que toda propiedad no de titularidad pública dentro de dichos proyectos debe ser gravada según su valor, y estos impuestos se gestionan como otros impuestos sobre la propiedad. La ley describe cómo se dividen los ingresos de estos impuestos: una parte va a las agencias gubernamentales locales y otra a fondos especiales de reurbanización, utilizados para pagar deudas relacionadas con la reurbanización.
Además, detalla excepciones para los ingresos fiscales utilizados para pagar ciertos bonos y permite la dedicación de impuestos para el reembolso de deudas vinculadas a la reurbanización. La intención es proporcionar flexibilidad a las agencias de reurbanización e integrar estos métodos con las leyes existentes.
Section § 17
Esta sección de la Constitución de California describe las restricciones y responsabilidades relacionadas con las actividades financieras del estado y los sistemas públicos de pensiones. El estado no puede prestar su crédito ni invertir en empresas, excepto en compañías mutuas de agua para el suministro público de agua. Las juntas de los sistemas públicos de pensiones tienen autoridad integral y deber fiduciario sobre la inversión y la administración, con la necesidad de asegurar los beneficios para los participantes y minimizar las contribuciones del empleador. Deben actuar con prudencia, diversificar las inversiones para reducir riesgos y no cambiar las reglas de membresía sin la aprobación de los votantes. La Legislatura puede restringir ciertas inversiones si esto sirve al interés público.
Section § 18
Esta sección de la ley explica las reglas para las entidades públicas, como condados y distritos escolares en California, cuando desean contraer deudas. Generalmente, estas entidades no pueden endeudarse más cada año de lo que ingresan anualmente, a menos que dos tercios de los votantes lo aprueben en una elección especial. Sin embargo, para proyectos relacionados con escuelas, como reparaciones de edificios, basta con una mayoría de votos, siempre que los edificios sean inseguros. Además, los distritos escolares pueden proponer bonos de obligación general para proyectos de instalaciones escolares, necesitando solo el 55% de aprobación de los votantes si cumplen con criterios específicos de rendición de cuentas. Cada propuesta de deuda se vota por separado, y su adopción depende de lograr la mayoría de votos requerida.
Section § 19
Esta ley explica las reglas para cualquier ciudad o condado en California con una carta constitutiva cuando planean proyectos de construcción pública o adquieren propiedades utilizando impuestos de gravamen especial. Estos impuestos se basan en el valor de la propiedad, cubriendo el costo total o parcialmente. La ciudad o el condado deben seguir reglas específicas sobre cómo esos costos se comparan con el valor de la propiedad, cómo determinan el valor de la propiedad para este propósito y cómo manejan cualquier costo que exceda esos límites.
Si una mayoría se opone, es posible que deban retrasar o detener el proyecto. Sin embargo, si el gobierno local cree que el proyecto es esencial para la conveniencia pública y logra que al menos cuatro quintas partes de sus miembros estén de acuerdo, pueden anular estas objeciones.
Además, la ciudad o el condado no tienen que crear informes adicionales ni celebrar audiencias a menos que así lo decidan.
Section § 20
Esta ley establece la Cuenta de Estabilización Presupuestaria como parte del proceso presupuestario estatal de California. A partir del año fiscal 2015-16, el estado transfiere el 1.5% de sus ingresos anuales estimados del Fondo General a esta cuenta antes del 1 de octubre. La ley describe cómo el Departamento de Finanzas debe estimar e informar sobre varios detalles financieros, como la cantidad de ingresos estatales provenientes de los impuestos sobre la renta personal por ganancias de capital.
Detalla las reglas para transferir fondos entre el Fondo General y la Cuenta de Estabilización Presupuestaria y especifica el uso para ciertas obligaciones, como mandatos no pagados y pasivos de pensiones. Las transferencias pueden ajustarse o suspenderse, y existe un límite que restringe el saldo de la cuenta al 10% de los ingresos fiscales anuales. Cualquier excedente puede utilizarse para proyectos de infraestructura. El Contralor puede usar fondos de la cuenta para necesidades de flujo de efectivo sin afectar sus propósitos previstos.
Section § 21
Esta ley establece la Cuenta de Estabilización del Sistema de Escuelas Públicas como parte del proceso presupuestario de California. Cada año, a partir del 2015-16, el estado transfiere dinero del Fondo General a esta cuenta basándose en ciertas condiciones financieras. La cantidad transferida depende de los cálculos del Director de Finanzas con respecto al dinero disponible y necesario para las escuelas y los colegios comunitarios en comparación con las asignaciones anteriores.
Si hay un excedente, los fondos van a la cuenta. Si hay un déficit, se pueden usar fondos de esta cuenta para apoyar a las escuelas. Las transferencias están restringidas por varias condiciones, como que el saldo no exceda el 10% de las asignaciones totales para escuelas. Si no se cumplen otras reglas presupuestarias, llamadas factores de mantenimiento, no se transfiere dinero a esta cuenta. Además, el Contralor puede usar estos fondos para apoyar el flujo de caja del estado, pero debe asegurarse de que esto no entre en conflicto con el propósito previsto de la cuenta.
Section § 22
Esta sección explica lo que puede ocurrir cuando el Gobernador de California declara una emergencia presupuestaria. Una vez hecha esta declaración, la legislatura estatal puede aprobar un proyecto de ley para suspender o reducir la transferencia de dinero del Fondo General a ciertas cuentas de ahorro durante un año fiscal. Específicamente, pueden ajustar o devolver fondos para abordar la emergencia desde la Cuenta de Estabilización Presupuestaria o la Cuenta de Estabilización del Sistema de Escuelas Públicas. Sin embargo, hay un límite en la cantidad que se puede devolver de la Cuenta de Estabilización Presupuestaria.
Una 'emergencia presupuestaria' puede significar que el Gobernador ha declarado una necesidad financiera importante o que los fondos estimados no son suficientes para cubrir los gastos estatales basándose en presupuestos recientes y ajustados por los aumentos en el costo de vida y el crecimiento de la población estatal.
Section § 23
Esta ley establece que el impuesto de la Ley del Impuesto al Tabaco para la Atención Médica, Investigación y Prevención de California de 2016, más cualquier dinero generado a partir de él, no se cuenta como dinero del Fondo General. Esto significa que no sigue las mismas reglas que otros tipos de ingresos estatales en cuanto a cómo se contabiliza bajo la Sección 8 de ciertas leyes.