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Aviso de Traducción: Las traducciones de leyes se proporcionan solo para conveniencia y no están destinadas a ser utilizadas como referencia ni citadas. Para fines legales oficiales, consulte el texto original en inglés.

Section § 1550

Explanation

Esta ley permite a la junta de supervisores de un condado crear distritos especiales específicamente para el mantenimiento de carreteras e imponer impuestos especiales para el mantenimiento de carreteras y autopistas. Sin embargo, no permite que el condado imponga impuestos a la propiedad para fines de autopistas en ninguna ciudad que ya gestione obras y mejoras en las calles bajo sus propias leyes.

(a)CA Calles Y Carreteras Code § 1550(a) Una junta de supervisores podrá formar distritos especiales de mantenimiento de carreteras e imponer impuestos especiales para fines de carreteras y autopistas de conformidad con este capítulo.
(b)CA Calles Y Carreteras Code § 1550(b) Nada de lo dispuesto en esta sección autorizará que un condado recaude o cobre ningún impuesto a la propiedad para fines de autopistas dentro de cualquier ciudad donde las obras y mejoras en las calles se realicen en virtud de cualquier ley relativa a obras y mejoras en las calles dentro de dicha ciudad.

Section § 1550.1

Explanation
Esta ley permite a los supervisores del condado crear distritos especiales para el mantenimiento de carreteras en áreas que no forman parte de una ciudad. Si consideran que se necesitan fondos adicionales para mantener las carreteras y autopistas, pueden decidir formar estos distritos. La junta debe establecer los límites del distrito y puede disolverlos más tarde si es necesario. Antes de formar un distrito, deben celebrar una audiencia pública después de dar aviso a través de periódicos y publicaciones en lugares públicos. Durante la audiencia, se pueden abordar las objeciones de la comunidad, y la junta decidirá si el distrito es necesario.
La junta de supervisores podrá formar distritos especiales de mantenimiento de carreteras en áreas no incorporadas del condado, completamente fuera de las ciudades incorporadas. La formación de estos distritos podrá ser ordenada por la junta cuando, a su juicio, sean necesarios fondos adicionales para carreteras para mantener adecuadamente las autopistas y carreteras en áreas no incorporadas específicas del condado. Estos distritos se formarán por orden de la junta que establezca sus límites. Un distrito existirá hasta que la junta, por su orden, descontinúe el distrito. Si se va a formar un distrito, la junta fijará una fecha para una audiencia sobre la formación. Esta audiencia no se celebrará en menos de tres semanas después de la fecha de la orden para la audiencia, y antes de la fecha de la audiencia, se publicará dos veces un aviso de la audiencia en un periódico de circulación general en el área, y, además, se publicarán al menos tres avisos en lugares públicos dentro del distrito propuesto. En la audiencia, se escucharán las objeciones, si las hubiere, sobre la formación propuesta del distrito. Será facultad de la junta determinar, a partir de los resultados de la audiencia, la necesidad del distrito especial de mantenimiento de carreteras y, si se considera necesario, el distrito podrá formarse.

Section § 1550.2

Explanation
Esta sección de la ley permite a la junta de supervisores imponer un impuesto especial, siguiendo ciertas reglas establecidas en el Código de Gobierno, y utilizar el dinero recaudado de este impuesto para los fines descritos en este capítulo.
La junta de supervisores puede imponer un impuesto especial de conformidad con el Artículo 3.5 (que comienza con la Sección 50075) del Capítulo 1 de la Parte 1 de la División 1 del Título 5 del Código de Gobierno, y gastar los ingresos para los fines de este capítulo.

Section § 1550.3

Explanation
En los distritos especiales de mantenimiento de carreteras, el comisionado de carreteras del condado es responsable de todo el trabajo. Además, las mismas leyes que se aplican al gasto de los fondos para carreteras provenientes de impuestos a la propiedad también se aplican a los fondos gastados en estos distritos.
Todo el trabajo realizado en los distritos especiales de mantenimiento de carreteras será realizado por el comisionado de carreteras del condado y todas las leyes relativas al gasto de los fondos para carreteras recaudados mediante impuestos a la propiedad se aplicarán a los gastos de dichos distritos.

Section § 1552

Explanation
Cualquier dinero recaudado de impuestos especiales destinados a carreteras y caminos debe usarse únicamente para esos fines en el área específica donde se recaudaron los impuestos. El organismo de gobierno local, o junta de supervisores, es responsable de asegurar que estos fondos se asignen a las áreas correctas y que el tesorero del condado los mantenga en cuentas separadas.
Salvo que se disponga lo contrario en este código, todos los ingresos de impuestos especiales recaudados para fines de carreteras y caminos en cada distrito de carreteras se gastarán para fines de carreteras y caminos dentro del distrito en el que se recaudaron. La junta de supervisores hará que dicho impuesto recaudado cada año se asigne a los diversos distritos de carreteras con derecho a él, y que el tesorero del condado lo mantenga en fondos separados.