En cualquier venta minorista de bienes, si el fabricante o vendedor de los bienes emite una garantía escrita en cuanto a la condición o calidad de la totalidad o parte de los bienes que requiere que el comprador complete y devuelva cualquier formulario al fabricante o vendedor como prueba de la compra de los bienes, dicha garantía no será inaplicable únicamente porque el comprador no complete o devuelva el formulario. Esta sección no exime al comprador de probar el hecho de la compra y la fecha de la misma en cualquier caso en que dicho hecho esté en cuestión.
El comprador debe aceptar por escrito cualquier renuncia a esta sección para que la renuncia sea válida. Cualquier renuncia por parte del comprador a las disposiciones de esta sección que no sea por escrito es contraria al orden público y será inaplicable y nula.