Funcionarios y Empleados Públicos
Section § 1
El servicio civil en California está compuesto por todos los funcionarios y empleados estatales, a menos que la Constitución especifique lo contrario. Los puestos de trabajo y los ascensos en el servicio civil se basan en un sistema de méritos determinado mediante exámenes competitivos.
Section § 2
Section § 3
Section § 4
Esta ley describe grupos específicos de funcionarios y empleados que están exentos de las normas del servicio civil en California. Esto incluye, entre otros: personal legislativo; empleados de la rama judicial; funcionarios electos y sus adjuntos; miembros de juntas y comisiones; empleados nombrados directamente por el Gobernador o el Vicegobernador; personal de la Universidad de California y de los Colegios Estatales de California; personal docente en ciertas instituciones educativas; personal militar en servicio; y ciertos empleados temporales de asociaciones agrícolas de distrito. Además, existen disposiciones específicas para que el Fiscal General, la Comisión de Servicios Públicos y el Asesor Legislativo nombren un pequeño número de adjuntos o empleados.
Section § 5
Section § 6
Esta sección de la ley describe tres disposiciones clave sobre preferencias de empleo y transiciones en el servicio civil. Primero, permite que la legislatura estatal otorgue preferencia a los veteranos y a sus cónyuges sobrevivientes. Segundo, permite que ciertas personas en puestos exentos permanezcan en sus trabajos si esos trabajos pasan a formar parte del sistema de servicio civil debido a un cambio constitucional. Por último, asegura que cuando el estado asume trabajos de entidades locales o federales, los trabajadores existentes que realizan esa labor puedan calificar para continuar en sus roles dentro del servicio civil estatal, siempre que cumplan con los estándares establecidos.
Section § 7
Esta sección de la ley establece que si tienes un trabajo bien remunerado bajo el gobierno de EE. UU. u otra autoridad, no puedes ocupar un cargo civil que también pague. Sin embargo, si eres un funcionario local o jefe de correos que gana $500 o menos al año, o un miembro de la milicia o de la reserva de las fuerzas armadas que no está en servicio activo por más de 30 días al año, estas reglas sobre ocupar un cargo lucrativo no se aplican a ti. En resumen, ciertos roles gubernamentales y militares son excepciones a la regla de ocupar cargos remunerados.
Section § 8
Esta sección establece que cualquier persona condenada por dar u ofrecer un soborno para ser elegida o nombrada para un cargo gubernamental en California no puede ocupar dicho cargo. Además, deben crearse leyes para evitar que las personas condenadas por delitos graves como soborno, perjurio, falsificación y mala conducta en el cargo ocupen cargos públicos o formen parte de jurados. La sección también enfatiza el mantenimiento de la integridad de las elecciones al prohibir influencias indebidas como el soborno y el poder excesivo.
Section § 9
Esta ley establece que si una persona u organización promueve el derrocamiento del gobierno de EE. UU. o de California por medios ilegales, o apoya a gobiernos extranjeros en conflicto con EE. UU., no pueden ocupar cargos públicos ni recibir exenciones fiscales en California. La ley se aplica a diversas instituciones y agencias públicas. Además, la legislatura estatal es responsable de crear leyes para hacer cumplir esta norma.
Section § 10
Si una persona es declarada responsable en un tribunal civil por hacer declaraciones falsas y perjudiciales sobre un oponente durante una campaña electoral, no podrá conservar el cargo que ganó si esas declaraciones contribuyeron significativamente a la derrota de su oponente. Estas declaraciones podrían ser algo que la persona dijo o apoyó. Si se le encuentra culpable, deberá renunciar al escaño, lo que creará una vacante que se cubrirá según las leyes existentes para ese puesto.
El tribunal debe decidir si las declaraciones falsas fueron una razón importante para la derrota del oponente, y esto debe documentarse como parte de la sentencia. Una vez finalizado el proceso de apelación legal, la persona pierde el derecho al cargo de inmediato. Esto se aplica a las declaraciones hechas después de que la ley entró en vigor.
Section § 11
Esta sección establece reglas para las asignaciones de jubilación de los miembros de los Sistemas de Retiro de Legisladores y Jueces de California, afectando a quienes asumieron el cargo por primera vez después del 1 de enero de 1987. Limita el beneficio de jubilación para que no exceda el salario actual del puesto del que se jubilaron o el salario más alto que ganaron mientras ocupaban ese puesto. Esto se aplica tanto a los jubilados como a sus beneficiarios. La Legislatura conserva la capacidad de aclarar aún más los términos. Además, si alguna parte de esta ley se declara inválida, no afecta a otras secciones que puedan aplicarse por separado.