Section § 2601

Explanation

Si compras algo que no coincide con lo acordado en el contrato, tienes varias opciones. Puedes rechazarlo todo, aceptarlo todo, o quedarte con algunas partes y rechazar el resto. Esto es a menos que otras reglas o acuerdos modifiquen estos derechos.

Sujeto a las disposiciones de esta división sobre el incumplimiento en contratos a plazos (Sección 2612) y a menos que se acuerde lo contrario bajo las secciones sobre limitaciones contractuales de los recursos (Secciones 2718 y 2719), si los bienes o la oferta de entrega no se ajustan en cualquier aspecto al contrato, el comprador podrá
(a)CA Derecho Comercial Code § 2601(a) Rechazar la totalidad; o
(b)CA Derecho Comercial Code § 2601(b) Aceptar la totalidad; o
(c)CA Derecho Comercial Code § 2601(c) Aceptar cualquier unidad o unidades comerciales y rechazar el resto.

Section § 2602

Explanation

Si un comprador desea rechazar bienes, debe hacerlo dentro de un plazo razonable después de recibirlos y debe informar al vendedor. Si el comprador rechaza los bienes pero luego actúa como si fueran suyos, eso va en contra de las normas, a menos que tenga un interés de garantía. Después de rechazar los bienes, el comprador debe cuidarlos y facilitar que el vendedor los recoja, pero no tiene que hacer nada más con ellos. Si el comprador rechaza los bienes de forma indebida, el vendedor tiene ciertos derechos para remediar la situación.

(1)CA Derecho Comercial Code § 2602(1) El rechazo de los bienes debe realizarse dentro de un plazo razonable después de su entrega o puesta a disposición. Será ineficaz a menos que el comprador notifique oportunamente al vendedor.
(2)CA Derecho Comercial Code § 2602(2) Con sujeción a las disposiciones de las dos secciones siguientes sobre bienes rechazados (Secciones 2603 y 2604),
(a)CA Derecho Comercial Code § 2602(a) Después del rechazo, cualquier ejercicio de la propiedad por parte del comprador con respecto a cualquier unidad comercial es ilícito frente al vendedor; y
(b)CA Derecho Comercial Code § 2602(b) Si el comprador, antes del rechazo, ha tomado posesión física de bienes en los que no tiene un interés de garantía conforme a las disposiciones de esta división (subdivisión (3) de la Sección 2711), tiene el deber, después del rechazo, de conservarlos con cuidado razonable a disposición del vendedor por un tiempo suficiente para permitir que el vendedor los retire; pero
(c)CA Derecho Comercial Code § 2602(c) El comprador no tiene más obligaciones con respecto a los bienes rechazados legítimamente.
(3)CA Derecho Comercial Code § 2602(c)(3) Los derechos del vendedor con respecto a los bienes rechazados indebidamente se rigen por las disposiciones de esta división sobre los recursos del vendedor en general (Sección 2703).

Section § 2603

Explanation

Si un comprador que es comerciante rechaza mercancías y el vendedor no tiene un agente u oficina local cerca, el comprador debe seguir cualquier instrucción razonable del vendedor sobre qué hacer con las mercancías. Si no hay instrucciones, el comprador debe intentar vender las mercancías si es probable que se echen a perder o pierdan valor rápidamente. El vendedor debe cubrir los costos razonables del comprador si vende las mercancías, incluyendo una comisión de venta habitual o hasta el 10% de los ingresos si no hay una comisión estándar. El comprador solo necesita actuar con honestidad y no puede ser penalizado por vender las mercancías en esta situación.

(1)CA Derecho Comercial Code § 2603(1) Sin perjuicio de cualquier derecho de garantía del comprador (subdivisión (3) de la Sección 2711), cuando el vendedor no tiene un agente o lugar de negocios en el mercado de rechazo, un comprador comerciante tiene el deber, después del rechazo de las mercancías en su posesión o control, de seguir cualquier instrucción razonable recibida del vendedor con respecto a las mercancías y, a falta de tales instrucciones, de hacer esfuerzos razonables para venderlas por cuenta del vendedor si son perecederas o amenazan con disminuir rápidamente su valor. Las instrucciones no son razonables si, previa solicitud, no se proporciona una indemnización por los gastos.
(2)CA Derecho Comercial Code § 2603(2) Cuando el comprador vende mercancías conforme a la subdivisión (1), tiene derecho a un reembolso del vendedor o de los ingresos por los gastos razonables de cuidado y venta de las mismas, y si los gastos no incluyen una comisión de venta, entonces a la comisión que sea usual en el comercio o, si no la hay, a una suma razonable que no exceda el 10 por ciento de los ingresos brutos.
(3)CA Derecho Comercial Code § 2603(3) Al cumplir con esta sección, el comprador solo está obligado a actuar de buena fe y la conducta de buena fe conforme a la presente no constituye ni aceptación ni conversión ni la base de una acción por daños y perjuicios.

Section § 2604

Explanation

Si un comprador rechaza bienes y el vendedor no da instrucciones poco después de ser notificado, el comprador puede almacenar los bienes para el vendedor, enviarlos de vuelta o venderlos en nombre del vendedor para obtener un reembolso. Estas acciones no significan que el comprador acepte los bienes.

Sujeto a las disposiciones de la sección inmediatamente precedente sobre productos perecederos, si el vendedor no da instrucciones dentro de un plazo razonable después de la notificación de rechazo, el comprador podrá almacenar los bienes rechazados por cuenta del vendedor, o reenviárselos, o revenderlos por cuenta del vendedor con reembolso según lo dispuesto en la sección precedente. Dicha acción no constituye aceptación ni conversión.

Section § 2605

Explanation

Si compras algo y encuentras un problema, debes señalar ese defecto específico cuando decides rechazar el artículo. Si no lo haces, no podrás usar más tarde el problema no mencionado como razón para el rechazo, especialmente si el vendedor podría haberlo arreglado o si el vendedor te pide una lista completa de problemas por escrito. Además, si pagas por algo basándote en documentos sin señalar ningún problema, no podrás quejarte más tarde de problemas obvios en los documentos para recuperar tu dinero.

(1)CA Derecho Comercial Code § 2605(1) La falta de declaración por parte del comprador, en relación con el rechazo, de un defecto particular que sea discernible mediante una inspección razonable le impide invocar el defecto no declarado para justificar el rechazo o para establecer un incumplimiento
(a)CA Derecho Comercial Code § 2605(a) Cuando el vendedor podría haberlo subsanado si se hubiera declarado oportunamente; o
(b)CA Derecho Comercial Code § 2605(b) Entre comerciantes, cuando el vendedor, después del rechazo, haya solicitado por escrito una declaración escrita completa y definitiva de todos los defectos en los que el comprador se propone basar su reclamación.
(2)CA Derecho Comercial Code § 2605(b)(2) El pago contra documentos realizado sin reserva de derechos impide la recuperación del pago por defectos aparentes en los documentos.

Section § 2606

Explanation

Esta ley explica cuándo se considera que un comprador ha aceptado bienes. Un comprador acepta bienes si decide quedárselos después de inspeccionarlos y encontrarlos satisfactorios, o incluso si encuentra algunos problemas pero decide conservarlos de todos modos. Alternativamente, la aceptación ocurre si el comprador no rechaza los bienes correctamente después de tener la oportunidad de inspeccionarlos, o si utiliza los bienes de una manera que contradice la idea de que el vendedor aún es el propietario. Finalmente, aceptar una parte de un conjunto de bienes significa aceptar el conjunto completo.

(1)CA Derecho Comercial Code § 2606(1) La aceptación de bienes ocurre cuando el comprador
(a)CA Derecho Comercial Code § 2606(a) Después de una oportunidad razonable para inspeccionar los bienes, le indica al vendedor que los bienes son conformes o que los tomará o retendrá a pesar de su no conformidad; o
(b)CA Derecho Comercial Code § 2606(b) No realiza un rechazo efectivo (subdivisión (1) de la Sección 2602), pero dicha aceptación no ocurre hasta que el comprador haya tenido una oportunidad razonable para inspeccionarlos; o
(c)CA Derecho Comercial Code § 2606(c) Realiza cualquier acto inconsistente con la propiedad del vendedor; pero si dicho acto es ilícito contra el vendedor, es una aceptación solo si es ratificado por este.
(2)CA Derecho Comercial Code § 2606(c)(2) La aceptación de una parte de cualquier unidad comercial es la aceptación de esa unidad completa.

Section § 2607

Explanation

Cuando un comprador acepta bienes, debe pagar el precio acordado. No puede rechazar los bienes después, incluso si hay un problema que conocía, a menos que asumiera que se solucionaría a tiempo. Aun así, puede buscar otros recursos para los problemas. Si un comprador detecta un problema, debe comunicárselo al vendedor rápidamente o perderá cualquier derecho a un recurso. Si el problema deriva en una demanda contra el comprador, este debe notificar al vendedor sin demora. Es responsabilidad del comprador probar cualquier problema con los bienes. Si el comprador es demandado por una garantía u obligación vinculada al vendedor, puede notificar al vendedor para que participe en la defensa. Si el vendedor lo desea, puede tomar el control del litigio si cubre todos los costos y consecuencias. Estas reglas se aplican a cualquier deber del comprador de proteger al vendedor de reclamaciones como la infracción de derechos de autor.

(1)CA Derecho Comercial Code § 2607(1) El comprador debe pagar al precio contractual por cualquier bien aceptado.
(2)CA Derecho Comercial Code § 2607(2) La aceptación de bienes por parte del comprador impide el rechazo de los bienes aceptados y, si se realiza con conocimiento de una disconformidad, no puede ser revocada por ello a menos que la aceptación se basara en la suposición razonable de que la disconformidad sería subsanada oportunamente. La aceptación no menoscaba por sí misma cualquier otro recurso previsto por esta división por disconformidad.
(3)CA Derecho Comercial Code § 2607(3) Cuando se ha aceptado una oferta:
(A)CA Derecho Comercial Code § 2607(3)(A) El comprador debe, dentro de un plazo razonable después de que descubra o debiera haber descubierto cualquier incumplimiento, notificar al vendedor del incumplimiento o quedará excluido de cualquier recurso; y
(B)CA Derecho Comercial Code § 2607(3)(B) Si la reclamación es por infracción o similar (subdivisión (3) de la Sección 2312) y el comprador es demandado como resultado de dicho incumplimiento, el comprador debe notificarlo al vendedor dentro de un plazo razonable después de que reciba la notificación del litigio o quedará excluido de cualquier recurso por responsabilidad establecida por el litigio.
(4)CA Derecho Comercial Code § 2607(4) La carga de la prueba recae en el comprador para establecer cualquier incumplimiento con respecto a los bienes aceptados.
(5)CA Derecho Comercial Code § 2607(5) Cuando el comprador es demandado por incumplimiento de una garantía u otra obligación por la cual su vendedor es responsable subsidiariamente:
(A)CA Derecho Comercial Code § 2607(5)(A) Él o ella puede dar al vendedor notificación escrita del litigio. Si la notificación establece que el vendedor puede defender y que si el vendedor no lo hace, él o ella quedará obligado en cualquier acción contra el vendedor por parte del comprador por cualquier determinación de hecho común a las dos acciones litigiosas, entonces, a menos que el vendedor, después de la recepción oportuna de la notificación, defienda, él o ella quedará así obligado.
(B)CA Derecho Comercial Code § 2607(5)(B) Si la reclamación es por infracción o similar (subdivisión (3) de la Sección 2312), el vendedor original puede exigir por escrito que el comprador ceda al vendedor el control del litigio, incluyendo la transacción, o de lo contrario quedará excluido de cualquier recurso, y si el vendedor también acepta asumir todos los gastos y satisfacer cualquier sentencia adversa, entonces, a menos que el comprador, después de la recepción oportuna de la demanda, ceda el control, el comprador quedará así excluido.
(6)CA Derecho Comercial Code § 2607(6) Las disposiciones de las subdivisiones (3), (4) y (5) se aplican a cualquier obligación de un comprador de mantener indemne al vendedor contra infracciones o similares (subdivisión (3) de la Sección 2312).

Section § 2608

Explanation

Si un comprador acepta productos que no cumplen con los estándares acordados y esto reduce significativamente su valor, puede cambiar de opinión y revocar la aceptación. Esto puede ocurrir si pensó que el problema se arreglaría y no fue así, o si no notó el problema al principio porque era difícil de detectar o el vendedor le aseguró que todo estaba bien. Para revocar la aceptación, el comprador debe actuar dentro de un plazo razonable después de descubrir el problema y notificar al vendedor. Una vez revocada, los derechos y responsabilidades del comprador son los mismos que si hubiera rechazado los productos desde el principio.

(1)CA Derecho Comercial Code § 2608(1) El comprador podrá revocar su aceptación de un lote o unidad comercial cuya falta de conformidad menoscabe sustancialmente su valor para él si la ha aceptado
(a)CA Derecho Comercial Code § 2608(a) Bajo la suposición razonable de que su falta de conformidad sería subsanada y no ha sido subsanada oportunamente; o
(b)CA Derecho Comercial Code § 2608(b) Sin haber descubierto dicha falta de conformidad si su aceptación fue razonablemente inducida por la dificultad de su descubrimiento antes de la aceptación o por las garantías del vendedor.
(2)CA Derecho Comercial Code § 2608(b)(2) La revocación de la aceptación deberá producirse dentro de un plazo razonable después de que el comprador descubra o debiera haber descubierto el motivo para ello y antes de cualquier cambio sustancial en la condición de los bienes que no sea causado por sus propios defectos. No será efectiva hasta que el comprador notifique al vendedor.
(3)CA Derecho Comercial Code § 2608(b)(3) Un comprador que así revoque tendrá los mismos derechos y obligaciones con respecto a los bienes involucrados como si los hubiera rechazado.

Section § 2609

Explanation

Esta sección de la ley detalla las obligaciones de ambas partes en un contrato de compraventa para mantener la confianza de que el contrato se cumplirá según lo esperado. Si una de las partes tiene dudas razonables sobre la capacidad de la otra para cumplir, puede solicitar una garantía por escrito. Mientras tanto, pueden suspender sus obligaciones si tiene sentido comercial. Para los comerciantes, lo que se considera 'razonable' depende de los estándares de la industria. Incluso si acepta una entrega o un pago defectuoso, aún puede solicitar una garantía de cumplimiento futuro. Si alguien no proporciona la garantía en un plazo de 30 días después de haber sido solicitado razonablemente, se considera que se ha retractado del contrato.

(1)CA Derecho Comercial Code § 2609(1) Un contrato de compraventa impone a cada parte la obligación de que la expectativa de la otra de recibir el debido cumplimiento no se verá menoscabada. Cuando surjan motivos razonables de inseguridad con respecto al cumplimiento de cualquiera de las partes, la otra podrá exigir por escrito una garantía adecuada de debido cumplimiento y, hasta que reciba dicha garantía, podrá, si es comercialmente razonable, suspender cualquier cumplimiento para el cual no haya recibido ya la contraprestación acordada.
(2)CA Derecho Comercial Code § 2609(2) Entre comerciantes, la razonabilidad de los motivos de inseguridad y la adecuación de cualquier garantía ofrecida se determinarán de acuerdo con los estándares comerciales.
(3)CA Derecho Comercial Code § 2609(3) La aceptación de cualquier entrega o pago indebido no perjudica el derecho de la parte perjudicada a exigir una garantía adecuada de cumplimiento futuro.
(4)CA Derecho Comercial Code § 2609(4) Tras la recepción de una demanda justificada, la falta de provisión, en un plazo razonable no superior a 30 días, de una garantía de debido cumplimiento que sea adecuada según las circunstancias del caso particular, constituye una repudiación del contrato.

Section § 2610

Explanation

Si una de las partes se retracta de un contrato antes de que deba cumplir su parte, y esto afecta significativamente el valor del contrato para la otra parte, la parte afectada puede esperar un tiempo razonable a que la parte original cumpla su obligación, buscar soluciones por incumplimiento de contrato, o suspender sus propias obligaciones mientras gestiona los bienes no terminados según lo permita la ley.

Cuando cualquiera de las partes repudia el contrato con respecto a un cumplimiento aún no vencido, cuya pérdida menoscabará sustancialmente el valor del contrato para la otra, la parte agraviada podrá:
(a)CA Derecho Comercial Code § 2610(a) Durante un plazo comercialmente razonable, esperar el cumplimiento por parte de la parte que repudia; o
(b)CA Derecho Comercial Code § 2610(b) Recurrir a cualquier remedio por incumplimiento (Sección 2703 o Sección 2711), aun cuando haya notificado a la parte que repudia que esperaría el cumplimiento de esta última y haya instado la retractación; y
(c)CA Derecho Comercial Code § 2610(c) En cualquiera de los casos, suspender su propio cumplimiento o proceder de conformidad con las disposiciones de esta división sobre el derecho del vendedor a identificar las mercancías al contrato a pesar del incumplimiento o a rescatar mercancías no terminadas (Sección 2704).

Section § 2611

Explanation

Esta sección de la ley trata sobre la retractación de una repudiación de contrato, lo que significa retirar una declaración de que no cumplirás un contrato. Puedes hacerlo siempre y cuando la otra persona no haya cancelado el contrato, no haya cambiado significativamente su situación, o no haya dejado claro que considera la negativa definitiva. La retractación puede hacerse de cualquier manera que demuestre claramente que planeas cumplir tu parte del acuerdo, y debe incluir cualquier garantía que la otra parte solicite legítimamente. Cuando te retractas de tu negativa, recuperas tus derechos bajo el contrato, pero debes compensar cualquier retraso que tu negativa inicial haya causado a la otra parte.

(1)CA Derecho Comercial Code § 2611(1) Hasta que venza la próxima prestación de la parte que repudia, esta puede retractarse de su repudiación a menos que la parte agraviada, desde la repudiación, haya cancelado o cambiado sustancialmente su posición o haya indicado de otro modo que considera la repudiación definitiva.
(2)CA Derecho Comercial Code § 2611(2) La retractación puede realizarse por cualquier método que indique claramente a la parte agraviada que la parte que repudia tiene la intención de cumplir, pero debe incluir cualquier garantía exigida justificadamente conforme a las disposiciones de esta división (Sección 2609).
(3)CA Derecho Comercial Code § 2611(3) La retractación restablece los derechos de la parte que repudia conforme al contrato, con la debida justificación y compensación a la parte agraviada por cualquier retraso ocasionado por la repudiación.

Section § 2612

Explanation

Un 'contrato a plazos' permite la entrega de bienes en lotes, y cada lote puede ser tratado como un contrato separado. Si un lote de bienes no cumple con los estándares requeridos y reduce significativamente su valor, el comprador puede rechazarlo, pero solo si no se puede solucionar o si hay problemas con la documentación necesaria. Si el vendedor puede asegurar que se solucionará, el comprador debe aceptarlo. Si los problemas con un lote afectan el valor de todo el contrato, se considera que se ha incumplido el contrato en su totalidad. Sin embargo, el contrato puede restablecerse si el comprador acepta un lote problemático sin cancelarlo rápidamente o si solo reclama por entregas pasadas en lugar de las futuras.

(1)CA Derecho Comercial Code § 2612(1) Un “contrato a plazos” es aquel que requiere o autoriza la entrega de bienes en lotes separados para ser aceptados por separado, aunque el contrato contenga una cláusula “cada entrega es un contrato separado” o su equivalente.
(2)CA Derecho Comercial Code § 2612(2) El comprador podrá rechazar cualquier entrega a plazos que no sea conforme si la falta de conformidad menoscaba sustancialmente el valor de dicha entrega y no puede ser subsanada, o si la falta de conformidad es un defecto en los documentos requeridos; pero si la falta de conformidad no se encuadra en el apartado (3) y el vendedor da garantías adecuadas de su subsanación, el comprador deberá aceptar dicha entrega.
(3)CA Derecho Comercial Code § 2612(3) Siempre que la falta de conformidad o el incumplimiento con respecto a una o más entregas a plazos menoscabe sustancialmente el valor de la totalidad del contrato, se produce un incumplimiento total. Pero la parte perjudicada restablece el contrato si acepta una entrega a plazos no conforme sin notificar oportunamente la cancelación o si interpone una acción con respecto únicamente a entregas a plazos pasadas o exige el cumplimiento en cuanto a entregas a plazos futuras.

Section § 2613

Explanation

Esta ley trata sobre qué sucede si bienes específicos en un contrato de compraventa se dañan o se pierden antes de que pasen a ser oficialmente responsabilidad del comprador. Si los bienes se pierden por completo y nadie tiene la culpa, el contrato se anula. Si los bienes solo están parcialmente dañados o se han deteriorado, el comprador puede cancelar el contrato o aceptar los bienes dañados y pagar un precio reducido por ellos, dependiendo de la magnitud del daño o la pérdida.

Cuando el contrato requiere para su cumplimiento bienes identificados al momento de su celebración, y dichos bienes sufren un siniestro sin culpa de ninguna de las partes antes de que el riesgo de pérdida pase al comprador, o en un caso apropiado bajo un término de "no llegada, no venta" (Sección 2324), entonces:
(a)CA Derecho Comercial Code § 2613(a) Si la pérdida es total, el contrato queda sin efecto; y
(b)CA Derecho Comercial Code § 2613(b) Si la pérdida es parcial o los bienes se han deteriorado de tal manera que ya no se ajustan al contrato, el comprador puede, no obstante, exigir una inspección y, a su elección, considerar el contrato como sin efecto o aceptar los bienes con una debida reducción del precio contractual por el deterioro o la deficiencia en la cantidad, pero sin derecho adicional alguno contra el vendedor.

Section § 2614

Explanation

Esta sección explica qué sucede si los planes originales para transportar o entregar bienes se vuelven imposibles sin que nadie tenga la culpa. Si las instalaciones o el tipo de transporte establecidos no pueden funcionar, pero hay un sustituto razonable disponible, se debe usar y aceptar el sustituto. Si el método de pago falla debido a las normas gubernamentales, el vendedor puede detener la entrega a menos que el comprador encuentre una forma similar de pagar. Una vez entregados los bienes, el método de pago del comprador es válido a menos que las normas sean injustas.

(1)CA Derecho Comercial Code § 2614(1) Cuando sin culpa de ninguna de las partes las instalaciones de atraque, carga o descarga acordadas fallen, o un tipo de transportista acordado deje de estar disponible, o la forma de entrega acordada se vuelva comercialmente inviable por cualquier otra razón, pero haya disponible un sustituto comercialmente razonable, dicha ejecución sustituta deberá ser ofrecida y aceptada.
(2)CA Derecho Comercial Code § 2614(2) Si el medio o la forma de pago acordados fallan debido a una regulación gubernamental nacional o extranjera, el vendedor podrá retener o detener la entrega a menos que el comprador proporcione un medio o forma de pago que sea comercialmente un equivalente sustancial. Si la entrega ya se ha realizado, el pago por el medio o de la manera prevista por la regulación libera al comprador de su obligación, a menos que la regulación sea discriminatoria, opresiva o depredadora.

Section § 2615

Explanation

Esta ley explica que si un vendedor no puede entregar bienes a tiempo o no puede entregarlos en absoluto debido a situaciones inesperadas o al cumplimiento de normativas gubernamentales, esto no se considera un incumplimiento de contrato. Sin embargo, el vendedor debe distribuir equitativamente los bienes disponibles entre sus clientes e informar rápidamente al comprador sobre cualquier retraso o cambio en la entrega.

Excepto en la medida en que un vendedor haya asumido una obligación mayor y sujeto a la sección precedente sobre cumplimiento sustituido:
(a)CA Derecho Comercial Code § 2615(a) El retraso en la entrega o la falta de entrega total o parcial por parte de un vendedor que cumpla con los párrafos (b) y (c) no constituye un incumplimiento de su deber en virtud de un contrato de venta si el cumplimiento según lo acordado se ha vuelto impracticable por la ocurrencia de una contingencia cuya no ocurrencia fue una suposición básica sobre la cual se celebró el contrato o por el cumplimiento de buena fe con cualquier regulación u orden gubernamental, extranjera o nacional, aplicable, sea o no que posteriormente resulte inválida.
(b)CA Derecho Comercial Code § 2615(b) Cuando las causas mencionadas en el párrafo (a) afecten solo una parte de la capacidad de cumplimiento del vendedor, este deberá asignar la producción y las entregas entre sus clientes, pero podrá, a su elección, incluir a clientes habituales que no estén entonces bajo contrato, así como sus propios requisitos para fabricación posterior. Podrá realizar dicha asignación de cualquier manera que sea justa y razonable.
(c)CA Derecho Comercial Code § 2615(c) El vendedor deberá notificar al comprador oportunamente que habrá retraso o falta de entrega y, cuando se requiera una asignación conforme al párrafo (b), de la cuota estimada así disponible para el comprador.

Section § 2616

Explanation

Si un comprador es informado de un retraso o una asignación que afecta su pedido, puede terminar el contrato para las partes no entregadas o aceptar lo que esté disponible en su lugar. Si el comprador no actúa dentro de 30 días, las entregas afectadas se cancelan. Esta regla no puede ser anulada a menos que el vendedor acepte más responsabilidad en otra parte del acuerdo.

(1)CA Derecho Comercial Code § 2616(1) Cuando el comprador reciba notificación de un retraso sustancial o indefinido o de una asignación justificada bajo la sección precedente, podrá, mediante notificación escrita al vendedor con respecto a cualquier entrega afectada, y cuando la deficiencia prevista menoscabe sustancialmente el valor de la totalidad del contrato conforme a las disposiciones de esta división relativas al incumplimiento de contratos a plazos (Sección 2612), entonces también con respecto a la totalidad,
(a)CA Derecho Comercial Code § 2616(a) Rescindir y, por tanto, liberar cualquier porción no ejecutada del contrato; o 
(b)CA Derecho Comercial Code § 2616(b) Modificar el contrato acordando aceptar su cuota disponible en sustitución.
(2)CA Derecho Comercial Code § 2616(b)(2) Si, después de recibir dicha notificación del vendedor, el comprador no modifica el contrato de esa manera dentro de un plazo razonable que no exceda de 30 días, el contrato caduca con respecto a cualquier entrega afectada.
(3)CA Derecho Comercial Code § 2616(b)(3) Las disposiciones de esta sección no podrán ser anuladas por acuerdo, salvo en la medida en que el vendedor haya asumido una obligación mayor bajo la sección precedente.