Chapter 3
Section § 4301
Esta ley explica cómo un banco puede manejar un documento a la vista, como un cheque, que recibe pero decide no pagar. Un banco pagador puede cancelar la liquidación del documento si lo hace antes del plazo límite, ya sea devolviendo el documento o enviando un aviso de que no lo pagará. Si el documento fue abonado a una cuenta, el banco puede retirar el abono o recuperar el importe retirado. El documento se considera denegado cuando el banco lo devuelve o envía un aviso de que no lo pagará. Las devoluciones pueden hacerse a través de una cámara de compensación o directamente al cliente o al banco que transfirió el documento. El tiempo y el procedimiento adecuado son esenciales para estas acciones.
Section § 4302
Si un banco recibe un cheque o un documento similar, debe decidir rápidamente si pagarlo, devolverlo o comunicar si hay algún problema. Si el banco retiene el documento más allá de un plazo establecido (conocido como el plazo límite de medianoche) sin tomar ninguna acción, generalmente es responsable de pagarlo. Sin embargo, si hay pruebas de engaño u otras defensas legales, es posible que el banco no tenga que pagar.
Section § 4303
Esta sección explica que si un banco recibe un aviso o una orden de suspensión de pago, o se ve involucrado en una acción legal, a menudo es demasiado tarde para actuar sobre estas instrucciones si el banco ya ha procesado la transacción. Esto significa que el banco puede proceder con el pago o la liquidación del instrumento si ya se han realizado acciones como la aceptación, la certificación, el pago en efectivo o la asunción de responsabilidad. Para los cheques, existe una regla de tiempo específica sobre cuándo los bancos deben procesar las órdenes de suspensión, relacionada con el horario bancario del siguiente día hábil. Además, los bancos pueden manejar estas transacciones en cualquier orden, siempre que cumplan con las reglas establecidas.