ArrendamientoArrendamiento de Bienes Inmuebles
Section § 1940
Esta ley establece quién está cubierto por ciertas reglas sobre el alquiler o uso de espacios habitacionales en California. En general, estas reglas se aplican a cualquier persona que alquila un lugar para vivir, como inquilinos o huéspedes. Sin embargo, las personas que se alojan por períodos cortos en lugares como hoteles o moteles no están cubiertas por esta ley si su estancia normalmente estaría sujeta a impuestos bajo un código fiscal específico. Además, las estancias cortas en hoteles o moteles donde el hotel ofrece muchos servicios como custodia de propiedades y servicio de limpieza diario también están excluidas. Una "unidad de vivienda" se refiere a cualquier estructura utilizada como hogar por una persona o compartida por un grupo. La ley no limita la aplicación de ninguna de sus reglas a menos que se indique claramente lo contrario.
Section § 1940.1
Esta ley establece que nadie puede obligar a una persona que vive en un hotel residencial a mudarse o a registrarse de nuevo dentro de los primeros 30 días, solo para que su estancia siga siendo considerada temporal. Si hay pruebas de que se obligó a alguien a registrarse de nuevo, se asume que la intención del hotel era mantener ese estatus temporal, pero esta suposición puede ser refutada. Si se incumple esta norma, se aplica una multa de $500, y la parte que gane cualquier demanda relacionada con esta norma puede recuperar sus gastos legales. Además, los gobiernos locales pueden establecer reglas para verificar que esto se esté cumpliendo.
Section § 1940.2
Esta ley prohíbe a los propietarios intentar forzar a los inquilinos a abandonar sus viviendas utilizando ciertos métodos injustos. Prohíbe actos como el robo, la extorsión, las amenazas o perturbar la paz de un inquilino. Si un propietario divulga ilegalmente el estatus migratorio de un inquilino, eso también va en contra de las reglas. Los inquilinos pueden demandar a los propietarios que infrinjan estas reglas y pueden ganar hasta $2,000 por incidente en un tribunal civil. Simplemente notificar a un inquilino sobre violaciones del contrato de arrendamiento está bien si se hace de buena fe. Esta ley no modifica los derechos existentes de los inquilinos ni las regulaciones locales sobre el acoso por parte de los propietarios.
Section § 1940.3
Esta ley de California prohíbe a las entidades públicas y a los propietarios preguntar o tomar medidas basadas en el estatus migratorio o de ciudadanía de los inquilinos o posibles inquilinos. Asegura que los propietarios no pueden usar el estatus migratorio como base para acosar o intimidar a los inquilinos, ni pueden exigirles que revelen su estatus. Sin embargo, los propietarios pueden cumplir con las leyes federales relacionadas con los programas de asistencia de alquiler, y pueden solicitar información necesaria para verificar las calificaciones financieras o la identidad de un inquilino. Las entidades públicas incluyen varias subdivisiones gubernamentales dentro del estado.
Section § 1940.4
Esta sección de la ley establece que los propietarios no pueden impedir que los inquilinos coloquen carteles políticos relacionados con elecciones, votaciones legislativas o asuntos públicos en su propiedad de alquiler. Los inquilinos, tanto en viviendas multifamiliares como unifamiliares, pueden exhibir estos carteles, pero los propietarios pueden prohibirlos si son demasiado grandes (más de seis pies cuadrados) o si infringen leyes o reglas de vivienda específicas. Los inquilinos deben seguir las normas locales sobre cuándo colocar y retirar los carteles, y si no existen tales normas, los propietarios pueden establecer plazos razonables. Estos plazos deben comenzar al menos 90 días antes de una elección y terminar al menos 15 días después. Cualquier cambio en los términos del alquiler para adaptarse a estas reglas no se considerará una disminución en los servicios de vivienda.
Section § 1940.05
Section § 1940.5
Esta ley establece que un propietario no puede negarse a alquilar a alguien solo porque tenga una cama de agua, siempre y cuando se cumplan ciertas condiciones. Estas incluyen tener un seguro que cubra los daños causados por la cama de agua, seguir las restricciones de peso basadas en la capacidad del piso, notificar al propietario con antelación sobre la instalación o el traslado, e instalar la cama de forma segura. El propietario puede aumentar el depósito de seguridad y cobrar una tarifa por la cama de agua, pero no puede denegar una reclamación de seguro solo porque no haya ejercido sus derechos según esta ley. "Inquilino" se refiere a cualquier persona que alquila, y "alquiler" incluye tanto el arrendamiento como el alquiler.
Section § 1940.6
Esta ley exige que los propietarios informen tanto a los inquilinos potenciales como a los actuales si solicitan un permiso para demoler la unidad de alquiler. Los inquilinos potenciales deben ser informados antes de firmar un contrato de arrendamiento o pagar cualquier tarifa. A los inquilinos actuales se les debe informar antes de que se presente la solicitud de demolición. El aviso debe incluir cuándo se espera la demolición y cuándo finalizará el arrendamiento. Si los propietarios no cumplen, los inquilinos pueden emprender acciones legales para recuperar daños y podrían recibir multas de hasta $2,500, además de los honorarios legales. La ley también asegura que estos derechos no anulan otras leyes de inquilinos o propietarios.
Section § 1940.7
Esta ley exige a los propietarios que tienen conocimiento de áreas cercanas a sus propiedades de alquiler que solían ser zonas militares y que podrían contener armas sin explotar, que informen a los inquilinos potenciales. Esto se aplica si la zona militar está a menos de una milla de la propiedad de alquiler. Los propietarios deben proporcionar esta información por escrito antes de que los inquilinos firmen el contrato de arrendamiento. Si los inquilinos ya residían allí antes de 1990, el propietario debe notificarles lo antes posible. El objetivo es garantizar la seguridad de los inquilinos al hacerles conscientes de posibles peligros que no son evidentes.
Section § 1940.8
Section § 1940.8
Esta ley exige que los propietarios informen a los inquilinos cuando se aplican pesticidas en o alrededor de sus unidades de alquiler. Los propietarios deben proporcionar un aviso por escrito antes de aplicar pesticidas, detallando qué plagas se van a controlar, la marca del pesticida, el momento de uso y una advertencia sobre los riesgos de los pesticidas. Si el pesticida se aplicará sin un operador con licencia, el aviso debe darse con 24 horas de antelación y también debe llegar a los inquilinos de las unidades vecinas para aplicaciones más grandes. Los inquilinos pueden aceptar aplicaciones más rápidas, pero deben ser informados verbalmente y por escrito. Para las áreas comunes, las notificaciones deben publicarse o entregarse directamente. Se aplican reglas de notificación específicas para el uso programado de pesticidas, y los inquilinos deben ser informados antes de mudarse. Finalmente, los propietarios no pueden entrar en las unidades de los inquilinos para aplicar pesticidas sin permiso.
Section § 1940.9
Section § 1940.10
Esta ley permite a los inquilinos de ciertas unidades residenciales cultivar plantas comestibles en contenedores portátiles en su patio trasero privado a nivel del suelo. Sin embargo, deben cumplir con condiciones específicas, como la ubicación de los contenedores aprobada por el propietario y el mantenimiento regular. Los propietarios pueden establecer reglas sobre no usar productos químicos sintéticos y pueden inspeccionar el área del jardín. El cultivo de plantas fuera de los contenedores requiere la aprobación del propietario, y podría haber un acuerdo por escrito para cualquier costo adicional de agua o residuos. Esta norma se aplica solo a propiedades con una o dos unidades residenciales.
Section § 1940.20
Esta ley permite a los inquilinos usar tendederos o tendederos de ropa en sus áreas privadas siempre y cuando se cumplan ciertas condiciones. Estas incluyen asegurarse de que el tendedero o la rejilla no interfiera con el mantenimiento de la propiedad, no represente riesgos para la salud o la seguridad, y no bloquee áreas esenciales como entradas o acceso a servicios públicos. Los inquilinos deben obtener el consentimiento del propietario antes de fijar cualquier cosa al edificio, y los propietarios pueden imponer restricciones razonables sobre cuándo y dónde se pueden usar los tendederos. El inquilino también debe obtener la aprobación del tendedero o tendedero de ropa por parte del propietario.
Section § 1940.35
Esta ley prohíbe a los arrendadores compartir el estatus migratorio de los inquilinos con las autoridades si se hace para acosarlos, intimidarlos, tomar represalias contra ellos o para obligarlos a abandonar sus hogares. Si un arrendador incumple esta norma, un tribunal puede exigirle que pague daños y perjuicios; impedirle que lo haga de nuevo; y alertar al fiscal de distrito sobre posibles violaciones adicionales. Sin embargo, los arrendadores no están infringiendo la ley si cumplen con los requisitos federales u órdenes judiciales. El tribunal puede considerar los registros de deportación y puede otorgar honorarios legales a la parte ganadora de una demanda bajo esta ley. Los inquilinos no pueden renunciar a estos derechos, y las organizaciones sin fines de lucro pueden presentar demandas para detener este comportamiento.
Section § 1940.41
Esta sección de la ley aborda las normas sobre dispositivos de micromovilidad personal, como bicicletas y patinetes eléctricos, para inquilinos en viviendas de alquiler. Los propietarios no pueden impedir que los inquilinos posean o almacenen dispositivos de micromovilidad personal en sus unidades, siempre que estos dispositivos cumplan con las normas de seguridad o que el inquilino tenga un seguro para ellos. Si un propietario ofrece almacenamiento seguro a largo plazo con ciertas características sin costo adicional, no tiene que permitir que los inquilinos almacenen sus dispositivos dentro de sus unidades, a menos que sean necesarios como adaptación por discapacidad. Los propietarios pueden establecer normas que prohíban el mantenimiento de los dispositivos y exijan el cumplimiento de la seguridad contra incendios. No se requieren modificaciones en la unidad de alquiler para el almacenamiento. Los derechos de las personas con discapacidad están protegidos por esta ley sin limitar las protecciones federales o estatales existentes.
Section § 1940.45
Esta ley impide que los propietarios de inmuebles prohíban la exhibición de artículos religiosos en la puerta principal o el marco de la puerta de una vivienda. Sin embargo, existen excepciones que permiten tales prohibiciones si el artículo religioso amenaza la salud o seguridad, bloquea la puerta, viola leyes, es obsceno o excede un tamaño determinado (36 por 12 pulgadas). Un propietario de inmueble se define como asociaciones, juntas, miembros, arrendadores o subarrendadores. Los 'artículos religiosos' se refieren a elementos exhibidos por razones religiosas sinceras.
Section § 1941
Section § 1941.1
Esta ley establece que una vivienda se considera no apta para vivir si no cumple con ciertas condiciones básicas. Estas incluyen una buena impermeabilización, fontanería en funcionamiento, agua fría y caliente adecuada, sistemas de calefacción y eléctricos que funcionen, condiciones limpias y sanitarias, e instalaciones adecuadas para la eliminación de residuos. También exige pisos, escaleras y buzones bien mantenidos en ciertos hoteles residenciales. Además, menciona que los inquilinos y propietarios pueden solicitar programas de ayuda para reparaciones de calefacción o agua caliente que sean eficientes energéticamente.
Section § 1941.2
Los propietarios en California no están obligados a reparar los daños a la propiedad si el inquilino ha incumplido significativamente sus responsabilidades, y este incumplimiento es la causa principal del daño o impide que el propietario realice las reparaciones necesarias. Las responsabilidades del inquilino incluyen mantener el lugar limpio, desechar la basura correctamente, usar las instalaciones (eléctricas, de gas y fontanería) de forma adecuada, evitar daños causados por ellos mismos o por otros, y usar la propiedad para los fines previstos de vivienda. Sin embargo, si el propietario ha acordado por escrito encargarse de la limpieza o la eliminación de basura, esas responsabilidades podrían no aplicarse al inquilino.
Section § 1941.3
A partir del 1 de julio de 1998, los propietarios deben garantizar ciertas características de seguridad en los edificios residenciales. Esto incluye la instalación de cerraduras de cerrojo en las puertas principales de entrada y dispositivos de seguridad en las ventanas. Las cerraduras deben cumplir con los códigos de seguridad, y cualquier cerradura preexistente y conforme debe actualizarse durante las reparaciones. Los inquilinos deben informar a los propietarios si los dispositivos de seguridad fallan. Los propietarios no son responsables a menos que no solucionen los problemas reportados con prontitud. Los inquilinos tienen recursos legales específicos si los propietarios no cumplen, incluyendo el uso del problema como defensa en acciones legales relacionadas con el alquiler. Estas reglas no se aplican a edificios designados como históricos o a aquellos administrados por el Departamento de Transporte, excepto ciertas adquisiciones anteriores. Las entidades públicas aún pueden imponer requisitos de seguridad adicionales.
Section § 1941.4
Si alquilas un lugar para que la gente viva, debes asegurarte de que haya al menos una toma de teléfono que funcione y de que el cableado telefónico del lugar esté en buenas condiciones según los estándares actuales. También debes permitir que la compañía telefónica acceda a su equipo hasta el punto donde se conecta con el cableado de tu propiedad. El término 'cableado telefónico interior' básicamente se refiere al cableado que va desde donde se conecta el teléfono en la casa hasta la propia red telefónica.
Section § 1941.5
Esta ley permite a un inquilino que es víctima de abuso o violencia, o que vive con una víctima, solicitar al arrendador que cambie las cerraduras de su hogar a expensas del arrendador en un plazo de 24 horas. Si el arrendador no lo hace a tiempo, el inquilino puede cambiar las cerraduras por sí mismo y el arrendador debe reembolsarle el costo. Los inquilinos deben proporcionar documentación del abuso, que puede ser una orden de protección, un informe policial o una declaración de un profesional calificado. Esta ley se aplica solo si el abusador no vive en la misma unidad.
según la Sección 1941.5 del Código Civil
Section § 1941.6
Si un inquilino tiene una orden judicial que impide que otro inquilino en la misma vivienda se ponga en contacto con él, el propietario debe cambiar las cerraduras en un plazo de 24 horas desde que recibe la orden. Si el propietario no lo hace, el inquilino protegido puede cambiar las cerraduras por su cuenta y el propietario debe reembolsarle los gastos. El inquilino debe informar al propietario sobre el cambio de cerraduras y proporcionarle una llave nueva. El propietario no será responsable si la persona excluida intenta regresar. La persona excluida aún debe pagar el alquiler. Esto se aplica a los contratos de arrendamiento iniciados después del 1 de enero de 2011.
Section § 1941.7
Esta sección establece que un arrendador no está obligado a solucionar problemas de moho en una propiedad de alquiler hasta que el inquilino le informe al respecto, a menos que el propio inquilino haya incumplido ciertas reglas de mantenimiento. Además, los arrendadores pueden entrar a la unidad para arreglar el problema de moho, siempre que sigan el procedimiento correcto para entrar en la vivienda de un inquilino.
Section § 1942
Si tu vivienda de alquiler tiene problemas que la hacen difícil de habitar, y tu arrendador no los arregla después de que se lo notificas, tienes un par de opciones. Puedes arreglar el problema tú mismo, pero el costo no puede ser más de un mes de alquiler, y luego puedes deducir ese costo de tu renta. Solo puedes hacer esto dos veces al año. Si el arrendador aún no arregla el problema después de 30 días, puedes asumir que ha pasado un tiempo razonable y proceder con las reparaciones. Sin embargo, si dejas la vivienda debido a estos problemas, no tienes que seguir pagando el alquiler después de mudarte. Pero, no puedes usar esta opción si tú causaste el problema o si se incumplen otras reglas específicas. Esta ley se suma a, pero no reemplaza, otros derechos que puedas tener bajo otros acuerdos o leyes.
Section § 1942.1
Esta ley establece que un inquilino no puede renunciar ni modificar su derecho a vivir en una vivienda segura y habitable. Cualquier acuerdo que intente hacer eso no es válido. Sin embargo, los inquilinos y los propietarios pueden acordar por escrito que los inquilinos se encargarán de algunas reparaciones como parte de su contrato de alquiler. Además, ambas partes pueden acordar resolver disputas sobre condiciones de vivienda inseguras a través de un arbitraje. El árbitro decidirá quién paga los costos del arbitraje.
Section § 1942.2
Section § 1942.3
Si un propietario intenta desalojar a un inquilino (retención ilícita) pero la propiedad tiene problemas graves, como la falta de necesidades básicas, está en condiciones deficientes o tiene riesgos de plomo, existe una norma que podría ayudar al inquilino. Si un funcionario de vivienda le indica al propietario que arregle estos problemas y no se solucionan en un plazo de 60 días, se presume que el propietario no cumplió con los estándares de seguridad y habitabilidad. Sin embargo, esto solo se aplica si el inquilino no causó los problemas. Esta protección es específicamente para contratos de alquiler o arrendamiento celebrados o renovados después del 1 de enero de 1986.
Section § 1942.4
Si una propiedad de alquiler tiene problemas graves de mantenimiento que el propietario conoce pero no ha solucionado, el propietario no puede cobrar el alquiler ni amenazar con el desalojo. Primero, los problemas deben ser peligrosos o violar las normas de salud y seguridad. Luego, un funcionario público debe notificar por escrito al propietario para que solucione estos problemas. Si el propietario no actúa en un plazo de 35 días y no es culpa del inquilino, el propietario debe pagar daños al inquilino, que pueden oscilar entre $100 y $5,000. El tribunal también puede ordenar al propietario que arregle los problemas, y el inquilino puede iniciar una acción sin tener que intentar otras soluciones primero. Esto se puede hacer en un tribunal de menor cuantía si la cantidad es lo suficientemente pequeña. Esta ley se suma a cualquier otra opción que el inquilino pueda tener, y no afecta los derechos del propietario en ciertas situaciones del código de gobierno.
Section § 1942.5
Esta ley protege a los inquilinos de represalias por parte de los propietarios si ejercen sus derechos legales. Si un inquilino se queja de malas condiciones de vivienda, el propietario no puede desalojarlo, subirle el alquiler o reducirle los servicios en un plazo de 180 días, a menos que el inquilino haya dejado de pagar el alquiler. Los inquilinos solo pueden usar esta protección una vez al año. Amenazar con denunciar a un inquilino a inmigración se considera una represalia. Los propietarios que tomen represalias pueden ser demandados y tendrán que pagar daños y perjuicios, y posiblemente daños punitivos. Si un inquilino o propietario gana un caso de represalias, es posible que se les cubran los honorarios de su abogado. Sin embargo, si un propietario actúa legalmente y con la debida notificación, aún puede aplicar cambios de alquiler o desalojos.
Section § 1942.6
Section § 1942.7
Esta ley prohíbe a los propietarios, administradores de propiedades o a cualquier persona que preste servicios relacionados con propiedades desalentar el alquiler a personas con animales que no hayan sido desungulados o desvocalizados, negar el alquiler basándose en que un animal no ha sido desungulado o desvocalizado, o exigir a los inquilinos que desungulen o desvocalicen a sus animales. Se aplica a todas las etapas del proceso de alquiler, incluida la publicidad de la disponibilidad de propiedades. Los animales se definen de forma amplia para incluir mamíferos, aves, reptiles y anfibios. Las autoridades pueden emprender acciones legales para detener estas prácticas, y los infractores pueden ser multados con hasta $1,000 por cada infracción.
Section § 1942.9
Esta ley establece que si un inquilino tiene alquiler impago debido al COVID-19 y ha informado a su arrendador sobre sus dificultades financieras, el arrendador no puede cobrar recargos por mora ni aumentar las tarifas por servicios que antes eran gratuitos. Además, si un arrendador deja de proporcionar temporalmente un servicio debido al cumplimiento de las normas de salud pública, no se considera que está incumpliendo el contrato de arrendamiento ni cambiando los términos del alquiler bajo las leyes locales de control de alquileres.
Section § 1943
Section § 1944
Si alquilas un lugar para vivir en California sin una fecha de finalización específica, se asume que tu plazo de alquiler coincide con el período de tiempo utilizado para calcular tu alquiler. Por ejemplo, si pagas el alquiler mensualmente, generalmente se considera un alquiler de mes a mes. Si no hay un acuerdo sobre el plazo del alquiler o el monto del alquiler, se asume que es un alquiler mensual.
Section § 1945
Section § 1945.5
Section § 1946
Esta ley trata sobre cómo finalizar un contrato de alquiler cuando la duración del arrendamiento no se ha acordado previamente. Si ni el propietario ni el inquilino desean renovar dicho alquiler, deben notificar por escrito a la otra parte antes de que finalice el contrato, con un límite de 30 días de antelación. Para los alquileres de mes a mes, cualquiera de las partes puede finalizarlo con un aviso por escrito de 30 días. Las partes también pueden acordar un período de aviso más corto, de al menos siete días. El aviso debe entregarse según los métodos legales o por correo. El aviso debe incluir una declaración sobre la recuperación de cualquier propiedad que los inquilinos dejen, explicando los posibles costos y condiciones. Además, los propietarios no pueden cobrar a los inquilinos una tarifa por entregar estos avisos.
Section § 1946.1
Esta sección establece las reglas para terminar un contrato de arrendamiento de una propiedad residencial o comercial cuando el plazo del alquiler no está definido. Si un propietario desea terminar el arrendamiento, debe dar un aviso por escrito con al menos 60 días de anticipación, pero solo 30 días si el inquilino ha estado allí menos de un año. Casos especiales permiten avisos más cortos, como si la propiedad se está vendiendo y el comprador planea mudarse. Los inquilinos también tienen derecho a terminar el arrendamiento, pero deben avisar por un período al menos tan largo como la duración del período de alquiler. Los detalles importantes del aviso incluyen recordatorios sobre cómo reclamar cualquier pertenencia olvidada. No se pueden cobrar tarifas por enviar estos avisos. La ley define quién califica como 'inquilino comercial cualificado', como pequeñas empresas u organizaciones sin fines de lucro, y explica cómo deben entregarse los avisos.
Section § 1946.2
Esta ley establece que después de que un inquilino haya vivido en una propiedad de alquiler durante al menos 12 meses, el propietario solo puede rescindir el contrato de alquiler por razones específicas, conocidas como 'causa justificada'. La causa justificada podría incluir cosas como no pagar el alquiler, violar el contrato de arrendamiento, o que el propietario necesite el espacio para su familia. En algunos casos, los propietarios deben ayudar a los inquilinos con los costos de mudanza si el inquilino tiene que irse por razones ajenas a su culpa. Existen excepciones a esta regla, como si la propiedad es de nueva construcción o ciertos tipos de vivienda. La ley también describe cómo los propietarios deben notificar a los inquilinos sobre estas reglas y ofrece protección contra desalojos injustificados. Esta sección entra en vigor el 1 de abril de 2024 y dejará de estar vigente a partir del 1 de enero de 2030.
Section § 1946.5
Esta ley trata sobre cómo terminar el acuerdo de alquiler para alguien que alquila una habitación (un huésped) en una casa donde también vive el propietario. Tanto el propietario como el huésped pueden finalizar el alquiler mediante una notificación escrita, siguiendo las reglas de un procedimiento específico o utilizando correo certificado. Una vez que termina el período de notificación, el huésped no tiene derecho a quedarse, y su desalojo puede seguir ciertos procesos legales. La ley define a un huésped como alguien que alquila una habitación en una casa ocupada por el propietario, donde este puede acceder a todas las áreas. Esta ley solo se aplica cuando hay un único huésped en la casa y no afecta las situaciones en las que hay varios huéspedes.
Section § 1946.7
Esta ley permite a los inquilinos en California rescindir su contrato de arrendamiento si ellos o ciertos miembros de su familia son víctimas de ciertos delitos, como violencia doméstica, agresión sexual o acoso. Para hacerlo, el inquilino debe presentar una notificación por escrito y documentación como una orden de restricción, un informe policial o una declaración de un profesional. Si rescinden el contrato dentro de los 180 días posteriores al incidente, el inquilino solo deberá pagar el alquiler por un máximo de 14 días adicionales y no podrá enfrentar penalizaciones ni perder su depósito de seguridad. Los arrendadores no pueden divulgar información sobre el incidente sin consentimiento y no deben discriminar a los inquilinos que ejercen estos derechos. Si los arrendadores violan esta ley, podrían tener que pagar daños y perjuicios al inquilino.
conforme a la Sección 1946.7 del Código Civil
Section § 1946.8
Esta sección deja claro que cualquier parte de un contrato de alquiler o arrendamiento que intente impedir o limitar que alguien llame a la policía o a los servicios de emergencia no está permitida. Esto es especialmente importante para las víctimas de abuso, delitos o emergencias. Un propietario no puede sancionar a los inquilinos por buscar ayuda en estas situaciones. Los inquilinos no necesitan mostrar documentos para probar que creían que era necesario pedir ayuda, aunque tener documentación puede ser útil. Si un propietario intenta desalojar a alguien por llamar a la policía, el inquilino puede usar esta ley como defensa. La ley anima a los inquilinos a mantenerse seguros sin temor a represalias por parte de los propietarios.
Section § 1946.9
Esta ley prohíbe a los propietarios o sus agentes discriminar a los inquilinos potenciales que han experimentado o estado involucrados en situaciones de abuso o violencia. Por ejemplo, si un inquilino potencial rompió un contrato de arrendamiento debido a abuso o solicitó que se le cambiaran las cerraduras por seguridad, los propietarios no pueden usar esto como razón para rechazar su solicitud. Si un propietario incumple esta norma, podría deber al inquilino una compensación económica. La ley define qué se considera abuso y describe qué constituye una "acción adversa", como denegar una solicitud de alquiler u ofrecer términos desfavorables.
Section § 1947
Esta ley establece que si no hay un acuerdo especial, el alquiler generalmente se debe al final del período de alquiler. Si alquila día a día, semana a semana, mes a mes o anualmente, paga el alquiler al final de cada período.
Section § 1947.1
Si usted es propietario de ciertas propiedades residenciales grandes en algunos condados de California y ofrece estacionamiento, debe cobrar por el estacionamiento por separado en lugar de incluirlo en el alquiler. Cada inquilino tiene la primera oportunidad de alquilar las plazas de estacionamiento relacionadas con su unidad. El estacionamiento debe desvincularse de la unidad residencial de forma permanente, y los inquilinos no pueden ser desalojados por no pagar las tarifas de estacionamiento. Si no pagan antes del día 45, el propietario puede recuperar la plaza de estacionamiento. La norma se aplica a propiedades con al menos 16 unidades, que reciban certificados de ocupación a partir de 2025, ubicadas en condados específicos, y excluye ciertos tipos de vivienda asequible o financiada.
Section § 1947.3
Esta ley exige a los propietarios que permitan a los inquilinos pagar el alquiler utilizando al menos un método que no sea en efectivo ni electrónico, como un cheque, a menos que los pagos anteriores del inquilino hayan sido problemáticos. Si un cheque de un inquilino es rechazado o se detiene un pago, el propietario puede exigir pagos en efectivo por un período de hasta tres meses, con la debida notificación. Los inquilinos pueden hacer que otra persona pague su alquiler, pero esa persona debe proporcionar una declaración firmada indicando que no se convierte en inquilino al realizar el pago. El propietario no puede cobrar tarifas adicionales por los pagos con cheque, y los inquilinos y propietarios pueden acordar pagos en efectivo o electrónicos siempre que haya otro método de pago disponible. Finalmente, cualquier intento de renunciar a estas reglas es nulo.
Section § 1947.5
Esta ley permite a los propietarios prohibir fumar no solo dentro de las unidades residenciales, sino en cualquier parte de la propiedad. Si una propiedad tiene una prohibición de fumar, los contratos de arrendamiento firmados después del 1 de enero de 2012 deben especificar dónde no está permitido fumar. Para los contratos de arrendamiento anteriores a esta fecha, los propietarios deben notificar a los inquilinos por escrito si cambian los términos para prohibir fumar. Las normas locales existentes sobre el acto de fumar tienen prioridad sobre esta ley. Es importante destacar que prohibir fumar no afecta otros términos del contrato de arrendamiento ni requiere permisos legales especiales. Fumar y los productos de tabaco se definen según los códigos comerciales relacionados.
Section § 1947.6
A partir del 1 de julio de 2015, si alquilas una vivienda y deseas instalar una estación de carga para vehículos eléctricos en tu plaza de aparcamiento asignada, tu arrendador generalmente debe aprobarlo, siempre y cuando sigas las normas que establezca para las modificaciones a la propiedad. Sin embargo, esto no se aplica si ya hay suficientes estaciones de carga, si el aparcamiento no está incluido en tu contrato de alquiler, si hay muy pocas plazas de aparcamiento, o si la propiedad está sujeta a control de alquiler con ciertas condiciones. No necesariamente obtendrás una plaza de aparcamiento adicional para la estación de carga, y si tener una significa que tienes una plaza reservada, es probable que tengas que pagar un alquiler extra por ella. La instalación y la estación deben cumplir con diversas normas legales y de seguridad, y deberás aceptar por escrito cubrir todos los costos relacionados, como la instalación y el mantenimiento. Además, es posible que necesites un seguro para cubrir posibles daños o lesiones, a menos que el cargador cumpla con ciertos estándares de seguridad e instalación.
Section § 1947.7
Esta ley trata sobre cómo los propietarios de viviendas de alquiler deben seguir las normas locales de control de alquileres en California. Si un propietario se esfuerza por cumplir estas normas, pero comete un pequeño error, generalmente no se le impondrán multas. En su lugar, es posible que los propietarios solo tengan que reembolsar al inquilino o pagar las tasas de registro que adeuden. Si un propietario ha intentado diligentemente cumplir y luego corrige cualquier problema, puede restablecer los aumentos de alquiler que fueron bloqueados debido al error. Los propietarios también deben mantener la información del inquilino en privado cuando sea necesario. Esta ley no otorga a las agencias locales nuevos poderes para controlar los precios de los alquileres, pero garantiza la confidencialidad de la información del inquilino.
Section § 1947.8
Esta ley aborda cómo deben funcionar las normativas locales cuando controlan el monto del alquiler que se puede cobrar por unidades de alquiler residencial. Requiere que estas normativas establezcan un sistema para fijar y confirmar cuáles son los niveles de alquiler correctos para las diferentes unidades de alquiler, a los que tanto propietarios como inquilinos pueden acceder. Si una normativa estaba vigente en 1987, debía contar con estos sistemas para 1988. Las normativas más recientes deben hacerlo dentro de un año desde su creación. Propietarios e inquilinos pueden obtener un certificado oficial de los niveles de alquiler, impugnar lo que contiene, y las apelaciones deben resolverse rápidamente. Las agencias locales pueden cobrar una pequeña tarifa por este servicio. Además, estos registros de niveles de alquiler son públicos, y existen reglas especiales sobre cómo afectan las transacciones de propiedades y los procedimientos legales.
Section § 1947.9
Esta ley establece reglas en San Francisco para compensar a los inquilinos desplazados temporalmente de unidades con alquiler controlado por menos de 20 días. Los inquilinos deben recibir $275 por día para gastos de vivienda y subsistencia, cubriendo cualquier costo de mudanza necesario. En lugar de pagar, los propietarios pueden ofrecer una vivienda temporal similar y cubrir los gastos de mudanza. No modifica los términos del contrato de arrendamiento, los derechos de alquiler ni las reglas de desalojo. Los inquilinos pueden elegir otra compensación por reubicación federal o estatal en lugar de esta ley. Esto solo se aplica a desplazamientos a corto plazo y no altera los procedimientos locales de reubicación.
Section § 1947.10
Esta ley establece que si un propietario desaloja a un inquilino porque él o un familiar cercano quiere vivir en la unidad de alquiler, el propietario debe vivir allí al menos seis meses. Si el tribunal determina que el propietario mintió al respecto, el propietario podría tener que pagar el triple de los costos relacionados con la mudanza del inquilino o el aumento del alquiler si no regresa. Si el inquilino decide no volver a mudarse a la unidad anterior, el propietario podría tener que pagar el triple de un mes de alquiler y los costos de reubicación. La parte ganadora en dicho caso judicial también puede recuperar sus honorarios de abogado y los costos judiciales. Además, esta ley no limita ninguna otra opción legal que las partes involucradas puedan tener.
Section § 1947.11
Si una ciudad o condado en California controla cuánto pueden cobrar los propietarios por el alquiler y exige que los alquileres se registren, cualquier propietario que pida un alquiler por encima del límite legal debe devolver el dinero extra al inquilino si este lo solicita. Si un propietario cobra intencionadamente de más, el tribunal puede ordenarle que devuelva el triple de la cantidad en exceso. La parte que gane el caso judicial recuperará sus gastos legales. Esta ley no elimina otras opciones legales y no modifica los plazos para iniciar acciones legales.
Section § 1947.12
Esta ley limita cuánto pueden aumentar el alquiler los propietarios de viviendas residenciales en California cada año. Solo pueden aumentar el alquiler hasta un 5% más la inflación, según lo determine el Índice de Precios al Consumidor, o un 10%, lo que sea menor, en cualquier período de 12 meses. Solo se permiten dos aumentos de alquiler para el mismo inquilino en un año. Algunas propiedades están exentas de estas reglas, como los edificios nuevos de menos de 15 años y ciertos tipos de viviendas asequibles. Si un inquilino se muda, el propietario puede establecer un nuevo monto de alquiler inicial para los nuevos inquilinos. Los inquilinos no pueden subarrendar propiedades por un monto superior al límite legal de alquiler. Existen sanciones por violar estos límites de alquiler, y las autoridades pueden hacer cumplir la ley. Esta ley tiene como objetivo equilibrar la actual crisis de vivienda y estará en vigor hasta el 1 de enero de 2030.
Section § 1947.13
Esta ley explica qué sucede con los precios de alquiler una vez que finalizan ciertas restricciones de alquiler. Si usted es propietario de un desarrollo de vivienda con asistencia o restricciones regulatorias, puede decidir el primer precio de alquiler después de que estas reglas expiren. Sin embargo, cualquier aumento futuro del alquiler debe seguir reglas específicas. Especifica que estos derechos no pueden ser renunciados y no tienen la intención de anular las leyes locales. Esta regulación estará en vigor hasta finales de 2029.
Section § 1947.15
Esta ley busca asegurar que los propietarios de viviendas con alquileres controlados puedan obtener un rendimiento justo de sus inversiones. Se centra en reconocer los gastos profesionales, como los honorarios legales o contables, como costos comerciales legítimos cuando los propietarios realizan trámites para ajustar los niveles de alquiler. También anima a las agencias a simplificar los procesos de ajuste de alquiler para que sean menos costosos y garantiza que los honorarios profesionales necesarios se incluyan en los cálculos financieros de los propietarios. Si un propietario gana una apelación contra una decisión de alquiler, sus costos legales deberían ser cubiertos. Sin embargo, si la reclamación de un propietario se considera sin fundamento, los inquilinos pueden ser compensados por sus gastos de defensa. La ley también aclara términos como 'descontrol por vacancia' y establece que no entrará en vigor a menos que se deroguen leyes de control de alquiler como la Costa-Hawkins.
Section § 1948
Esta ley dice que si un inquilino acepta reconocer a alguien que no es su arrendador como el nuevo dueño o arrendador, ese acuerdo no es válido a menos que el arrendador original esté de acuerdo o un tribunal lo haya ordenado.
Section § 1949
Si estás alquilando una propiedad y recibes una notificación sobre una acción legal que busca recuperar esa propiedad, debes informar de inmediato a tu arrendador y entregarle la notificación si está por escrito. Si no lo haces y esto le causa algún problema a tu arrendador, podrías ser considerado responsable de esos problemas.
Section § 1950
Si alquilas parte de una habitación para vivir, tienes derecho a usar la habitación completa, sin importar lo que diga cualquier acuerdo. Si un propietario alquila la misma habitación a varias familias, la primera persona que alquila parte de la habitación tiene derecho a toda la habitación por el tiempo que acordaron. Otros inquilinos en el edificio no tienen que pagar el alquiler mientras exista esta situación de doble alquiler.
Section § 1950.1
Esta ley trata sobre los informes de selección de inquilinos reutilizables, que son informes detallados sobre posibles inquilinos que pueden ser usados para múltiples solicitudes. El informe debe incluir información como el nombre del inquilino, información de contacto, verificación de empleo, última dirección conocida e historial de desalojos. Los propietarios pueden elegir si aceptan estos informes sin cobrar una tarifa por acceder a ellos. Los informes deben ser creados dentro de los 30 días, estar disponibles sin costo y cumplir con las leyes estatales y federales. Incluso si las regulaciones locales difieren, prevalecerán las normas que brinden mayor protección a los inquilinos. Sin embargo, los propietarios no están obligados a aceptar estos informes reutilizables.
Section § 1950.5
Esta ley establece las reglas para los depósitos de seguridad en los contratos de alquiler residencial. Explica que los depósitos de seguridad son cualquier pago entregado al inicio de un arrendamiento que puede usarse para cubrir alquileres impagos, daños más allá del desgaste normal, limpieza y costos similares. Los arrendadores no pueden exigir depósitos de seguridad superiores a un mes de alquiler, con algunas excepciones. Los arrendadores también deben ofrecer a los inquilinos la oportunidad de una inspección inicial antes de que termine el arrendamiento, permitiéndoles solucionar cualquier problema para evitar deducciones del depósito. Después de que el inquilino se mude, los arrendadores tienen 21 días para devolver el depósito o una lista detallada de las deducciones. Si el interés de un arrendador en el alquiler cambia, por ejemplo, por venta, están obligados a manejar los depósitos de manera responsable, notificando a los inquilinos sobre la transferencia. La retención o las demandas de mala fe pueden dar lugar a sanciones. Las reglas son aplicables en un tribunal de reclamos menores, y los depósitos de seguridad no pueden etiquetarse como 'no reembolsables'.
Section § 1950.6
Esta ley permite a los propietarios cobrar una tarifa a los posibles inquilinos por procesar sus solicitudes de alquiler. La tarifa puede cubrir costos como verificaciones de referencias e informes de crédito, pero no puede exceder los costos reales ni los $30, ajustados por inflación desde 1998. Los propietarios solo pueden cobrar esta tarifa si consideran activamente una solicitud y deben reembolsarla si la unidad no está disponible o si la tarifa no se utiliza. También deben proporcionar un recibo que detalle cómo se usó la tarifa y entregar una copia del informe de crédito al solicitante. Varias protecciones garantizan la equidad, como el reembolso de tarifas no utilizadas y la oferta de procesos de solicitud transparentes y ordenados.
Section § 1950.7
Esta ley explica qué sucede con los depósitos de seguridad para contratos de arrendamiento no residenciales. Establece que un arrendador debe retener el depósito para el arrendatario y que la reclamación del arrendatario sobre el depósito tiene prioridad sobre la mayoría de los demás acreedores. El arrendador solo puede usar el depósito para cubrir el alquiler impago, reparar daños causados por el arrendatario o limpiar la propiedad después de que el arrendatario se vaya. El arrendador debe devolver cualquier dinero no utilizado al arrendatario dentro de plazos específicos. Si la propiedad cambia de dueño, el antiguo arrendador debe transferir el depósito al nuevo arrendador o devolverlo al arrendatario. Si un arrendador retiene el depósito de manera injusta, podría tener que pagar una multa. Esta norma se aplica a todos los arrendamientos no residenciales realizados o renovados después del 1 de enero de 1971.
Section § 1950.8
Esta ley se refiere a los alquileres de locales comerciales y propiedades no residenciales. Prohíbe pedir o aceptar pagos adicionales, como el “dinero de llave” o los honorarios legales para preparar un contrato de alquiler, a menos que dichos pagos estén claramente especificados en el contrato. Incumplir esta norma puede resultar en una multa considerable, que incluye el pago de los gastos legales de la parte afectada. Sin embargo, se permiten los pagos de alquiler por adelantado y ciertas tarifas, como las de verificación de crédito o limpieza, si se detallan en el contrato de alquiler. También se permiten los aumentos de alquiler para cubrir los costos de operación del edificio, siempre que estén especificados en el contrato.
Section § 1950.9
Esta ley establece reglas para los propietarios de propiedades comerciales al cobrar a ciertos inquilinos por los costos operativos del edificio. Los propietarios solo pueden cobrar estas tarifas si dividen los costos de manera justa entre los inquilinos, tienen gastos recientes o próximos, y proporcionan documentación detallada de los costos. Los inquilinos pueden solicitar ver la prueba de estos costos y los propietarios deben proporcionarla en un plazo de 30 días. Los costos que los inquilinos pagan directamente o por los cuales los propietarios reciben un reembolso no pueden ser cobrados. Los propietarios no pueden cambiar cómo calculan los costos de los inquilinos sin previo aviso. Si los propietarios violan estas reglas, enfrentan sanciones, y los inquilinos pueden usar el incumplimiento como defensa en acciones legales relacionadas con tarifas impagas. Estas protecciones se aplican a pequeñas empresas y organizaciones sin fines de lucro con un número determinado de empleados, y a los contratos de arrendamiento firmados o renovados después del 1 de enero de 2025.
Section § 1951
Esta sección define dos términos específicos para su uso en otras leyes relacionadas: Por 'alquiler' no solo se entiende el pago tradicional por el uso de una propiedad, sino también cualquier otro cargo similar al alquiler. Por 'arrendamiento' también se incluyen los subarrendamientos, que son acuerdos en los que el inquilino alquila la propiedad a otra persona.
Section § 1951.2
Cuando un inquilino abandona una propiedad alquilada o es desalojado por incumplir el contrato de arrendamiento, el contrato termina y el propietario puede reclamar ciertos daños. Estos daños incluyen la renta impagada hasta el momento en que termina el contrato, la posible pérdida de renta que no pudo evitarse razonablemente, pérdidas adicionales en las que incurra el propietario y cualquier otro costo directamente causado por el incumplimiento del contrato por parte del inquilino. El propietario solo puede reclamar pérdidas de renta futuras si el contrato lo permite o si intentó arrendar la propiedad de nuevo de buena fe. Intentar reducir el daño no significa que el propietario pierda su derecho a reclamar estos daños. Esta ley tampoco modifica ninguna cláusula del contrato de arrendamiento sobre la indemnización al propietario por lesiones o daños ocurridos antes de la terminación del contrato.
Section § 1951.3
Esta sección explica cómo un propietario puede declarar una propiedad residencial abandonada si un inquilino no ha pagado el alquiler durante 14 días y parece haber dejado la propiedad. El propietario debe enviar una notificación por escrito al inquilino, quien puede detener el proceso respondiendo con la intención de permanecer y proporcionando una dirección postal para notificaciones legales. La notificación le da al inquilino una fecha límite para responder, y si no lo hace, el contrato de arrendamiento puede terminar en la fecha especificada. Sin embargo, si el inquilino puede probar que el alquiler no estaba vencido, que la creencia de abandono del propietario no era razonable, o si paga parte del alquiler o informa al propietario de su intención de no abandonar antes de que termine el contrato, la propiedad no se considerará abandonada. El propietario aún debe seguir otros procesos legales de notificación de desalojo.
Section § 1951.4
Esta sección de la ley permite a los propietarios mantener un contrato de alquiler activo incluso si el inquilino incumple el contrato y abandona la propiedad, siempre que el contrato lo especifique. El inquilino también debe tener derecho a subarrendar o ceder el alquiler, con solo restricciones razonables. El propietario puede seguir cobrando el alquiler si se cumplen estas condiciones y mientras no termine oficialmente el derecho del inquilino sobre la propiedad. Ciertas acciones, como mantener la propiedad o intentar encontrar nuevos inquilinos, no se consideran una terminación de los derechos del inquilino. La ley busca asegurar que el propietario no sea irrazonable al dar su consentimiento para subarrendar o ceder los alquileres.
Section § 1951.5
Section § 1951.7
Esta ley explica cuándo y cómo un propietario debe notificar a un inquilino sobre el nuevo alquiler de una propiedad si el inquilino hizo un pago anticipado (como el alquiler prepagado o un depósito de seguridad). Si se cumplen ciertas condiciones, como que el inquilino lo haya solicitado específicamente por escrito y el contrato de arrendamiento haya terminado bajo circunstancias específicas, el propietario debe informar al inquilino dentro de los 30 días una vez que la propiedad se alquile de nuevo. Este aviso debe incluir detalles sobre el nuevo inquilino y los términos del arrendamiento, a menos que el inquilino debiera más renta que el monto del pago anticipado cuando el contrato de arrendamiento finalizó.
Section § 1951.8
Esta ley establece que nada de lo dispuesto en las otras secciones (1951.2 o 1951.4) modifica el derecho de un propietario (arrendador) a solicitar órdenes judiciales justas y equitativas (conocidas como desagravio equitativo) cuando sea apropiado.
Section § 1951.35
Esta sección de la ley explica cuándo un propietario puede considerar abandonada una propiedad de alquiler comercial por parte del inquilino. Si el inquilino no ha pagado el alquiler durante un cierto número de días y el propietario cree razonablemente que el inquilino se ha ido, el propietario debe enviar un aviso por escrito llamado "Aviso de Creencia de Abandono". Este aviso informa al inquilino que la propiedad se considerará abandonada y el contrato de arrendamiento terminará a menos que el inquilino responda antes de una fecha específica, indicando que no ha abandonado la propiedad y proporcionando una dirección para la notificación de documentos legales. Un inquilino puede evitar que la propiedad se considere abandonada pagando el alquiler o informando que no se ha ido. Esta sección aclara que el propietario aún puede exigir el alquiler atrasado por separado y no afecta otros avisos o acciones legales.
Section § 1952
Esta sección de la ley establece que si un propietario (arrendador) desea desalojar a un inquilino por retención ilícita, o por acciones como entrada forzosa, esto no modifica otros procedimientos de desalojo detallados en las Secciones 1951 a 1951.8. Sin embargo, el propietario aún puede iniciar acciones legales adicionales por cuestiones como daños y perjuicios, siempre y cuando estas no hayan sido ya resueltas en el caso de desalojo anterior. Si el propietario ya ha recuperado la posesión de la propiedad mediante el desalojo, generalmente no puede buscar más recursos del inquilino a menos que el inquilino obtenga una anulación o reparación legal.
Section § 1952.2
Esta sección de la ley explica que ciertas reglas de las Secciones 1951 a 1952 no se aplican a los contratos de alquiler (o arrendamiento) que se hicieron antes del 1 de julio de 1971. Tampoco se aplican a los contratos de alquiler que se hicieron en o después de esa fecha si las condiciones del alquiler ya estaban establecidas por un acuerdo que se firmó antes del 1 de julio de 1971.
Section § 1952.3
Esta ley explica qué sucede en un caso de desalojo de arrendador y arrendatario si el inquilino devuelve la propiedad al arrendador antes del juicio o la sentencia. El caso pasa de ser un desalojo a una demanda civil ordinaria. El arrendador puede entonces solicitar daños adicionales no disponibles en el caso de desalojo, modificando la demanda e informando al inquilino. El inquilino también puede presentar defensas y hacer reclamaciones, pero se aplican ciertas reglas dependiendo de si ya ha devuelto la posesión. Si el inquilino está en rebeldía y el caso no se ha convertido en una demanda ordinaria, sigue siendo un caso de desalojo. El plazo para que el inquilino responda no cambia a menos que el arrendador modifique la demanda.
Section § 1952.4
Esta ley establece que si existe un acuerdo para explorar o extraer recursos naturales, como petróleo o minerales, no se considera un arrendamiento de bienes raíces bajo reglas legales específicas.
Section § 1952.6
Esta ley establece que ciertas regulaciones sobre arrendamientos de propiedades en secciones anteriores no se aplican a los arrendamientos entre entidades públicas y corporaciones sin fines de lucro, o entre diferentes entidades públicas, si el interés en la propiedad podría revertir a una entidad pública e implica bonos exentos de impuestos. Estas excepciones tampoco se aplican a menos que el contrato de arrendamiento lo especifique claramente. Las entidades públicas involucradas en arrendamientos de alto valor pueden elegir diferentes soluciones legales si hay un incumplimiento del contrato, en lugar de apegarse a las descritas en secciones anteriores. Aquí, una entidad pública puede ser cualquier organización relacionada con el gobierno, como el estado, la ciudad o un distrito.
Section § 1952.7
Si usted alquila una propiedad comercial y su contrato de arrendamiento fue firmado, renovado o prorrogado después del 1 de enero de 2015, los propietarios no pueden incluir cláusulas en el contrato que prohíban o restrinjan severamente la instalación de estaciones de carga para vehículos eléctricos, a menos que las restricciones se consideren razonables. California apoya el uso de estas estaciones siempre que no sean excesivas. Sin embargo, los inquilinos no pueden instalar más estaciones de carga de las que su contrato de arrendamiento permite en cuanto a espacios de estacionamiento. Si una estación de carga le otorga a un inquilino un lugar de estacionamiento exclusivo no incluido en el contrato, el propietario puede cobrar un alquiler mensual justo por ese lugar. Algunas propiedades están exentas si ya tienen suficientes estaciones de carga o si tienen menos de 50 espacios de estacionamiento.
Es importante que estas estaciones de carga cumplan con los estándares de salud, seguridad y legales. Los propietarios no pueden retrasar o rechazar injustamente las solicitudes para instalar estas estaciones. Si se permite, las instalaciones deben seguir ciertos pasos, como usar contratistas con licencia y obtener un seguro. Los inquilinos deben cubrir los costos de instalación y mantenimiento, así como los cargos de electricidad. En algunos casos, los propietarios incluso pueden crear un nuevo espacio de estacionamiento para estas estaciones, siempre que cumplan con las leyes. Además, estas reglas también se aplican a los desarrollos de interés común.
Section § 1952.8
Section § 1953
Esta ley de California garantiza que ciertos derechos de los inquilinos no pueden ser renunciados o modificados por un contrato de arrendamiento o alquiler. Los inquilinos no pueden ser obligados a renunciar a derechos como presentar una demanda contra su propietario, recibir avisos legales o que su propietario actúe de manera responsable para prevenir daños. Algunas renuncias podrían permitirse si formaban parte del contrato original y el inquilino las vio antes de mudarse. Estas reglas se aplican a los contratos de arrendamiento firmados después del 1 de enero de 1976.
Section § 1954
Esta ley explica cuándo un propietario puede entrar a la casa de un inquilino. Solo pueden entrar en emergencias, para hacer reparaciones o mostrar la propiedad, si el inquilino se ha ido, por orden judicial, o para cumplir con las leyes de salud y seguridad. Excepto en emergencias y casas abandonadas, los propietarios deben entrar durante el horario comercial normal y deben avisar por escrito, generalmente con al menos 24 horas de anticipación, a menos que se acuerde lo contrario. El propietario no puede usar su derecho de acceso para molestar al inquilino. No se necesita aviso si es una emergencia, el inquilino permite la entrada en el momento, o el inquilino se ha mudado.
Section § 1954.05
Section § 1954.06
A partir del 1 de julio de 2021, los propietarios de desarrollos de vivienda asistida con cinco o más unidades deben ofrecer a los inquilinos la opción de que sus pagos de alquiler se reporten a una agencia de crédito. Esto ayuda a los inquilinos a construir su historial crediticio si deciden participar. Los inquilinos pueden optar por inscribirse o darse de baja por escrito, y los propietarios pueden cobrar una pequeña tarifa por este servicio, pero no más de $10 al mes. Si los inquilinos no pagan la tarifa, se puede detener el informe, pero no podrán volver a inscribirse durante seis meses. Los inquilinos conservan sus derechos a retener el alquiler para reparaciones, y tales acciones no se consideran pagos atrasados. Ciertos propietarios pequeños o aquellos que poseen múltiples desarrollos podrían no tener que cumplir, a menos que sean grandes entidades de inversión como corporaciones o fideicomisos.
Section § 1954.07
Esta ley exige que los arrendadores de ciertas propiedades residenciales ofrezcan a los inquilinos la opción de que sus pagos de alquiler a tiempo sean reportados a las agencias de crédito al consumidor, lo que puede ayudar a construir el historial crediticio del inquilino. Para los contratos de arrendamiento que comiencen después del 1 de abril de 2025, esta oferta debe hacerse al inicio del contrato y luego al menos una vez al año. Los arrendadores pueden notificar a los inquilinos sobre esta opción por correo o correo electrónico y deben incluir información específica, como qué agencias recibirán la información y cualquier tarifa involucrada (hasta $10 por mes). Los inquilinos pueden elegir participar o no participar en cualquier momento, pero optar por no participar significa que deben esperar al menos seis meses antes de volver a participar. Si un inquilino no paga la tarifa, sus pagos de alquiler ya no se reportarán, pero no serán desalojados por el impago de esta tarifa. La ley no se aplica a los arrendadores con 15 o menos unidades, a menos que posean varios edificios y estén estructurados como una corporación, una LLC o un fideicomiso de inversión inmobiliaria. Los inquilinos conservan todos sus derechos de vivienda, incluidos los relacionados con la habitabilidad y las reparaciones necesarias.
Section § 1954.071
Esta ley de California explica cómo los establecimientos de alojamiento deben manejar a los huéspedes desplazados por desastres, como incendios o inundaciones, que se hospedan en lugares como hoteles o moteles. Si usted está en un hotel porque su hogar fue dañado por un desastre, no se convierte en "inquilino" hasta que haya permanecido allí durante 270 días. Si se queda más de 30 días, el hotel puede darle un aviso si quiere que se vaya. Sin embargo, deben darle un aviso de 72 horas a menos que no haya pagado su cuenta, esté causando molestias o represente un riesgo para los demás a su alrededor. Los huéspedes también deben reconocer, ya sea física o electrónicamente, el motivo de su estancia, si es debido a un desplazamiento por desastre o no. Esta ley es temporal y dejará de estar en vigor después del 1 de enero de 2031.