Section § 55.51

Explanation

Esta ley se llama Ley de Cumplimiento de Estándares de Accesibilidad Relacionados con la Construcción. Se aplica a cualquier reclamo legal sobre problemas de accesibilidad en edificios o construcciones, incluso si hay otras leyes que puedan decir lo contrario. Esto incluye reclamos bajo secciones específicas de derechos civiles relacionadas con discapacidades y acceso.

Esta parte se conocerá y podrá citarse como la Ley de Cumplimiento de Estándares de Accesibilidad Relacionados con la Construcción. No obstante cualquier otra disposición de la ley, las disposiciones de esta parte se aplicarán a cualquier reclamo de accesibilidad relacionado con la construcción, según se define en esta parte, incluyendo, entre otros, cualquier reclamo presentado bajo la Sección 51, 54, 54.1 o 55.

Section § 55.52

Explanation

Esta sección explica definiciones importantes relacionadas con las demandas legales sobre la accesibilidad de los lugares públicos en California. Define términos como 'demanda de accesibilidad relacionada con la construcción', que se refiere a los litigios sobre problemas de accesibilidad en lugares públicos. También describe qué es un 'Especialista Certificado en Acceso' (CASp) y cómo un sitio puede ser evaluado por ellos para cumplir con las normas de accesibilidad. Además, aclara lo que significa que un sitio 'cumpla con las normas aplicables' y qué es un 'demandado cualificado' en estos casos. Estas definiciones son cruciales para entender cómo proceder legalmente con las demandas relativas a la accesibilidad bajo la ley estatal y federal.

(a)CA Derecho Civil Code § 55.52(a) Para los fines de esta parte, se aplican las siguientes definiciones:
(1)CA Derecho Civil Code § 55.52(a)(1) “Demanda de accesibilidad relacionada con la construcción” significa cualquier demanda civil en una acción civil con respecto a un lugar de alojamiento público, incluyendo, pero sin limitarse a, una demanda presentada bajo la Sección 51, 54, 54.1 o 55, basada total o parcialmente en una supuesta violación de cualquier norma de accesibilidad relacionada con la construcción, según se define en el párrafo (6).
(2)CA Derecho Civil Code § 55.52(a)(2) “Solicitud de suspensión y conferencia de evaluación temprana” significa una solicitud que debe presentarse ante el tribunal y que cumple con los requisitos del inciso (c) de la Sección 55.54.
(3)CA Derecho Civil Code § 55.52(a)(3) “Especialista certificado en acceso” o “CASp” significa cualquier persona que haya sido certificada de conformidad con la Sección 4459.5 del Código de Gobierno.
(4)CA Derecho Civil Code § 55.52(a)(4) “Cumple con las normas aplicables” significa que el sitio fue inspeccionado por un CASp y se determinó que cumple con todas las normas de accesibilidad relacionadas con la construcción aplicables de conformidad con el párrafo (1) del inciso (a) de la Sección 55.53. Un sitio que está “inspeccionado por un CASp” en o antes de la fecha de entrada en vigor de las enmiendas realizadas a esta sección por el Proyecto de Ley del Senado 1186 de la Sesión Ordinaria de la Legislatura 2011-12 significa que el sitio “cumple con las normas aplicables”.
(5)CA Derecho Civil Code § 55.52(a)(5) “Inspeccionado por un CASp” significa que el sitio fue inspeccionado por un CASp y está pendiente de una determinación por parte del CASp de que el sitio cumple con las normas de accesibilidad relacionadas con la construcción aplicables de conformidad con el párrafo (2) del inciso (a) de la Sección 55.53. Un sitio que está “determinación de CASp pendiente” en o antes de la fecha de entrada en vigor de las enmiendas realizadas a esta sección por el Proyecto de Ley del Senado 1186 de la Sesión Ordinaria de la Legislatura 2011-12 significa que el sitio fue “inspeccionado por un CASp”.
(6)CA Derecho Civil Code § 55.52(a)(6) “Norma de accesibilidad relacionada con la construcción” significa una disposición, norma o reglamento bajo la ley estatal o federal que requiere el cumplimiento de normas para hacer que las construcciones nuevas y las instalaciones existentes sean accesibles para personas con discapacidades, incluyendo, pero sin limitarse a, cualquier disposición, norma o reglamento establecido en la Sección 51, 54, 54.1 o 55 de este código, la Sección 19955.5 del Código de Salud y Seguridad, el Código de Normas de Construcción de California (Título 24 del Código de Reglamentos de California), la Ley de Estadounidenses con Discapacidades de 1990 (Ley Pública 101-336; 42 U.S.C. Sec. 12101 y ss.), y las Directrices de Accesibilidad de la Ley de Estadounidenses con Discapacidades (Apéndice A de la Parte 36 del Título 28 del Código de Reglamentos Federales).
(7)CA Derecho Civil Code § 55.52(a)(7) “Lugar de alojamiento público” tiene el mismo significado que “alojamiento público”, según lo establecido en la Sección 12181(7) del Título 42 del Código de los Estados Unidos y los reglamentos federales adoptados de conformidad con esa sección.
(8)CA Derecho Civil Code § 55.52(a)(8) “Demandado cualificado” significa un demandado en una acción que incluye una demanda de accesibilidad relacionada con la construcción que se presenta contra un lugar de alojamiento público que cumplía con los requisitos de “cumple con las normas aplicables” o “inspeccionado por un CASp” antes de la fecha en que el demandado fue notificado con la citación y la demanda en esa acción. Para ser un demandado cualificado, no se requiere que el demandado haya sido la parte que contrató a un CASp, siempre y cuando la base de la supuesta responsabilidad del demandado sea una demanda de accesibilidad relacionada con la construcción. Para determinar si un demandado es un demandado cualificado, el tribunal no necesita hacer una determinación de que el lugar de alojamiento público cumple con todas las normas de accesibilidad relacionadas con la construcción aplicables de pleno derecho. El tribunal solo necesita determinar que el lugar de alojamiento público tiene un estado de “cumple con las normas aplicables” o “inspeccionado por un CASp”.
(9)CA Derecho Civil Code § 55.52(a)(9) “Sitio” significa un lugar de alojamiento público.
(b)CA Derecho Civil Code § 55.52(b) A menos que se indique lo contrario, los términos utilizados en esta parte relacionados con el procedimiento civil tienen los mismos significados que esos términos tienen en el Código de Procedimiento Civil.

Section § 55.53

Explanation

Esta sección describe los deberes y requisitos para los Especialistas Certificados en Acceso (CASp) al inspeccionar sitios para verificar el cumplimiento de los estándares de accesibilidad relacionados con la construcción. Deben proporcionar un informe detallado después de las inspecciones, indicando si el sitio cumple con los estándares o necesita correcciones. Los negocios tienen obligaciones específicas de exhibir avisos y presentar documentos cuando se realizan las inspecciones. También establece los roles de las agencias locales en la contratación de especialistas certificados y la gestión de solicitudes de consulta. Además, detalla el proceso para la emisión y gestión de certificados de inspección de accesibilidad para discapacitados. Finalmente, destaca que la contratación de un CASp es voluntaria para propietarios e inquilinos.

(a)CA Derecho Civil Code § 55.53(a) Para los fines de esta parte, un especialista certificado en acceso (CASp) deberá, al finalizar la inspección de un sitio, cumplir con lo siguiente:
(1)CA Derecho Civil Code § 55.53(a)(1) Para un sitio que cumple con los estándares aplicables, si el CASp determina que el sitio cumple con todos los estándares de accesibilidad relacionados con la construcción aplicables, el CASp deberá proporcionar un informe de inspección por escrito a la parte solicitante que incluya ambos de los siguientes:
(A)CA Derecho Civil Code § 55.53(a)(1)(A) Una identificación y descripción de las estructuras y áreas inspeccionadas del sitio.
(B)CA Derecho Civil Code § 55.53(a)(1)(B) Una declaración firmada y fechada que incluya ambos de los siguientes:
(i)CA Derecho Civil Code § 55.53(a)(1)(B)(i) Una declaración de que, en opinión del CASp, las estructuras y áreas inspeccionadas del sitio cumplen con los estándares de accesibilidad relacionados con la construcción. La declaración deberá indicar claramente si la determinación del CASp incluye una evaluación de la eliminación de barreras fácilmente realizable.
(ii)CA Derecho Civil Code § 55.53(a)(1)(B)(ii) Si se realizaron correcciones como resultado de la inspección del CASp, una lista detallada de todas las correcciones y las fechas de finalización.
(2)CA Derecho Civil Code § 55.53(a)(2) Para un sitio inspeccionado por un CASp, si el CASp determina que se necesitan correcciones en el sitio para que este cumpla con todos los estándares de accesibilidad relacionados con la construcción aplicables, el CASp deberá proporcionar un informe de inspección por escrito, firmado y fechado, a la parte solicitante que incluya todo lo siguiente:
(A)CA Derecho Civil Code § 55.53(a)(2)(A) Una identificación y descripción de las estructuras y áreas inspeccionadas del sitio.
(B)CA Derecho Civil Code § 55.53(a)(2)(B) La fecha de la inspección.
(C)CA Derecho Civil Code § 55.53(a)(2)(C) Una declaración de que, en opinión del CASp, las estructuras y áreas inspeccionadas del sitio necesitan corrección para cumplir con los estándares de accesibilidad relacionados con la construcción. Esta declaración deberá indicar claramente si la determinación del CASp incluye una evaluación de la eliminación de barreras fácilmente realizable.
(D)CA Derecho Civil Code § 55.53(a)(2)(D) Una identificación y descripción de las estructuras o áreas del sitio que necesitan corrección y la corrección necesaria.
(E)CA Derecho Civil Code § 55.53(a)(2)(E) Un cronograma de finalización para cada una de las correcciones dentro de un plazo razonable.
(3)CA Derecho Civil Code § 55.53(a)(3) El CASp deberá proporcionar, dentro de los 30 días siguientes a la fecha de la inspección de un negocio que califique para las disposiciones del subpárrafo (A) del párrafo (3) de la subdivisión (g) de la Sección 55.56, una copia de un informe preparado de conformidad con dicho subpárrafo al negocio.
(4)CA Derecho Civil Code § 55.53(a)(4) El CASp deberá presentar, dentro de los 10 días siguientes a la inspección de un negocio de conformidad con el subpárrafo (A) del párrafo (3) de la subdivisión (g) de la Sección 55.56, un aviso al Arquitecto del Estado para su publicación en el sitio web del Arquitecto del Estado, según lo dispuesto por la subdivisión (d) de la Sección 4459.7 del Código de Gobierno, indicando que el CASp ha inspeccionado el negocio, el nombre y la dirección del negocio, la fecha de la presentación, la fecha de la inspección del negocio, el nombre y número de licencia del CASp, y una descripción de la estructura o área inspeccionada por el CASp.
(5)CA Derecho Civil Code § 55.53(a)(5) El CASp deberá colocar el aviso descrito en el párrafo (4), en un formato prescrito por el Arquitecto del Estado, en un lugar visible a menos de cinco pies de todas las entradas públicas del edificio en la fecha de la inspección e instruir al negocio para que lo mantenga en su lugar hasta la primera de las siguientes fechas:
(A)CA Derecho Civil Code § 55.53(a)(5)(A) Ciento veinte días después de la fecha de la inspección.
(B)CA Derecho Civil Code § 55.53(a)(5)(B) La fecha en que se corrijan todas las infracciones relacionadas con la construcción en la estructura o área inspeccionada por el CASp.
(b)CA Derecho Civil Code § 55.53(b) Para los fines de esta sección, al determinar si el sitio cumple con los estándares de accesibilidad relacionados con la construcción aplicables cuando existe un conflicto o diferencia entre una disposición, estándar o regulación estatal y federal, se aplicará la disposición, estándar o regulación estatal a menos que la disposición, estándar o regulación federal sea más protectora de los derechos de accesibilidad.
(c)CA Derecho Civil Code § 55.53(c) Todo CASp que realice una inspección de un lugar de alojamiento público deberá, al completar la inspección del sitio, proporcionar al propietario o inquilino del edificio que solicitó la inspección el siguiente aviso, que el Arquitecto del Estado deberá poner a disposición como formulario en el sitio web del Arquitecto del Estado:
SE LE ACONSEJA CONSERVAR EN SUS REGISTROS CUALQUIER INFORME DE INSPECCIÓN ESCRITO Y CUALQUIER OTRA DOCUMENTACIÓN RELACIONADA CON EL SITIO DE SU PROPIEDAD QUE LE SEA ENTREGADA POR UN ESPECIALISTA CERTIFICADO EN ACCESO.
SI USTED SE CONVIERTE EN DEMANDADO EN UN LITIGIO QUE INCLUYE UNA RECLAMACIÓN RELACIONADA CON UN SITIO INSPECCIONADO POR UN ESPECIALISTA CERTIFICADO EN ACCESO, USTED PODRÍA TENER DERECHO A UNA SUSPENSIÓN JUDICIAL (UNA ORDEN QUE DETIENE TEMPORALMENTE CUALQUIER LITIGIO) DE LA RECLAMACIÓN Y A UNA CONFERENCIA DE EVALUACIÓN TEMPRANA.
PARA SOLICITAR LA SUSPENSIÓN Y LA CONFERENCIA DE EVALUACIÓN TEMPRANA, DEBERÁ VERIFICAR QUE UN ESPECIALISTA CERTIFICADO EN ACCESO HA INSPECCIONADO EL SITIO OBJETO DE LA RECLAMACIÓN. TAMBIÉN SE LE REQUERIRÁ PROPORCIONAR AL TRIBUNAL Y AL DEMANDANTE UNA COPIA DEL INFORME DE INSPECCIÓN ESCRITO DEL ESPECIALISTA CERTIFICADO EN ACCESO, SEGÚN LO ESTABLECIDO EN LA SECCIÓN 55.54 DEL CÓDIGO CIVIL. EL FORMULARIO DE SOLICITUD Y LA INFORMACIÓN SOBRE CÓMO SOLICITAR UNA SUSPENSIÓN Y UNA CONFERENCIA DE EVALUACIÓN TEMPRANA SE PUEDEN OBTENER EN www.courts.ca.gov/selfhelp-start.htm.
USTED TIENE DERECHO A SOLICITAR, A UN ESPECIALISTA CERTIFICADO EN ACCESO QUE HAYA REALIZADO UNA INSPECCIÓN DE SU PROPIEDAD, UN INFORME DE INSPECCIÓN ESCRITO Y OTRA DOCUMENTACIÓN SEGÚN LO ESTABLECIDO EN LA SECCIÓN 55.53 DEL CÓDIGO CIVIL. TAMBIÉN TIENE DERECHO A SOLICITAR LA EMISIÓN DE UN CERTIFICADO DE INSPECCIÓN DE ACCESIBILIDAD PARA DISCAPACITADOS, EL CUAL PUEDE COLOCAR EN SU PROPIEDAD.
(d)Copy CA Derecho Civil Code § 55.53(d)
(1)Copy CA Derecho Civil Code § 55.53(d)(1) A partir del 1 de julio de 2010, una agencia local deberá emplear o contratar al menos un inspector de edificios que sea especialista certificado en acceso. El especialista certificado en acceso deberá proporcionar consultoría a la agencia local, a los solicitantes de permisos y a los miembros del público sobre el cumplimiento de los estándares estatales de accesibilidad relacionados con la construcción con respecto a las inspecciones de un lugar de alojamiento público que se relacionen con permisos, revisiones de planos o nuevas construcciones, incluyendo, entre otros, las inspecciones relacionadas con mejoras para inquilinos que puedan afectar el acceso. Si una agencia local emplea o contrata a dos o más especialistas certificados en acceso para cumplir con esta subdivisión, al menos la mitad de los especialistas certificados en acceso deberán ser inspectores de edificios que sean especialistas certificados en acceso.
(2)CA Derecho Civil Code § 55.53(d)(2) A partir del 1 de enero de 2014, una agencia local deberá emplear o contratar un número suficiente de inspectores de edificios que sean especialistas certificados en acceso para llevar a cabo servicios de permisos y revisión de planos para verificar el cumplimiento de los estándares estatales de accesibilidad relacionados con la construcción por parte de un lugar de alojamiento público con respecto a nuevas construcciones, incluyendo, entre otros, proyectos relacionados con mejoras para inquilinos que puedan afectar el acceso. Si una agencia local emplea o contrata a dos o más especialistas certificados en acceso para cumplir con esta subdivisión, al menos la mitad de los especialistas certificados en acceso deberán ser inspectores de edificios que sean especialistas certificados en acceso.
(3)CA Derecho Civil Code § 55.53(d)(3) Si un solicitante de permiso o un miembro del público solicita una consulta a un especialista certificado en acceso, la agencia local podrá cobrar una cantidad limitada a una tarifa horaria razonable, cuya estimación deberá proporcionarse previa solicitud antes de la consulta. Un gobierno local podrá, además, cobrar o aumentar las tarifas de permisos, revisión de planos o inspección en la medida necesaria para compensar los costos de cumplimiento de esta subdivisión. Cualquier ingreso generado por una tarifa horaria u otro cargo o aumento de tarifa bajo esta subdivisión se utilizará únicamente para compensar los costos incurridos para cumplir con esta subdivisión. Una inspección de CASp de conformidad con la subdivisión (a) realizada por un inspector de edificios que sea especialista certificado en acceso se tratará por igual a efectos legales y probatorios que una inspección realizada por un CASp privado. Nada en esta subdivisión impedirá que los solicitantes de permisos o cualquier otra persona con un interés legal en la propiedad contraten a un CASp privado en cualquier momento.
(e)Copy CA Derecho Civil Code § 55.53(e)
(1)Copy CA Derecho Civil Code § 55.53(e)(1) Todo CASp que complete una inspección de un lugar de alojamiento público deberá, al determinar que el sitio cumple con los estándares aplicables de conformidad con el párrafo (1) de la subdivisión (a) o es inspeccionado por un CASp de conformidad con el párrafo (2) de la subdivisión (a), proporcionar al propietario o inquilino del edificio que solicita la inspección un certificado numerado de inspección de accesibilidad para discapacitados que indique que el sitio ha sido inspeccionado por un especialista certificado en acceso. El certificado de inspección de accesibilidad para discapacitados deberá estar fechado y firmado por el inspector CASp, y deberá contener el nombre y número de licencia del inspector. Al emitir un certificado, el CASp deberá registrar la emisión del certificado numerado, el nombre y la dirección del destinatario, y el tipo de informe emitido de conformidad con la subdivisión (a) en un libro de registro que el CASp deberá mantener para tal fin.
(2)CA Derecho Civil Code § 55.53(e)(2) A partir del 1 de marzo de 2009, el Arquitecto del Estado deberá poner a disposición para su compra por cualquier departamento de construcción local o CASp certificados de inspección de accesibilidad para discapacitados numerados secuencialmente que estén impresos con una marca de agua u otra característica para disuadir la falsificación y que cumplan con los requisitos de información especificados en la subdivisión (a).
(3)CA Derecho Civil Code § 55.53(e)(3) El certificado de inspección de accesibilidad para discapacitados podrá exhibirse en las instalaciones del lugar de alojamiento público, a menos que, después de la fecha de inspección, el sitio inspeccionado haya sido modificado o se haya iniciado una construcción para modificar el sitio inspeccionado de una manera que pueda afectar el cumplimiento de los estándares de accesibilidad relacionados con la construcción.
(f)CA Derecho Civil Code § 55.53(f) Nada en esta sección o en cualquier otra ley tiene la intención de requerir que un propietario o inquilino contrate a un CASp. La decisión de un propietario o inquilino de no contratar a un CASp no será admisible para probar la falta de intención de esa persona de cumplir con la ley.

Section § 55.54

Explanation

Esta ley establece procedimientos para manejar demandas de accesibilidad relacionadas con la construcción. Si una empresa es demandada por no cumplir con los estándares de acceso, puede solicitar una suspensión temporal (o paralización) de la demanda y una conferencia de evaluación temprana. Esto es especialmente relevante si el sitio fue inspeccionado recientemente por un Especialista Certificado en Acceso o si la empresa es pequeña. La ley busca fomentar la corrección rápida de las infracciones, con posibles reducciones en las multas para las empresas que solucionen los problemas con prontitud. Proporciona pasos específicos para solicitar una suspensión y detalla qué pruebas y declaraciones se requieren. Las discusiones durante la conferencia de evaluación tienen como objetivo ayudar a resolver el caso y están protegidas por leyes de confidencialidad.

(a)Copy CA Derecho Civil Code § 55.54(a)
(1)Copy CA Derecho Civil Code § 55.54(a)(1) Un abogado que haga que se notifique una citación y demanda en una acción que incluya una demanda de accesibilidad relacionada con la construcción, incluyendo, entre otras, una demanda presentada conforme a la Sección 51, 54, 54.1 o 55, deberá, al mismo tiempo, hacer que se notifique al demandado una copia del formulario de solicitud especificado en la subdivisión (c) y una copia del siguiente aviso, incluyendo, hasta el 1 de enero de 2013, el texto entre corchetes, en documentos separados que se notificarán junto con la citación y demanda:
AVISO DE ASESORAMIENTO AL DEMANDADO
USTED PUEDE TENER DERECHO A SOLICITAR UNA SUSPENSIÓN JUDICIAL (UNA ORDEN QUE DETIENE TEMPORALMENTE CUALQUIER DEMANDA) Y UNA CONFERENCIA DE EVALUACIÓN TEMPRANA EN ESTA DEMANDA Y PUEDE SER EVALUADO CON DAÑOS Y PERJUICIOS ESTATUTARIOS REDUCIDOS SI CUMPLE CIERTAS CONDICIONES.
Si la demanda de accesibilidad relacionada con la construcción se refiere a un sitio que tiene un informe de inspección de un Especialista Certificado en Acceso (CASp) para ese sitio, o a un sitio donde la nueva construcción o mejora fue aprobada después del 1 de enero de 2008, por el proceso local de permisos de construcción e inspección, usted puede hacer una solicitud inmediata de una suspensión judicial y una conferencia de evaluación temprana en la demanda de accesibilidad relacionada con la construcción presentando el formulario de solicitud adjunto ante el tribunal. Usted puede tener derecho a la suspensión judicial y a la conferencia de evaluación temprana con respecto a la demanda de accesibilidad solo si TODAS las declaraciones en el formulario de solicitud aplicables a usted son verdaderas.
ADEMÁS, si usted es un demandado descrito anteriormente (con un informe de inspección CASp o con una nueva construcción posterior al 1 de enero de 2008), y, a su leal saber y entender, no se han completado o iniciado modificaciones o alteraciones desde el informe CASp o la aprobación del departamento de construcción de la nueva construcción o mejora que hayan afectado el cumplimiento de los estándares de accesibilidad relacionados con la construcción con respecto a la demanda del demandante, su responsabilidad por los daños y perjuicios estatutarios mínimos puede reducirse a $1,000 por cada infracción, a menos que la violación haya sido intencional, y si todas las violaciones de accesibilidad relacionadas con la construcción que dieron origen a la demanda se corrigen dentro de los 60 días siguientes a la notificación de esta demanda.
TAMBIÉN, si su negocio ha sido notificado con una demanda presentada por un litigante de alta frecuencia, según se define en la subdivisión (b) de la Sección 425.55 del Código de Procedimiento Civil, que alega una demanda de accesibilidad relacionada con la construcción, incluyendo, entre otras, una demanda presentada conforme a la Sección 51, 54, 54.1 o 55 del Código Civil, usted también puede tener derecho a una suspensión judicial y a una conferencia de evaluación temprana. Si elige solicitar una suspensión y una conferencia de evaluación temprana, también puede solicitar reunirse en persona con el demandante y los abogados de ambas partes, así como con expertos si las partes así lo eligen, en las instalaciones en cuestión a más tardar 30 días después de la emisión de la orden judicial para inspeccionar conjuntamente las partes de las instalaciones en cuestión y revisar cualquier condición que se alegue que constituye una violación de un estándar de accesibilidad relacionado con la construcción.
ADEMÁS, si su negocio es una pequeña empresa que, durante los tres años anteriores, o la existencia del negocio si es menos de tres años, emplea en promedio 25 o menos empleados durante ese período de tiempo y cumple con los criterios de ingresos brutos especificados, usted también puede tener derecho a la suspensión judicial y a la conferencia de evaluación temprana y sus daños y perjuicios estatutarios mínimos por cada demanda pueden reducirse a $2,000 por cada infracción, a menos que la violación haya sido intencional, y si todas las supuestas violaciones de accesibilidad relacionadas con la construcción se corrigen dentro de los 30 días siguientes a la notificación de la demanda.
Si planea corregir las infracciones que dieron origen a la demanda, debe tomar fotografías y medidas o acciones similares para documentar la condición de la barrera física que se alega como base de una infracción antes de emprender cualquier acción correctiva en caso de que un tribunal necesite ver la condición de una barrera antes de que fuera corregida.
El tribunal programará la conferencia para que se celebre dentro de los 70 días siguientes a la presentación del formulario de solicitud adjunto.
[Si usted no es un demandado con un informe de inspección CASp, hasta que el Consejo Judicial adopte un formulario, puede usar el formulario adjunto si lo modifica y lo complementa con su declaración jurada que establezca cualquiera de los siguientes:
(1)CA Derecho Civil Code § 55.54(1) Hasta el 1 de enero de 2018, que la nueva construcción o mejora del sitio a partir del 1 de enero de 2008 y antes del 1 de enero de 2016, fue aprobada conforme al proceso local de permisos de construcción e inspección; que, a su leal saber y entender, no se han completado o iniciado modificaciones o alteraciones desde la aprobación del departamento de construcción que hayan afectado el cumplimiento de los estándares de accesibilidad relacionados con la construcción con respecto a la demanda del demandante; y que todas las infracciones que dieron origen a la demanda han sido corregidas, o serán corregidas dentro de los 60 días siguientes a la notificación de la demanda.
(2)CA Derecho Civil Code § 55.54(2) Que la nueva construcción o mejora del sitio pasó la inspección de un inspector del departamento de construcción local que es un especialista certificado en acceso; que, a su leal saber y entender, no se han completado o iniciado modificaciones o alteraciones desde esa aprobación de inspección que hayan afectado el cumplimiento de los estándares de accesibilidad relacionados con la construcción con respecto a la demanda del demandante; y que todas las infracciones que dieron origen a la demanda han sido corregidas, o serán corregidas dentro de los 60 días siguientes a la notificación de la demanda.
(3)CA Derecho Civil Code § 55.54(3) Que su negocio es una pequeña empresa con 25 o menos empleados y cumple con los criterios de ingresos brutos establecidos en la Sección 55.56 del Código Civil, y que todas las infracciones que dieron origen a la demanda han sido corregidas, o serán corregidas dentro de los 30 días siguientes a la notificación de la demanda.]
El tribunal también emitirá una suspensión inmediata de los procedimientos a menos que el demandante haya obtenido una medida cautelar temporal en la demanda de accesibilidad relacionada con la construcción. Puede obtener una copia del formulario de solicitud, las instrucciones de presentación y información adicional sobre la suspensión y la conferencia de evaluación temprana a través del sitio web del Consejo Judicial en www.courts.ca.gov/selfhelp-start.htm.
Puede presentar la solicitud después de que se le notifique una citación y demanda, pero a más tardar en su primer escrito o comparecencia judicial en este caso, que vence dentro de los 30 días siguientes a la recepción de la citación y demanda. Si no presenta la solicitud, aún deberá presentar su respuesta a la demanda dentro de los 30 días siguientes a la recepción de la citación y demanda para impugnarla. Puede obtener más información sobre cómo representarse a sí mismo y cómo presentar una respuesta sin contratar a un abogado en www.courts.ca.gov/selfhelp-start.htm.
Puede presentar la solicitud sin la asistencia de un abogado, pero puede ser en su mejor interés buscar inmediatamente la asistencia de un abogado con experiencia en leyes de acceso para discapacitados cuando reciba una citación y demanda. Puede hacer una oferta para resolver el caso, y puede ser en su interés poner esa oferta por escrito para que pueda ser considerada bajo la Sección 55.55 del Código Civil.
(2)CA Derecho Civil Code § 55.54(2) Un abogado que presente un Aviso de Sustitución de Abogado para comparecer como abogado de un demandante que, actuando en causa propia, había presentado previamente una demanda en una acción que incluye una demanda de accesibilidad relacionada con la construcción, incluyendo, entre otras, una demanda presentada conforme a la Sección 51, 54, 54.1 o 55, deberá, al mismo tiempo, hacer que se notifique una copia del formulario de solicitud especificado en la subdivisión (c) y una copia del aviso especificado en el párrafo (1) al demandado en páginas separadas que se adjuntarán al Aviso de Sustitución de Abogado.
(b)Copy CA Derecho Civil Code § 55.54(b)
(1)Copy CA Derecho Civil Code § 55.54(b)(1) No obstante cualquier otra ley, al ser notificado con una citación y demanda que alega una demanda de accesibilidad relacionada con la construcción, incluyendo, entre otras, una demanda presentada conforme a la Sección 51, 54, 54.1 o 55, un demandado calificado, u otro demandado según se define en el párrafo (2), puede presentar una solicitud de suspensión judicial y de conferencia de evaluación temprana en los procedimientos de esa demanda antes o simultáneamente con el escrito de contestación o cualquier otra comparecencia inicial de ese demandado en la acción que incluye la demanda. Si ese demandado presentó una solicitud oportuna de suspensión y conferencia de evaluación temprana antes de la fecha de vencimiento de un escrito de contestación, el período para presentar un escrito de contestación se suspenderá hasta que se levante la suspensión. Cualquier escrito de contestación presentado simultáneamente con una solicitud de suspensión y conferencia de evaluación temprana puede ser modificado sin perjuicio, y el período para presentar esa modificación se suspenderá hasta que se levante la suspensión.
(2)CA Derecho Civil Code § 55.54(b)(2) Esta subdivisión también se aplicará a un demandado si se cumple cualquiera de los siguientes:
(A)CA Derecho Civil Code § 55.54(b)(2)(A) Hasta el 1 de enero de 2018, la nueva construcción o mejora del sitio a partir del 1 de enero de 2008 y antes del 1 de enero de 2016, fue aprobada conforme al proceso local de permisos de construcción e inspección, y el demandado declara con la solicitud que, a su leal saber y entender, no se han completado o iniciado modificaciones o alteraciones desde esa aprobación que hayan afectado el cumplimiento de los estándares de accesibilidad relacionados con la construcción con respecto a la demanda del demandante, y que todas las infracciones han sido corregidas, o serán corregidas dentro de los 60 días siguientes a la notificación de la demanda.
(B)CA Derecho Civil Code § 55.54(b)(2)(B) La nueva construcción o mejora del sitio fue aprobada por un inspector del departamento de construcción público local que es un especialista certificado en acceso, y el demandado declara con la solicitud que, a su leal saber y entender, no se han completado o iniciado modificaciones o alteraciones desde esa aprobación que hayan afectado el cumplimiento de los estándares de accesibilidad relacionados con la construcción con respecto a la demanda del demandante, y que todas las infracciones han sido corregidas, o serán corregidas dentro de los 60 días siguientes a la notificación de la demanda.
(C)CA Derecho Civil Code § 55.54(b)(2)(C) El demandado es una pequeña empresa descrita en la subdivisión (f) de la Sección 55.56, y el demandado declara con la solicitud que todas las infracciones han sido corregidas, o serán corregidas dentro de los 30 días siguientes a la notificación de la demanda.
(D)CA Derecho Civil Code § 55.54(b)(2)(D) El demandado es una empresa que ha sido notificada con una demanda presentada por un litigante de alta frecuencia, según se define en la subdivisión (b) de la Sección 425.55 del Código de Procedimiento Civil, que alega una demanda de accesibilidad relacionada con la construcción, incluyendo, entre otras, una demanda presentada conforme a la Sección 51, 54, 54.1 o 55.
(3)CA Derecho Civil Code § 55.54(b)(3) No obstante cualquier otra ley, si el demandante había actuado en causa propia al presentar una demanda que incluye una demanda de accesibilidad relacionada con la construcción, incluyendo, entre otras, una demanda presentada conforme a la Sección 51, 54, 54.1 o 55, un demandado calificado, o un demandado descrito en el párrafo (2), que sea notificado con un Aviso de Sustitución de Abogado tendrá 30 días para presentar una solicitud de suspensión y una conferencia de evaluación temprana. La solicitud puede presentarse antes o después de que el demandado presente un escrito de contestación o cualquier otra comparecencia inicial en la acción que incluye la demanda, excepto que no se puede presentar una solicitud en una demanda en la que ya se haya celebrado una conferencia de evaluación temprana o una conferencia de conciliación sobre la demanda.
(c)Copy CA Derecho Civil Code § 55.54(c)
(1)Copy CA Derecho Civil Code § 55.54(c)(1) Una solicitud de conferencia de evaluación temprana y suspensión por parte de un demandado calificado deberá incluir una declaración firmada que establezca ambas de las siguientes:
(A)CA Derecho Civil Code § 55.54(c)(1)(A) El sitio identificado en la demanda ha sido inspeccionado por un CASp o cumple con los estándares aplicables, o está pendiente de determinación CASp o ha sido inspeccionado por un CASp, y si el sitio ha sido inspeccionado por un CASp o cumple con los estándares aplicables, no se han completado o iniciado modificaciones desde la fecha de inspección que puedan afectar el cumplimiento de los estándares de accesibilidad relacionados con la construcción, a leal saber y entender del demandado.
(B)CA Derecho Civil Code § 55.54(c)(1)(B) Un informe de inspección relativo al sitio ha sido emitido por un CASp. El informe de inspección deberá proporcionarse al tribunal y al demandante al menos 15 días antes de la fecha judicial fijada para la conferencia de evaluación temprana.
(2)CA Derecho Civil Code § 55.54(c)(2) Una solicitud de conferencia de evaluación temprana y suspensión por parte de un demandado descrito en el subpárrafo (A) del párrafo (2) de la subdivisión (b), que puede presentarse hasta el 1 de enero de 2018, deberá incluir una declaración firmada que establezca todo lo siguiente:
(A)CA Derecho Civil Code § 55.54(c)(2)(A) La nueva construcción o mejora del sitio fue aprobada conforme al proceso local de permisos de construcción e inspección a partir del 1 de enero de 2008 y antes del 1 de enero de 2016.
(B)CA Derecho Civil Code § 55.54(c)(2)(B) A leal saber y entender del demandado, no se han completado o iniciado modificaciones o alteraciones desde esa aprobación que hayan afectado el cumplimiento de los estándares de accesibilidad relacionados con la construcción con respecto a la demanda del demandante.
(C)CA Derecho Civil Code § 55.54(c)(2)(C) Todas las infracciones relacionadas con la construcción que dieron origen a la demanda han sido corregidas, o serán corregidas dentro de los 60 días siguientes a la notificación de la demanda al demandado.
(3)CA Derecho Civil Code § 55.54(c)(3) Una solicitud de conferencia de evaluación temprana y suspensión por parte de un demandado descrito en el subpárrafo (B) del párrafo (2) de la subdivisión (b) deberá incluir una declaración firmada que establezca todo lo siguiente:
(A)CA Derecho Civil Code § 55.54(c)(3)(A) La nueva construcción o mejora del sitio fue aprobada por un inspector del departamento de construcción local que es un especialista certificado en acceso.
(B)CA Derecho Civil Code § 55.54(c)(3)(B) A leal saber y entender del demandado, no se han completado o iniciado modificaciones o alteraciones desde esa aprobación que hayan afectado el cumplimiento de los estándares de accesibilidad relacionados con la construcción con respecto a la demanda del demandante.
(C)CA Derecho Civil Code § 55.54(c)(3)(C) Todas las infracciones relacionadas con la construcción que dieron origen a la demanda han sido corregidas, o serán corregidas dentro de los 60 días siguientes a la notificación de la demanda al demandado.
(4)CA Derecho Civil Code § 55.54(c)(4) Una solicitud de conferencia de evaluación temprana y suspensión por parte de un demandado descrito en el subpárrafo (C) del párrafo (2) de la subdivisión (b) deberá incluir los materiales enumerados en los párrafos (5) y (6) de esta subdivisión, y deberá incluir una declaración firmada que establezca ambas de las siguientes:
(A)CA Derecho Civil Code § 55.54(c)(4)(A) El demandado es una pequeña empresa que emplea a 25 o menos empleados y cumple con los criterios de elegibilidad de ingresos brutos establecidos en el párrafo (2) de la subdivisión (f) de la Sección 55.56.
(B)CA Derecho Civil Code § 55.54(c)(4)(B) Todas las infracciones relacionadas con la construcción que dieron origen a la demanda han sido corregidas, o serán corregidas dentro de los 30 días siguientes a la notificación de la demanda al demandado.
(5)CA Derecho Civil Code § 55.54(c)(5) Una solicitud de conferencia de evaluación temprana y suspensión por parte de un demandado de pequeña empresa bajo el párrafo (4) deberá incluir pruebas que demuestren la corrección de todas las infracciones dentro de los 30 días siguientes a la notificación de la demanda y notificadas al demandante con la respuesta, a menos que la solicitud se presente antes de la finalización de las correcciones. En ese caso, la prueba deberá proporcionarse al tribunal y notificarse al demandante dentro de los 10 días siguientes a la orden judicial según lo dispuesto en el párrafo (4) de la subdivisión (d). Este párrafo no se interpretará para extender el tiempo permitido bajo la subdivisión (f) de la Sección 55.56 para realizar las correcciones.
(6)CA Derecho Civil Code § 55.54(c)(6) Una solicitud de conferencia de evaluación temprana y suspensión por parte de un demandado de pequeña empresa bajo el párrafo (4) también deberá incluir ambos de los siguientes, que serán documentos confidenciales presentados solo ante el tribunal y no notificados ni disponibles para el demandante:
(A)CA Derecho Civil Code § 55.54(c)(6)(A) Prueba del número de empleados del demandado, según se muestra en los formularios de informe salarial presentados ante el Departamento de Desarrollo del Empleo.
(B)CA Derecho Civil Code § 55.54(c)(6)(B) Prueba de los ingresos brutos promedio del demandado durante los tres años anteriores, o durante la existencia del negocio si es menos de tres años, según se muestra en un documento fiscal federal o estatal.
(7)CA Derecho Civil Code § 55.54(c)(7) Una solicitud de conferencia de evaluación temprana y suspensión por parte de un demandado descrito en el subpárrafo (D) del párrafo (2) de la subdivisión (b) deberá incluir una declaración firmada de que el demandado fue notificado con una demanda presentada por un litigante de alta frecuencia, según se define en la subdivisión (b) de la Sección 425.55 del Código de Procedimiento Civil, que alega una demanda de accesibilidad relacionada con la construcción, incluyendo, entre otras, una demanda presentada conforme a la Sección 51, 54, 54.1 o 55.
(8)CA Derecho Civil Code § 55.54(c)(8) Los siguientes formularios provisionales de solicitud y aviso pueden ser utilizados y presentados por un demandado calificado hasta que el Consejo Judicial adopte formularios para esos fines conforme a la subdivisión (l):

* * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * *

AVISO DE TEXTO INCOMPLETO: Los formularios relacionados con
Suspensión de Procedimientos y Conferencia de Evaluación Temprana
aparecen en el proyecto de ley publicado y capitulado.
Véase la Sec. 4, Capítulo 755 (págs. 23–25), Estatutos de 2015.

* * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * *
(9)CA Derecho Civil Code § 55.54(9) Los formularios provisionales y cualquier formulario de reemplazo del Consejo Judicial deberán incluir la declaración de prueba de notificación de la solicitud del demandado, el aviso de la orden del tribunal y la orden del tribunal conforme a la subdivisión (d).
(d)CA Derecho Civil Code § 55.54(d) Al presentar una solicitud de suspensión y conferencia de evaluación temprana por parte de un demandado calificado, o un demandado descrito en el párrafo (2) de la subdivisión (b), el tribunal emitirá inmediatamente una orden que haga todo lo siguiente:
(1)CA Derecho Civil Code § 55.54(d)(1) Concede una suspensión de 90 días de los procedimientos con respecto a la demanda de accesibilidad relacionada con la construcción, a menos que el demandante haya obtenido una medida cautelar temporal que aún esté vigente para la demanda de accesibilidad relacionada con la construcción.
(2)CA Derecho Civil Code § 55.54(d)(2) Programa una conferencia de evaluación temprana obligatoria para una fecha lo antes posible a partir de la fecha de la orden, pero en ningún caso más de 70 días después de la emisión de la orden, y en ningún caso antes de 50 días después de la presentación de la solicitud.
(3)CA Derecho Civil Code § 55.54(d)(3) Ordena a las partes, y a cualquier otra persona cuya autoridad sea requerida para negociar y celebrar un acuerdo, que comparezcan en persona en el momento fijado para la conferencia. La comparecencia por parte del abogado no satisfará el requisito de que las partes o aquellos con autoridad para negociar y llegar a un acuerdo comparezcan personalmente; sin embargo, el tribunal puede permitir que una parte que no pueda asistir en persona debido a su discapacidad participe en la audiencia por teléfono u otros medios alternativos o a través de un representante autorizado para resolver el caso.
(4)Copy CA Derecho Civil Code § 55.54(d)(4)
(A)Copy CA Derecho Civil Code § 55.54(d)(4)(A) Ordena al demandado calificado que presente ante el tribunal y notifique al demandante una copia de cualquier informe de inspección CASp relevante al menos 15 días antes de la fecha de la conferencia. El informe de inspección CASp es confidencial y solo está disponible según lo establecido en el párrafo (5) de esta subdivisión y en el párrafo (4) de la subdivisión (e).
(B)CA Derecho Civil Code § 55.54(d)(4)(A)(B) Ordena a un demandado descrito en el subpárrafo (A) o (B) del párrafo (2) de la subdivisión (b) que haya presentado una declaración indicando que la infracción o infracciones han sido corregidas, o serán corregidas dentro de los 60 días siguientes a la notificación de la demanda, que presente ante el tribunal y notifique al demandante pruebas que demuestren la corrección de la infracción o infracciones dentro de los 10 días naturales siguientes a la finalización de las correcciones.
(C)CA Derecho Civil Code § 55.54(d)(4)(A)(C) Ordena a un demandado descrito en el subpárrafo (C) del párrafo (2) de la subdivisión (b) que haya presentado una declaración indicando que la infracción o infracciones han sido corregidas, o serán corregidas dentro de los 30 días siguientes a la notificación de la demanda, que presente ante el tribunal y notifique al demandante dentro de los 10 días siguientes a la emisión de la orden judicial pruebas de la corrección de la infracción o infracciones, si esa prueba de corrección no se presentó previamente con la solicitud y se notificó al demandante.
(5)CA Derecho Civil Code § 55.54(d)(5) Ordena a las partes que el informe de inspección CASp solo puede divulgarse al tribunal, a las partes en la acción, a los abogados de las partes, a las personas empleadas o contratadas por los abogados para ayudar en el litigio, y a los representantes de seguros u otros involucrados en la evaluación y resolución del caso.
(6)CA Derecho Civil Code § 55.54(d)(6) Si el demandado así lo solicita, ordena a las partes que a más tardar 30 días después de la emisión de la orden judicial, las partes y sus abogados, acompañados por sus expertos si las partes así lo eligen, se reúnan en persona en las instalaciones en cuestión. Inspeccionarán conjuntamente las partes de las instalaciones en cuestión, y revisarán cualquier problema programático o de política, que se alegue que constituye una violación de un estándar de accesibilidad relacionado con la construcción. El tribunal puede permitir que un demandante que no pueda reunirse en persona en las instalaciones en cuestión sea excusado de participar en una visita al sitio o participe por teléfono u otros medios alternativos por causa justificada. Un demandante o el abogado del demandante no está obligado, pero puede aceptar, a asistir a más de una reunión en persona en el sitio. Una inspección del sitio conforme a este párrafo no afectará el derecho de las partes a realizar descubrimientos apropiados de otra manera.
(7)CA Derecho Civil Code § 55.54(d)(7) Ordena al demandante que presente ante el tribunal y notifique al demandado al menos 15 días antes de la fecha de la conferencia una declaración que incluya, en la medida en que sea razonablemente conocido, para uso exclusivo a efectos de la conferencia de evaluación temprana, todo lo siguiente:
(A)CA Derecho Civil Code § 55.54(d)(7)(A) Una lista detallada de las condiciones específicas en las instalaciones en cuestión que son la base de las supuestas violaciones de los estándares de accesibilidad relacionados con la construcción en la demanda del demandante.
(B)CA Derecho Civil Code § 55.54(d)(7)(B) El monto de los daños y perjuicios reclamados.
(C)CA Derecho Civil Code § 55.54(d)(7)(C) El monto de los honorarios de abogado y los costos incurridos hasta la fecha, si los hubiera, que se están reclamando.
(D)CA Derecho Civil Code § 55.54(d)(7)(D) Cualquier demanda de resolución del caso en su totalidad.
(e)Copy CA Derecho Civil Code § 55.54(e)
(1)Copy CA Derecho Civil Code § 55.54(e)(1) Una parte que no cumpla con cualquier orden judicial puede estar sujeta a sanciones judiciales a discreción del tribunal.
(2)Copy CA Derecho Civil Code § 55.54(e)(2)
(A)Copy CA Derecho Civil Code § 55.54(e)(2)(A) El tribunal levantará la suspensión cuando el demandado no haya presentado y notificado el informe de inspección CASp antes de la conferencia de evaluación temprana y tampoco haya presentado el informe en el momento de la conferencia de evaluación temprana, a menos que el demandado demuestre una causa justificada para esa omisión.
(B)CA Derecho Civil Code § 55.54(e)(2)(A)(B) El tribunal levantará la suspensión cuando un demandado descrito en el párrafo (2) de la subdivisión (b) no haya presentado y notificado las pruebas que demuestren la corrección de la infracción o infracciones según lo exige la ley.
(3)CA Derecho Civil Code § 55.54(e)(3) El tribunal puede levantar la suspensión al concluir la conferencia de evaluación temprana previa demostración de causa justificada por parte del demandante. La causa justificada puede incluir la falta del demandado de avanzar de manera razonablemente oportuna hacia la finalización de las correcciones señaladas por un CASp.
(4)CA Derecho Civil Code § 55.54(e)(4) El informe de inspección CASp presentado y notificado conforme a la subdivisión (d) permanecerá confidencial durante toda la suspensión y seguirá siendo confidencial hasta la conclusión de la demanda, ya sea por desestimación, acuerdo o sentencia final, a menos que exista una demostración de causa justificada por cualquiera de las partes. La causa justificada puede incluir la falta del demandado de avanzar de manera razonablemente oportuna hacia la finalización de las correcciones señaladas por un CASp. La confidencialidad del informe de inspección terminará al concluir la demanda, a menos que el propietario del informe obtenga una orden judicial conforme a las Reglas de la Corte de California para sellar el registro.
(f)CA Derecho Civil Code § 55.54(f) Todas las discusiones en la conferencia de evaluación temprana estarán sujetas a la Sección 1152 del Código de Pruebas. Es la intención de la Legislatura que el propósito de la conferencia de evaluación incluya, entre otros, la evaluación de todo lo siguiente, según corresponda:
(1)CA Derecho Civil Code § 55.54(f)(1) Si el demandado tiene derecho a la suspensión de 90 días para algunos o todos los problemas identificados en el caso, como demandado calificado.
(2)CA Derecho Civil Code § 55.54(f)(2) La condición actual del sitio y el estado de cualquier plan de correcciones, incluyendo si el demandado calificado ha corregido o está dispuesto a corregir las supuestas infracciones, y el cronograma para hacerlo.
(3)CA Derecho Civil Code § 55.54(f)(3) Si la subdivisión (f) de la Sección 55.56 puede ser aplicable al caso, y si todas las infracciones que dieron origen a la demanda han sido corregidas dentro de los plazos especificados.
(4)CA Derecho Civil Code § 55.54(f)(4) Si el caso, incluyendo cualquier demanda por daños y perjuicios o medida cautelar, puede resolverse en su totalidad o en parte.
(5)CA Derecho Civil Code § 55.54(f)(5) Si las partes deben compartir otra información que pueda facilitar la evaluación temprana y la resolución de la disputa.
(g)CA Derecho Civil Code § 55.54(g) Nada en esta sección impide que ninguna parte haga una oferta de transacción conforme a la Sección 998 del Código de Procedimiento Civil.
(h)CA Derecho Civil Code § 55.54(h) Para una demanda que involucre a un demandado calificado, según lo dispuesto en el párrafo (1) de la subdivisión (b), el tribunal puede programar conferencias adicionales y puede extender la suspensión de 90 días por causa justificada, pero sin exceder una extensión adicional de 90 días.
(i)CA Derecho Civil Code § 55.54(i) Las conferencias de evaluación temprana serán conducidas por un juez o comisionado del tribunal superior, o un funcionario de conferencias de evaluación temprana del tribunal. Un comisionado no estará calificado para conducir conferencias de evaluación temprana conforme a esta subdivisión a menos que haya recibido capacitación sobre los requisitos de acceso para discapacitados impuestos por la Ley de Estadounidenses con Discapacidades de 1990 (Ley Pública 101-336; 42 U.S.C. Sec. 12101 y ss.), las leyes estatales que rigen el acceso a las instalaciones públicas y las regulaciones federales y estatales adoptadas conforme a esas leyes. Para los fines de esta subdivisión, un “funcionario de conferencias de evaluación temprana del tribunal” significa un abogado empleado por el tribunal que ha recibido capacitación sobre los requisitos de acceso para discapacitados impuestos por la Ley de Estadounidenses con Discapacidades de 1990, las leyes estatales que rigen el acceso a las instalaciones públicas y las regulaciones federales y estatales adoptadas conforme a esas leyes. Los abogados que presten servicios en esta capacidad también pueden ser utilizados por el tribunal para otros fines no relacionados con estos procedimientos.
(j)CA Derecho Civil Code § 55.54(j) Nada en esta parte se considerará que hace que cualquier informe de inspección, opinión, declaración u otro hallazgo o conclusión de un CASp sea vinculante para el tribunal, o que derogue de alguna manera la autoridad última del tribunal para hacer todos los hallazgos de hecho y de derecho apropiados. El informe de inspección CASp y cualquier opinión, declaración, hallazgo o conclusión en el mismo se le dará el peso que el juzgador de hechos considere que merece.
(k)CA Derecho Civil Code § 55.54(k) Nada en esta parte se interpretará para invalidar o limitar cualquier estándar de accesibilidad relacionado con la construcción de California que proporcione una protección mayor o igual para los derechos de las personas con discapacidades que la que ofrece la Ley de Estadounidenses con Discapacidades (Ley Pública 101-336; 42 U.S.C. Sec. 12101 y ss.) y las regulaciones federales adoptadas conforme a esa ley.
(l)Copy CA Derecho Civil Code § 55.54(l)
(1)Copy CA Derecho Civil Code § 55.54(l)(1) El Consejo Judicial deberá, a más tardar el 1 de enero de 2013, preparar y publicar en su sitio web de Internet instrucciones y un formulario para uso de un demandado calificado, u otro demandado descrito en el párrafo (2) de la subdivisión (b), para presentar una solicitud de suspensión y conferencia de evaluación temprana según lo dispuesto en las subdivisiones (b) y (c), un formulario para el aviso de suspensión y conferencia de evaluación temprana del tribunal, y cualquier otro formulario apropiado para implementar las disposiciones relativas a las conferencias de evaluación temprana. Hasta que se adopten esos formularios, el Consejo Judicial publicará en su sitio web de Internet los formularios provisionales establecidos en la subdivisión (c).
(2)CA Derecho Civil Code § 55.54(l)(2) Hasta la adopción de los formularios según lo dispuesto en el párrafo (1), el formulario de solicitud provisional puede ser utilizado por un demandado descrito en el párrafo (2) de la subdivisión (b).
(3)CA Derecho Civil Code § 55.54(l)(3) En lugar de las disposiciones especificadas en el número 3 de la página 1 del formulario de solicitud establecido en el párrafo (7) de la subdivisión (c), la solicitud deberá incluir una de las siguientes declaraciones del demandado en cuanto a la base de la solicitud, de la siguiente manera:
(A)CA Derecho Civil Code § 55.54(l)(3)(A) Que todo lo siguiente se aplica a un demandado descrito en el subpárrafo (A) del párrafo (2) de la subdivisión (b):
(i)CA Derecho Civil Code § 55.54(l)(3)(A)(i) La nueva construcción o mejora del sitio fue aprobada conforme al proceso local de permisos de construcción e inspección a partir del 1 de enero de 2008 y antes del 1 de enero de 2016.
(ii)CA Derecho Civil Code § 55.54(l)(3)(A)(ii) A leal saber y entender del demandado, no se han completado o iniciado modificaciones o alteraciones desde esa aprobación que hayan afectado el cumplimiento de los estándares de accesibilidad relacionados con la construcción con respecto a la demanda del demandante.
(iii)CA Derecho Civil Code § 55.54(l)(3)(A)(iii) Todas las infracciones que dieron origen a la demanda han sido corregidas, o serán corregidas dentro de los 60 días siguientes a la notificación de la demanda.
(B)CA Derecho Civil Code § 55.54(l)(3)(B) Que todo lo siguiente se aplica a un demandado descrito en el subpárrafo (B) del párrafo (2) de la subdivisión (b):
(i)CA Derecho Civil Code § 55.54(l)(3)(B)(i) La nueva construcción o mejora del sitio fue aprobada por un inspector del departamento de construcción público local que es un especialista certificado en acceso.
(ii)CA Derecho Civil Code § 55.54(l)(3)(B)(ii) A leal saber y entender del demandado, no se han completado o iniciado modificaciones o alteraciones desde esa aprobación que hayan afectado el cumplimiento de los estándares de accesibilidad relacionados con la construcción con respecto a la demanda del demandante.
(iii)CA Derecho Civil Code § 55.54(l)(3)(B)(iii) Todas las infracciones que dieron origen a la demanda han sido corregidas, o serán corregidas dentro de los 60 días siguientes a la notificación de la demanda.
(C)CA Derecho Civil Code § 55.54(l)(3)(C) Que ambas de las siguientes se aplican a un demandado descrito en el subpárrafo (C) del párrafo (2) de la subdivisión (b):
(i)CA Derecho Civil Code § 55.54(l)(3)(C)(i) El demandado es una pequeña empresa descrita en el párrafo (2) de la subdivisión (f) de la Sección 55.56.
(ii)CA Derecho Civil Code § 55.54(l)(3)(C)(ii) La infracción o infracciones que dieron origen a la demanda han sido corregidas, o serán corregidas dentro de los 30 días siguientes a la notificación de la demanda.
(4)CA Derecho Civil Code § 55.54(l)(4) En lugar de la disposición especificada en el número 4(c) de la página 1 del formulario de solicitud establecido en el párrafo (7) de la subdivisión (c), la solicitud deberá incluir una petición de que el tribunal ordene al demandado que haga cualquiera de las siguientes:
(A)CA Derecho Civil Code § 55.54(l)(4)(A) Para un demandado que haya presentado una declaración indicando que todas las infracciones han sido corregidas, o serán corregidas dentro de los 60 días siguientes a la notificación de la demanda, presentar ante el tribunal y notificar al demandante pruebas que demuestren la corrección de la infracción o infracciones dentro de los 10 días naturales siguientes a la finalización de las correcciones.
(B)CA Derecho Civil Code § 55.54(l)(4)(B) Para un demandado que sea una pequeña empresa que haya presentado una declaración indicando que todas las infracciones han sido corregidas, o serán corregidas dentro de los 30 días siguientes a la notificación de la demanda, presentar ante el tribunal y notificar al demandante pruebas que demuestren la corrección de la infracción o infracciones dentro de los 10 días naturales siguientes a la emisión de la orden judicial, si esa prueba de corrección no se presentó previamente con la solicitud y se notificó al demandante.
(5)CA Derecho Civil Code § 55.54(l)(5) El Consejo Judicial también deberá preparar y publicar en su sitio web de Internet instrucciones y páginas de portada para ayudar a los demandantes y demandados, respectivamente, a cumplir con sus responsabilidades de presentación bajo la subdivisión (d). Las páginas de portada también deberán prever la declaración de prueba de notificación del documento pertinente notificado bajo la orden judicial.
(m)CA Derecho Civil Code § 55.54(m) Las disposiciones de suspensión no se aplicarán a ninguna demanda de accesibilidad relacionada con la construcción en la que al demandante se le haya concedido una medida cautelar temporal que permanezca vigente.
(n)CA Derecho Civil Code § 55.54(n) Esta sección no se aplicará a ninguna acción presentada por el Fiscal General, o por cualquier fiscal de distrito, fiscal de la ciudad o abogado del condado.
(o)CA Derecho Civil Code § 55.54(o) Las enmiendas a esta sección realizadas por el Proyecto de Ley del Senado 1186 de la Sesión Ordinaria de la Legislatura 2011-12 se aplicarán solo a las demandas presentadas a partir de la fecha de entrada en vigor de esa ley. Nada en esta parte tiene la intención de afectar cualquier demanda presentada antes de esa fecha.
(p)CA Derecho Civil Code § 55.54(p) Nada en esta parte tiene la intención de afectar la ley existente con respecto a los requisitos de demanda colectiva.

Section § 55.545

Explanation

Esta ley describe el procedimiento para una conferencia de evaluación obligatoria cuando se presenta una reclamación de accesibilidad relacionada con la construcción. Si un demandado no cumple los requisitos o decide no utilizar una conferencia de evaluación temprana, puede solicitar esta revisión obligatoria, o el demandante también puede solicitarla si el demandado no lo hace. Exige a ambas partes presentar declaraciones detalladas, como las condiciones y los costos relacionados con el problema, antes de la conferencia. El objetivo principal es evaluar el caso, discutir posibles correcciones y considerar opciones de acuerdo. El tribunal puede imponer sanciones si las partes no cumplen y puede programar conferencias adicionales si es necesario.

(a)CA Derecho Civil Code § 55.545(a) Un demandado que no cumpla los requisitos para una conferencia de evaluación temprana conforme a la Sección 55.54, o que renuncie a las disposiciones de la Sección 55.54, podrá solicitar una conferencia de evaluación obligatoria. Un demandante podrá, si el demandado no presenta la solicitud junto con la presentación de los escritos de contestación, solicitar una conferencia de evaluación obligatoria presentando una solicitud dentro de los 15 días siguientes a la presentación de los escritos de contestación del demandado.
(b)CA Derecho Civil Code § 55.545(b) Al ser notificado con una citación y demanda que alegue una reclamación de accesibilidad relacionada con la construcción, incluyendo, pero sin limitarse a, una reclamación presentada conforme a la Sección 51, 54, 54.1 o 55, un demandado podrá presentar una solicitud para una conferencia de evaluación obligatoria en el proceso de dicha reclamación simultáneamente con el escrito de contestación del demandado u otra comparecencia inicial en la acción que incluya la reclamación. Hasta que el Consejo Judicial desarrolle el formulario de solicitud para la conferencia de evaluación obligatoria y lo publique en su sitio web de Internet conforme a la subdivisión (j), un demandado podrá solicitar la programación de la conferencia de evaluación obligatoria en una solicitud separada presentada junto con los escritos de contestación del demandado.
(c)CA Derecho Civil Code § 55.545(c) Tras la presentación de una solicitud para una conferencia de evaluación obligatoria por parte de un demandado o demandante, el tribunal programará una conferencia de evaluación obligatoria para una fecha lo antes posible a partir de la fecha de la solicitud, pero en ningún caso más allá de los 180 días siguientes a la fecha de la solicitud, ni antes de los 120 días siguientes a la presentación de la solicitud. Mediante estipulación mutua para una prórroga de la fecha de la conferencia, la conferencia de evaluación obligatoria podrá prorrogarse hasta por 30 días. La notificación de la conferencia por parte del tribunal también deberá hacer todo lo siguiente:
(1)CA Derecho Civil Code § 55.545(c)(1) Ordenar a las partes, y a cualquier otra persona cuya autoridad sea necesaria para negociar y llegar a un acuerdo, que comparezcan en persona en el momento fijado para la conferencia. La comparecencia de un abogado no satisfará el requisito de que las partes, o aquellos con autoridad para negociar y llegar a un acuerdo, comparezcan personalmente. Sin embargo, el tribunal podrá permitir que una parte que no pueda asistir en persona debido a su discapacidad participe en la audiencia por teléfono u otros medios alternativos, o a través de un representante autorizado para resolver el caso.
(2)CA Derecho Civil Code § 55.545(c)(2) Ordenar al demandante que presente ante el tribunal y notifique al demandado, al menos 30 días antes de la fecha de la conferencia de evaluación obligatoria, una declaración que incluya, en la medida en que sea razonablemente conocido, para uso exclusivo a efectos de la conferencia de evaluación obligatoria, todo lo siguiente:
(A)CA Derecho Civil Code § 55.545(c)(2)(A) Una lista detallada de las condiciones específicas en el sitio que son la base de las supuestas violaciones de las normas de accesibilidad relacionadas con la construcción en la demanda del demandante.
(B)CA Derecho Civil Code § 55.545(c)(2)(B) El monto de los daños reclamados.
(C)CA Derecho Civil Code § 55.545(c)(2)(C) El monto de los honorarios de abogado y los costos incurridos hasta la fecha, si los hubiere, que se están reclamando.
(D)CA Derecho Civil Code § 55.545(c)(2)(D) Cualquier demanda de acuerdo total del caso.
(3)CA Derecho Civil Code § 55.545(c)(3) Ordenar al demandado que presente ante el tribunal y notifique al demandante, al menos 30 días antes de la fecha de la conferencia de evaluación obligatoria, una declaración del demandado que detalle cualquier acción correctiva o plan de corrección remedial emprendido, o a emprender, por el demandado para corregir las supuestas violaciones.
(d)CA Derecho Civil Code § 55.545(d) Una parte que no cumpla con cualquier orden judicial estará sujeta a sanciones judiciales a discreción del tribunal.
(e)CA Derecho Civil Code § 55.545(e) Todas las discusiones en la conferencia de evaluación obligatoria estarán sujetas a la Sección 1152 del Código de Pruebas. Es la intención de la Legislatura que el propósito de la conferencia de evaluación incluya, pero no se limite a, la evaluación de todo lo siguiente:
(1)CA Derecho Civil Code § 55.545(e)(1) La condición actual del sitio y el estado de cualquier plan de corrección, incluyendo si el demandado ha corregido, o está dispuesto a corregir, las supuestas violaciones, y el cronograma para hacerlo.
(2)CA Derecho Civil Code § 55.545(e)(2) Si el caso, incluyendo cualquier reclamación por daños o desagravio por mandato judicial, puede resolverse total o parcialmente.
(3)CA Derecho Civil Code § 55.545(e)(3) Si las partes deben compartir otra información que pueda facilitar la evaluación y resolución de la disputa.
(f)CA Derecho Civil Code § 55.545(f) Nada en esta sección impide a ninguna parte hacer una oferta de transacción conforme a la Sección 998 del Código de Procedimiento Civil.
(g)CA Derecho Civil Code § 55.545(g) El tribunal podrá programar conferencias adicionales.
(h)CA Derecho Civil Code § 55.545(h) Las conferencias de evaluación obligatorias serán llevadas a cabo por un juez o comisionado del tribunal superior, o por un funcionario de conferencias de evaluación temprana del tribunal según lo dispuesto en la subdivisión (i) de la Sección 55.54.
(i)CA Derecho Civil Code § 55.545(i) Si el demandado ofrece un informe de inspección realizado por un especialista certificado en accesibilidad, se aplicarán las disposiciones de la Sección 55.54 relativas al uso y la confidencialidad de dicho informe.
(j)Copy CA Derecho Civil Code § 55.545(j)
(1)Copy CA Derecho Civil Code § 55.545(j)(1) El Consejo Judicial preparará y publicará en su sitio web de Internet instrucciones y un formulario para que una parte lo utilice para presentar una solicitud de conferencia de evaluación obligatoria y un formulario para la notificación del tribunal sobre la conferencia de evaluación obligatoria. Hasta que se adopten esos formularios, una parte y el tribunal podrán utilizar un formulario ad hoc que cumpla con los requisitos de esta sección.
(2)CA Derecho Civil Code § 55.545(j)(2) El Consejo Judicial también preparará y publicará en su sitio web de Internet instrucciones y páginas de portada para ayudar a los demandantes y demandados, respectivamente, a cumplir con sus responsabilidades de presentación conforme a la subdivisión (c).
(k)CA Derecho Civil Code § 55.545(k) La conferencia de evaluación obligatoria podrá, a discreción del tribunal, programarse o combinarse con la conferencia de gestión de casos dentro del plazo especificado en la subdivisión (c).
(l)CA Derecho Civil Code § 55.545(l) Esta sección no se aplicará a ninguna acción interpuesta por el Fiscal General, o por cualquier fiscal de distrito, fiscal municipal o abogado del condado.
(m)CA Derecho Civil Code § 55.545(m) Esta sección se aplicará únicamente a las reclamaciones presentadas a partir del 1 de enero de 2013. Nada en esta sección tiene la intención de afectar cualquier demanda presentada antes de esa fecha.