Section § 55.7

Explanation

Esta ley trata sobre cómo las tiendas exhiben productos para niños y niñas. Establece que si las tiendas muestran productos similares para ambos géneros juntos en un solo lugar, es más fácil para los compradores compararlos. Mantener estos productos separados sugiere que un producto está destinado solo para un género, lo cual no es correcto.

La Legislatura encuentra y declara ambas de las siguientes:
(a)CA Derecho Civil Code § 55.7(a) Las diferencias injustificadas en productos similares que tradicionalmente se comercializan para niñas o para niños pueden ser identificadas más fácilmente por el consumidor si los artículos similares se exhiben más cerca unos de otros en un área única e indivisa del piso de ventas minorista.
(b)CA Derecho Civil Code § 55.7(b) Mantener separados los artículos similares que tradicionalmente se comercializan para niñas o para niños dificulta al consumidor la comparación de los productos e implica incorrectamente que su uso por un solo género es inapropiado.

Section § 55.8

Explanation

Esta ley exige que las grandes tiendas departamentales minoristas en California tengan una sección neutral en cuanto al género para juguetes y artículos de cuidado infantil. Esto significa que debe haber un área donde estos artículos se exhiban sin ser categorizados solo para niños o solo para niñas. Se aplica a tiendas con 500 o más empleados dentro del estado. Si las tiendas no cumplen antes del 1 de enero de 2024, pueden ser multadas con hasta $250 por una primera infracción y $500 por infracciones posteriores. Las multas pueden ser cobradas mediante acciones legales por el Fiscal General del estado u otras autoridades legales. La ley incluye una definición de artículos de cuidado infantil y juguetes, especificando que son para niños de 12 años o menos.

(a)CA Derecho Civil Code § 55.8(a) Una tienda departamental minorista que ofrezca artículos para el cuidado infantil o juguetes para la venta deberá mantener una sección o área neutral en cuanto al género, que será etiquetada a discreción del minorista, en la cual se exhibirá una selección razonable de los artículos y juguetes para niños que venda, independientemente de si tradicionalmente se han comercializado para niñas o para niños.
(b)CA Derecho Civil Code § 55.8(b) Esta sección se aplicará únicamente a las tiendas departamentales minoristas que estén físicamente ubicadas en California y que tengan un total de 500 o más empleados en todas sus ubicaciones de tiendas departamentales minoristas en California. Esta sección no se aplicará a las tiendas departamentales minoristas que estén físicamente ubicadas fuera de California.
(c)CA Derecho Civil Code § 55.8(c) A partir del 1 de enero de 2024, una tienda departamental minorista que no cumpla con esta sección será responsable de una multa civil, que no excederá los doscientos cincuenta dólares ($250) por una primera infracción o quinientos dólares ($500) por una infracción posterior, la cual podrá ser evaluada y recuperada en una acción civil interpuesta en nombre del pueblo del Estado de California por el Fiscal General, o un fiscal de distrito o fiscal de la ciudad, en cualquier tribunal de jurisdicción competente. Si el Fiscal General, el fiscal de distrito o el fiscal de la ciudad prevalece en una acción bajo esta subdivisión, el tribunal otorgará al Fiscal General, al fiscal de distrito o al fiscal de la ciudad honorarios y costos de abogado razonables.
(d)CA Derecho Civil Code § 55.8(d) Para los fines de esta sección:
(1)CA Derecho Civil Code § 55.8(d)(1) “Artículo para el cuidado infantil” significa cualquier producto diseñado o destinado por el fabricante para facilitar el sueño, la relajación o la alimentación de los niños, o para ayudar a los niños con la succión o la dentición.
(2)CA Derecho Civil Code § 55.8(d)(2) “Niños” significa personas de 12 años de edad o menos.
(3)CA Derecho Civil Code § 55.8(d)(3) “Juguete” significa un producto diseñado o destinado por el fabricante para ser utilizado por niños cuando juegan.