LicenciasRevocación de Licencias
Section § 1675
Esta ley permite a la junta revocar una licencia de agua si el licenciatario no ha utilizado el agua correctamente, ha dejado de usarla para un propósito beneficioso o no ha cumplido las condiciones de la licencia. La licencia también puede ser revocada a solicitud del licenciatario o después de una notificación y una audiencia si el licenciatario la solicita. El término 'licenciatario' incluye a cualquier persona que herede o asuma la licencia.
Section § 1675.1
Esta sección describe lo que debe incluirse en un aviso si hay un plan para revocar una licencia. El aviso debe explicar por qué se está considerando la revocación. También debe informar al titular de la licencia que tiene 15 días para solicitar una audiencia. Si no solicitan una audiencia dentro de ese plazo, la junta puede proceder con la revocación sin celebrar una audiencia. La solicitud de audiencia debe estar firmada y enviarse a la dirección proporcionada en el aviso.