Obras de Mejora en GeneralRenuncia y Liberación
Section § 8120
Esta ley establece que cualquier norma o directriz de este capítulo se aplica específicamente a los proyectos de construcción o edificación que están cubiertos por esta ley.
Section § 8122
Section § 8124
Esta ley explica que si tienes un reclamo financiero relacionado con la construcción y renuncias a tus derechos sobre ese reclamo, no significa automáticamente que estás liberando de responsabilidad al propietario del inmueble, al prestamista o a la aseguradora, a menos que se cumplan dos condiciones. Primero, tu renuncia debe coincidir con el estilo del formulario oficial y llevar tu firma. Segundo, si tu renuncia se basa en que te paguen, necesitas tener una prueba sólida de que realmente recibiste el pago, como un cheque que depositaste o una confirmación escrita de tu parte.
Section § 8126
En términos sencillos, si alguien intenta renunciar, liberar o de alguna otra manera perjudicar un gravamen o reclamo mediante una declaración, esa declaración no es válida a menos que se cumplan dos condiciones: que siga los requisitos específicos de una renuncia y liberación establecidos en este artículo, o que el reclamante haya recibido el pago completo por el reclamo.
Section § 8128
Esta sección permite que alguien que ha emitido un aviso de suspensión de pago reduzca la cantidad que reclama o lo libere por completo. Debe hacerlo por escrito e indicar claramente si se trata de una reducción o una liberación total. Si es una reducción, se debe especificar el nuevo monto total a retener. Reducir o liberar el aviso significa que la persona que reclama no puede exigir el pago por la cantidad reducida o liberada, y quien recibió el aviso ya no tiene que retener fondos por esa cantidad. Sin embargo, el reclamante puede emitir otro aviso de suspensión de pago más adelante si es necesario, siempre que sea oportuno y correcto. Esta acción no afecta ningún otro derecho que el reclamante pueda tener, solo el derecho a exigir el pago por el monto específico reducido o liberado.
Section § 8130
Esta ley establece que si tienes un acuerdo legal para resolver una disputa o para cerrar un caso judicial, la validez de dicho acuerdo no se verá afectada, siempre y cuando el acuerdo mencione específicamente el gravamen o la reclamación involucrada.
Section § 8132
Esta ley explica que si a alguien se le exige firmar una 'renuncia y liberación condicional' para recibir un pago parcial, pero luego no se le paga, esa renuncia es nula y no puede hacerse cumplir. Para ser válida, la renuncia debe seguir un formato específico. La renuncia establece que los derechos a gravámenes, avisos de suspensión de pago y reclamaciones de fianza se ceden una vez que se recibe el pago. Sin embargo, se aplican ciertas excepciones, como las retenciones, los extras no pagados y los pagos previamente renunciados que aún no se han recibido. Los derechos contractuales, como las reclamaciones basadas en incumplimientos, tampoco se ven afectados.
Section § 8134
Esta ley establece que si alguien que proporciona trabajo o materiales en un proyecto necesita firmar una renuncia para recibir un pago progresivo y afirma que ya se le ha pagado, la renuncia solo será válida si está en un formato específico. El formulario de renuncia se denomina 'Renuncia y Liberación Incondicional sobre Pago Progresivo'. Este documento declara que el reclamante ha renunciado a ciertos derechos, como los derechos de gravamen y de fianza de pago, porque se le ha pagado. No será válido si el pago no se recibe, a menos que se especifique lo contrario utilizando una 'renuncia condicional'. La renuncia debe incluir información sobre el reclamante, el cliente, la ubicación del trabajo y los detalles del pago. No cubre extras no pagados, derechos contractuales relacionados con la falta de pago, ni montos retenidos.
Section § 8136
Esta sección de la ley de California establece que si a alguien se le pide firmar una renuncia y liberación para recibir su pago final, pero en realidad no se le paga, entonces la renuncia y liberación no son válidas a menos que estén redactadas de una manera específica. Este documento, denominado 'Renuncia y Liberación Condicional sobre Pago Final', solo entra en vigor cuando se recibe el pago. Incluye secciones detalladas para información de identificación, excepciones para reclamaciones disputadas, y requiere la firma del reclamante y detalles sobre el pago.
Section § 8138
Si usted firma una renuncia para confirmar que ha recibido su pago final, esta debe seguir un formato específico para ser válida. Esta renuncia, denominada 'Renuncia y Liberación Incondicional sobre Pago Final', significará que usted renuncia a ciertos derechos, como los derechos de gravamen o de aviso de detención de pago, una vez que la firme. Sin embargo, si en realidad no se le ha pagado en su totalidad, no utilice este formulario; en su lugar, debe usar una renuncia condicional. El documento también permite excepciones si existen reclamaciones disputadas por extras.