Section § 6750

Explanation
Esta ley establece que si vives en un desarrollo de interés común, como un condominio o una cooperativa, este será administrado por una asociación de propietarios o una asociación comunitaria. Esta asociación podría ser una corporación formal o simplemente un grupo sin constitución oficial.

Section § 6752

Explanation

Esta sección de la ley establece que una asociación de propietarios (HOA), esté o no constituida oficialmente, puede usar las facultades que normalmente se otorgan a las corporaciones sin fines de lucro de beneficio mutuo, con algunas excepciones. Si la HOA no está constituida, no puede usar un sello corporativo ni emitir certificados de membresía. Sin embargo, ambos tipos de asociaciones pueden usar las facultades detalladas en esta ley específica.

(a)CA Derecho Civil Code § 6752(a) A menos que los documentos rectores dispongan lo contrario, e independientemente de si la asociación está constituida o no, la asociación puede ejercer las facultades otorgadas a una corporación sin fines de lucro de beneficio mutuo, según se enumeran en la Sección 7140 del Código de Sociedades Anónimas, excepto que una asociación no constituida no puede adoptar o usar un sello corporativo ni emitir certificados de membresía de conformidad con la Sección 7313 del Código de Sociedades Anónimas.
(b)CA Derecho Civil Code § 6752(b) La asociación, ya sea constituida o no, puede ejercer las facultades otorgadas a una asociación en esta ley.