(a)CA Derecho Civil Code § 55.62(a) Para los fines de esta parte, se aplican las siguientes definiciones:
(1)CA Derecho Civil Code § 55.62(a)(1) “Reclamación por discriminación de género en la fijación de precios de servicios” significa cualquier reclamación civil en una acción civil con respecto a un establecimiento comercial, incluyendo, entre otras, una reclamación presentada conforme a la Sección 51 o 51.6, basada total o parcialmente en una supuesta diferencia de precio cobrada por servicios de tipo similar o igual, contra una persona debido al género de esa persona.
(2)CA Derecho Civil Code § 55.62(a)(2) “Carta de demanda” significa un documento escrito previo al litigio que se entrega a un negocio alegando una reclamación por discriminación de género en la fijación de precios de servicios y exigiendo dinero, independientemente de si el abogado tiene la intención de presentar una demanda, o finalmente presenta una demanda, en un tribunal estatal.
(b)CA Derecho Civil Code § 55.62(b) Un abogado deberá proporcionar los siguientes elementos con cada carta de demanda o demanda enviada o notificada a un demandado o posible demandado que alegue discriminación de género en la fijación de precios de servicios, incluyendo, entre otras, las reclamaciones presentadas conforme a la Sección 51 o 51.6:
(1)CA Derecho Civil Code § 55.62(b)(1) Una copia del aviso consultivo escrito según lo especificado en el apartado (c). Hasta que el Consejo Judicial adopte este aviso, el abogado deberá proporcionar una declaración escrita que reproduzca el aviso consultivo descrito en el apartado (c).
(2)CA Derecho Civil Code § 55.62(b)(2) Una copia del folleto u otro material informativo especificado en la Sección 55.63, después de que el folleto o material sea desarrollado por el Departamento de Asuntos del Consumidor.
(c)CA Derecho Civil Code § 55.62(c) A más tardar el 1 de enero de 2019, el Consejo Judicial adoptará un aviso consultivo escrito que deberá ser utilizado por el abogado de un demandante para cumplir con los requisitos del párrafo (1) del apartado (b). El aviso consultivo estará disponible en inglés, español, chino, vietnamita y coreano, e incluirá una declaración de que el aviso consultivo está disponible en idiomas adicionales, y la dirección del sitio web del Consejo Judicial donde se encuentran las diferentes versiones del aviso consultivo. El aviso consultivo deberá indicar lo siguiente:
AVISO CONSULTIVO PARA EL DEMANDADO
LA LEY ESTATAL REQUIERE QUE USTED RECIBA ESTA IMPORTANTE INFORMACIÓN CONSULTIVA PARA NEGOCIOS
Esta información está disponible en inglés, español, chino, vietnamita y coreano a través del Consejo Judicial de California. Las personas con discapacidades visuales pueden obtener ayuda para ver este formulario a través del sitio web del Consejo Judicial en www.courts.ca.gov.
La ley de California exige que usted reciba esta información porque la carta de demanda o la demanda judicial que recibió con este documento alega que usted ha discriminado, con respecto al precio cobrado por servicios de tipo similar o igual, contra una persona debido al género de esa persona.
USTED TIENE OBLIGACIONES LEGALES IMPORTANTES. La ley estatal exige que los negocios cobren el mismo precio por los mismos servicios, o servicios del mismo tipo o similar, independientemente del género del cliente. Además, la ley estatal exige que ciertos establecimientos comerciales revelen de manera clara y visible a sus clientes por escrito los precios de cada servicio estándar proporcionado. El requisito de publicación se aplica a los siguientes negocios:
(1)CA Derecho Civil Code § 55.62(1) Sastres o negocios que ofrecen alteraciones de ropa posventa.
(2)CA Derecho Civil Code § 55.62(2) Barberías o salones de belleza.
(3)CA Derecho Civil Code § 55.62(3) Tintorerías y lavanderías que prestan servicios a particulares.
USTED TIENE DERECHOS LEGALES IMPORTANTES. Las alegaciones hechas en la carta de demanda o demanda judicial adjunta no significan que usted esté obligado a pagar dinero alguno a menos y hasta que un tribunal lo declare responsable. Además, LA RECEPCIÓN DE UNA CARTA DE DEMANDA O DEMANDA JUDICIAL Y ESTE AVISO NO SIGNIFICA NECESARIAMENTE QUE USTED SERÁ DECLARADO RESPONSABLE DE NADA.
Usted tiene derecho a buscar asistencia o asesoramiento sobre esta carta de demanda o demanda de cualquier persona de su elección. Si tiene seguro, también puede ponerse en contacto con su proveedor de seguros. Sus mejores intereses pueden ser atendidos buscando asesoramiento legal o representación de un abogado, pero también puede representarse a sí mismo y presentar los documentos judiciales necesarios para proteger sus intereses si se le notifica una demanda judicial. Si ha contratado a un abogado para que lo represente, debe notificarlo inmediatamente a su abogado.
COSAS ADICIONALES QUE DEBE SABER
CUÁNDO PUEDE Y NO PUEDE COBRAR PRECIOS DIFERENTES: La Ley de Derogación del Impuesto de Género de 1995 (Sección 51.6 del Código Civil de California) prohíbe a un negocio cobrar un precio diferente por el mismo servicio debido al género de la persona que recibe el servicio. Sin embargo, puede cobrar precios diferentes basándose específicamente en la cantidad de tiempo, dificultad o costo de la prestación de los servicios.
PUBLICACIÓN DE PRECIOS: La Ley de Derogación del Impuesto de Género de 1995 también exige que ciertos negocios revelen claramente al cliente por escrito el precio de cada servicio estándar proporcionado. Esta divulgación de precios es obligatoria para los siguientes negocios: sastres o negocios que ofrecen alteraciones de ropa posventa; barberías o salones de belleza; tintorerías y lavanderías que prestan servicios a particulares. La lista de precios debe publicarse en un lugar donde los clientes probablemente la vean y debe estar en una fuente en negrita de no menos de 14 puntos. Un negocio también debe proporcionar una copia escrita de los precios al cliente si este la solicita. Finalmente, un negocio debe exhibir de manera clara y visible un letrero, en una fuente de no menos de 24 puntos, que diga:
“LA LEY DE CALIFORNIA PROHÍBE A CUALQUIER ESTABLECIMIENTO COMERCIAL DISCRIMINAR, CON RESPECTO AL PRECIO COBRADO POR SERVICIOS DE TIPO SIMILAR O IGUAL, CONTRA UNA PERSONA DEBIDO AL GÉNERO DE ESA PERSONA. UNA LISTA COMPLETA DE PRECIOS ESTÁ DISPONIBLE BAJO SOLICITUD.”
DERECHO A CORREGIR ÚNICAMENTE UNA VIOLACIÓN DE PUBLICACIÓN: Si recibe un aviso por escrito alegando que no ha publicado correctamente alguna de la información anterior, tiene 30 días para corregir la violación. Si no corrige la violación, será responsable de una multa civil de $1,000. (Tenga en cuenta que el período de 30 días para corregir se aplica solo a las violaciones de publicación, no a las violaciones de precios discriminatorios.)
(d)CA Derecho Civil Code § 55.62(d) Esta sección no se aplica a una acción presentada por el Fiscal General o cualquier fiscal de distrito, fiscal de la ciudad o abogado del condado.
(Added by Stats. 2017, Ch. 156, Sec. 1. (AB 1615) Effective January 1, 2018.)