Section § 21165

Explanation

Esta ley establece que la junta es responsable de decidir cuánto se les paga a los funcionarios.

La junta fijará la remuneración que se pagará a todos los funcionarios.

Section § 21166

Explanation

Esta ley describe cómo se paga y se reembolsan los gastos a los directores que forman parte de ciertas juntas. En general, los directores pueden ganar hasta $100 por día, pero no más de seis días al mes. Para los distritos que manejan energía eléctrica, los directores tienen diferentes opciones de pago: hasta $100 por día, un salario mensual de hasta $600, o una compensación anual limitada a $15,000, lo cual requiere una ordenanza. Se aplican reglas específicas para distritos grandes de más de 500,000 acres.

Además, los directores tienen derecho a que se les cubran sus gastos reales y necesarios cuando trabajan bajo las órdenes de la junta. Los detalles sobre cuándo se pagan las actividades y cómo se reembolsan los gastos se rigen por secciones específicas del Código de Gobierno.

No obstante cualquier otra disposición de la ley, un director, por formar parte de la junta o actuar bajo sus órdenes, recibirá ambos de los siguientes:
(a)Copy CA Código De Aguas Code § 21166(a)
(1)Copy CA Código De Aguas Code § 21166(a)(1) Salvo lo especificado en los párrafos (2) y (3), compensación que no exceda de cien dólares ($100) por día, sin exceder de seis días en cualquier mes calendario.
(2)CA Código De Aguas Code § 21166(a)(2) En distritos que producen o distribuyen energía eléctrica, uno de los siguientes métodos de compensación:
(A)CA Código De Aguas Code § 21166(a)(2)(A) Compensación que no exceda de cien dólares ($100) por día.
(B)CA Código De Aguas Code § 21166(a)(2)(B) Un salario mensual que no exceda de seiscientos dólares ($600) por mes.
(C)CA Código De Aguas Code § 21166(a)(2)(C) Compensación anual que no exceda de quince mil dólares ($15,000). Cualquier compensación anual conforme a este subpárrafo se fijará mediante la adopción de una ordenanza conforme a las Secciones 20203 a 20207, ambas inclusive.
(3)CA Código De Aguas Code § 21166(a)(3) Los distritos que contengan 500,000 acres o más se rigen por la Sección 22840.
(b)CA Código De Aguas Code § 21166(b) Gastos reales y necesarios al actuar bajo las órdenes de la junta.
Para los fines de esta sección, la determinación de si las actividades de un director en un día específico son compensables se realizará conforme al Artículo 2.3 (que comienza con la Sección 53232) del Capítulo 2 de la Parte 1 de la División 2 del Título 5 del Código de Gobierno. El reembolso de estos gastos está sujeto a las Secciones 53232.2 y 53232.3 del Código de Gobierno.

Section § 21166.5

Explanation
Esta ley permite a los directores unirse a planes de seguro colectivo y otros planes de beneficios que están disponibles para empleados y funcionarios. Si deciden participar, deben aceptar que se les deduzca una parte de la prima de su salario.