Section § 1812.200

Explanation

Esta ley busca proteger a las personas, especialmente a las más vulnerables como los jubilados, de perder dinero al comprar planes de marketing asistidos por vendedores. Estos planes suelen incluir cosas como máquinas expendedoras o kits para trabajar desde casa. La ley reconoce que muchos compradores no tienen experiencia en negocios y pueden gastar los ahorros de toda su vida esperando ganar más dinero. Lamentablemente, a veces terminan con equipos caros y pocas ganancias. El objetivo de la ley es asegurar que los vendedores ofrezcan información clara y honesta, eviten afirmaciones engañosas y prohíban cláusulas contractuales injustas para proteger a los compradores.

(a)CA Derecho Civil Code § 1812.200(a) La Legislatura encuentra y declara que la venta generalizada de planes de marketing asistidos por el vendedor, a menudo relacionados con la venta de máquinas expendedoras, estantes o parafernalia para trabajar desde casa, ha creado numerosos problemas en California para los compradores, los cuales son perjudiciales para las buenas prácticas comerciales. A menudo, los compradores de planes de marketing asistidos por el vendedor son personas sin experiencia en asuntos comerciales que utilizan los ahorros de toda su vida para adquirir el plan de marketing asistido por el vendedor con la esperanza de ganar suficiente dinero, además de sus ingresos de jubilación o salario, para volverse o permanecer autosuficientes. Muchos compradores son personas mayores que buscan una forma de complementar sus ingresos fijos. El pago inicial suele ser en forma de compra de equipos o productos con precios excesivos. Los compradores de California han sufrido pérdidas sustanciales cuando no han recibido información completa y exhaustiva sobre el plan de marketing asistido por el vendedor, la cantidad de dinero que pueden esperar razonablemente ganar y la experiencia previa del vendedor del plan de marketing asistido por el vendedor. Los vendedores de planes de marketing asistidos por el vendedor tienen un impacto significativo en la economía y el bienestar de este estado y sus comunidades locales. Las disposiciones de este título relativas a los planes de marketing asistidos por el vendedor son necesarias para el bienestar público.
(b)CA Derecho Civil Code § 1812.200(b) Es la intención de este título proporcionar a cada posible comprador de un plan de marketing asistido por el vendedor la información necesaria para tomar una decisión inteligente con respecto a los planes de marketing asistidos por el vendedor que se ofrecen; salvaguardar al público contra el engaño y las dificultades financieras; asegurar, fomentar y alentar la competencia y el trato justo en la venta de planes de marketing asistidos por el vendedor mediante la exigencia de una divulgación adecuada; prohibir las representaciones que tiendan a engañar; y prohibir o restringir los términos contractuales injustos. Este título se interpretará de manera liberal para lograr los propósitos antes mencionados.

Section § 1812.201

Explanation

Esta sección define los términos relacionados con los 'planes de marketing asistidos por el vendedor', que implican la venta o el arrendamiento de productos, equipos o servicios para iniciar o gestionar un negocio. Estos planes requieren un pago inicial superior a $500 pero inferior a $50,000 y prometen ganancias potenciales. Se excluyen de esta definición ciertos valores, franquicias, negocios inmobiliarios y tipos específicos de acuerdos de venta o licencia, como los minoristas de larga trayectoria o las distribuciones de periódicos. También define quién se considera vendedor y comprador, aclarando cuándo un plan se clasifica como 'plan de marketing asistido por el vendedor' y cuándo pueden aplicarse protecciones financieras u ofertas de 'recompra'.

A los efectos de este título, se aplicarán las siguientes definiciones:
(a)CA Derecho Civil Code § 1812.201(a) “Plan de marketing asistido por el vendedor” significa cualquier venta o arrendamiento u oferta de venta o arrendamiento de cualquier producto, equipo, suministros o servicios que requiera un pago inicial total superior a quinientos dólares ($500), pero que requiera un pago inicial en efectivo inferior a cincuenta mil dólares ($50,000), que ayudará a un comprador o será utilizado por o en nombre del comprador en relación con o incidentalmente al inicio, mantenimiento u operación de un negocio cuando el vendedor del plan de marketing asistido por el vendedor haya anunciado o de cualquier otra manera haya solicitado la compra o el arrendamiento del plan de marketing asistido por el vendedor y haya realizado cualquiera de los siguientes actos:
(1)CA Derecho Civil Code § 1812.201(a)(1) Haya representado que el comprador ganará, es probable que gane o puede ganar una cantidad superior al pago inicial realizado por el comprador por la participación en el plan de marketing asistido por el vendedor.
(2)CA Derecho Civil Code § 1812.201(a)(2) Haya representado que existe un mercado para el producto, equipo, suministros o servicios, o cualquier producto comercializado por el usuario del producto, equipo, suministros o servicios vendidos o arrendados u ofrecidos para la venta o arrendamiento al comprador por el vendedor, o cualquier cosa, ya sea tangible o intangible, hecha, producida, fabricada, cultivada, criada, modificada o desarrollada por el comprador utilizando, en su totalidad o en parte, el producto, suministros, equipo o servicios que fueron vendidos o arrendados u ofrecidos para la venta o arrendamiento al comprador por el vendedor del plan de marketing asistido por el vendedor.
(3)CA Derecho Civil Code § 1812.201(a)(3) Haya representado que el vendedor recomprará o es probable que recompre cualquier producto hecho, producido, fabricado, cultivado o criado por el comprador utilizando, en su totalidad o en parte, el producto, suministros, equipo o servicios que fueron inicialmente vendidos o arrendados u ofrecidos para la venta o arrendamiento al comprador por el vendedor del plan de marketing asistido por el vendedor.
(b)CA Derecho Civil Code § 1812.201(b) Un “plan de marketing asistido por el vendedor” no incluirá:
(1)CA Derecho Civil Code § 1812.201(b)(1) Un valor, según se define en la Ley de Valores Corporativos de 1968 (División 1 (a partir de la Sección 25000) del Título 4 del Código de Corporaciones), que haya sido calificado para la venta por el Departamento de Protección e Innovación Financiera, o que esté exento, según el Capítulo 1 (a partir de la Sección 25100) de la Parte 2 de la División 1 del Título 4 del Código de Corporaciones, de la necesidad de calificación.
(2)CA Derecho Civil Code § 1812.201(b)(2) Una franquicia definida por la Ley de Inversión en Franquicias (División 5 (a partir de la Sección 31000) del Título 4 del Código de Corporaciones) que esté registrada en el Departamento de Protección e Innovación Financiera o que esté exenta, según el Capítulo 1 (a partir de la Sección 31100) de la Parte 2 de la División 5 del Título 4 del Código de Corporaciones, de la necesidad de registro.
(3)CA Derecho Civil Code § 1812.201(b)(3) Cualquier transacción en la que el vendedor o el comprador o el arrendador o el arrendatario estén autorizados de conformidad con la Ley de Bienes Raíces, División 4 (a partir de la Sección 10000) del Código de Negocios y Profesiones, y la transacción se rija por dicha ley.
(4)CA Derecho Civil Code § 1812.201(b)(4) Una licencia otorgada por un minorista de mercancías generales que permita al licenciatario vender bienes, equipo, suministros, productos o servicios al público en general bajo la marca comercial, nombre comercial o marca de servicio del minorista si se cumplen todos los siguientes criterios:
(A)CA Derecho Civil Code § 1812.201(b)(4)(A) El minorista de mercancías generales ha estado operando continuamente en este estado durante cinco años antes de la concesión de la licencia.
(B)CA Derecho Civil Code § 1812.201(b)(4)(B) El minorista de mercancías generales vende diversos tipos de bienes, equipo, suministros, productos o servicios.
(C)CA Derecho Civil Code § 1812.201(b)(4)(C) El minorista de mercancías generales también vende los mismos bienes, equipo, suministros, productos o servicios directamente al público en general.
(D)CA Derecho Civil Code § 1812.201(b)(4)(D) Durante los 12 meses anteriores, las ventas directas del minorista de mercancías generales de los mismos bienes, equipo, suministros, productos o servicios al público representan al menos el 50 por ciento de sus ventas anuales de estos bienes, equipo, suministros, productos o servicios realizados bajo la marca comercial, nombre comercial o marca de servicio del minorista.
(5)CA Derecho Civil Code § 1812.201(b)(5) Un sistema de distribución de periódicos que distribuya periódicos según se define en la Sección 6362 del Código de Ingresos y Tributación.
(6)CA Derecho Civil Code § 1812.201(b)(6) Una venta o arrendamiento a una empresa comercial existente o en inicio que también venda o arriende equipo, productos, suministros o preste servicios que no sean suministrados por el vendedor y que el comprador no utilice con el equipo, productos, suministros o servicios del vendedor, si el equipo, productos, suministros o servicios no suministrados por el vendedor representan más del 25 por ciento de las ventas brutas del comprador.
(7)CA Derecho Civil Code § 1812.201(b)(7) La venta en su totalidad de un “negocio en funcionamiento”. A los efectos de este párrafo, un “negocio en funcionamiento” significa un negocio que, durante al menos seis meses antes de la venta, ha operado desde una ubicación específica particular, ha estado abierto al público en general y ha tenido todo el equipo y los suministros necesarios para operar el negocio ubicados en esa ubicación. La venta deberá ser de la totalidad del “negocio en funcionamiento” y no meramente una parte del negocio en funcionamiento.
(8)CA Derecho Civil Code § 1812.201(b)(8) Una venta o arrendamiento u oferta de venta o arrendamiento a un comprador (A) que durante un período de al menos seis meses haya comprado previamente productos, suministros, servicios o equipo que se vendieron bajo la misma marca comercial o nombre comercial o que fueron producidos por el vendedor y, (B) que haya recibido en la reventa del producto, suministros, servicios o equipo una cantidad que sea al menos igual al monto del pago inicial.
(9)CA Derecho Civil Code § 1812.201(b)(9) La renovación o extensión de un contrato de plan de marketing asistido por el vendedor existente.
(10)CA Derecho Civil Code § 1812.201(b)(10) Una distribuidora de productos que cumpla con cada uno de los siguientes requisitos:
(A)CA Derecho Civil Code § 1812.201(b)(10)(A) El vendedor vende productos al comprador para su reventa por parte del comprador, y se contempla razonablemente que sustancialmente todas las ventas del producto por parte del comprador serán al por mayor.
(B)CA Derecho Civil Code § 1812.201(b)(10)(B) El acuerdo entre las partes no exige que el comprador pague al vendedor, o a cualquier persona asociada con el vendedor, una tarifa o cualquier otro pago por el derecho a celebrar el acuerdo, y no exige que el comprador compre una cantidad mínima o específica de los productos, o que compre productos por un período de tiempo mínimo o específico. A los efectos de este párrafo, una “persona asociada con el vendedor” significa una persona, incluyendo un individuo o una entidad comercial, que controla, es controlada por, o está bajo el mismo control que el vendedor.
(C)CA Derecho Civil Code § 1812.201(b)(10)(C) El vendedor es una corporación, sociedad, sociedad de responsabilidad limitada, empresa conjunta o cualquier otra entidad comercial.
(D)CA Derecho Civil Code § 1812.201(b)(10)(D) El vendedor tiene un patrimonio neto de al menos diez millones de dólares ($10,000,000) según los estados financieros auditados del vendedor realizados durante los 18 meses anteriores a la fecha de la venta inicial de productos al comprador. El patrimonio neto puede determinarse sobre una base consolidada si el vendedor es una subsidiaria de otra entidad comercial a la que las normas contables generalmente aceptadas le permiten preparar estados financieros sobre una base consolidada y esa entidad comercial acepta de forma absoluta e irrevocable por escrito garantizar las obligaciones del vendedor al comprador. El patrimonio neto del vendedor será verificado mediante una certificación al Fiscal General de un contador público certificado independiente de que el estado financiero auditado refleja un patrimonio neto de al menos diez millones de dólares ($10,000,000). Esta certificación deberá proporcionarse dentro de los 30 días siguientes a la recepción de una solicitud por escrito del Fiscal General.
(E)CA Derecho Civil Code § 1812.201(b)(10)(E) El vendedor otorga al comprador una licencia para usar una marca comercial registrada bajo la ley federal.
(F)CA Derecho Civil Code § 1812.201(b)(10)(F) No es un acuerdo o arreglo que fomente que un distribuidor reclute a otros para participar en el programa y que compense al distribuidor por reclutar a otros en el programa o por las ventas realizadas por otros reclutados en el programa.
(c)CA Derecho Civil Code § 1812.201(c) “Persona” incluye un individuo, corporación, sociedad, sociedad de responsabilidad limitada, empresa conjunta o cualquier entidad comercial.
(d)CA Derecho Civil Code § 1812.201(d) “Vendedor” significa una persona que vende o arrienda u ofrece vender o arrendar un plan de marketing asistido por el vendedor y que cumple cualquiera de las siguientes condiciones:
(1)CA Derecho Civil Code § 1812.201(d)(1) Ha vendido o arrendado o representa o implica que ha vendido o arrendado, ya sea en California o en otro lugar, al menos cinco planes de marketing asistidos por el vendedor dentro de los 24 meses anteriores a una solicitud.
(2)CA Derecho Civil Code § 1812.201(d)(2) Tiene la intención o representa o implica que tiene la intención de vender o arrendar, ya sea en California o en otro lugar, al menos cinco planes de marketing asistidos por el vendedor dentro de los 12 meses siguientes a una solicitud.
A los efectos de este título, el vendedor es la persona con la que el comprador se obliga contractualmente. Un “vendedor” no incluye a un corredor o vendedor de bienes raíces con licencia que se dedique a la venta o arrendamiento de una “oportunidad de negocio” tal como se utiliza ese término en las Secciones 10000 a 10030, ambas inclusive, del Código de Negocios y Profesiones, o en cualquier otra parte del Capítulo 1 (a partir de la Sección 10000), el Capítulo 2 (a partir de la Sección 10050) o el Capítulo 6 (a partir de la Sección 10450) de la Parte 1 de la División 4 del Código de Negocios y Profesiones.
(e)CA Derecho Civil Code § 1812.201(e) “Comprador” significa una persona a la que se le solicita que se obligue o que se obliga en un contrato de plan de marketing asistido por el vendedor.
(f)CA Derecho Civil Code § 1812.201(f) “Equipo” incluye máquinas, todos los dispositivos eléctricos, dispositivos de video o audio, moldes, estantes de exhibición, máquinas expendedoras, máquinas de juegos que funcionan con monedas, máquinas que dispensan productos y unidades de exhibición de todo tipo.
(g)CA Derecho Civil Code § 1812.201(g) “Suministros” incluye todos y cada uno de los materiales utilizados para producir, cultivar, criar, fabricar, modificar, desarrollar o elaborar cualquier producto o artículo.
(h)CA Derecho Civil Code § 1812.201(h) “Producto” incluye cualquier bien mueble tangible, incluyendo alimentos o animales vivos, que el comprador tenga la intención de:
(1)CA Derecho Civil Code § 1812.201(h)(1) Vender o arrendar.
(2)CA Derecho Civil Code § 1812.201(h)(2) Utilizar para prestar un servicio.
(3)CA Derecho Civil Code § 1812.201(h)(3) Revender o intentar revender al vendedor del plan de marketing asistido por el vendedor.
(4)CA Derecho Civil Code § 1812.201(h)(4) Proporcionar o intentar proporcionar al vendedor del plan de marketing asistido por el vendedor o a cualquier otra persona con la que el vendedor sugiera al comprador que se ponga en contacto para que el vendedor del plan de marketing asistido por el vendedor o esa otra persona pueda ayudar, directa o indirectamente, al comprador a distribuir, vender, arrendar o disponer de otra manera del producto.
(i)CA Derecho Civil Code § 1812.201(i) “Servicios” incluye cualquier asistencia, orientación, dirección, trabajo, mano de obra o servicios proporcionados por el vendedor para iniciar o mantener o ayudar en el inicio o mantenimiento de un negocio.
(j)CA Derecho Civil Code § 1812.201(j) “Contrato de plan de marketing asistido por el vendedor” o “contrato” significa cualquier contrato o acuerdo que obligue a un comprador con un vendedor.
(k)CA Derecho Civil Code § 1812.201(k) “Pago inicial” significa el monto total que un comprador está obligado a pagar al vendedor según los términos del contrato de plan de marketing asistido por el vendedor antes o en el momento de la entrega del equipo, suministros, productos o servicios o dentro de los seis meses siguientes al inicio de la operación del plan de marketing asistido por el vendedor por parte del comprador. Si el contrato establece un precio de venta total específico para la compra del plan de marketing asistido por el vendedor, cuyo precio total se pagará parcialmente como un pago inicial y luego en pagos mensuales específicos, el “pago inicial” significa el precio de venta total completo.
(l)CA Derecho Civil Code § 1812.201(l) “Pago inicial en efectivo” o “pago inicial” significa la parte del pago inicial que el comprador está obligado a pagar al vendedor antes o en el momento de la entrega del equipo, suministros, productos o servicios. No incluye ninguna cantidad financiada por o para la cual el vendedor deba obtener financiación, o financiación que el vendedor ayude a obtener.
(m)CA Derecho Civil Code § 1812.201(m) “Recompra” o “inversión garantizada” significa cualquier representación que implique de cualquier manera que el pago inicial del comprador está protegido contra pérdidas. Estos términos incluyen una representación o implicación de cualquiera de los siguientes:
(1)CA Derecho Civil Code § 1812.201(m)(1) Que el vendedor puede recomprar la totalidad o parte de lo que vendió al comprador.
(2)CA Derecho Civil Code § 1812.201(m)(2) Que el vendedor puede en algún momento futuro pagar al comprador la diferencia entre lo que se ha ganado y el pago inicial.
(3)CA Derecho Civil Code § 1812.201(m)(3) Que el vendedor puede, en el curso ordinario, comprar al comprador artículos hechos, producidos, fabricados, cultivados, criados, modificados o desarrollados por el comprador utilizando, en su totalidad o en parte, el producto, suministros, equipo o servicios que fueron inicialmente vendidos o arrendados al comprador por el vendedor.
(4)CA Derecho Civil Code § 1812.201(m)(4) Que el vendedor o una persona a la que el vendedor remitirá al comprador puede, en el curso ordinario, vender, arrendar o distribuir los artículos que el comprador tiene para la venta o el arrendamiento.

Section § 1812.202

Explanation

Esta sección aclara cuándo se considera que una oferta de venta o arrendamiento de un plan de marketing con asistencia del vendedor tiene lugar en California. Esto ocurre si la oferta se realiza en California, si el comprador reside en California en el momento de la oferta, o si la oferta se origina o se envía a California. Una venta o arrendamiento se reconoce en California si la oferta se acepta aquí, el comprador vive aquí en el momento de la venta, o la aceptación se comunica a un vendedor con sede en California.

(a)CA Derecho Civil Code § 1812.202(a) Una oferta de venta o una oferta de arrendamiento de un plan de marketing asistido por el vendedor se considerará que ocurre en este estado siempre que:
(1)CA Derecho Civil Code § 1812.202(a)(1) La oferta de venta o la oferta de arrendamiento se realice en este estado;
(2)CA Derecho Civil Code § 1812.202(a)(2) El comprador resida en este estado en el momento de la oferta; o
(3)CA Derecho Civil Code § 1812.202(a)(3) La oferta de venta o la oferta de arrendamiento se origine en este estado o sea dirigida por el vendedor o arrendador a este estado y se reciba en el lugar al que se dirige.
(b)CA Derecho Civil Code § 1812.202(b) Una venta o arrendamiento de un plan de marketing asistido por el vendedor se considerará que ocurre en este estado siempre que:
(1)CA Derecho Civil Code § 1812.202(b)(1) La oferta de venta o la oferta de arrendamiento sea aceptada en este estado;
(2)CA Derecho Civil Code § 1812.202(b)(2) El comprador resida en este estado en el momento de la venta; o
(3)CA Derecho Civil Code § 1812.202(b)(3) La aceptación sea comunicada a un vendedor situado en este estado.

Section § 1812.203

Explanation

Si desea vender un plan de marketing asistido por el vendedor, debe pagar una tarifa anual de $100 y presentar cierta documentación ante el Fiscal General de California. Esta documentación incluye detalles sobre el plan y una lista de los nombres y direcciones de las personas que lo venden. Debe hacer esto antes de poder empezar a publicitar el plan. Si las cosas cambian durante el año, como la incorporación de nuevos vendedores, debe actualizar estos detalles y pagar una tarifa adicional de $30. Si no realiza estas actualizaciones o presentaciones anuales, no se le permitirá publicitar hasta que lo resuelva.

El Fiscal General puede detener su plan si no sigue las reglas, si está engañando a la gente o si alguien involucrado tiene un historial legal negativo que podría poner en riesgo a los compradores. Si creen que hay un problema, se lo notificarán por escrito. Tiene 10 días para refutar sus hallazgos. Si no puede refutarlos de manera convincente, el Fiscal General puede prohibirle la venta del plan hasta que cumpla, y tendrá que acudir a los tribunales si no está de acuerdo con la decisión.

(a)CA Derecho Civil Code § 1812.203(a) El vendedor de cualquier plan de marketing asistido por el vendedor deberá pagar una tarifa anual de cien dólares ($100) y presentar anualmente ante el Fiscal General una copia de las declaraciones de divulgación requeridas conforme a las Secciones 1812.205 y 1812.206, así como una lista de los nombres y direcciones de residencia de aquellas personas que venden el plan de marketing asistido por el vendedor en nombre del vendedor. La primera presentación deberá realizarse al menos 30 días antes de colocar cualquier anuncio o hacer cualquier otra representación a posibles compradores. La primera presentación no se considerará efectiva hasta que el Fiscal General haya emitido un aviso de presentación. El vendedor no podrá realizar ningún anuncio u otra representación a posibles compradores hasta que el Fiscal General haya emitido un aviso de presentación. Las declaraciones de divulgación presentadas deberán actualizarse mediante una nueva presentación y el pago de una tarifa de treinta dólares ($30), cada vez que ocurran cambios sustanciales durante el año siguiente a la presentación anual, y la presentación actualizada deberá incluir todas las declaraciones de divulgación requeridas por las Secciones 1812.205 y 1812.206 y una lista de los nombres y direcciones de residencia de todos los vendedores actuales y de todos los vendedores que hayan actuado en nombre del vendedor desde la presentación anterior, ya sea la presentación anual o una presentación actualizada, indicando qué vendedores siguen activos y cuáles ya no actúan en nombre del vendedor. Cada vendedor de un plan de marketing asistido por el vendedor deberá presentar la renovación anual, se hayan realizado o no presentaciones de actualización, al menos 10 días antes de que haya transcurrido un año desde la fecha del aviso de presentación emitido por el Fiscal General, y al menos 10 días antes de la misma fecha cada año subsiguiente. La presentación de renovación anual deberá incluir todas las declaraciones de divulgación requeridas por las Secciones 1812.205 y 1812.206 y una lista de los nombres y direcciones de residencia de todos los vendedores actuales y de todos los vendedores que hayan actuado en nombre del vendedor desde la presentación anterior (ya sea la presentación anual o una presentación actualizada), indicando qué vendedores siguen activos y cuáles ya no actúan en nombre del vendedor. La tarifa de presentación de renovación anual será de cien dólares ($100). Si no se presenta una renovación anual según lo requerido, la presentación anterior se considerará caducada y se prohibirá al vendedor colocar cualquier anuncio de plan de marketing asistido por el vendedor o hacer cualquier otra representación a posibles compradores de planes de marketing asistidos por el vendedor hasta que se realice una nueva presentación anual y el Fiscal General haya emitido un nuevo aviso de presentación.
(b)CA Derecho Civil Code § 1812.203(b) El Fiscal General podrá enviar por correo certificado a la dirección establecida en la presentación del plan de marketing asistido por el vendedor una intención de emitir una orden de cese que deniegue la efectividad o suspenda o revoque la efectividad de cualquier presentación si encuentra lo siguiente:
(1)CA Derecho Civil Code § 1812.203(b)(1) Que ha habido un incumplimiento de cualquiera de las disposiciones de este título.
(2)CA Derecho Civil Code § 1812.203(b)(2) Que la oferta o venta del plan de marketing asistido por el vendedor constituiría una declaración falsa, un engaño o un fraude para el comprador.
(3)CA Derecho Civil Code § 1812.203(b)(3) Que cualquier persona identificada en la presentación ha sido condenada por un delito conforme al párrafo (1) de la subdivisión (b) de la Sección 1812.206, o está sujeta a una orden o ha tenido una sentencia civil dictada en su contra según se describe en los párrafos (2) y (3) de la subdivisión (b) de la Sección 1812.206, y la participación de esa persona en la venta o gestión del plan de marketing asistido por el vendedor crea un riesgo irrazonable para los posibles compradores.
(c)CA Derecho Civil Code § 1812.203(c) El aviso al que se hace referencia deberá incluir hechos que respalden una suspensión o revocación. Si el plan de marketing asistido por el vendedor no presenta al Fiscal General, bajo pena de perjurio y firmado por un propietario o funcionario del plan de marketing asistido por el vendedor, dentro de los 10 días siguientes a la recepción de la intención de emitir una orden de cese, una refutación de todos y cada uno de los hechos de apoyo establecidos en el aviso, y cada hecho no refutado se considerará, a efectos de la emisión de la orden, una admisión de que el hecho es cierto. Si, a juicio del Fiscal General, y basándose en hechos de apoyo no refutados por el plan de marketing asistido por el vendedor, el plan se ofrece al público sin cumplir con este título, el Fiscal General podrá ordenar al vendedor que cese y desista de la venta o intento de venta del plan de marketing asistido por el vendedor a menos y hasta que se haya emitido un aviso de presentación de conformidad con esta sección. Hasta ese momento, el registro será nulo. La orden estará en vigor a menos y hasta que el plan de marketing asistido por el vendedor inicie un procedimiento en el tribunal superior de conformidad con la Sección 1085 o 1094.5 del Código de Procedimiento Civil o busque otra reparación judicial y notifique una copia del procedimiento al Fiscal General.

Section § 1812.204

Explanation

Esta ley regula la comercialización de planes de marketing asistidos por vendedores en California para proteger a los compradores de prácticas engañosas. Los vendedores no pueden usar términos como 'recompra' o 'inversión garantizada' a menos que el comprador esté realmente protegido por una opción de recompra que garantice la devolución de su pago inicial dentro de un año, menos cualquier ganancia. Los vendedores tampoco pueden afirmar que las inversiones están 'garantizadas' sin una fianza o una cuenta fiduciaria. Las afirmaciones sobre el potencial de ganancias deben estar respaldadas por datos de al menos otros 10 compradores, y los vendedores deben proporcionar estos datos al hacer tales afirmaciones. Además, cualquier uso de un símbolo comercial de otra empresa en la publicidad debe explicar claramente la relación entre el vendedor y esa empresa, y todos los anuncios deben incluir el nombre comercial real y la dirección del vendedor.

En la venta, arrendamiento u oferta de venta o arrendamiento de un plan de marketing asistido por el vendedor en este estado, los vendedores no deberán:
(a)CA Derecho Civil Code § 1812.204(a) Utilizar la frase “recompra” o “inversión garantizada” o una frase similar de forma oral o escrita al solicitar, ofrecer, arrendar o vender un plan de marketing asistido por el vendedor si la “garantía” es el valor del equipo, suministros, productos o servicios proporcionados por el vendedor al comprador.
(b)CA Derecho Civil Code § 1812.204(b) Utilizar la frase “recompra” o “inversión garantizada” o una frase similar de forma oral o escrita al solicitar, ofrecer, arrendar o vender un plan de marketing asistido por el vendedor a menos que no existan restricciones o cualificaciones de ningún tipo que impidan o limiten al comprador la posibilidad de invocar la parte de “recompra” o “garantía” del contrato del plan de marketing asistido por el vendedor en cualquier momento que el comprador lo desee durante el período de un año siguiente a la fecha del contrato. Al invocar la disposición de “recompra” o “garantía”, la cantidad mínima que el comprador tendrá derecho a que se le devuelva es el importe total de su pago inicial, menos la cantidad realmente recibida por él de la operación del plan de marketing asistido por el vendedor. La “cantidad realmente recibida” significa la cantidad que el comprador obtuvo realmente del vendedor por cualquier producto revendido al vendedor o la cantidad de dinero que el comprador recibió por el uso del producto, equipo, suministros o servicios del comprador, menos cualquier cantidad: (1) que el comprador haya pagado al propietario o gerente del lugar donde se colocan los productos, equipos, suministros o servicios del comprador; y (2) que el comprador haya pagado para obtener otros artículos necesarios para vender, fabricar, producir, elaborar, cultivar, criar, modificar o desarrollar el artículo que el comprador del plan de marketing asistido por el vendedor tiene la intención de vender, arrendar, distribuir o disponer de otra manera.
(c)CA Derecho Civil Code § 1812.204(c) Representar que el pago inicial de un comprador está “garantizado” de cualquier manera o en cualquier grado o que el vendedor proporciona un acuerdo de “recompra” a menos que el vendedor haya, de conformidad con la subdivisión (b) de la Sección 1812.214, obtenido una fianza emitida por una compañía de fianzas autorizada para operar en este estado o establecido una cuenta fiduciaria en un banco o asociación de ahorro y préstamo asegurada federalmente ubicada en este estado.
(d)CA Derecho Civil Code § 1812.204(d) Representar que el plan de marketing asistido por el vendedor proporciona ingresos o potencial de ganancias de cualquier tipo a menos que el vendedor tenga datos para fundamentar las afirmaciones de ingresos o potencial de ganancias y divulgue estos datos al comprador en el momento en que se realiza la afirmación, si se hace en persona, o si se hace a través de comunicación escrita o telefónica, en la primera comunicación en persona posterior y, cuando se divulgan, los datos se dejan con el comprador. Un cálculo matemático del número de ventas multiplicado por la cantidad de ganancia por venta para alcanzar una cifra de ingresos proyectada no es dato suficiente para fundamentar una afirmación de ingresos o potencial de ganancias. Las afirmaciones de ingresos o potencial de ganancias no pueden hacerse ni implicarse en absoluto a menos que se basen en la experiencia de al menos 10 compradores del plan de marketing asistido por el vendedor que se ofrece. Los datos dejados por el vendedor deben, como mínimo, divulgar:
(1)CA Derecho Civil Code § 1812.204(d)(1) El tiempo que el vendedor ha estado vendiendo el plan de marketing asistido por el vendedor particular que se ofrece;
(2)CA Derecho Civil Code § 1812.204(d)(2) El número de compradores del vendedor que, según el conocimiento del vendedor, han obtenido al menos las mismas ventas, ingresos o ganancias que los representados; y
(3)CA Derecho Civil Code § 1812.204(d)(3) El porcentaje que ese número representa del número total de compradores del vendedor.
(e)CA Derecho Civil Code § 1812.204(e) Utilizar la marca registrada, marca de servicio, nombre comercial, logotipo, publicidad u otro símbolo comercial de cualquier negocio que no controle la participación en la propiedad del vendedor ni acepte la responsabilidad por todas las representaciones hechas por el vendedor con respecto al plan de marketing asistido por el vendedor, a menos que la naturaleza de la relación del vendedor con dicha otra entidad comercial se establezca inmediatamente adyacente y en un tamaño de letra igual o mayor al utilizado para representar el símbolo comercial de dicha otra empresa. Si es miembro de una asociación comercial, el vendedor puede utilizar el logotipo o la marca de registro de la asociación comercial en anuncios y materiales sin tener en cuenta esta subdivisión.
(f)CA Derecho Civil Code § 1812.204(f) Colocar o hacer que se coloque cualquier anuncio de un plan de marketing asistido por el vendedor que no incluya el nombre comercial real del vendedor, y si es diferente, el nombre bajo el cual opera el plan de marketing asistido por el vendedor y la dirección de la sede principal de la actividad comercial del vendedor.

Section § 1812.205

Explanation

Esta ley exige que cuando un vendedor explica un plan de marketing asistido por el vendedor a un comprador potencial, ya sea en persona o por escrito, debe proporcionar una divulgación escrita titulada "DIVULGACIÓN EXIGIDA POR LA LEY DE CALIFORNIA". Este documento informa a los compradores que California no ha revisado ni avalado el plan y les aconseja consultar a un abogado o asesor financiero. La divulgación debe incluir el nombre del vendedor, los detalles de cualquier pago inicial, las descripciones de los servicios y la capacitación, y cualquier afirmación sobre ganancias. Si existe una promesa de "recompra" o protección del pago inicial, esto debe explicarse claramente en el documento.

En la primera comunicación en persona con un posible comprador o en la primera respuesta escrita a una consulta de un posible comprador, lo que ocurra primero, en la que se describa el plan de marketing asistido por el vendedor, el vendedor o su representante deberá proporcionar al posible comprador un documento escrito, cuya portada estará titulada en letras mayúsculas en negrita de al menos 16 puntos "DIVULGACIÓN EXIGIDA POR LA LEY DE CALIFORNIA". Debajo del título aparecerá en negrita, con un tipo de letra de al menos 10 puntos, la declaración: "El Estado de California no ha revisado y no aprueba, recomienda, avala ni patrocina ningún plan de marketing asistido por el vendedor. La información contenida en esta divulgación no ha sido verificada por el estado. Si tiene alguna pregunta sobre esta compra, consulte a un abogado u otro asesor financiero antes de firmar un contrato o acuerdo". Nada más aparecerá en la portada excepto el título y la declaración requerida anteriormente. El documento de divulgación deberá contener la siguiente información:
(a)CA Derecho Civil Code § 1812.205(a) El nombre del vendedor, el nombre bajo el cual el vendedor opera o tiene la intención de operar y el nombre de cualquier empresa matriz o afiliada que realizará transacciones comerciales con los compradores o aceptará la responsabilidad por las declaraciones hechas por el vendedor.
(b)CA Derecho Civil Code § 1812.205(b) Una declaración del pago inicial que el comprador debe pagar al vendedor, o cuando no se conozca, una declaración del pago inicial aproximado cobrado, el monto del pago inicial que se pagará a una persona que induzca, directa o indirectamente, a un comprador a contratar el plan de marketing asistido por el vendedor.
(c)CA Derecho Civil Code § 1812.205(c) Una descripción completa y detallada de los servicios reales que el vendedor se comprometerá a realizar para el comprador.
(d)CA Derecho Civil Code § 1812.205(d) Cuando el vendedor haga cualquier declaración sobre ganancias o rangos de ganancias que puedan obtenerse a través del plan de marketing asistido por el vendedor, deberá cumplir con el apartado (d) de la Sección 1812.204 y establecer de forma completa en esta declaración de divulgación lo siguiente:
"No se puede garantizar ninguna ganancia o rango de ganancias. El número de compradores que han ganado a través de este negocio una cantidad superior al monto de su pago inicial es de al menos ______, lo que representa el ___ por ciento del número total de compradores de este plan de marketing asistido por el vendedor."
(e)CA Derecho Civil Code § 1812.205(e) Si el vendedor promete capacitación de cualquier tipo, una descripción completa de la capacitación y la duración de la misma.
(f)CA Derecho Civil Code § 1812.205(f) Si el vendedor promete servicios a realizar en relación con la colocación del equipo, producto o suministros en un lugar desde el cual se venderán o utilizarán, deberá establecerse la naturaleza completa de esos servicios, así como la naturaleza de los acuerdos que se realizarán con el propietario o gerente del lugar donde se colocarán el equipo, producto o suministros del comprador.
(g)CA Derecho Civil Code § 1812.205(g) Si el vendedor representa oralmente o por escrito al solicitar u ofrecer para la venta o arrendamiento o al vender o arrendar un plan de marketing asistido por el vendedor que existe un acuerdo de "recompra" o que el pago inicial está de alguna manera protegido contra pérdidas o "garantizado", la naturaleza completa y precisa del acuerdo de "recompra", "protección" o "seguridad" deberá divulgarse de forma completa y clara.

Section § 1812.206

Explanation

Antes de vender un plan de marketing asistido por el vendedor, este debe entregar al comprador potencial una “HOJA INFORMATIVA DEL PLAN DE MARKETING ASISTIDO POR EL VENDEDOR” por escrito, con al menos 48 horas de antelación. Este documento detalla información clave sobre el negocio del vendedor, incluyendo los nombres de sus personas importantes, cualquier problema legal pasado relacionado con fraude, prácticas comerciales engañosas o bancarrota, y cuánto tiempo llevan ofreciendo estos planes. Si se requiere una fianza o un fideicomiso financiero, el documento debe incluir información sobre cómo verificar su estado. También debe incluir un estado financiero reciente y un modelo de contrato. En resumen, esta divulgación garantiza que los compradores estén completamente informados antes de comprometerse.

Al menos 48 horas antes de la ejecución de un contrato o acuerdo de plan de marketing asistido por el vendedor o al menos 48 horas antes de la recepción de cualquier contraprestación, lo que ocurra primero, el vendedor o su representante deberá proporcionar al comprador potencial por escrito un documento titulado “HOJA INFORMATIVA DEL PLAN DE MARKETING ASISTIDO POR EL VENDEDOR”. El vendedor podrá combinar la información requerida en esta sección con la información requerida en la Sección 1812.205 y, si lo hace, deberá utilizar el título único “REVELACIONES EXIGIDAS POR LA LEY DE CALIFORNIA” y la página de título requerida por la Sección 1812.205. Si se utiliza un documento combinado, deberá entregarse en el momento requerido por la Sección 1812.205, siempre que este plazo cumpla con la prueba de 48 horas de esta sección. La hoja informativa requerida por esta sección deberá contener lo siguiente:
(a)CA Derecho Civil Code § 1812.206(a) El nombre y el cargo de los propietarios, funcionarios, directores, fideicomisarios y socios generales o comanditarios del vendedor, según sea el caso, y los nombres de aquellas personas que tienen responsabilidades de gestión en relación con las actividades comerciales del vendedor.
(b)CA Derecho Civil Code § 1812.206(b) Una declaración sobre si el vendedor, cualquier persona identificada en el apartado (a), y cualquier otra empresa gestionada por una persona identificada en el apartado (a):
(1)CA Derecho Civil Code § 1812.206(b)(1) Ha sido condenado por un delito grave o menor o se ha declarado nolo contendere a un cargo por delito grave o menor si el delito grave o menor implicó una presunta violación de este título, fraude, malversación, conversión fraudulenta o apropiación indebida de bienes.
(2)CA Derecho Civil Code § 1812.206(b)(2) Ha sido declarado responsable en una acción civil por sentencia firme o ha consentido la entrada de una sentencia estipulada si la acción civil alegó una violación de este título, fraude, malversación, conversión fraudulenta o apropiación indebida de bienes o el uso de representaciones falsas o engañosas en un intento de vender o disponer de bienes inmuebles o personales o el uso de prácticas comerciales desleales, ilegales o engañosas.
(3)CA Derecho Civil Code § 1812.206(b)(3) Está sujeto a cualquier acuerdo, medida cautelar u orden restrictiva actualmente en vigor, incluyendo, entre otros, una orden de “cese y desista”, una “garantía de interrupción” u otro acuerdo u orden comparable, relacionado con la actividad comercial como resultado de una acción o investigación iniciada por una agencia o departamento público, incluyendo, entre otros, una acción que afecte cualquier licencia vocacional.
Las declaraciones requeridas por los párrafos (1), (2) y (3) de este apartado deberán establecer los términos del acuerdo, o el tribunal, el número de expediente del asunto, la fecha de la condena o de la sentencia y, cuando corresponda, el nombre de la agencia gubernamental que inició la investigación o presentó la acción que resultó en la condena o sentencia.
(4)CA Derecho Civil Code § 1812.206(4) Ha sido en cualquier momento durante los siete años fiscales anteriores objeto de una orden de alivio en bancarrota, ha sido reorganizado debido a insolvencia, o ha sido un principal, director, funcionario, fideicomisario, socio general o comanditario, o ha tenido responsabilidades de gestión de cualquier otra persona, según se define en el apartado (b) de la Sección 1812.201, que haya presentado dicha solicitud o haya sido reorganizada, durante o dentro de un año después del período en que el individuo ocupó ese cargo. En tal caso, se deberá indicar el nombre y la ubicación de la persona que presentó la solicitud o que fue reorganizada, la fecha de la misma, el tribunal que ejerció jurisdicción y el número de expediente del asunto.
(c)CA Derecho Civil Code § 1812.206(c) El tiempo que el vendedor:
(1)CA Derecho Civil Code § 1812.206(c)(1) Ha vendido planes de marketing asistidos por el vendedor.
(2)CA Derecho Civil Code § 1812.206(c)(2) Ha vendido el plan de marketing asistido por el vendedor específico que se ofrece al comprador.
(d)CA Derecho Civil Code § 1812.206(d) Si el vendedor está obligado a obtener una fianza o establecer una cuenta fiduciaria de conformidad con los requisitos de la Sección 1812.204, la hoja informativa deberá indicar lo siguiente:
(1)CA Derecho Civil Code § 1812.206(d)(1) “El vendedor ha obtenido una fianza emitida por
,
(nombre y dirección de la compañía de fianzas)
una compañía de fianzas autorizada para operar en este estado. Antes de firmar un contrato para comprar este plan de marketing asistido por el vendedor, debe verificar con la compañía de fianzas para determinar el estado actual de la fianza,” o
(2)CA Derecho Civil Code § 1812.206(2) “El vendedor ha depositado en la oficina del Fiscal General información sobre su cuenta fiduciaria. Antes de firmar un contrato para comprar este plan de marketing asistido por el vendedor, debe verificar con el Fiscal General para determinar el estado actual de la cuenta fiduciaria.”
(e)CA Derecho Civil Code § 1812.206(e) Una copia de un estado financiero reciente del vendedor, con una antigüedad no superior a 12 meses, junto con una declaración de cualquier cambio material en la situación financiera del vendedor desde esa fecha. Dicho estado financiero deberá ser auditado o firmado bajo pena de perjurio por uno de los funcionarios, directores, fideicomisarios o socios generales o comanditarios del vendedor. La declaración bajo pena de perjurio deberá indicar que, a leal saber y entender del firmante, la información del estado financiero es veraz y precisa; también se deberá indicar la fecha y el lugar de la firma. No obstante, cuando un vendedor sea una filial de otra corporación a la que las normas contables generalmente aceptadas le permitan preparar estados financieros de forma consolidada, la información anterior podrá presentarse de la misma manera para la matriz si también se proporciona el estado financiero correspondiente del vendedor y la matriz ha acordado de forma absoluta e irrevocable garantizar todas las obligaciones del vendedor.
(f)CA Derecho Civil Code § 1812.206(f) Una copia sin ejecutar del contrato completo del plan de marketing asistido por el vendedor.
(g)CA Derecho Civil Code § 1812.206(g) A los efectos de esta sección, “propietarios del vendedor” significa cualquier persona física que posea una participación accionaria de al menos el 10 por ciento en el vendedor.

Section § 1812.207

Explanation
Si usted está comprando o arrendando un plan de marketing asistido por el vendedor, el acuerdo debe ser por escrito. Una vez que haya firmado todo lo que el vendedor necesita, debe recibir una copia del contrato completado y de cualquier otro documento firmado de inmediato.

Section § 1812.208

Explanation

Esta ley establece que si usted adquiere un plan de marketing asistido por el vendedor, tiene derecho a cancelar el contrato por cualquier motivo dentro de los tres días hábiles siguientes a la fecha en que usted y el vendedor lo firmen. Existen instrucciones específicas sobre cómo cancelar, las cuales deben cumplir con los requisitos establecidos en la siguiente sección, la 1812.209.

El comprador tendrá derecho a cancelar un contrato de plan de marketing asistido por el vendedor por cualquier motivo en cualquier momento dentro de los tres días hábiles siguientes a la fecha en que el comprador y el vendedor firmen el contrato. El aviso del derecho a cancelar y los procedimientos a seguir cuando se cancele un contrato deberán cumplir con la Sección 1812.209.

Section § 1812.209

Explanation

Esta ley exige que cualquier contrato de plan de marketing asistido por el vendedor divulgue claramente información clave en una fuente legible. Debe detallar los términos de pago, incluyendo los detalles de la cuenta de depósito en garantía si se cobra más del 20% del pago antes de la entrega de bienes o servicios. Los compradores tienen derecho a cancelar en un plazo de tres días hábiles, y el contrato debe notificarles esto, especificando cómo hacerlo. El vendedor debe entonces devolver cualquier pago en un plazo de cinco días hábiles si se cancela. También detalla qué servicios proporcionará el vendedor, su dirección comercial y formas jurídicas, así como los detalles de entrega de productos o suministros. Si se menciona un plan de recompra o protección, sus términos deben describirse claramente. También debe explicar los derechos del comprador para anular el contrato y proporcionar la información del proveedor.

Todo contrato de plan de marketing asistido por el vendedor establecerá, en letra de al menos 10 puntos o tamaño equivalente si es manuscrito, todo lo siguiente:
(a)CA Derecho Civil Code § 1812.209(a) Los términos y condiciones de pago, incluyendo el pago inicial, los pagos adicionales y el pago inicial requerido. Si el contrato establece que el vendedor recibirá más del 20 por ciento del pago inicial antes de la entrega al comprador del equipo, suministros o productos o servicios que se proporcionarán bajo los términos del contrato, el contrato establecerá claramente la cuenta de depósito en garantía establecida de conformidad con el inciso (b) de la Sección 1812.210 y el nombre y la dirección del titular de la cuenta de depósito en garantía, así como la institución, sucursal y número de cuenta de la cuenta de depósito en garantía. Si el contrato establece el pago de cualquier cantidad que exceda el 20 por ciento del pago inicial antes de la entrega del equipo, suministros o productos o servicios que se proporcionarán bajo los términos del contrato, el contrato establecerá que el pago de la cantidad que exceda el 20 por ciento se realizará mediante un instrumento separado pagadero a la cuenta de depósito en garantía.
(b)CA Derecho Civil Code § 1812.209(b) Inmediatamente encima del lugar donde el comprador firma el contrato, la siguiente notificación, en negrita, del derecho del comprador a cancelar el contrato:
“Usted tiene tres días hábiles en los que puede cancelar este contrato por cualquier motivo enviando por correo o entregando un aviso por escrito al vendedor del plan de marketing asistido por el vendedor. Los tres días hábiles vencerán el
(última fecha para enviar por correo o entregar el aviso)
y el aviso de cancelación debe enviarse por correo o entregarse a
.
(nombre y dirección comercial del vendedor del plan de marketing asistido por el vendedor)

Si elige enviar su aviso por correo, debe ser depositado en el correo de los Estados Unidos con la dirección correcta, franqueo de primera clase prepagado y con matasellos antes de la medianoche de la fecha indicada. Si elige entregar su aviso directamente al vendedor, debe ser entregado a este antes del final de su día hábil normal en la fecha indicada. Dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción del aviso de cancelación, el vendedor devolverá al comprador todas las sumas pagadas por el comprador al vendedor de conformidad con este contrato. Dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de todas dichas sumas, el comprador pondrá a disposición en su dirección o en el lugar donde se hayan ubicado, todo el equipo, productos y suministros proporcionados al comprador de conformidad con este contrato. A solicitud del vendedor, dicho equipo, productos y suministros se pondrán a disposición en el momento en que el comprador reciba el reembolso total en efectivo, giro postal o cheque certificado.”
(c)CA Derecho Civil Code § 1812.209(c) Una descripción completa y detallada de los actos o servicios que el vendedor se comprometerá a realizar para el comprador.
(d)CA Derecho Civil Code § 1812.209(d) La dirección comercial principal del vendedor y el nombre y la dirección de su agente, que no sea el Secretario de Estado, en el Estado de California autorizado para recibir notificaciones judiciales.
(e)CA Derecho Civil Code § 1812.209(e) La forma jurídica del vendedor, ya sea corporación, sociedad o de otra índole.
(f)CA Derecho Civil Code § 1812.209(f) La fecha de entrega o, cuando el contrato prevea una entrega escalonada de artículos al comprador, la fecha de entrega aproximada de aquellos productos, equipo o suministros que el vendedor deba entregar al comprador para permitirle iniciar o mantener su negocio y si los productos, equipo o suministros se entregarán en el domicilio particular o comercial del comprador o si serán colocados o hechos colocar por el vendedor en ubicaciones propiedad o gestionadas por personas distintas del comprador.
(g)CA Derecho Civil Code § 1812.209(g) Una descripción completa de la naturaleza del acuerdo de “recompra”, “protección” o “seguridad”, si el vendedor ha representado oralmente o por escrito al vender o arrendar, solicitar u ofrecer un plan de marketing asistido por el vendedor que existe una “recompra” o que el pago inicial o cualquier parte del mismo está “protegido” o “garantizado”.
(h)CA Derecho Civil Code § 1812.209(h) Una declaración que establezca con precisión el derecho del comprador a anular el contrato bajo las circunstancias y de la manera establecida en los incisos (a) y (b) de la Sección 1812.215.
(i)CA Derecho Civil Code § 1812.209(i) El nombre del proveedor y la dirección de dicho proveedor de los productos, equipo o suministros que el vendedor debe entregar al comprador para permitirle iniciar o mantener su negocio.

Section § 1812.210

Explanation

Esta ley regula los contratos en planes de marketing asistidos por vendedores, centrándose en las condiciones de pago para proteger a los compradores. Prohíbe que los contratos incluyan pagarés que puedan impedir a los compradores emprender acciones legales contra los vendedores más adelante. Además, limita los pagos iniciales a no más del 20% antes de la entrega de los productos, exigiendo que los fondos excedentes se mantengan en una cuenta de depósito en garantía (escrow) hasta que el comprador confirme la entrega. Los compradores no deben retrasar de forma irrazonable la notificación al depositario sobre la entrega.

(a)CA Derecho Civil Code § 1812.210(a) Ningún contrato de plan de marketing asistido por el vendedor requerirá o implicará la ejecución de cualquier pagaré o serie de pagarés por parte del comprador que, al ser negociados por separado, anularán frente a terceros cualquier derecho de acción o defensa que el comprador pueda tener contra el vendedor.
(b)CA Derecho Civil Code § 1812.210(b) Si el contrato al que se refiere la Sección 1812.209 establece un pago inicial que debe pagarse al vendedor, el pago inicial no excederá el 20 por ciento del monto del pago inicial. En ningún caso el calendario de pagos del contrato establecerá que el vendedor reciba más del 20 por ciento del pago inicial antes de la entrega al comprador, o al lugar donde se ubicarán, del equipo, suministros o productos, a menos que todas las sumas que excedan el 20 por ciento se depositen en una cuenta de depósito en garantía (escrow) según lo dispuesto en el inciso (c) de la Sección 1812.214. Los fondos depositados en una cuenta de depósito en garantía no se liberarán hasta que el comprador notifique por escrito al depositario (escrow holder) la entrega de dicho equipo, suministros o productos dentro de los plazos establecidos en el contrato de plan de marketing asistido por el vendedor. La notificación de entrega por parte del comprador al depositario no se retendrá de manera irrazonable.

Section § 1812.211

Explanation
Si alguien asume los derechos o el contrato de un vendedor en un plan de marketing asistido por el vendedor, también debe aceptar cualquier queja o problema que el comprador tenga contra el vendedor original.

Section § 1812.212

Explanation

Esta ley significa que un vendedor no puede afirmar que está siguiendo las reglas de este título ni permitir que se haga mención alguna de dicho cumplimiento.

Ningún vendedor podrá hacer o autorizar que se haga referencia alguna a su cumplimiento con este título.

Section § 1812.213

Explanation

Los vendedores que ofrecen planes de marketing asistido deben llevar registros detallados de sus ventas y documentos relacionados. Estos registros deben conservarse durante cuatro años después de la celebración del contrato del plan de marketing.

Todo vendedor deberá en todo momento llevar y mantener un conjunto completo de libros, registros y cuentas de las ventas de planes de marketing asistido por el vendedor realizadas por este. Todos los documentos relacionados con cada plan de marketing asistido por el vendedor específico vendido o arrendado deberán conservarse durante cuatro años después de la fecha del contrato del plan de marketing asistido por el vendedor.

Section § 1812.214

Explanation

Esta ley exige que los vendedores de ciertos planes de marketing en California designen a alguien en el estado, generalmente al Secretario de Estado, para recibir documentos legales en su nombre si son demandados. Para proteger a los compradores, estos vendedores también deben tener una garantía financiera, como una fianza o una cuenta fiduciaria. Esta fianza o cuenta fiduciaria está destinada a compensar a cualquier persona perjudicada por las acciones del vendedor, hasta un monto determinado. Si un vendedor utiliza una cuenta de depósito en garantía (escrow) para los pagos de los compradores, debe mantenerla separada de su control y reportarla al Fiscal General. Estas cuentas ayudan a asegurar que los vendedores cumplan sus contratos, y cualquier incumplimiento puede dar lugar a acciones legales contra el vendedor y el titular de la cuenta.

(a)CA Derecho Civil Code § 1812.214(a) Todo vendedor de planes de marketing asistidos por el vendedor que no sea una corporación de California deberá presentar ante el Fiscal General un consentimiento irrevocable nombrando al Secretario de Estado o a su sucesor en el cargo para actuar como abogado del vendedor para recibir notificaciones o cualquier proceso legal en cualquier demanda, acción o procedimiento no penal contra el vendedor o el sucesor, albacea o administrador del vendedor, que pueda surgir en virtud de este título. Cuando la notificación se realice al Secretario de Estado, tendrá la misma fuerza y validez como si se hubiera notificado personalmente al vendedor. La notificación podrá realizarse dejando una copia del proceso en la oficina del Secretario de Estado, pero no será efectiva a menos que:
(1)CA Derecho Civil Code § 1812.214(a)(1) El demandante envíe inmediatamente por correo de primera clase un aviso de la notificación al Secretario de Estado y una copia del proceso al demandado o interpelado a la última dirección registrada ante el Fiscal General; y
(2)CA Derecho Civil Code § 1812.214(a)(2) La declaración jurada del demandante de cumplimiento con esta sección se presente en el caso en o antes de la fecha de devolución del proceso, si la hubiere, o dentro de cualquier plazo adicional que el tribunal permita.
(b)CA Derecho Civil Code § 1812.214(b) Si, de conformidad con el inciso (c) de la Sección 1812.204, un vendedor debe obtener una fianza de garantía o establecer una cuenta fiduciaria, se aplicarán los siguientes procedimientos:
(1)CA Derecho Civil Code § 1812.214(b)(1) Si se obtiene una fianza, se presentará una copia de la misma ante el Fiscal General; si se establece una cuenta fiduciaria, se presentará ante el Fiscal General la notificación del depositario, el fiduciario y el número de cuenta.
(2)CA Derecho Civil Code § 1812.214(b)(2) La fianza o cuenta fiduciaria requerida será a favor del Estado de California en beneficio de cualquier persona que resulte perjudicada por cualquier violación de este título o por el incumplimiento del vendedor de un contrato sujeto a este título o de cualquier obligación que surja de este. La cuenta fiduciaria también será a favor de cualquier persona perjudicada por estas prácticas.
(3)CA Derecho Civil Code § 1812.214(b)(3) Cualquier persona que reclame contra la cuenta fiduciaria por una violación de este título podrá interponer una acción legal contra el vendedor y el fiduciario. El garante o fiduciario será responsable únicamente por daños reales y no por los daños punitivos permitidos bajo la Sección 1812.218. La responsabilidad total del fiduciario ante todas las personas perjudicadas por una violación de este título por parte de un vendedor en ningún caso excederá el monto de la cuenta fiduciaria.
(4)CA Derecho Civil Code § 1812.214(b)(4) La fianza o la cuenta fiduciaria deberá ser por un monto igual al monto total de la sección de “pago inicial” de todos los contratos de planes de marketing asistidos por el vendedor que este haya celebrado durante el año anterior o trescientos mil dólares ($300,000), lo que sea menor, pero en ningún caso el monto será inferior a cincuenta mil dólares ($50,000). El monto requerido se ajustará dos veces al año, a más tardar el décimo día del primer mes del año fiscal del vendedor y a más tardar el décimo día del séptimo mes del año fiscal del vendedor. Un vendedor solo necesita establecer una fianza o cuenta fiduciaria por un monto de cincuenta mil dólares ($50,000) al inicio de sus operaciones y durante los primeros seis meses que el vendedor esté en el negocio. Para el décimo día del séptimo mes del vendedor en el negocio, el monto de la fianza o cuenta fiduciaria se establecerá según lo dispuesto en el presente como si el vendedor hubiera estado en el negocio durante un año.
(c)CA Derecho Civil Code § 1812.214(c) Si, de conformidad con el inciso (b) de la Sección 1812.210, un vendedor utiliza una cuenta de depósito en garantía para recibir aquellas porciones del anticipo que excedan el 20 por ciento del pago inicial antes de la entrega al comprador del equipo, suministros o productos o servicios que se proporcionarán según los términos del contrato, se aplicarán los siguientes procedimientos:
(1)CA Derecho Civil Code § 1812.214(c)(1) El titular de la cuenta de depósito en garantía deberá ser independiente del vendedor, y el vendedor no tendrá autoridad para dirigir desembolsos de la cuenta de depósito en garantía por parte del titular excepto mediante notificación escrita del comprador al titular de la cuenta de depósito en garantía de la entrega del equipo, suministros o productos según lo requerido y dentro de los plazos establecidos en el contrato del plan de marketing asistido por el vendedor.
(2)CA Derecho Civil Code § 1812.214(c)(2) El nombre y la dirección del titular de la cuenta de depósito en garantía, el nombre de la institución, la sucursal y el número de cuenta de la cuenta de depósito en garantía deberán ser informados al Fiscal General por el vendedor.
(3)CA Derecho Civil Code § 1812.214(c)(3) Cualquier persona que reclame contra la cuenta de depósito en garantía por una violación de este título podrá interponer una acción legal contra el vendedor y el titular de la cuenta de depósito en garantía. El titular de la cuenta de depósito en garantía será responsable únicamente por daños reales y no por los daños punitivos permitidos bajo la Sección 1812.218. La responsabilidad total del titular de la cuenta de depósito en garantía ante todas las personas perjudicadas por una violación de este título por parte de un vendedor en ningún caso excederá el monto de la cuenta de depósito en garantía.

Section § 1812.215

Explanation

Esta ley establece que si un vendedor miente o no proporciona la información correcta al vender un plan de marketing, usted puede cancelar el contrato dentro de un año y recuperar su dinero. Si no puede devolver todo lo que recibió, se le reembolsará su dinero menos el valor de lo que conserve. Si el vendedor olvida accidentalmente revelar algo, puede corregirlo enviándole la información correcta y dándole 15 días adicionales para cancelar. Además, si el vendedor no entrega lo prometido dentro de los 30 días y es su culpa, usted puede cancelar antes o poco después de recibir los productos. Estos derechos se suman a cualquier otro derecho que la ley le otorgue.

(a)CA Derecho Civil Code § 1812.215(a) Si un vendedor utiliza declaraciones falsas o engañosas para vender o arrendar un plan de marketing asistido por el vendedor, o no cumple con la Sección 1812.203, o no entrega los documentos de divulgación o no revela la información requerida por las Secciones 1812.205 y 1812.206, o el contrato no cumple con los requisitos de este título, entonces, dentro de un año a partir de la fecha del contrato, a elección del comprador y mediante notificación por escrito al vendedor, el contrato será anulable por el comprador e inexigible por el vendedor o su cesionario por ser contrario al orden público, y el comprador tendrá derecho a recibir del vendedor todas las sumas pagadas al vendedor cuando el comprador pueda devolver todo el equipo, suministros o productos entregados por el vendedor; cuando no se pueda realizar dicha devolución completa, el comprador tendrá derecho a recibir del vendedor todas las sumas pagadas al vendedor menos el valor justo de mercado en el momento de la entrega del equipo, suministros o productos no devueltos por el comprador, pero entregados por el vendedor. Al recibir dichas sumas, el comprador pondrá a disposición del vendedor, en la dirección del comprador o en los lugares donde se encuentren en el momento en que el comprador notifique de conformidad con esta sección, los productos, equipos o suministros recibidos por el comprador del vendedor. Sin embargo, si el vendedor ha omitido involuntariamente alguna de las divulgaciones requeridas por la Sección 1812.205 o 1812.206 o el contrato no cumple involuntariamente con los requisitos de este título, el vendedor podrá subsanar dicho defecto involuntario proporcionando al comprador las declaraciones de divulgación o el contrato correctos si, en el momento de proporcionar dichas divulgaciones o contrato correctos, el vendedor también informa al comprador por escrito que, debido al error del vendedor, el comprador tiene un período adicional de 15 días después de la recepción de las divulgaciones o el contrato correctos para cancelar el contrato y recibir un reembolso completo de todo el dinero pagado a cambio de la devolución de cualquier equipo, suministros o productos que el comprador tenga. Si el comprador no cancela el contrato dentro de los 15 días posteriores a la recepción de las divulgaciones o el contrato correctos, no podrá en el futuro ejercer su derecho a anular el contrato en virtud de esta sección debido a dicho incumplimiento de los requisitos de divulgación o contractuales de este título.
(b)CA Derecho Civil Code § 1812.215(b) Si un vendedor no entrega el equipo, los suministros o el producto dentro de los 30 días siguientes a la fecha de entrega establecida en el contrato, a menos que dicho retraso en la entrega esté fuera del control del vendedor, entonces en cualquier momento antes de la entrega o dentro de los 30 días posteriores a la entrega, a elección del comprador y mediante notificación por escrito al vendedor, el contrato será anulable por el comprador e inexigible por el vendedor o su cesionario por ser contrario al orden público.
Los derechos del comprador establecidos en esta sección serán acumulativos a todos los demás derechos en virtud de este título o de otro modo.

Section § 1812.216

Explanation
Esta ley establece que los compradores no pueden renunciar a sus derechos bajo este título, y cualquier intento de un vendedor de hacer que lo hagan no está permitido por la ley. Si hay un caso legal sobre estos derechos, el vendedor tiene que probar si alega alguna excepción o exención especial.

Section § 1812.217

Explanation

Esta ley establece que si alguien involucrado en la venta o el arrendamiento de un plan de marketing asistido por el vendedor (como un vendedor, agente o contratista) incumple las reglas intencionalmente o utiliza métodos engañosos, puede enfrentar sanciones graves. Estas sanciones incluyen una multa de hasta $10,000 por cada transacción ilegal y posiblemente hasta un año de cárcel, o ambas.

Cualquier persona, incluyendo, pero no limitado a, el vendedor, un vendedor, agente o representante del vendedor o un contratista independiente que intente vender o arrendar o venda o arriende un plan de marketing asistido por el vendedor, que viole intencionalmente cualquier disposición de este título o emplee, directa o indirectamente, cualquier dispositivo, esquema o artificio para engañar en relación con la oferta o venta de cualquier plan de marketing asistido por el vendedor, o participe intencionalmente, directa o indirectamente, en cualquier acto, práctica o curso de negocios que opere u operaría como un fraude o engaño contra cualquier persona en relación con la oferta, compra, arrendamiento o venta de cualquier plan de marketing asistido por el vendedor, será, tras condena, multado con no más de diez mil dólares ($10,000) por cada transacción ilegal, o encarcelado de conformidad con la subdivisión (h) de la Sección 1170 del Código Penal, o encarcelado en una cárcel del condado por no más de un año, o castigado con ambas, dicha multa y prisión.

Section § 1812.218

Explanation
Si un comprador sufre un daño porque un vendedor incumple un contrato o las normas relacionadas con un plan de marketing asistido por el vendedor, puede demandar para obtener una compensación. El tribunal otorgará las pérdidas reales más los honorarios de abogado y las costas judiciales, pero nunca menos de lo que el comprador pagó inicialmente. Si el comprador no puede devolver todos los artículos que el vendedor le proporcionó, la compensación se ajustará según el valor de los artículos que no se puedan devolver. Además, el tribunal podría otorgar una compensación adicional para castigar al vendedor, lo que se conoce como daños punitivos.

Section § 1812.219

Explanation

Esta sección explica que las normas y los recursos de este título legal específico no son las únicas opciones disponibles. Si alguien infringe una ley cubierta por esta sección, las personas también pueden recurrir a otras leyes para abordar el problema. También establece que nada en este título limita los derechos del Fiscal General, los fiscales de distrito, los fiscales de la ciudad o cualquier otra persona para emprender acciones legales adicionales. Si un acto o práctica prohibida bajo este título también está cubierta por el derecho consuetudinario o por otro estatuto, la persona afectada puede recurrir a esas vías legales para su resolución.

Las disposiciones de este título no son exclusivas. Los recursos aquí previstos para la violación de cualquier sección de este título o para la conducta proscrita por cualquier sección de este título serán adicionales a cualquier otro procedimiento o recurso para cualquier violación o conducta prevista en cualquier otra ley.
Nada en este título limitará cualquier otro derecho legal o de derecho consuetudinario del Fiscal General, de cualquier fiscal de distrito o fiscal de la ciudad, o de cualquier otra persona. Si cualquier acto o práctica proscrita bajo este título también constituye una causa de acción en derecho consuetudinario o una violación de otro estatuto, el comprador podrá hacer valer dicha causa de acción de derecho consuetudinario o legal bajo los procedimientos y con los recursos previstos en dicha otra ley.

Section § 1812.220

Explanation
Esta sección básicamente establece que si alguna parte de esta ley se declara inconstitucional o inválida, el resto de la ley sigue siendo válida y continúa en vigor. La parte inválida no afectará cómo el resto de la ley se aplica a otras personas o situaciones.

Section § 1812.221

Explanation

Esta ley explica qué sucede cuando alguien deposita una suma de dinero en lugar de una fianza, como se menciona en ciertas secciones legales. Si alguien desea presentar una reclamación contra ese depósito, debe demostrar al Fiscal General que tiene una sentencia judicial y que es el tipo de reclamante adecuado. Una vez aprobada una reclamación, no se pagará hasta 240 días después, a menos que haya nuevas reclamaciones dentro de ese período. Si los fondos son insuficientes, los reclamantes reciben una parte proporcional. El proceso se reinicia con nuevas reclamaciones después de que transcurran 240 días. Una vez que el dinero se agota, no se pagan más reclamaciones, pero los beneficiarios no tienen que devolver el dinero que ya recibieron. Además, estos depósitos no pueden ser embargados por otras deudas, excepto por cualquier cantidad sobrante una vez resueltas las reclamaciones.

(a)CA Derecho Civil Code § 1812.221(a) Cuando se haya realizado un depósito en lugar de fianza de conformidad con el párrafo (1) de la subdivisión (b) de la Sección 1812.214 y la Sección 995.710 del Código de Procedimiento Civil, la persona que presente una reclamación contra el depósito deberá, en lugar de las disposiciones de la Sección 996.430 del Código de Procedimiento Civil, establecer la reclamación presentando pruebas al Fiscal General de una sentencia monetaria dictada por un tribunal, junto con pruebas de que el reclamante es una persona descrita en el párrafo (2) de la subdivisión (b) de la Sección 1812.214.
(b)CA Derecho Civil Code § 1812.221(b) Cuando una persona haya establecido completamente la reclamación ante el Fiscal General, este revisará y aprobará de inmediato la reclamación e inscribirá la fecha de aprobación en ella. La reclamación se designará como "reclamación aprobada".
(c)CA Derecho Civil Code § 1812.221(c) Cuando se haya aprobado la primera reclamación contra una cuenta de depósito particular, no se pagará hasta el vencimiento de un período de 240 días después de la fecha de su aprobación por el Fiscal General. Las reclamaciones posteriores que sean aprobadas por el Fiscal General dentro del mismo período de 240 días tampoco se pagarán hasta el vencimiento del período de 240 días. Inmediatamente después del vencimiento del período de 240 días, el Fiscal General pagará todas las reclamaciones aprobadas de ese período de 240 días en su totalidad, a menos que haya fondos insuficientes en la cuenta de depósito, en cuyo caso cada reclamación aprobada se pagará una cantidad proporcional hasta agotar la cuenta de depósito.
(d)CA Derecho Civil Code § 1812.221(d) Cuando el Fiscal General apruebe la primera reclamación contra una cuenta de depósito particular después del vencimiento de un período de 240 días, la fecha de aprobación de esa reclamación iniciará un nuevo período de 240 días al que se aplicará la subdivisión (c) con respecto a la cantidad restante en la cuenta de depósito.
(e)CA Derecho Civil Code § 1812.221(e) Una vez agotada una cuenta de depósito, el Fiscal General no pagará más reclamaciones. Los reclamantes a quienes se les hayan pagado sus reclamaciones total o parcialmente de conformidad con las subdivisiones (c) y (d) no estarán obligados a hacer una contribución de vuelta a la cuenta de depósito en beneficio de otros reclamantes.
(f)CA Derecho Civil Code § 1812.221(f) Cuando se haya realizado un depósito en lugar de fianza, el monto del depósito no estará sujeto a embargo, embargo de salarios o ejecución con respecto a una acción o sentencia contra el vendedor, salvo en cuanto a una cantidad que ya no sea necesaria o requerida para los fines de este título y que de otro modo sería devuelta al vendedor por el Fiscal General.