Section § 1970

Explanation

Esta ley permite a las autoridades locales colocar letreros para reconocer a los patrocinadores del Programa Adopt-A-Riverway en las carreteras de su jurisdicción. Estos letreros deben cumplir con las normas existentes sobre señalización.

Antes de colocar estos letreros de cortesía, la autoridad local debe aprobar el plan por mayoría de votos. El plan debe detallar dónde se colocarán los letreros y confirmar que no dañarán el medio ambiente de la zona.

Los letreros deben decir 'Adopt-A-Riverway' en la parte superior e incluir el nombre o logotipo del patrocinador, cuyo costo corre por cuenta del patrocinador. El texto y los logotipos en estos letreros deben ser grandes y legibles.

(a)CA Calles Y Carreteras Code § 1970(a) Las autoridades locales, con respecto a las carreteras bajo sus respectivas jurisdicciones, podrán colocar y mantener, o hacer que se coloquen y mantengan, letreros de cortesía para reconocer a los patrocinadores del Programa Adopt-A-Riverway.
(b)CA Calles Y Carreteras Code § 1970(b) Los letreros de cortesía deberán ser consistentes con las disposiciones de código existentes y las normas y reglamentos del departamento relativos a los letreros.
(c)CA Calles Y Carreteras Code § 1970(c) Los letreros de cortesía solo se colocarán en las carreteras de una autoridad local, previa aprobación de una resolución autorizadora por la mayoría de los miembros del órgano de gobierno de dicha autoridad local. La resolución que autorice la colocación de letreros de cortesía deberá incluir todo lo siguiente:
(1)CA Calles Y Carreteras Code § 1970(c)(1) Un plan general de dónde se colocarán los letreros de cortesía dentro de los límites geográficos de la autoridad local, incluyendo cualquier calle, sendero para bicicletas o sendero peatonal.
(2)CA Calles Y Carreteras Code § 1970(c)(2) Una determinación de que la colocación planificada de los letreros de cortesía no degradaría el entorno natural de la zona.
(d)CA Calles Y Carreteras Code § 1970(d) Los letreros de cortesía deberán contener el título “Adopt-A-Riverway” en la parte superior del letrero y el nombre o logotipo de la persona o entidad patrocinadora debajo del título “Adopt-A-Riverway”. Los logotipos deberán ser proporcionados por cuenta de los patrocinadores. Tanto el título como el logotipo deberán estar en fuentes lo suficientemente grandes como para ser fácilmente legibles.

Section § 1975

Explanation

Si donas al menos $5,000 cada año al Fondo Adopt-A-Riverway, el Departamento de Alimentación y Agricultura podría darte una señal de cortesía. Puedes elegir el condado e incluso especificar la ubicación de la señal.

Pueden colaborar con las autoridades locales para gestionar la producción, colocación y el mantenimiento de la señal. Los gastos de estas señales se cubren con el fondo.

(a)CA Calles Y Carreteras Code § 1975(a) Las señales de cortesía podrán ser otorgadas por el Departamento de Alimentación y Agricultura a las personas que donen un mínimo de cinco mil dólares ($5,000) anualmente al Fondo Adopt-A-Riverway. Los donantes podrán estipular en qué condado desean que se coloquen las señales de cortesía y podrán solicitar la colocación específica de la señal dentro del condado.
(b)CA Calles Y Carreteras Code § 1975(b) El Departamento de Alimentación y Agricultura podrá celebrar un acuerdo con una autoridad local para la producción, colocación y mantenimiento de las señales de cortesía que se otorgarán de conformidad con esta sección.
(c)CA Calles Y Carreteras Code § 1975(c) Los costos incurridos por las autoridades locales asociados con la colocación y el mantenimiento de las señales de cortesía se pagarán con cargo al Fondo Adopt-A-Riverway.

Section § 1978

Explanation

Esta ley de California permite a los funcionarios del condado colocar letreros que digan “Aquí Honramos a los Veteranos” en cualquier carretera estatal o del condado dentro de su jurisdicción, siempre y cuando cuenten con la aprobación de la junta de supervisores del condado. Si el letrero está en una carretera estatal, los funcionarios del condado deben obtener la aprobación del Departamento de Transporte antes de colocarlo.

(a)CA Calles Y Carreteras Code § 1978(a) Los funcionarios del condado, con respecto a cualquier carretera estatal o del condado dentro de sus respectivas jurisdicciones y previa resolución adoptada por la respectiva junta de supervisores del condado, podrán colocar y mantener, o hacer que se coloquen y mantengan, en o cerca del límite del condado y a expensas del condado, letreros que indiquen o añadan a sus letreros existentes la siguiente declaración: “Aquí Honramos a los Veteranos.”
(b)CA Calles Y Carreteras Code § 1978(b) Los letreros o adiciones a los letreros descritos en el subapartado (a) que estén en una carretera estatal solo podrán colocarse o añadirse previa aprobación del Departamento de Transporte.