Obligaciones Derivadas de Transacciones ParticularesContratos de Lecciones de Estudio de Danza y Otros Servicios
Section § 1812.50
Esta sección de la ley explica que muchos estudios de baile han estado utilizando prácticas desleales y engañosas en sus contratos, causando problemas financieros a las personas. Dado que las leyes actuales no son suficientes para resolver estos problemas, se necesitan nuevas reglas para proteger a las personas. El objetivo es detener la publicidad falsa y los términos contractuales injustos, mientras se promueve la competencia justa y las prácticas comerciales honestas en la industria de los estudios de baile.
Section § 1812.51
Esta sección de la ley define lo que incluye un 'contrato de lecciones de estudio de baile y otros servicios'. Cubre los contratos de lecciones de baile, ya sean individuales o en grupo. Sin embargo, no se aplica a los contratos de servicios profesionales de personas con licencia ni a las lecciones en escuelas que operan bajo el Código de Educación.
Section § 1812.52
Cualquier acuerdo que hagas con un estudio de baile para clases o servicios debe estar por escrito, y te deben dar una copia de este contrato justo en el momento en que lo firmes.
Section § 1812.53
Esta sección de la ley limita los contratos de estudios de baile para que no se exija a los compradores pagar o financiarlos por más de un año, pero pueden recibir lecciones y servicios por hasta siete años. Además, si un comprador tiene varios contratos con el mismo estudio que se superponen, se consideran como un solo contrato.
Section § 1812.54
Si te inscribes en clases de baile, esta ley exige que tus clases comiencen dentro de los seis meses siguientes a la firma del contrato. Puedes cancelar en cualquier momento enviando un aviso por escrito, y recibirás un reembolso en un plazo de diez días. El reembolso se calcula en función de las lecciones que no tomaste. No se te cobrará una tarifa de cancelación. El contrato debe mostrar claramente el costo por hora de cada tipo de lección, y si hay tarifas diferentes, estas deben desglosarse. Además, si el estudio de baile está afianzado —una especie de seguro—, debe indicarlo en el contrato y decirte cómo obtener más información sobre la fianza del estado.
Section § 1812.55
Section § 1812.56
Section § 1812.57
Si te has inscrito en clases de baile y no puedes asistir debido a fallecimiento o discapacidad, tú o tu familia no tienen que pagar por las clases no utilizadas. Recibirás un reembolso por cualquier clase prepagada que no pudiste tomar. Incluso si estás pagando a plazos, tienes derecho a un reembolso por las clases no recibidas. El reembolso de cualquier cargo financiero sigue un método de cálculo específico llamado la 'Regla del 78'.
Section § 1812.58
Esta sección aclara que las normas de esta parte de la ley no reemplazan ni eximen a nadie de seguir otras leyes pertinentes. En otras palabras, incluso si usted está siguiendo estas reglas específicas, todavía tiene que obedecer todas las demás leyes aplicables.
Section § 1812.59
Si un contrato de lecciones y servicios de estudio de baile no sigue las reglas establecidas en la ley, se considera inválido y no se puede hacer cumplir porque va en contra de lo que se considera bueno para la sociedad.
Section § 1812.60
Section § 1812.61
Esta ley significa que si un comprador intenta renunciar a sus derechos bajo este conjunto de leyes, esa renuncia no será válida ni exigible porque va en contra del orden público.
Section § 1812.62
Si un comprador resulta perjudicado porque alguien incumplió esta ley, puede demandar para reclamar una indemnización. Si gana, podría obtener el triple de los daños reales más los honorarios del abogado. Un vendedor o tenedor puede evitar sanciones por no seguir las reglas si corrige el problema dentro de los 30 días posteriores a la firma del contrato, siempre y cuando esto no aumente las condiciones de pago, a menos que el comprador lo acepte por escrito. El término 'tenedor' se refiere al vendedor que posee el contrato o a cualquier agencia que lo adquiera.
Section § 1812.63
Si alguien incumple las normas sobre los contratos de estudios de baile, se considera un delito menor, que es un tipo de infracción penal. Los tribunales superiores del estado pueden detener estas infracciones mediante órdenes judiciales especiales. Corresponde principalmente al Fiscal General, a los fiscales de distrito y a los fiscales municipales perseguir estas infracciones, ya sea acusando a la persona de un delito menor o utilizando órdenes judiciales, o ambas cosas. Sin embargo, esto no impide que otras personas hagan valer los derechos legales que les confiere esta u otras leyes.
Section § 1812.64
Si eres dueño de un estudio de danza en este estado, debes tener una fianza de una compañía afianzadora, de al menos $25,000 o el 25% de los ingresos brutos del año pasado, lo que sea mayor. Debes presentar esta fianza ante el Secretario de Estado, junto con una declaración firmada que indique los ingresos de tu estudio. Esta información no es pública. Si hay un cambio de propietario del estudio, el nuevo dueño debe informar al Secretario de Estado y demostrar que cumple con las regulaciones de fianzas.
Section § 1812.65
Esta ley exige que los estudios de baile en California tengan una fianza que proteja a los clientes. Si el estudio actúa de forma deshonesta, comete fraude o no cumple el contrato de lecciones de baile o servicios relacionados, esta fianza asegura que los clientes puedan ser compensados por sus pérdidas.
Section § 1812.67
Esta sección de la ley explica cuándo ciertas reglas no se aplican a los estudios de danza. Si un estudio de danza pide menos de $50 por adelantado a cada estudiante, y solo una vez cada 30 días, está exento de estas reglas. Además, los estudios que enseñan ballet, danza moderna, jazz o claqué a menores de 21 años están exentos si el costo total es inferior a $500, todas las lecciones se imparten en un plazo de cuatro meses y el estudiante puede cancelar en un plazo de tres días para obtener un reembolso. Asimismo, las organizaciones con estatus de exención fiscal 501(c)(3) que reciben subvenciones del Consejo de las Artes de California también están exentas de estas reglas.
Section § 1812.68
Esta parte de la ley establece que si alguna sección de este título legal se considera inconstitucional para una situación o persona específica, el resto de la ley sigue siendo válido y puede aplicarse a otras personas o situaciones. En esencia, la parte inválida no afecta la efectividad del resto de la ley.