Section § 2101

Explanation

Esta sección establece que la división se denomina oficialmente Código Comercial Uniforme—Ventas. Es esencialmente el título de un conjunto de leyes que tratan sobre transacciones de ventas.

Esta división se conocerá y podrá citarse como Código Comercial Uniforme—Ventas.

Section § 2102

Explanation

Esta sección de la ley trata sobre transacciones que implican la venta de bienes. Para las transacciones que incluyen tanto bienes como servicios (transacciones híbridas), especifica qué reglas se aplican dependiendo de si la venta de bienes es la parte principal del acuerdo. Si la venta de bienes es la parte principal, se aplican la mayoría de las reglas. Si no, solo se aplican algunas reglas específicas sobre la venta de bienes. También menciona que esta ley no afecta las transacciones que crean una garantía real ni ninguna ley que regule las ventas a grupos especiales como consumidores y agricultores.

(a)CA Derecho Comercial Code § 2102(a) A menos que el contexto requiera lo contrario, y salvo lo dispuesto en la subdivisión (c), esta división se aplica a las transacciones de bienes y, en el caso de una transacción híbrida, se aplica en la medida prevista en la subdivisión (b).
(b)CA Derecho Comercial Code § 2102(b) En una transacción híbrida:
(1)CA Derecho Comercial Code § 2102(b)(1) Si los aspectos de venta de bienes no predominan, solo se aplican las disposiciones de esta división que se relacionan principalmente con los aspectos de venta de bienes de la transacción, y no se aplican las disposiciones que se relacionan principalmente con la transacción en su conjunto.
(2)CA Derecho Comercial Code § 2102(b)(2) Si los aspectos de venta de bienes predominan, esta división se aplica a la transacción, pero no impide la aplicación, en circunstancias apropiadas, de otra ley a los aspectos de la transacción que no se relacionan con la venta de bienes.
(c)CA Derecho Comercial Code § 2102(c) Esta división no:
(1)CA Derecho Comercial Code § 2102(c)(1) Se aplica a una transacción que, aunque en forma de contrato incondicional de venta o venta presente, opera únicamente para crear una garantía real; o
(2)CA Derecho Comercial Code § 2102(c)(2) Menoscaba o deroga un estatuto que regula las ventas a consumidores, agricultores u otras clases específicas de compradores.

Section § 2103

Explanation

Esta sección establece definiciones importantes relacionadas con las transacciones de compraventa de bienes. Un "comprador" es quien adquiere los bienes, mientras que un "vendedor" es quien los vende. Incluye términos como "recepción de bienes", que significa tomar posesión física de ellos. La sección también remite a otras definiciones y conceptos en secciones y divisiones relacionadas, como lo que constituye un contrato de venta, la aceptación y la cancelación. Además, señala que las definiciones generales se encuentran a partir de la División 1.

(1)CA Derecho Comercial Code § 2103(1) En esta división, a menos que el contexto requiera lo contrario:
(a)CA Derecho Comercial Code § 2103(a) “Comprador” significa una persona que compra o se compromete a comprar bienes.
(b)CA Derecho Comercial Code § 2103(b) [Reservado]
(c)CA Derecho Comercial Code § 2103(c) “Recepción de bienes” significa tomar posesión física de ellos.
(d)CA Derecho Comercial Code § 2103(d) “Vendedor” significa una persona que vende o se compromete a vender bienes.
(2)CA Derecho Comercial Code § 2103(d)(2) Otras definiciones aplicables a esta división o a capítulos específicos de la misma, y las secciones en las que aparecen son:
“Aceptación.” Sección 2606.
“Crédito bancario.” Sección 2325.
“Entre comerciantes.” Sección 2104.
“Cancelación.” Sección 2106(4).
“Unidad comercial.” Sección 2105.
“Crédito confirmado.” Sección 2325.
“Conforme al contrato.” Sección 2106.
“Contrato de venta.” Sección 2106.
“Cobertura.” Sección 2712.
“Confiado.” Sección 2403.
“Agencia de financiación.” Sección 2104.
“Bienes futuros.” Sección 2105.
“Bienes.” Sección 2105.
“Identificación.” Sección 2501.
“Contrato a plazos.” Sección 2612.
“Carta de crédito.” Sección 2325.
“Lote.” Sección 2105.
“Comerciante.” Sección 2104.
“Ultramar.” Sección 2323.
“Persona en posición de vendedor.” Sección 2707.
“Venta actual.” Sección 2106.
“Venta.” Sección 2106.
“Venta a prueba.” Sección 2326.
“Venta o devolución.” Sección 2326.
“Terminación.” Sección 2106.
(3)CA Derecho Comercial Code § 2103(3) Las siguientes definiciones de otras divisiones se aplican a esta división:
“Cheque.” Sección 3104.
“Consignatario.” Sección 7102.
“Consignador.” Sección 7102.
“Bienes de consumo.” Sección 9102.
“Control.” Sección 7106.
“Deshonor.• Sección 3502.
“Giro.” Sección 3104.
(4)CA Derecho Comercial Code § 2103(4) Además, la División 1 (que comienza con la Sección 1101) contiene definiciones generales y principios de construcción e interpretación aplicables a lo largo de esta división.

Section § 2104

Explanation

Esta sección define algunos términos utilizados en transacciones comerciales. Un 'comerciante' es alguien que habitualmente negocia con un tipo específico de bienes o que tiene conocimientos o habilidades especiales sobre ellos. Una 'agencia de financiación' es un banco o una empresa que ayuda con los pagos de bienes, a menudo adelantando dinero o cobrando pagos. Cuando un trato es 'entre comerciantes', significa que ambas partes tienen experiencia o conocimientos a nivel de comerciante.

(1)CA Derecho Comercial Code § 2104(1) “Comerciante” significa una persona que comercia con bienes de la clase o que, por su ocupación, se presenta como poseedor de conocimientos o habilidades particulares a las prácticas o bienes involucrados en la transacción, o a quien se le pueden atribuir dichos conocimientos o habilidades por emplear a un agente, corredor u otro intermediario que, por su ocupación, se presenta como poseedor de tales conocimientos o habilidades.
(2)CA Derecho Comercial Code § 2104(2) “Agencia de financiación” significa un banco, una compañía financiera u otra persona que, en el curso ordinario de los negocios, realiza anticipos contra bienes o documentos de título, o que, por acuerdo con el vendedor o el comprador, interviene en el curso ordinario para realizar o cobrar el pago adeudado o reclamado bajo el contrato de venta, como al comprar o pagar el giro del vendedor o al realizar anticipos contra este, o simplemente al tomarlo para su cobro, ya sea que los documentos de título acompañen o estén asociados con el giro. “Agencia de financiación” incluye también a un banco u otra persona que interviene de manera similar entre personas que están en la posición de vendedor y comprador con respecto a los bienes (Sección 2707).
(3)CA Derecho Comercial Code § 2104(3) “Entre comerciantes” significa en cualquier transacción con respecto a la cual a ambas partes se les atribuye el conocimiento o la habilidad de los comerciantes.

Section § 2105

Explanation

Esta ley define qué son los 'bienes' en el contexto de los contratos de compraventa. Los bienes son cosas que pueden moverse, como artículos fabricados, animales no nacidos y cultivos, pero no dinero ni valores. Los bienes deben existir y estar claramente identificados antes de poder venderse; de lo contrario, se consideran 'bienes futuros' y el acuerdo es venderlos más adelante. Es posible vender una participación parcial en bienes existentes. Se puede vender una parte de una masa de bienes fungibles (como granos), incluso si la cantidad total no está fijada, convirtiendo al comprador en copropietario. Un 'lote' es un artículo individual o un grupo de artículos vendidos juntos, y una 'unidad comercial' es algo que se vende como un todo porque dividirlo reduciría su valor, como una máquina o un juego de muebles.

(1)CA Derecho Comercial Code § 2105(1) “Bienes” significa todas las cosas (incluidos los bienes fabricados especialmente) que son muebles en el momento de su identificación con el contrato de compraventa, salvo el dinero en que se ha de pagar el precio, los valores mobiliarios (División 8) y los derechos de acción. “Bienes” también incluye las crías no nacidas de animales y los cultivos en crecimiento y otras cosas identificadas adheridas a bienes inmuebles según se describe en la sección sobre bienes a ser separados de bienes inmuebles (Artículo 2107).
(2)CA Derecho Comercial Code § 2105(2) Los bienes deben ser existentes e identificados antes de que pueda transmitirse cualquier derecho sobre ellos. Los bienes que no son existentes e identificados son bienes “futuros”. Una supuesta venta presente de bienes futuros o de cualquier derecho sobre ellos opera como un contrato de compraventa.
(3)CA Derecho Comercial Code § 2105(3) Puede haber una venta de una participación parcial en bienes existentes identificados.
(4)CA Derecho Comercial Code § 2105(4) Una participación indivisa en una masa identificada de bienes fungibles está suficientemente identificada para ser vendida, aunque la cantidad de la masa no esté determinada. Cualquier proporción acordada de dicha masa o cualquier cantidad de la misma acordada por número, peso u otra medida puede, en la medida del interés del vendedor en la masa, venderse al comprador, quien entonces se convierte en copropietario.
(5)CA Derecho Comercial Code § 2105(5) “Lote” significa un paquete o un artículo individual que es el objeto de una venta o entrega separada, sea o no suficiente para cumplir el contrato.
(6)CA Derecho Comercial Code § 2105(6) “Unidad comercial” significa una unidad de bienes que, por el uso comercial, constituye un todo único a efectos de venta y cuya división menoscaba materialmente su carácter o valor en el mercado o en el uso. Una unidad comercial puede ser un artículo individual (como una máquina) o un conjunto de artículos (como un juego de muebles o un surtido de tamaños) o una cantidad (como una paca, una gruesa o una carga de vagón) o cualquier otra unidad tratada en el uso o en el mercado relevante como un todo único.

Section § 2106

Explanation

Esta sección explica qué significan los contratos y acuerdos cuando se trata de la compra y venta de bienes. Aclara que los contratos pueden ser para ventas actuales o futuras, y que una venta ocurre cuando la propiedad cambia de manos a cambio de un precio. Los bienes y las acciones que cumplen con los términos del contrato se consideran 'conformes'. Si un contrato termina sin que haya habido un incumplimiento, se denomina 'terminación', y las obligaciones futuras cesan, pero los derechos pasados se mantienen. Si un contrato termina debido a un incumplimiento, se llama 'cancelación', y la parte perjudicada aún podría buscar recursos adicionales. Finalmente, una 'transacción híbrida' implica bienes junto con servicios, arrendamientos u otras transacciones.

(1)CA Derecho Comercial Code § 2106(1) En esta división, a menos que el contexto requiera lo contrario, "contrato" y "acuerdo" se limitan a aquellos relacionados con la venta presente o futura de bienes. "Contrato de venta" incluye tanto una venta presente de bienes como un contrato para vender bienes en un futuro. Una "venta" consiste en la transferencia de la titularidad del vendedor al comprador por un precio (Sección 2401). Una "venta presente" significa una venta que se realiza al celebrar el contrato.
(2)CA Derecho Comercial Code § 2106(2) Los bienes o la conducta, incluyendo cualquier parte de una prestación, son "conformes" o se ajustan al contrato cuando están de acuerdo con las obligaciones del contrato.
(3)CA Derecho Comercial Code § 2106(3) "Terminación" ocurre cuando cualquiera de las partes, en virtud de una facultad creada por acuerdo o por ley, pone fin al contrato por motivos distintos a su incumplimiento. En caso de "terminación", todas las obligaciones que aún están pendientes de ejecución por ambas partes quedan extinguidas, pero cualquier derecho basado en un incumplimiento o prestación anterior subsiste.
(4)CA Derecho Comercial Code § 2106(4) "Cancelación" ocurre cuando cualquiera de las partes pone fin al contrato por incumplimiento de la otra, y su efecto es el mismo que el de la "terminación", excepto que la parte que cancela también conserva cualquier recurso por incumplimiento de la totalidad del contrato o de cualquier saldo no ejecutado.
(5)CA Derecho Comercial Code § 2106(5) "Transacción híbrida" significa una transacción única que implica una venta de bienes y:
(a)CA Derecho Comercial Code § 2106(a) la prestación de servicios;
(b)CA Derecho Comercial Code § 2106(b) un arrendamiento de otros bienes; o
(c)CA Derecho Comercial Code § 2106(c) una venta, arrendamiento o licencia de propiedad distinta de los bienes.

Section § 2107

Explanation

Esta ley explica cómo los contratos para la venta de ciertos artículos relacionados con bienes inmuebles, como minerales, petróleo, gas o estructuras, se tratan bajo la ley de ventas. Si un vendedor debe retirar estos artículos de la propiedad, se considera una venta de bienes. De manera similar, si los cultivos o materiales pueden ser retirados sin causar daños, su venta también se considera una venta de bienes. Los acuerdos que involucran estos artículos pueden manejarse como transacciones inmobiliarias, dando aviso a terceros sobre los derechos del comprador.

(1)CA Derecho Comercial Code § 2107(1) Un contrato para la venta de minerales o similares (incluyendo petróleo y gas) o de una estructura o sus materiales a ser removidos de bienes inmuebles es un contrato para la venta de bienes dentro de esta división si van a ser separados por el vendedor, pero hasta la separación, una supuesta venta actual de los mismos que no sea efectiva como una transferencia de un interés en bienes inmuebles es efectiva solo como un contrato de venta.
(2)CA Derecho Comercial Code § 2107(2) Un contrato para la venta, separada de la tierra, de cultivos en crecimiento o de otras cosas adheridas a bienes inmuebles y capaces de ser separadas sin daño material a los mismos, pero no descritas en la subdivisión (1), o de madera a ser cortada, es un contrato para la venta de bienes dentro de esta división, ya sea que el objeto de la venta deba ser separado por el comprador o por el vendedor, incluso si forma parte de los bienes inmuebles en el momento de la contratación, y las partes pueden, mediante identificación, efectuar una venta actual antes de la separación.
(3)CA Derecho Comercial Code § 2107(3) Las disposiciones de esta sección están sujetas a cualquier derecho de terceros provisto por la ley relativa a los registros de bienes inmuebles, y el contrato de venta puede ser ejecutado e inscrito de la misma manera que un documento que transfiere un interés en bienes inmuebles y constituirá entonces aviso a terceros de los derechos del comprador bajo el contrato de venta.