Section § 11501

Explanation

Esta ley establece que, en la mayoría de los casos, las condiciones de una transferencia de fondos pueden modificarse si las personas involucradas están de acuerdo. También define lo que es una “regla del sistema de transferencia de fondos”: básicamente, es una norma establecida por un grupo de bancos sobre cómo se envían y reciben las órdenes de pago. Estas reglas pueden aplicarse incluso si entran en conflicto con otras partes de la ley, y podrían afectar a otras personas en la transferencia que no las aceptaron. Esto puede incluir reglas que se aplican a personas más allá de los bancos involucrados, según se especifica en otras partes de la ley.

(a)CA Derecho Comercial Code § 11501(a) Salvo que se disponga lo contrario en esta división, los derechos y obligaciones de una parte en una transferencia de fondos pueden ser modificados por acuerdo de la parte afectada.
(b)CA Derecho Comercial Code § 11501(b) “Regla del sistema de transferencia de fondos” significa una regla de una asociación de bancos (i) que rige la transmisión de órdenes de pago por medio de un sistema de transferencia de fondos de la asociación o los derechos y obligaciones con respecto a dichas órdenes, o (ii) en la medida en que la regla rige los derechos y obligaciones entre bancos que son partes en una transferencia de fondos en la que un Banco de la Reserva Federal, actuando como banco intermediario, envía una orden de pago al banco del beneficiario. Salvo que se disponga lo contrario en esta división, una regla del sistema de transferencia de fondos que rige los derechos y obligaciones entre bancos participantes que utilizan el sistema puede ser efectiva incluso si la regla entra en conflicto con esta división y afecta indirectamente a otra parte en la transferencia de fondos que no consiente la regla. Una regla del sistema de transferencia de fondos también puede regir los derechos y obligaciones de partes distintas de los bancos participantes que utilizan el sistema en la medida establecida en la subdivisión (c) de la Sección 11404, la subdivisión (d) de la Sección 11405 y la subdivisión (c) de la Sección 11507.

Section § 11502

Explanation

Esta sección explica cómo los bancos manejan las situaciones en las que un acreedor intenta cobrar dinero de la cuenta bancaria de una persona. Cuando alguien debe dinero y un acreedor toma medidas legales (como gravámenes o embargos) para cobrarlo, esto se denomina 'proceso de acreedor'. La ley explica que si un banco recibe una orden de pago (instrucciones para transferir dinero) antes de recibir la notificación del acreedor, el banco puede reducir el saldo de la cuenta por el monto de la transferencia. Si el banco recibe la notificación del acreedor a tiempo, debe actuar en consecuencia. Para el beneficiario (alguien que debe recibir dinero), su banco puede abonar su cuenta y usar el dinero para pagar las deudas que el beneficiario tiene con el banco. Pero si el proceso de acreedor se notifica a tiempo, el banco debe detener cualquier retiro. La norma también aclara que las acciones del acreedor deben dirigirse específicamente al banco del beneficiario, y otros bancos no están obligados a tomar medidas.

(a)CA Derecho Comercial Code § 11502(a) Según se utiliza en esta sección, “proceso de acreedor” significa embargo, embargo preventivo, embargo de bienes de terceros, aviso de gravamen, secuestro o proceso similar emitido por o en nombre de un acreedor u otro reclamante con respecto a una cuenta.
(b)CA Derecho Comercial Code § 11502(b) Esta subdivisión se aplica al proceso de acreedor con respecto a una cuenta autorizada del remitente de una orden de pago si el proceso de acreedor se notifica al banco receptor. A los efectos de determinar los derechos con respecto al proceso de acreedor, si el banco receptor acepta la orden de pago, se considera que el saldo en la cuenta autorizada se reduce por el monto de la orden de pago en la medida en que el banco no haya recibido el pago de la orden de otra manera, a menos que el proceso de acreedor se notifique en un momento y de una manera que le brinde al banco una oportunidad razonable para actuar antes de que el banco acepte la orden de pago.
(c)CA Derecho Comercial Code § 11502(c) Si el banco de un beneficiario ha recibido una orden de pago para el abono a la cuenta del beneficiario en el banco, se aplican las siguientes reglas:
(1)CA Derecho Comercial Code § 11502(c)(1) El banco puede abonar la cuenta del beneficiario. El monto abonado puede compensarse con una obligación adeudada por el beneficiario al banco o puede aplicarse para satisfacer un proceso de acreedor notificado al banco con respecto a la cuenta.
(2)CA Derecho Comercial Code § 11502(c)(2) El banco puede abonar la cuenta del beneficiario y permitir el retiro del monto abonado a menos que el proceso de acreedor con respecto a la cuenta se notifique en un momento y de una manera que le brinde al banco una oportunidad razonable para actuar y evitar el retiro.
(3)CA Derecho Comercial Code § 11502(c)(3) Si se ha notificado un proceso de acreedor con respecto a la cuenta del beneficiario y el banco ha tenido una oportunidad razonable para actuar al respecto, el banco no puede rechazar la orden de pago excepto por una razón no relacionada con la notificación del proceso.
(d)CA Derecho Comercial Code § 11502(d) El proceso de acreedor con respecto a un pago del originador al beneficiario conforme a una transferencia de fondos solo puede notificarse al banco del beneficiario con respecto a la deuda que ese banco tiene con el beneficiario. Cualquier otro banco al que se le notifique el proceso de acreedor no está obligado a actuar con respecto a dicho proceso.

Section § 11503

Explanation

Esta sección explica cuándo un tribunal puede detener partes de una transferencia de dinero. El tribunal puede impedir que alguien inicie una transferencia de dinero, detener a un banco de ejecutar una orden de transferencia de dinero, o impedir que un banco permita al receptor retirar el dinero. Sin embargo, si estas razones específicas no se aplican, el tribunal no puede interferir con el proceso de pago ni impedir que nadie involucrado en el pago realice sus actividades normales con la transferencia de dinero.

Por causa justificada y en cumplimiento de la ley aplicable, un tribunal puede restringir (i) a una persona de emitir una orden de pago para iniciar una transferencia de fondos, (ii) a un banco del originador de ejecutar la orden de pago del originador, o (iii) a un banco del beneficiario de liberar fondos al beneficiario o al beneficiario de retirar los fondos. Un tribunal no puede, de otra manera, restringir a una persona de emitir una orden de pago, pagar o recibir el pago de una orden de pago, o actuar de cualquier otra forma con respecto a una transferencia de fondos.

Section § 11504

Explanation

Esta sección explica que un banco puede procesar múltiples órdenes de pago de una cuenta en el orden que elija. Además, si es necesario determinar qué depósitos en una cuenta se utilizaron o gastaron primero, se considera que los depósitos más antiguos son los primeros en ser utilizados o aplicados.

(a)CA Derecho Comercial Code § 11504(a) Si un banco receptor ha recibido más de una orden de pago del remitente o una o más órdenes de pago y otros elementos que son pagaderos de la cuenta del remitente, el banco puede cargar la cuenta del remitente con respecto a las diversas órdenes y elementos en cualquier secuencia.
(b)CA Derecho Comercial Code § 11504(b) Al determinar si un crédito a una cuenta ha sido retirado por el titular de la cuenta o aplicado a una deuda del titular de la cuenta, los créditos realizados primero a la cuenta son los primeros en ser retirados o aplicados.

Section § 11505

Explanation

Si un banco acepta una orden de pago de un cliente y le notifica al cliente al respecto, el cliente tiene un año para objetar el pago. Si no objeta dentro de este plazo, no podrá alegar más tarde que el banco no debería quedarse con el dinero.

Si un banco receptor ha recibido un pago de su cliente con respecto a una orden de pago emitida a nombre del cliente como remitente y aceptada por el banco, y el cliente recibió una notificación que identificaba razonablemente la orden, el cliente queda impedido de alegar que el banco no tiene derecho a retener el pago a menos que el cliente notifique al banco su objeción al pago dentro de un año después de que el cliente recibió la notificación.

Section § 11506

Explanation

Esta ley explica cómo un banco debe manejar los pagos de intereses al transferir dinero mediante órdenes de pago. El monto de los intereses puede ser decidido por el remitente y el banco o a través de una norma del sistema si la transferencia se realiza mediante un sistema de transferencia de fondos. Si no hay un acuerdo o norma establecida, los intereses se calculan usando una fórmula que incluye la tasa de fondos federales. Si un banco tiene que reembolsar un pago debido a una transferencia incompleta que no fue culpa del banco, los intereses adeudados se reducen según los requisitos de reserva del banco.

(a)CA Derecho Comercial Code § 11506(a) Si, conforme a esta división, un banco receptor está obligado a pagar intereses respecto a una orden de pago emitida al banco, el monto a pagar podrá determinarse (i) por acuerdo del remitente y el banco receptor, o (ii) por una norma del sistema de transferencia de fondos si la orden de pago se transmite a través de un sistema de transferencia de fondos.
(b)CA Derecho Comercial Code § 11506(b) Si el monto de los intereses no se determina por un acuerdo o norma según lo establecido en la subdivisión (a), el monto se calcula multiplicando la tasa aplicable de fondos federales por el monto sobre el cual se deben intereses, y luego multiplicando el producto por el número de días por los cuales se deben intereses. La tasa aplicable de fondos federales es el promedio de las tasas de fondos federales publicadas por el Banco de la Reserva Federal de Nueva York para cada uno de los días por los cuales se deben intereses, dividido por 360. La tasa de fondos federales para cualquier día en que no esté disponible una tasa publicada es la misma que la tasa publicada para el día inmediatamente anterior para el cual existe una tasa publicada. Si un banco receptor que aceptó una orden de pago está obligado a reembolsar el pago al remitente de la orden porque la transferencia de fondos no se completó, pero la falta de finalización no se debió a ninguna culpa del banco, los intereses a pagar se reducen en un porcentaje igual al requisito de reserva sobre los depósitos del banco receptor.

Section § 11507

Explanation

Esta sección explica cómo determinar qué ley de qué jurisdicción se aplica a las diferentes partes en una transferencia de fondos, a menos que exista un acuerdo que especifique lo contrario. En general, la ubicación del banco receptor, el banco del beneficiario o cualquier sistema de transferencia utilizado influye en la ley aplicable. Sin embargo, las partes involucradas pueden acordar elegir la ley de una jurisdicción específica, incluso si esta no tiene una conexión directa con la transacción. Los sistemas de transferencia de fondos también pueden seleccionar la ley aplicable para las transacciones procesadas a través de ellos, y esto es vinculante para los bancos participantes y las partes que tengan conocimiento de esta elección. Si hay un conflicto entre un acuerdo privado y una regla de un sistema de transferencia de fondos, el acuerdo privado prevalece. Además, si se utilizan múltiples sistemas de transferencia con leyes contradictorias, la jurisdicción con los lazos más estrechos con el asunto en cuestión será la que rija.

(a)CA Derecho Comercial Code § 11507(a) Se aplican las siguientes reglas a menos que las partes afectadas acuerden lo contrario o se aplique la subdivisión (c):
(1)CA Derecho Comercial Code § 11507(a)(1) Los derechos y obligaciones entre el remitente de una orden de pago y el banco receptor se rigen por la ley de la jurisdicción en la que se encuentra el banco receptor.
(2)CA Derecho Comercial Code § 11507(a)(2) Los derechos y obligaciones entre el banco del beneficiario y el beneficiario se rigen por la ley de la jurisdicción en la que se encuentra el banco del beneficiario.
(3)CA Derecho Comercial Code § 11507(a)(3) La cuestión de cuándo se realiza el pago conforme a una transferencia de fondos por parte del originador al beneficiario se rige por la ley de la jurisdicción en la que se encuentra el banco del beneficiario.
(b)CA Derecho Comercial Code § 11507(b) Si las partes descritas en cada párrafo de la subdivisión (a) han celebrado un acuerdo seleccionando la ley de una jurisdicción particular para regir los derechos y obligaciones entre ellas, la ley de esa jurisdicción rige esos derechos y obligaciones, independientemente de si la orden de pago o la transferencia de fondos guarda una relación razonable con esa jurisdicción.
(c)CA Derecho Comercial Code § 11507(c) Una regla de sistema de transferencia de fondos puede seleccionar la ley de una jurisdicción particular para regir (i) los derechos y obligaciones entre bancos participantes con respecto a órdenes de pago transmitidas o procesadas a través del sistema, o (ii) los derechos y obligaciones de algunas o todas las partes de una transferencia de fondos, cualquier parte de la cual se realice por medio del sistema. Una elección de ley realizada conforme a la cláusula (i) es vinculante para los bancos participantes. Una elección de ley realizada conforme a la cláusula (ii) es vinculante para el originador, otro remitente o un banco receptor que tenga aviso de que el sistema de transferencia de fondos podría usarse en la transferencia de fondos y de la elección de ley por parte del sistema cuando el originador, otro remitente o el banco receptor emitió o aceptó una orden de pago. El beneficiario de una transferencia de fondos queda vinculado por la elección de ley si, cuando se inicia la transferencia de fondos, el beneficiario tiene aviso de que el sistema de transferencia de fondos podría usarse en la transferencia de fondos y de la elección de ley por parte del sistema. La ley de una jurisdicción seleccionada conforme a esta subdivisión puede regir, independientemente de si esa ley guarda una relación razonable con el asunto en cuestión.
(d)CA Derecho Comercial Code § 11507(d) En caso de inconsistencia entre un acuerdo conforme a la subdivisión (b) y una regla de elección de ley conforme a la subdivisión (c), prevalece el acuerdo conforme a la subdivisión (b).
(e)CA Derecho Comercial Code § 11507(e) Si una transferencia de fondos se realiza mediante el uso de más de un sistema de transferencia de fondos y existe inconsistencia entre las reglas de elección de ley de los sistemas, el asunto en cuestión se rige por la ley de la jurisdicción seleccionada que tenga la relación más significativa con el asunto en cuestión.