Section § 32801

Explanation

Esta ley explica las facultades de la autoridad y cómo puede operar. Permite a la autoridad iniciar o defender demandas, tener un sello y gestionar los contratos y documentos necesarios.

La autoridad puede crear, actualizar o eliminar reglas y regulaciones siempre que estén alineadas con sus objetivos.

También está facultada para contratar o despedir empleados, estableciendo sus funciones y salarios, aunque estas acciones de empleo deben respetar las reglas generales de empleo de la ciudad, a menos que una decisión de la ciudad indique lo contrario.

La autoridad podrá:
(a)CA Calles Y Carreteras Code § 32801(a) Demandar y ser demandada, tener un sello, y celebrar y ejecutar contratos y otros instrumentos necesarios o convenientes para el ejercicio de sus facultades.
(b)CA Calles Y Carreteras Code § 32801(b) Elaborar, y de vez en cuando modificar y derogar, estatutos y reglamentos que no sean inconsistentes con esta parte para llevar a cabo las facultades y propósitos de la presente.
(c)CA Calles Y Carreteras Code § 32801(c) Seleccionar y nombrar o remover a los funcionarios, agentes, asesores legales y empleados, permanentes y temporales, que requiera, y podrá determinar sus cualificaciones, deberes y remuneración. Las facultades de la autoridad conforme a esta subdivisión están sujetas a todas las limitaciones y derechos aplicables a empleos similares por parte de la ciudad, a menos que el órgano legislativo determine lo contrario mediante resolución.

Section § 32802

Explanation

Esta sección de la ley permite a una autoridad específica gestionar propiedades de diversas maneras. Pueden comprar, arrendar o adquirir propiedades tanto dentro como fuera de la ciudad, pero necesitan la aprobación de los organismos públicos para las propiedades estatales. También pueden usar la expropiación forzosa para adquirir propiedades, excepto sin el consentimiento de los organismos públicos estatales. Además, se les permite vender, arrendar o disponer de propiedades y realizar cambios en las instalaciones de estacionamiento público y los derechos de vía si es necesario. Finalmente, pueden asegurar sus propiedades y operaciones contra riesgos.

La autoridad podrá:
(a)CA Calles Y Carreteras Code § 32802(a) Comprar, arrendar, obtener opción sobre, adquirir por donación, concesión, legado, disposición testamentaria o de otra manera, cualquier propiedad mueble o inmueble dentro o fuera de la ciudad, o cualquier interés en, o mejoras sobre, dicha propiedad. Sin embargo, ninguna propiedad de un organismo público estatal podrá ser adquirida sin su consentimiento.
(b)CA Calles Y Carreteras Code § 32802(b) Adquirir cualquier propiedad mediante el ejercicio de la facultad de expropiación forzosa, salvo que la propiedad de un organismo público estatal no podrá ser adquirida sin su consentimiento.
(c)CA Calles Y Carreteras Code § 32802(c) Vender, arrendar, permutar, transferir, ceder o disponer de otra manera de cualquier propiedad mueble o inmueble o cualquier interés en dicha propiedad.
(d)CA Calles Y Carreteras Code § 32802(d) Trazar, abrir, extender, ensanchar, enderezar, establecer o cambiar la rasante, total o parcialmente, de instalaciones de estacionamiento público y derechos de vía públicos necesarios o convenientes para dichas instalaciones.
(e)CA Calles Y Carreteras Code § 32802(e) Asegurar cualquiera de sus propiedades muebles o inmuebles o sus operaciones contra riesgos o peligros.

Section § 32803

Explanation
Esta ley permite a la autoridad encargarse de diversas tareas relacionadas con la propiedad. Pueden comprar, construir, alquilar, arrendar, mantener, arreglar, administrar u operar cualquier parte de una propiedad. También pueden arrendar las operaciones de la propiedad y alquilar espacio no utilizado para uso comercial, especialmente si no es económicamente viable para estacionamiento.

Section § 32804

Explanation

Esta ley permite a las autoridades que gestionan instalaciones de estacionamiento usar parte de su propiedad para fines comerciales, como establecer tiendas o terminales de autobuses, si consideran que esto ayuda a la operación de estacionamiento. Sin embargo, estos usos adicionales deben ser secundarios al estacionamiento y no pueden ocupar más del 25% de la superficie del terreno o del espacio del edificio.

Como un incidente a la operación de cualquier instalación de estacionamiento, la autoridad puede destinar una porción de su propiedad a usos tales como tiendas minoristas, terminal de autobuses, estación de servicio de gasolina, área de aterrizaje de helicópteros, o cualquier otro uso comercial, cuando a su juicio sea conveniente o necesario llevar a cabo o permitir dicho uso para utilizar adecuadamente la propiedad como instalación de estacionamiento. Cualquier uso incidental de este tipo será secundario al uso principal como instalación de estacionamiento, y la porción de terreno destinada al uso incidental no excederá el 25 por ciento de la superficie de la propiedad. Si se erige un edificio en la propiedad con el propósito de estacionar vehículos motorizados, el uso incidental del edificio no ocupará más del 25 por ciento del área de piso.

Section § 32805

Explanation
Esta ley establece que si hay algún espacio adicional en un área de estacionamiento destinado a fines comerciales, ni la autoridad del gobierno local ni la ciudad lo administrarán u operarán. En su lugar, están obligados a arrendarlo a empresas privadas para su gestión.

Section § 32806

Explanation
Esta ley permite a una autoridad crear y gestionar espacios e instalaciones de estacionamiento para vehículos motorizados dentro de una ciudad. También les permite manejar y cuidar los vehículos estacionados en los espacios que poseen, controlan u operan.

Section § 32807

Explanation

Esta sección explica que la autoridad encargada de las instalaciones de estacionamiento tiene control sobre todo el dinero relacionado con estas instalaciones. Esto incluye los ingresos de la operación de las instalaciones, los fondos de la ciudad, la ayuda financiera de fuentes estatales o federales, el dinero de las evaluaciones (o contribuciones especiales), y el dinero de varios tipos de bonos emitidos tanto por la autoridad como por la ciudad específicamente para fines de estacionamiento.

La autoridad podrá recibir, controlar y ordenar el gasto de todo dinero y fondos relacionados con instalaciones de estacionamiento o propiedades conexas, incluyendo, entre otros:
(a)CA Calles Y Carreteras Code § 32807(a) Todos los ingresos derivados de las operaciones de la autoridad.
(b)CA Calles Y Carreteras Code § 32807(b) Todo dinero asignado o puesto a disposición por la ciudad.
(c)CA Calles Y Carreteras Code § 32807(c) El producto de toda ayuda o asistencia financiera de la ciudad, el Estado o el Gobierno Federal.
(d)CA Calles Y Carreteras Code § 32807(d) El producto de las evaluaciones impuestas conforme a esta parte.
(e)CA Calles Y Carreteras Code § 32807(e) El producto de todos los bonos emitidos conforme a esta parte.
(f)CA Calles Y Carreteras Code § 32807(f) El producto de todos los bonos de obligación general, de ingresos u otros bonos emitidos por la ciudad para instalaciones de estacionamiento.

Section § 32808

Explanation
Esta ley permite a una autoridad invertir fondos que no se necesitan de inmediato, como los fondos de reserva, en los mismos tipos de propiedades o valores en los que las ciudades pueden invertir. Sin embargo, estas inversiones no pueden incumplir ningún acuerdo con las personas o entidades que poseen los bonos en circulación de la autoridad.

Section § 32809

Explanation

Esta ley permite a la autoridad encargada de las instalaciones de estacionamiento pedir dinero prestado o recibir ayuda de diversas fuentes, como la ciudad, el estado, el gobierno federal u otros. Pueden hacerlo para apoyar o mejorar las instalaciones de estacionamiento en su área. Además, deben seguir cualquier regla o condición que venga con esta asistencia financiera.

La autoridad podrá contraer préstamos o aceptar asistencia financiera o de otro tipo de la ciudad, el Estado, el Gobierno Federal o cualquier otra fuente para o en ayuda de cualquier instalación de estacionamiento dentro de su área de operación, y para tales fines podrá cumplir con cualquier condición adjunta a la misma.

Section § 32810

Explanation
Esta sección de la ley permite a la autoridad utilizar cualquiera o todas las facultades que se le han concedido en virtud de esta parte. Tienen flexibilidad en cómo deciden aplicar estas facultades.

Section § 32811

Explanation
Esta sección de la ley otorga a la autoridad la libertad de tomar cualquier acción que sea necesaria, útil o adecuada para implementar las reglas y objetivos de esta parte del código.

Section § 32812

Explanation

Esta ley permite que una autoridad municipal colabore con los departamentos de la ciudad para compartir servicios e instalaciones y así evitar costos innecesarios. Estas colaboraciones pueden reemplazar o complementar lo que la autoridad ya proporciona, ya sea directamente o mediante la contratación o compra de servicios. Dichos acuerdos deben ser aprobados tanto por la autoridad como por el órgano legislativo de la ciudad. La ciudad recibirá un reembolso por el valor justo de los recursos utilizados. Además, el órgano legislativo de la ciudad puede exigir a la autoridad que realice pagos anuales basados en lo que debería en impuestos a la propiedad si fuera de propiedad privada, aunque sin exceder esa cantidad.

Para que no haya una duplicación innecesaria de esfuerzos o gastos, la autoridad podrá disponer la prestación de servicios por parte de, y el uso de las instalaciones de, cualquier departamento, oficina o agencia de la ciudad en lugar de, o en conjunto con, la provisión directa por parte de la autoridad de servicios y el uso de instalaciones mediante empleo, compra u otros medios. La prestación de dichos servicios y el uso de dichas instalaciones de cualquier departamento, oficina o agencia se realizará bajo los términos y condiciones que aprueben la autoridad y el órgano legislativo de la ciudad, y estará sujeta al reembolso a los fondos apropiados de la ciudad por su valor razonable. El órgano legislativo podrá, de vez en cuando, mediante resolución, establecer que la autoridad realice un pago anual a la ciudad, cuyo monto se determinará de la manera que dicho órgano legislativo disponga, pero que no excederá la cantidad que la autoridad estaría obligada a pagar a la ciudad en impuestos ad valorem si fuera una entidad privada propietaria de la misma propiedad.