Section § 32950

Explanation

Antes de que una autoridad local pueda adquirir una instalación de estacionamiento existente mediante expropiación forzosa, debe celebrar una audiencia pública. Para informar al público, deben anunciar la fecha, hora, lugar y propósito de la audiencia con al menos 10 días, pero no más de 20 días, de antelación. Este anuncio debe aparecer en un periódico local o ser fijado en al menos tres lugares públicos si no existe tal periódico.

Una autoridad no podrá adquirir ninguna instalación de estacionamiento existente mediante el ejercicio del poder de expropiación forzosa, excepto después de una audiencia pública. El aviso de la fecha, hora, lugar y propósito de la audiencia se publicará una vez no menos de 10 ni más de 20 días antes de la audiencia en un periódico de circulación general impreso y publicado en la ciudad, o, si no hubiera tal periódico impreso y publicado en ella, mediante la fijación de copias del aviso en al menos tres lugares públicos de la ciudad no menos de 10 ni más de 20 días antes de la fecha de la audiencia.

Section § 32950.5

Explanation

Si una propiedad de uso público necesita ser removida, trasladada o modificada debido a un proceso legal iniciado por la autoridad, esta debe cubrir los costos de hacerlo.

Siempre que sea necesario remover, reubicar o alterar cualquier propiedad destinada a un uso público como resultado de procedimientos de expropiación forzosa iniciados por la autoridad, el costo de dicha remoción, reubicación o alteración será pagado por la autoridad.

Section § 32951

Explanation

Esta ley establece que si una autoridad desea adquirir una propiedad utilizada para el estacionamiento de vehículos, el nuevo proyecto debe ofrecer al menos tres veces el espacio de estacionamiento del actual, a menos que el órgano legislativo local apruebe lo contrario mediante una ordenanza o resolución especial. Si esta norma se declara inválida, entonces las autoridades no podrán adquirir ninguna instalación de estacionamiento existente.

Salvo aprobación del órgano legislativo, mediante ordenanza o resolución, la propiedad utilizada como instalación para el estacionamiento o almacenamiento de vehículos motorizados no podrá ser adquirida por una autoridad, a menos que el proyecto a ser provisto o construido que requiere la adquisición de la instalación existente, una vez completado, proporcione una capacidad de estacionamiento al menos tres veces superior a la capacidad de estacionamiento provista por la instalación existente.
Si esta sección es declarada inválida, ninguna instalación de estacionamiento existente podrá ser adquirida por una autoridad.

Section § 32951.5

Explanation
Esta ley establece que las reglas de la Sección 32951 no se aplican cuando un proyecto se está construyendo o proveyendo para una ciudad y luego es arrendado por una autoridad a esa ciudad.

Section § 32952

Explanation

Esta ley explica que cuando la autoridad de una ciudad desea arrendar un proyecto que ha adquirido, debe hacerlo a través de un proceso de licitación. El arrendamiento se ofrece al postor responsable que presente la oferta más alta. Antes de que se abran las ofertas, la ciudad debe publicar un aviso de invitación a licitar de acuerdo con las normas del gobierno local. Si la ciudad no tiene un periódico, el aviso debe fijarse en tres lugares públicos. La publicación o los avisos deben realizarse al menos 15 días antes de la apertura de las ofertas.

La autoridad podrá arrendar cualquier proyecto adquirido por ella conforme a esta parte al postor responsable que ofrezca la oferta más alta, después de que se haya publicado un aviso de invitación a licitar en la ciudad conforme a la Sección 6066 del Código de Gobierno. Si no hay ningún periódico de circulación general impreso o publicado en la ciudad, se fijarán copias del aviso en al menos tres lugares públicos de la ciudad. La publicación deberá iniciarse o el aviso fijarse no menos de 15 días antes de la fecha establecida en el aviso para la apertura de las ofertas.

Section § 32953

Explanation
Esta sección de la ley exige que cualquier aviso de licitación para arrendar un proyecto debe describir claramente los detalles del proyecto, especificar las instalaciones involucradas, indicar la duración del arrendamiento y mencionar la renta mínima requerida. El aviso también debe informar que la autoridad conserva la facultad de establecer y controlar las tarifas cobradas por el licitador por estacionar o almacenar vehículos.

Section § 32954

Explanation

Si la autoridad saca un proyecto a licitación y no se reciben ofertas razonables o válidas, no tienen que volver a anunciarlo. En su lugar, pueden optar por gestionar el proyecto por su cuenta.

Si no se recibe ninguna oferta que la autoridad considere razonable y válida tras la publicidad original, la autoridad no necesita volver a anunciar y puede operar el proyecto por sí misma.

Section § 32955

Explanation
La ley establece que si las ofertas no son adecuadas para un proyecto, la autoridad puede rechazarlas y buscar nuevas ofertas. Si no se reciben ofertas válidas la segunda vez, la autoridad puede hacerse cargo y gestionar el proyecto por sí misma.

Section § 32956

Explanation
Esta ley permite a la autoridad que gestiona un proyecto buscar nuevas ofertas de contratistas para el proyecto cada año.

Section § 32957

Explanation

Esta sección de la ley establece que las reglas y condiciones establecidas en las Secciones 32952 a 32956 no se aplican cuando la autoridad arrienda un proyecto a la ciudad.

Las Secciones 32952 a 32956, inclusive, no se aplicarán al arrendamiento de un proyecto por parte de la autoridad a la ciudad.