Esta sección de la ley nombra oficialmente al conjunto de leyes que regulan el alcohol en California como la «Ley de Control de Bebidas Alcohólicas».
Esta división se conocerá y podrá citarse como la «Ley de Control de Bebidas Alcohólicas».
Ley de Control de Bebidas Alcohólicas regulación del alcohol leyes de alcohol de California control de bebidas política de alcohol ley de licores regulaciones estatales de alcohol ley de bebidas de California gobernanza del alcohol control estatal de bebidas
(Added by Stats. 1953, Ch. 152.)
Esta ley forma parte del esfuerzo de California para usar su autoridad y proteger la seguridad y el bienestar público supervisando las actividades relacionadas con el alcohol. El objetivo es detener la producción y venta de alcohol sin licencia e ilegal, y fomentar hábitos de consumo de alcohol responsables. La ley se centra en la importancia de estos asuntos para la salud económica, social y moral del estado, y debe interpretarse de una manera que mejor logre estos objetivos.
Esta división es un ejercicio de los poderes de policía del Estado para la protección de la seguridad, el bienestar, la salud, la paz y la moral de la gente del Estado, para eliminar los males de la fabricación, venta y disposición sin licencia e ilegal de bebidas alcohólicas, y para promover la templanza en el uso y consumo de bebidas alcohólicas. Por la presente se declara que el objeto de esta división involucra en el más alto grado el bienestar económico, social y moral y la seguridad del Estado y de toda su gente. Todas las disposiciones de esta división se interpretarán liberalmente para el logro de estos propósitos.
poderes de policía protección bebidas alcohólicas fabricación sin licencia venta ilegal templanza bienestar público bienestar social seguridad económica bienestar moral consumo de alcohol alcohol ilegal salud pública paz seguridad
(Added by Stats. 1953, Ch. 152.)
Esta sección explica que si alguna parte de la ley se declara inválida o no se puede aplicar a una persona o a una situación específica, el resto de la ley sigue vigente. La ley está diseñada para mantenerse incluso si algunas partes son anuladas, reflejando la intención de la Legislatura de que la ley siga aplicándose sin esas partes.
Si alguna disposición de esta división o la aplicación de la misma a cualquier persona o circunstancia se declara inválida, dicha invalidez no afectará otras disposiciones o aplicaciones de esta división que puedan tener efecto sin la porción o aplicación inválida, y a tal fin las disposiciones de esta división son separables. Es la intención de la Legislatura que esta división habría sido adoptada independientemente de si dicha disposición inválida no se hubiera incluido o si no se hubiera realizado ninguna aplicación inválida.
separabilidad disposición inválida intención legislativa aplicación de la división aplicación de la ley disposiciones afectadas circunstancias invalidez aplicación sin partes inválidas aplicación a personas efecto legal resto de la ley aplicación inválida propósito legislativo
(Added by Stats. 2006, Ch. 910, Sec. 1. Effective January 1, 2007.)
Esta sección de la ley establece que, a menos que haya una razón para interpretarlo de otra forma, las definiciones y reglas de este capítulo deben usarse para entender y aplicar toda la división.
interpretación del contexto interpretación de la división definiciones y disposiciones aplicación de reglas regir la estructura pautas de lectura contexto legal comprensión de la aplicación requisitos de interpretación
(Added by Stats. 1953, Ch. 152.)
Esta ley define 'alcohol' como alcohol etílico, también conocido como espíritu de vino, sin importar cómo se fabrique.
“Alcohol” significa alcohol etílico, óxido de etilo hidratado o espíritu de vino, independientemente de su origen o del proceso por el cual se produzca.
alcohol etílico espíritu de vino óxido de etilo hidratado definición de alcohol composición del alcohol alcohol BPC definición de sustancia definición legal de alcohol proceso de producción origen del alcohol
(Added by Stats. 1953, Ch. 152.)
Esta sección define el "alcohol en polvo" como alcohol que se vende o prepara en forma de polvo o cristal para beber. Se puede consumir tal cual o mezclándolo con líquido para hacer una bebida alcohólica. Sin embargo, este término no incluye el "alcohol vaporizado", que se define en otra parte.
“Alcohol en polvo” significa un alcohol preparado o vendido en forma de polvo o cristalina que se utiliza para el consumo humano en esa forma o reconstituido como bebida alcohólica al mezclarse con agua o cualquier otro líquido. “Alcohol en polvo” no incluye “alcohol vaporizado”, tal como se define en la Sección 25621.
alcohol en polvo consumo de alcohol alcohol cristalino bebida reconstituida mezcla con líquido exclusión de alcohol vaporizado alcohol en forma de polvo alcohol en forma de cristal
(Added by Stats. 2016, Ch. 778, Sec. 1. (SB 819) Effective January 1, 2017.)
Esta ley define qué es una 'bebida alcohólica'. Incluye cualquier bebida o sustancia que contenga alcohol, bebidas espirituosas, vino o cerveza, y que tenga al menos un 0.5% de alcohol por volumen. Estas bebidas pueden consumirse solas o mezcladas con otras cosas. Sin embargo, excluye específicamente el 'alcohol en polvo'.
“Bebida alcohólica” incluye alcohol, bebidas espirituosas, licor, vino, cerveza, y todo líquido o sólido que contenga alcohol, bebidas espirituosas, vino o cerveza, y que contenga un medio del 1 por ciento o más de alcohol por volumen y que sea apto para fines de bebida ya sea solo o cuando se diluya, mezcle o combine con otras sustancias. “Bebida alcohólica” no incluye “alcohol en polvo”, según se define en la Sección 23003.1.
bebida alcohólica bebidas espirituosas licor vino cerveza contenido de alcohol volumen fines de bebida diluido mezclado exclusión de alcohol en polvo consumible sólidos que contienen alcohol definición de bebida porcentaje de alcohol
(Amended by Stats. 2016, Ch. 778, Sec. 2. (SB 819) Effective January 1, 2017.)
Este texto legal define qué son las "bebidas espirituosas destiladas" como bebidas alcohólicas elaboradas mediante la destilación de cultivos fermentados. Incluye varios tipos como whisky, ron y ginebra, y sus mezclas, pero excluye específicamente el alcohol en polvo.
“Bebidas espirituosas destiladas” significa una bebida alcohólica obtenida por la destilación de productos agrícolas fermentados, e incluye alcohol para uso como bebida, aguardientes de vino, whisky, ron, brandy y ginebra, incluyendo todas sus diluciones y mezclas. Las “bebidas espirituosas destiladas” no incluyen el “alcohol en polvo”, según se define en la Sección 23003.1.
bebidas espirituosas destiladas bebida alcohólica destilación productos agrícolas fermentados alcohol para uso como bebida aguardientes de vino whisky ron brandy ginebra diluciones mezclas exclusión de alcohol en polvo
(Amended by Stats. 2016, Ch. 778, Sec. 3. (SB 819) Effective January 1, 2017.)
Esta ley define lo que se considera 'cerveza' en California. Incluye las bebidas alcohólicas elaboradas fermentando cebada, malta, lúpulo y productos similares en agua. Tipos como la ale, la porter, la stout y la lager están todos incluidos. También se pueden usar ingredientes como miel, fruta y especias en la elaboración de la cerveza. Incluso si la cerveza se añeja en barriles que antes contenían vino o licores, sigue siendo simplemente 'cerveza'. Sin embargo, el sake, que se elabora a partir de arroz, no se considera cerveza.
“Cerveza” significa cualquier bebida alcohólica obtenida por la fermentación de cualquier infusión o decocción de cebada, malta, lúpulo, o cualquier otro producto similar, o cualquier combinación de estos en agua, e incluye la ale, la porter, la brown, la stout, la cerveza lager, la cerveza ligera y la cerveza fuerte, pero no incluye el sake, conocido como vino de arroz japonés. La cerveza puede producirse utilizando los siguientes materiales como adjuntos en la fermentación: miel, fruta, zumo de fruta, concentrado de fruta, hierbas, especias, y otros materiales alimenticios. La cerveza añejada en un barril de madera vacío previamente utilizado para contener vino o bebidas espirituosas destiladas se definirá exclusivamente como “cerveza” y no se considerará una dilución o mezcla de ninguna otra bebida alcohólica.
definición de cerveza fermentación ale porter lager stout añejamiento en barril cebada malta lúpulo exclusión del sake adjuntos miel en cerveza fruta en cerveza especias en cerveza
(Amended by Stats. 2019, Ch. 60, Sec. 1. (AB 205) Effective January 1, 2020.)
Esta ley define el 'vino' como una bebida elaborada fermentando uvas u otros productos agrícolas con azúcar natural o añadida. También incluye bebidas con aguardiente de uva o de fruta añadido, o licores destilados de los mismos productos agrícolas, pero con la condición de que no superen el 24% de alcohol por volumen y no contengan más del 15% de saborizantes, colorantes o materiales de mezcla añadidos. Incluye bebidas como el vermut y el sake. Es importante destacar que esta definición es solo para los fines de esta sección legal y no afecta ninguna normativa de salud relacionada con bebidas alcohólicas adulteradas o mal etiquetadas.
"Vino" significa el producto obtenido de la fermentación alcohólica normal del jugo de uvas sanas y maduras u otros productos agrícolas que contengan azúcar natural o añadida, o cualquier bebida alcohólica a la que se le añada aguardiente de uva, aguardiente de fruta o espíritu de vino, que se destila del producto o productos agrícolas particulares de los que se elabora el vino y otros productos vínicos rectificados y bajo cualquier nombre, y que no contenga más del 15 por ciento de saborizantes, colorantes y materiales de mezcla añadidos, y que no contenga más del 24 por ciento de alcohol por volumen, e incluye el vermut y el sake, conocido como vino de arroz japonés.
Nada de lo contenido en esta sección afecta o limita el poder, la autoridad o el deber del Departamento de Servicios de Salud del Estado en la aplicación de las leyes dirigidas a prevenir la fabricación, producción, venta o transporte de bebidas alcohólicas adulteradas, con marca incorrecta o etiquetadas incorrectamente, y la definición de "vino" contenida en esta sección se limita estrictamente a los fines de esta división y no se extiende a, ni deroga por implicación, ninguna ley que impida la producción, fabricación, venta o transporte de bebidas alcohólicas adulteradas, con marca incorrecta o etiquetadas incorrectamente.
definición de vino fermentación alcohólica aguardiente de uva aguardiente de fruta espíritu de vino vermut sake contenido de alcohol límite de saborizantes límite de colorantes material de mezcla Departamento de Servicios de Salud del Estado bebidas adulteradas bebidas alcohólicas mal etiquetadas estándares de vino de California
(Amended by Stats. 1978, Ch. 429.)
Esta ley define el término 'persona' de manera amplia. No solo incluye a individuos, sino también a grupos o empresas como compañías, sociedades, fideicomisos y otras organizaciones. Se aplica tanto si se refiere a una sola entidad como a varias.
«Persona» incluye a cualquier individuo, firma, sociedad colectiva, empresa conjunta, asociación, corporación, patrimonio, fideicomiso, fideicomiso mercantil, administrador judicial, sindicato, o cualquier otro grupo o combinación que actúe como una unidad, y el número plural así como el singular.
individuo firma sociedad colectiva empresa conjunta asociación corporación patrimonio fideicomiso fideicomiso mercantil administrador judicial sindicato actuando como unidad singular y plural grupo combinación
(Added by Stats. 1953, Ch. 152.)
Esta sección define 'Licenciatario' como cualquier persona que tenga una licencia, permiso, certificado o cualquier forma de autorización otorgada por el departamento.
“Licenciatario” significa cualquier persona que posea una licencia, un permiso, una certificación o cualquier otra autorización expedida por el departamento.
licenciatario autorización permiso certificación titular expedido por el departamento licencia titular de permiso titular de certificación autorización del departamento
(Amended by Stats. 2004, Ch. 437, Sec. 1. Effective September 9, 2004.)
Esta ley define el término "contribuyente" como cualquier persona que está obligada a pagar impuestos bajo una parte específica del Código de Impuestos y Contribuciones.
“Contribuyente” significa una persona responsable del pago de un impuesto conforme a la Parte 14 de la División 2 del Código de Impuestos y Contribuciones.
definición de contribuyente responsable del impuesto pago de impuestos Código de Impuestos y Contribuciones Parte 14 División 2 obligación tributaria contribuyente de California obligaciones fiscales responsabilidad del contribuyente cumplimiento fiscal términos definidos rendición de cuentas fiscales definición legal de contribuyente persona responsable del impuesto identificación del contribuyente
(Amended by Stats. 1955, Ch. 1842.)
Esta ley define a un «vendedor» como una persona que pide o toma pedidos de bebidas alcohólicas de un titular de licencia.
«Vendedor» significa cualquier individuo que solicita o recibe un pedido de bebidas alcohólicas de cualquier licenciatario.
definición de vendedor bebidas alcohólicas solicitud de pedidos pedidos de licenciatarios ventas de alcohol solicitar pedidos ventas de bebidas vendedores con licencia recepción de pedidos transacciones de alcohol representante de ventas interacción con titular de licencia industria de bebidas actividad de ventas procesamiento de pedidos
(Added by Stats. 1953, Ch. 152.)
Esta sección define a un 'fabricante de cerveza' como cualquier persona que tiene las instalaciones y el equipo necesarios y participa activamente en la elaboración de cerveza para vender.
“Fabricante de cerveza” significa cualquier persona que posee instalaciones y equipo con el propósito de, y se dedica a, la fabricación comercial de cerveza.
fabricante de cerveza fabricación comercial equipo de elaboración de cerveza instalaciones producción de cerveza operaciones de cervecería elaboración comercial de cerveza instalaciones de elaboración de cerveza elaboración de cerveza industria cervecera actividades de elaboración de cerveza equipo para elaborar cerveza negocio cervecero elaboración comercial fabricación de cerveza
(Amended by Stats. 2013, Ch. 686, Sec. 1. (AB 647) Effective January 1, 2014.)
Un «elaborador de vino» es alguien que tiene las herramientas y la infraestructura necesarias para convertir uvas, bayas u otras frutas en vino, y que está produciendo vino activamente.
«Elaborador de vino» significa cualquier persona que tenga instalaciones y equipo para la conversión de uvas, bayas u otras frutas en vino y se dedique a la producción de vino.
elaborador de vino uvas bayas conversión de fruta producción de vino equipo instalaciones elaboración de vino fruta en vino industria del vino proceso de elaboración de vino operador de viñedo fermentación de fruta creación de vino ley del vino de California
(Amended by Stats. 2008, Ch. 28, Sec. 1. Effective June 6, 2008.)
Esta ley define a un "mezclador de vino" como alguien que opera una bodega de vino afianzada con un permiso del gobierno de EE. UU., pero que no tiene las instalaciones o el equipo necesarios para convertir la fruta en vino y no produce vino a gran escala. Sin embargo, si una persona elabora o mezcla 200 galones de vino o menos al año, no será clasificada como mezclador de vino según esta ley.
Un “mezclador de vino” es una persona autorizada para operar una bodega de vino afianzada conforme a un permiso expedido para tal fin bajo las Leyes de Impuestos Internos de los Estados Unidos, pero que no posee instalaciones o equipo para la conversión de uvas, bayas u otras frutas en vino y no se dedica a la producción de vino en cantidades comerciales, siempre que cualquier persona que produzca o mezcle no más de 200 galones de vino al año no será considerada, debido a dicha producción o mezcla, un mezclador de vino en el sentido de esta división.
mezclador de vino bodega de vino afianzada Leyes de Impuestos Internos conversión de uvas fruta en vino producción comercial de vino límite de 200 galones exención de producción mezcla de vino permiso de Estados Unidos
(Added by Stats. 1965, Ch. 499.)
Esta ley define a un «fabricante de brandy» como alguien que elabora brandy y ningún otro tipo de bebidas espirituosas destiladas.
«Fabricante de brandy» significa cualquier persona dedicada únicamente a la fabricación de brandy y no a la fabricación de ningún otro tipo de bebidas espirituosas destiladas.
brandy fabricante bebidas espirituosas destiladas producción producción de brandy destilación producción de alcohol fabricación de alcohol solo brandy producción exclusiva destilería proceso de elaboración de brandy
(Added by Stats. 1953, Ch. 152.)
Un 'fabricante de bebidas espirituosas destiladas' es alguien que elabora licores a partir de materiales fermentados, pero no incluye a un productor de vino que elabora alcohol vínico. Este alcohol debe mezclarse con su vino, venderse a ciertos comerciantes o fabricantes, o destruirse para no ser considerado un fabricante de bebidas espirituosas destiladas.
"Fabricante de bebidas espirituosas destiladas" significa una persona que produce bebidas espirituosas destiladas a partir de materiales naturalmente fermentados o de cualquier otra manera. "Fabricante de bebidas espirituosas destiladas" no incluye a un viticultor que produce alcohol vínico, siempre que el alcohol vínico se mezcle con el vino producido por el viticultor, se venda a un comerciante de alcohol industrial o a un fabricante de bebidas espirituosas destiladas, o sea destruido por el viticultor.
bebidas espirituosas destiladas alcohol vínico viticultor materiales naturalmente fermentados comerciante de alcohol industrial mezclado con vino producción de bebidas espirituosas destiladas fabricación de alcohol producción de vino requisitos del productor definición de fabricante mezcla de alcoholes destrucción de alcoholes venta de bebidas espirituosas destiladas comerciante de alcohol
(Amended by Stats. 2023, Ch. 375, Sec. 1. (AB 1704) Effective October 7, 2023.)
Un "rectificador" es alguien que cambia el color, el sabor o las características de las bebidas espirituosas destiladas mediante diversos procesos como la destilación o la mezcla. Sin embargo, no incluye lugares como bares o restaurantes (licenciatarios de venta para consumo en el local) que hacen esto en el mismo lugar para bebidas que se consumen allí.
“Rectificador” significa toda persona que colorea, saboriza o procesa de otra manera bebidas espirituosas destiladas mediante destilación, mezcla, percolación u otros procesos. “Rectificador” no incluye a un licenciatario de venta para consumo en el local que colorea, saboriza o mezcla bebidas espirituosas destiladas o productos de vino en el local con licencia para venta para consumo en el local, para ser consumidos en dicho local con licencia.
rectificador bebidas espirituosas destiladas coloración saborización mezcla percolación licenciatario de venta para consumo en el local procesamiento de alcohol destilación de bebidas espirituosas local con licencia productos de vino consumo en el local modificación de bebidas alcohólicas métodos de procesamiento de bebidas espirituosas
(Amended by Stats. 2011, Ch. 301, Sec. 1. (SB 32) Effective September 21, 2011.)
Esta ley define qué es un 'importador' de bebidas alcohólicas en California. Incluye a cualquier persona que traiga o reciba alcohol de fuera del estado para ser usado o entregado dentro del estado, excepto los almacenes públicos con licencia. También cubre a los importadores con licencia que venden a no licenciatarios en áreas bajo jurisdicción de EE. UU. cuando la entrega es realizada por un transportista común desde fuera del estado. Además, si el alcohol ingresa al estado sin un consignatario, quienes lo traen se consideran importadores. Los importadores no incluyen a los agentes de aduanas que actúan en nombre de importadores con licencia o de negocios fuera del estado.
"Importador" significa:
(a)CA Negocios y Profesiones Code § 23017(a) Cualquier consignatario de bebidas alcohólicas introducidas en este Estado desde fuera de este Estado, cuando las bebidas alcohólicas sean para entrega o uso dentro de este Estado.
(b)CA Negocios y Profesiones Code § 23017(b) Cualquier persona, excepto un almacén público con licencia bajo esta división, a quien se le realice la primera entrega en este Estado de bebidas alcohólicas introducidas en este Estado desde fuera de este Estado para entrega o uso dentro de este Estado.
(c)CA Negocios y Profesiones Code § 23017(c) Cualquier persona, con licencia de importador, que venda bebidas alcohólicas a no licenciatarios dentro de un área sobre la cual el Gobierno de los Estados Unidos ejerce jurisdicción, cuando la entrega de las bebidas alcohólicas a los no licenciatarios sea realizada por un transportista común que transporte las bebidas alcohólicas desde un punto fuera de este Estado.
(d)CA Negocios y Profesiones Code § 23017(d) Cualquier persona que introduzca bebidas alcohólicas en este Estado desde fuera de este Estado que no estén consignadas a ninguna persona y que sean para entrega o uso dentro de este Estado.
Una persona con licencia de agente de aduanas que actúe como agente para un importador con licencia o para otra persona cuyo lugar de negocio esté fuera del Estado no se considerará el importador de bebidas alcohólicas consignadas bajo fianza de ingresos internos de los Estados Unidos o bajo fianza de aduanas de los Estados Unidos al agente de aduanas con licencia.
definición de importador bebidas alcohólicas consignatario importación de California transportista común entrega dentro del estado no licenciatarios jurisdicción de EE. UU. exención de agente de aduanas importador con licencia entrega de alcohol excepción de almacén público alcohol interestatal alcohol no consignado consignaciones afianzadas
(Added by Stats. 1953, Ch. 152.)
Un 'exportador' es alguien que vende o envía bebidas alcohólicas desde California a lugares fuera del estado.
«Exportador» significa cualquier persona que vende, entrega o consigna bebidas alcohólicas ubicadas dentro de este Estado para su entrega, uso o venta fuera del Estado.
bebidas alcohólicas exportador vende entrega consigna California entrega uso venta fuera del estado exportación de alcohol envío de bebidas
(Added by Stats. 1953, Ch. 152.)
Un "agente de aduanas" es alguien a quien se le permite ayudar a importar bebidas alcohólicas al estado, ya sea para un importador con licencia o para alguien cuyo negocio se encuentra fuera del estado. Se encargan de la documentación legal y los procesos relacionados con la entrada de estas bebidas a través de las aduanas de EE. UU. o bajo fianza de ingresos internos de EE. UU.
"Agente de aduanas" significa toda persona autorizada para actuar como agente o corredor para una persona con licencia de importador o para una persona cuyo lugar de negocio está fuera del Estado, con respecto a la importación de bebidas alcohólicas al Estado bajo fianza de ingresos internos de los Estados Unidos o bajo fianza aduanera de los Estados Unidos.
agente de aduanas agente importador bebidas alcohólicas fianza aduanera de los Estados Unidos fianza de ingresos internos agente autorizado importación importador con licencia negocio fuera del estado importación de alcohol importación bajo fianza
(Added by Stats. 1953, Ch. 152.)
Un 'corredor de vinos' es una persona que actúa como intermediario para comprar o vender vino en nombre de otra persona y cobra una tarifa o comisión por hacerlo. Esto no incluye a los vendedores que trabajan directamente para una empresa con licencia.
“Corredor de vinos” significa toda persona, que no sea un vendedor empleado regularmente por un licenciatario, que actúa como agente en la venta o compra de vino para o en nombre de otra u otras personas a cambio de una tarifa o comisión.
corredor de vinos venta de vino compra de vino agente tarifa comisión asistencia en ventas transacciones de vino rol de agente industria del vino servicios de corretaje agente independiente ventas a comisión acuerdo de venta de vino comisión del agente
(Added by Stats. 1953, Ch. 152.)
Un "mayorista" es cualquier persona, aparte de un fabricante, viticultor o rectificador, que se dedica a la venta de bebidas alcohólicas en grandes cantidades, ya sea dentro de los EE. UU. (excepto sus territorios) o en un país extranjero vecino.
"Mayorista" significa toda persona que no sea un fabricante, viticultor o rectificador, que se dedica al negocio como intermediario o comerciante mayorista, que comercia con bebidas alcohólicas, en un área dentro de los Estados Unidos que no sea un territorio o posesión de los Estados Unidos, o dentro de un país extranjero que tenga fronteras comunes con cualquier estado de los Estados Unidos.
mayorista intermediario comerciante mayorista bebidas alcohólicas fabricante viticultor rectificador negocio de intermediario país extranjero territorios de Estados Unidos fronteras comunes distribución de alcohol grandes cantidades regulaciones comerciales
(Amended by Stats. 1975, Ch. 597.)
Esta ley define a un 'comerciante de alcohol industrial' como alguien que vende alcohol o bebidas espirituosas destiladas en grandes cantidades, específicamente más de un galón, para fines no relacionados con el consumo en diversas profesiones o industrias.
alcohol industrial comerciante de alcohol bebidas espirituosas destiladas envases de más de un galón uso no como bebida oficios profesiones industrias venta de alcohol alcohol en grandes cantidades
(Added by Stats. 1953, Ch. 152.)
El término “minorista” se refiere a cualquier persona que tiene una licencia para vender alcohol, ya sea que lo vendan para consumir en el mismo lugar (como un bar) o para que la gente lo lleve y lo consuma en otro lugar (como una licorería).
“Minorista” significa cualquier titular de licencia para venta para consumo en el local o para llevar.
minorista licenciatario de venta para consumo en el local licenciatario de venta para llevar venta de alcohol licorería bar licenciatario licencia de alcohol consumo local alcohol para llevar
(Added by Stats. 1953, Ch. 152.)
Una “licencia de venta para consumo en el local de minorista” se refiere a diferentes tipos de licencias que permiten a los negocios vender cerveza y vino a clientes que lo consumen en el mismo establecimiento. Esto incluye licencias para vender solo cerveza, tanto cerveza como vino, todo tipo de bebidas alcohólicas, y licencias específicamente para negocios de temporada.
Por “licencia de venta para consumo en el local de minorista” se entiende las licencias de venta de cerveza para consumo en el local, las licencias de venta de cerveza y vino para consumo en el local, las licencias de venta general para consumo en el local y las licencias de venta general para consumo en el local para negocios de temporada.
licencia de venta para consumo en el local de minorista licencia de cerveza para consumo en el local licencia de cerveza y vino para consumo en el local licencia general para consumo en el local negocios de temporada venta de alcohol consumo de cerveza y vino consumo en el establecimiento licencias de bebidas alcohólicas beber en el local licencia de temporada
(Added by Stats. 1953, Ch. 152.)
Esta sección de la ley define 'vender' alcohol como cualquier acuerdo en el que las bebidas alcohólicas cambian de dueño a cambio de algo. Cubre cosas como la entrega de alcohol después de hacer un pedido y solicitar o recibir un pedido, pero no incluye la devolución de alcohol al vendedor original.
“Vender” o “venta” y “realizar una venta” incluye cualquier transacción mediante la cual, a cambio de cualquier contraprestación, la titularidad de bebidas alcohólicas se transfiere de una persona a otra, e incluye la entrega de bebidas alcohólicas conforme a un pedido realizado para la compra de dichas bebidas y la solicitud o recepción de un pedido de dichas bebidas, pero no incluye la devolución de bebidas alcohólicas por parte de un licenciatario al licenciatario a quien se le compraron dichas bebidas.
bebidas alcohólicas transferencia de titularidad realización de pedidos entrega de alcohol transacción solicitud de pedidos recepción de pedidos ventas de alcohol devolución de alcohol licenciatario contraprestación compra de alcohol entrega de bebidas alcohólicas transferencia de título
(Added by Stats. 1953, Ch. 152.)
Esta ley explica que una 'venta al por menor' o 'venta minorista' se refiere a las ventas realizadas por ciertos titulares de licencias directamente a los consumidores para su uso personal, no para ser revendidas.
venta al por menor venta minorista licenciatario de venta para consumo en el local licenciatario de venta para consumo fuera del local consumo no para reventa venta de alcohol titulares de licencias venta directa al consumidor uso personal Código de Negocios y Profesiones de California
(Added by Stats. 1953, Ch. 152.)
Esta ley define una 'venta al por mayor' como la venta de algo a alguien que tiene una licencia, como un negocio, específicamente para que esa persona pueda venderlo a otra.
"Venta al por mayor" o "venta mayorista" significa una venta a cualquier licenciatario con fines de reventa.
definición de venta al por mayor venta mayorista reventa licenciatario licencia comercial BPC 23027 ley de distribución transacciones comerciales revendedor ventas comerciales de California transacción mayorista reventa con licencia regulación de ventas comerciales distribuidor con licencia reventa minorista
(Added by Stats. 1953, Ch. 152.)
Esta sección define un "envase" como cualquier tipo de recipiente utilizado para contener bebidas alcohólicas, que esté cerrado con un corcho, un tapón, una tapa, o algo similar.
“Envase” significa cualquier recipiente o receptáculo utilizado para contener bebidas alcohólicas que esté taponado o sellado con un corcho, un tapón, una tapa, o de cualquier otra manera.
recipiente receptáculo bebidas alcohólicas taponado sellado elemento de cierre tapón tapa envasado de alcohol recipiente para bebidas envase de bebidas envase sellado definición de envase cerrado sellado de bebidas
(Added by Stats. 1953, Ch. 152.)
En esta ley, el término "caja" se refiere a la caja o cartón típico en el que el fabricante o viticultor empaca las bebidas alcohólicas para su envío o transferencia.
“Caja” o “caja original” significa una caja o cartón estándar tal como es empacada por el fabricante o viticultor en la que se envían o transfieren paquetes de bebidas alcohólicas.
definición de caja caja original embalaje de alcohol fabricante viticultor envío transferencia bebidas alcohólicas caja o cartón embalaje estándar definición de embalaje
(Added by Stats. 1953, Ch. 152.)
Esta ley simplemente explica que cuando se usan los términos 'embotellar' o 'envasar', se refiere a colocar bebidas alcohólicas en cualquier tipo de recipiente, como una botella o un barril.
“Embottellar” o “envasar” significa embotellar, embarrilar o, de cualquier otra forma, colocar bebidas alcohólicas en un recipiente.
bebidas alcohólicas botella envase recipiente barril definición colocación embotellado envasado recipientes de licor envasado de bebidas colocación en recipiente almacenamiento de bebidas regulaciones de alcohol de California embotellado de vino
(Added by Stats. 1953, Ch. 152.)
Un 'galón' o 'galón de vino' se define como una medida líquida equivalente a 231 pulgadas cúbicas.
“Galón” o “galón de vino” significa aquella medida líquida que contiene 231 pulgadas cúbicas.
definición de galón de vino medida líquida 231 pulgadas cúbicas medida de galón volumen de vino medida de líquido tamaño de galón de vino unidad de medida conversión de volumen estándar de volumen líquido
(Added by Stats. 1953. Ch. 152.)
Las 'bebidas espirituosas de prueba' son un tipo de bebida alcohólica que está compuesta por la mitad de alcohol etílico puro. Este alcohol tiene una densidad específica a 60 grados Fahrenheit en comparación con el agua a la misma temperatura.
«Bebidas espirituosas de prueba» significa aquella bebida alcohólica que contiene la mitad de su volumen de alcohol etílico puro con una gravedad específica de 0.7939 a 60 grados Fahrenheit, referida al agua a 60 grados Fahrenheit como unidad.
bebidas espirituosas de prueba alcohol etílico gravedad específica bebida alcohólica 60 grados Fahrenheit alcohol puro densidad alcohol de consumo volumen medición de pureza contenido de alcohol referencia de temperatura comparación de unidad estándares de alcohol graduación alcohólica
(Added by Stats. 1953, Ch. 152.)
En términos sencillos, un "galón de prueba" es una medida utilizada para determinar ya sea un galón de bebidas espirituosas con una cierta graduación alcohólica o un volumen equivalente que contenga la misma cantidad de alcohol.
galón de prueba galón de bebidas espirituosas medida de alcohol bebidas espirituosas de prueba volumen de alcohol cantidad equivalente de alcohol graduación de prueba contenido de alcohol bebidas espirituosas destiladas medida en galones equivalente de alcohol estándar de prueba medida de licores alcohol para bebidas medida de bebidas espirituosas
(Added by Stats. 1953, Ch. 152.)
Esta ley define un 'alambique' como cualquier equipo que puede usarse para separar alcohol de mezclas. Sin embargo, excluye el equipo utilizado en laboratorios o para producir agua destilada o sustancias no alcohólicas.
"Alambique" significa cualquier aparato capaz de ser utilizado para separar alcohol, o vapores o soluciones alcohólicas de alcohol o de soluciones o mezclas alcohólicas, pero no incluye alambiques o aparatos utilizados con fines de laboratorio o únicamente en la producción de agua destilada o sustancias que no sean bebidas alcohólicas.
aparato de destilación alambique separación de alcohol vapores alcohólicos proceso de destilación exclusión de equipo de laboratorio agua destilada sustancias no alcohólicas soluciones alcohólicas definición de aparato exclusión de equipo
(Amended by Stats. 1959, Ch. 547.)
Un 'almacén privado' es un lugar donde una persona con licencia puede guardar su alcohol, pero no venderlo, y está separado del lugar principal donde opera su negocio.
«Almacén privado» significa cualquier lugar mantenido por un licenciatario, que no sea su local con licencia, para el almacenamiento, pero no para la venta, de alcohol o bebidas alcohólicas propiedad del licenciatario.
almacén privado almacenamiento local con licencia bebidas alcohólicas licenciatario instalación de almacenamiento no para la venta ubicación separada operaciones comerciales almacenamiento de alcohol almacenaje no minorista ubicación alternativa
(Added by Stats. 1953, Ch. 152.)
Un "almacén público" es un lugar que tiene licencia para guardar alcohol o bebidas alcohólicas para otros titulares de licencias, pero no puede venderlos. Esto incluye los almacenes aduaneros afianzados de EE. UU. y los almacenes afianzados de rentas internas de EE. UU. si guardan alcohol para otro licenciatario.
almacén público almacenamiento de alcohol almacenamiento con licencia bebidas alcohólicas almacenes aduaneros afianzados almacenes afianzados de rentas internas licenciatarios licencia de almacenamiento almacenes afianzados licenciamiento de almacenes
(Added by Stats. 1953, Ch. 152.)
Esta ley define qué califica como un 'Club' en términos de operaciones legales. Es una corporación o asociación que posee o utiliza un lugar con fines sociales o atléticos, no para obtener ganancias. Dicho club debe tener una lista real de miembros que pagan cuotas anualmente, y sus beneficios son para sus miembros. El club solo puede vender alcohol a sus miembros y a sus invitados reales. Un invitado debe ser alguien que se aloja en el lugar o que ha sido invitado específicamente para un evento especial.
«Club» significa una corporación o asociación que es propietaria, arrendataria u ocupante de un establecimiento operado exclusivamente con fines de carácter social o atlético, pero no con fines de lucro, que posee una lista de miembros de buena fe, y cuya mayoría de miembros paga cuotas al menos una vez al año, y cuya propiedad, así como sus ventajas, pertenecen a los miembros, y que vende bebidas alcohólicas únicamente a sus miembros y a sus invitados de buena fe. Se define como invitado a una persona que es realmente un huésped de la casa, o una persona cuya presencia como invitado responde a una invitación específica para una ocasión especial.
club social club atlético membresía de buena fe cuotas anuales lucro económico venta de alcohol invitados de buena fe huésped de la casa invitación para ocasión especial propiedad de asociación establecimiento sin fines de lucro beneficios para miembros lista de miembros
(Amended by Stats. 1957, Ch. 618.)
Esta ley define qué es un 'establecimiento público de comidas de buena fe'. Básicamente, es un restaurante que sirve consistentemente comidas de verdad (no solo aperitivos como sándwiches o ensaladas) a clientes que pagan, en un ambiente limpio y saludable con una cocina adecuada. Debe cumplir con las regulaciones del departamento de salud y no necesita vender comida junto con bebidas.
“Establecimiento público de comidas de buena fe” significa un lugar que es utilizado y mantenido abierto de manera regular y de buena fe para el servicio de comidas a huéspedes a cambio de una compensación y que cuenta con instalaciones de cocina adecuadas conectadas al mismo, que contengan las comodidades para cocinar una variedad de alimentos que puedan ser requeridos para comidas ordinarias, cuya cocina debe mantenerse en condiciones sanitarias con la cantidad adecuada de refrigeración para la conservación de alimentos en dichas instalaciones y debe cumplir con todas las regulaciones del departamento de salud local. “Comidas” significa el surtido habitual de alimentos que se piden comúnmente a diversas horas del día; el servicio de alimentos y provisiones únicamente como sándwiches o ensaladas no se considerará un cumplimiento de este requisito. “Huéspedes” significará las personas que, durante las horas en que se sirven comidas regularmente en el mismo, acuden a un establecimiento público de comidas de buena fe con el propósito de obtener, y de hecho piden y obtienen en ese momento, de buena fe, una comida en dicho lugar. Nada en esta sección, sin embargo, se interpretará en el sentido de que exija que cualquier alimento se venda o compre con cualquier bebida.
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(Amended by Stats. 1955, Ch. 1779.)
Esta sección aclara que un "establecimiento público de comidas de buena fe" también puede incluir lugares como centros de convenciones o auditorios que son propiedad del estado, ciudades o corporaciones públicas. Estos lugares deben recibir regularmente a grupos y ofrecer comidas preparadas, contando con una cocina adecuada que cumpla las normas sanitarias. Las comidas deben ser más que simples sándwiches o ensaladas, refiriéndose a opciones típicas de almuerzo o cena. Los recintos deben ofrecer comidas para los eventos que albergan, pero no necesariamente todos los días, siempre y cuando las proporcionen al menos el 25% de los días que están en uso cada año. No hay ningún requisito de que la comida se venda o compre junto con bebidas alcohólicas.
No obstante lo dispuesto en la Sección 23038, por “establecimiento público de comidas de buena fe” también se entiende un centro de convenciones, sala de exposiciones o auditorio, que en lo sucesivo se denominará “inatalaciones”, propiedad o arrendado al Estado de California, a cualquier ciudad incorporada, condado, ciudad y condado, o corporación pública del Estado de California que sea utilizado y mantenido abierto de manera regular y de buena fe para la asistencia de grupos de invitados, y en relación con dicho uso sirva comidas a dichos grupos de invitados a cambio de una compensación, y que cuente con instalaciones de cocina adecuadas en relación con ello, dicha cocina conteniendo las comodidades para la preparación de comidas ordinarias y manteniéndose en condiciones sanitarias con refrigeración adecuada para la conservación de alimentos en las instalaciones de conformidad con todas las regulaciones del departamento de salud local.
Por “comidas”, tal como se utiliza en esta sección, se entienden los alimentos que se suelen pedir en un almuerzo o cena; siempre que, sin embargo, el servicio de alimentos como sándwiches o ensaladas únicamente no se considerará cumplimiento de este requisito.
Por “grupos de invitados”, tal como se utiliza en esta sección, se entienden las personas que acuden a las instalaciones de propiedad o arrendadas según lo dispuesto en el presente, para hacer uso de dichas instalaciones para el propósito o propósitos para los que fueron diseñadas, y en relación con dicho uso pueden, como grupo, pedir con antelación y obtener o que se les sirva una comida en ellas.
Por “centro de convenciones”, tal como se utiliza en esta sección, se entiende un edificio o grupo de edificios en estrecha proximidad física que consiste en, pero no se limita necesariamente a, una sala de convenciones, sala de exposiciones, auditorio o teatro, o cualquier combinación de los mismos, y utilizado con el propósito, entre otros, de proporcionar instalaciones para convenciones, producciones teatrales, espectáculos, centros deportivos, exposiciones, muestras, conferencias o reuniones.
Nada de lo dispuesto en esta sección se interpretará en el sentido de que exija que se sirvan comidas todos los días que se utilicen las instalaciones o cualquier parte de las mismas. Sin embargo, las comidas deberán estar realmente disponibles para los grupos de invitados de buena fe, previa notificación y solicitud adecuadas a los operadores de dichas instalaciones, cualquier día de cualquier año en que dichas instalaciones sean utilizadas por dichos grupos de invitados, y se servirán a los grupos de invitados según lo dispuesto anteriormente en al menos el 25 por ciento del total de días de cada año en que las instalaciones sean utilizadas por dichos grupos de invitados.
Nada de lo dispuesto en esta sección se interpretará en el sentido de que exija que se venda o compre ningún alimento con ninguna bebida alcohólica.
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(Added by Stats. 1968, Ch. 860.)
Aunque normalmente ciertos lugares califican como restaurantes legítimos para obtener licencias de venta de alcohol, en este caso, un "establecimiento público de comida de buena fe" también puede referirse a grandes recintos como parques de béisbol y estadios, si sirven comida con instalaciones de cocina adecuadas durante eventos deportivos profesionales. El Departamento de Control de Bebidas Alcohólicas puede establecer reglas específicas sobre los tipos y tamaños de cerveza y vino que estos lugares pueden vender.
No obstante lo dispuesto en la Sección 23038, a los efectos de expedir únicamente una licencia de venta de cerveza y vino para consumo en el local, “establecimiento público de comida de buena fe” también significa un parque de béisbol, estadio o coliseo que presente eventos deportivos profesionales y que mantenga instalaciones de cocina adecuadas para la preparación de alimentos que se ofrezcan a la venta a las personas que asistan a dichos eventos deportivos profesionales.
El Departamento de Control de Bebidas Alcohólicas podrá prescribir tipos y tamaños específicos de envases de cerveza y vino que podrán venderse de conformidad con las disposiciones de esta sección.
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(Amended by Stats. 1978, Ch. 270.)
Esta ley establece que, para obtener una licencia para vender cerveza y vino, un 'establecimiento público de comida de buena fe' también puede ser una escuela de cocina. Para calificar, la escuela de cocina debe ofrecer regularmente clases de cocina auténticas y contar con instalaciones de cocina adecuadas para enseñar la preparación de alimentos.
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(Added by Stats. 2011, Ch. 702, Sec. 1. (SB 339) Effective January 1, 2012.)
Esta ley define qué se considera 'establecimiento público' para los lugares que venden alcohol. Principalmente incluye lugares con ciertas licencias de alcohol que no tienen la venta de comida como su negocio principal, como bares que solo podrían ofrecer pequeños alimentos junto con las bebidas. También hay excepciones específicas donde el término 'establecimiento público' no se aplica, como los vagones restaurante en trenes, ciertos clubes, teatros y organizaciones culturales sin fines de lucro que han operado legalmente por más de un año. También se excluyen los parques históricos, algunos estadios y las fundaciones artísticas sin fines de lucro.
(a)CA Negocios y Profesiones Code § 23039(a) Por “establecimiento público” se entiende:
(1)CA Negocios y Profesiones Code § 23039(a)(1) Establecimientos con cualquier tipo de licencia que no sea una licencia de cerveza para consumo en el local, y mantenidos y operados para la venta o el servicio de bebidas alcohólicas al público para su consumo en el establecimiento, y en los cuales no se venderán ni servirán alimentos al público como en un establecimiento de comida público de buena fe, pero en los cuales se podrán vender o servir productos alimenticios de forma incidental a la venta o el servicio de bebidas alcohólicas, de acuerdo con las normas prescritas por el departamento.
(2)CA Negocios y Profesiones Code § 23039(a)(2) Establecimientos con una licencia de cerveza para consumo en el local, en los cuales no se venderán ni servirán alimentos al público como en un establecimiento de comida público de buena fe, y en los cuales no se venderán ni servirán sándwiches, ensaladas, postres y pedidos cortos similares, de acuerdo con las normas prescritas por el departamento.
(b)CA Negocios y Profesiones Code § 23039(b) Por “establecimiento público” no se incluye ninguno de los siguientes:
(1)CA Negocios y Profesiones Code § 23039(b)(1) Vagones restaurante o club de ferrocarril, barcos de pasajeros, aviones o clubes de buena fe después de que los clubes hayan operado legalmente por no menos de un año.
(2)CA Negocios y Profesiones Code § 23039(b)(2) Unidades históricas del sistema de parques estatales.
(3)CA Negocios y Profesiones Code § 23039(b)(3) Establecimientos que operan bajo una licencia temporal de cerveza para consumo en el local, distinta de la permitida conforme a la Sección 24045.5, o estadios, auditorios, recintos feriales o hipódromos con licencia de cerveza para consumo en el local.
(4)CA Negocios y Profesiones Code § 23039(b)(4) Compañías de teatro sin fines de lucro, compañías de radiodifusión sin fines de lucro o compañías de exhibición de películas culturales sin fines de lucro con licencia conforme a la Sección 24045.7.
(5)CA Negocios y Profesiones Code § 23039(b)(5) Teatros con licencia conforme a la Sección 24045.75.
(6)CA Negocios y Profesiones Code § 23039(b)(6) Cementerios con licencia conforme a la Sección 24045.76.
(7)CA Negocios y Profesiones Code § 23039(b)(7) Establecimientos de viticultores.
(8)CA Negocios y Profesiones Code § 23039(b)(8) Establecimientos con licencia de una fundación artística sin fines de lucro con licencia conforme a la Sección 24045.78.
licencias de alcohol establecimientos públicos licencia de alcohol (no de cerveza para consumo en el local) servicio de alimentos establecimiento de comida público de buena fe normas del departamento vagones restaurante de ferrocarril parques estatales históricos licencias temporales estadios auditorios recintos feriales teatros sin fines de lucro viticultores fundación artística sin fines de lucro
(Amended by Stats. 2022, Ch. 732, Sec. 1.5. (SB 1370) Effective January 1, 2023.)
Esta ley permite que un lugar que vende cerveza y vino y funciona como teatro-cabaret deje entrar a personas menores de 21 años a sus espectáculos, pero solo si han tenido su licencia por al menos 10 años, el teatro tiene capacidad para al menos 375 personas, y no se vende ni consume alcohol durante las funciones.
No obstante cualquier otra disposición de la ley, cualquier titular de una licencia de venta de cerveza y vino para consumo en el local que haya tenido licencia en un local operado como teatro-cabaret durante al menos 10 años y que tenga una capacidad de asientos para al menos 375 clientes podrá admitir a personas menores de 21 años a las representaciones teatrales siempre que no se vendan, sirvan o consuman bebidas alcohólicas en el local durante dichas representaciones.
licencia de venta de cerveza y vino para consumo en el local teatro-cabaret admisión de menores de 21 años capacidad de asientos restricciones de alcohol representaciones teatrales servicio de bebidas alcohólicas local público teatro con licencia eventos sin alcohol público joven regulación de alcohol de California local de entretenimiento prohibición de venta de alcohol licencia de local
(Amended by Stats. 2008, Ch. 18, Sec. 1. Effective June 2, 2008.)
Una 'zona de entretenimiento' es un área establecida por un gobierno local donde, a partir del 1 de enero de 2025, se permite a las personas beber ciertas bebidas alcohólicas en espacios públicos como calles y aceras.
zona de entretenimiento consumo público de alcohol ordenanza municipal ordenanza del condado consumo de alcohol en aceras calles públicas bebidas alcohólicas servidumbres de paso públicas gobierno local zonas de consumo de alcohol creación de ordenanzas áreas públicas para beber espacios comunitarios áreas públicas regulaciones de 2025
(Amended by Stats. 2024, Ch. 869, Sec. 1. (SB 969) Effective January 1, 2025.)
Esta ley simplemente aclara que cuando se usa la frase «dentro de este Estado», se refiere a todas las áreas que caen bajo los límites geográficos del estado.
«Dentro de este Estado» significa todo el territorio dentro de los límites de este Estado.
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(Added by Stats. 1953, Ch. 152.)
En esta ley, la frase "Fuera del Estado" se refiere a cualquier área fuera de las fronteras de este estado.
“Fuera del Estado” significa todo el territorio fuera de los límites de este Estado.
fuera del estado límites estatales definición de territorio frontera estatal fuera del estado límites territoriales límites geográficos región fuera del estado jurisdicción estatal territorios fuera del estado
(Added by Stats. 1953, Ch. 152.)
El término "Junta" en este contexto se refiere a la Junta Estatal de Ecualización, que se encarga de administrar ciertos impuestos especiales según lo establecido en la Constitución del estado.
“Junta” significa la Junta Estatal de Ecualización, en el ejercicio de las facultades y deberes con respecto a los impuestos especiales que le están reservados por la Sección 22 del Artículo XX de la Constitución.
Junta Estatal de Ecualización impuestos especiales Sección 22 Artículo XX facultades constitucionales autoridad fiscal administración tributaria de California deberes fiscales gestión de impuestos especiales función fiscal del gobierno deberes constitucionales de la junta regulación fiscal responsabilidades de la junta
(Amended by Stats. 1955, Ch. 447.)
Esta sección define los términos 'Departamento' y 'Director' específicamente como referentes al Departamento de Control de Bebidas Alcohólicas y a su Director.
“Departamento” significa el Departamento de Control de Bebidas Alcohólicas, y “director” significa el Director de Control de Bebidas Alcohólicas.
Departamento de Control de Bebidas Alcohólicas Director de Control de Bebidas Alcohólicas Regulación de alcohol Agencia gubernamental Control de BA Leyes de alcohol de California Autoridad de licencias de alcohol Definición de departamento de California Director de agencia Director del ABC
(Amended by Stats. 1955, Ch. 447.)
Esta sección define "licencia" como un tipo de permiso que el departamento está autorizado a emitir de acuerdo con esta parte del Código de Negocios y Profesiones.
“Licencia” significa una licencia autorizada para ser emitida por el departamento de conformidad con esta división.
definición de licencia emisión de permisos autorización del departamento Código de Negocios y Profesiones autoridad de la División tipo de licencia definición de permiso emisión autorizada permiso reglamentario proceso de licenciamiento
(Amended by Stats. 1955, Ch. 447.)
El término «Junta de Apelaciones» se refiere específicamente a la Junta de Apelaciones de Control de Bebidas Alcohólicas.
«Junta de Apelaciones» significa la Junta de Apelaciones de Control de Bebidas Alcohólicas.
Junta de Apelaciones Control de Bebidas Alcohólicas definición de Junta de Apelaciones Junta de Apelaciones de Control de Bebidas Alcohólicas Control de Bebidas apelaciones de permisos de licor apelaciones de regulación de alcohol resoluciones de control de bebidas política de alcohol proceso de apelaciones ley de alcohol de California entidad de apelaciones licencias de bebidas alcohólicas
(Added by Stats. 1955, Ch. 447.)
Esta sección define un 'transportista aéreo común' como una persona o empresa que opera servicios de transporte aéreo regulares entre ubicaciones específicas con aprobación oficial. También aclara que 'avión' o 'avión de transportista común' se refiere a los aviones utilizados por estos transportistas.
"Transportista aéreo común" significa una persona dedicada al transporte aéreo regular entre terminales fijas bajo un certificado de conveniencia y necesidad pública emitido por la Junta de Aeronáutica Civil, o su sucesor, o la Comisión de Servicios Públicos, o su sucesor, y "avión" o "avión de transportista común" significa un avión operado en transporte aéreo por un transportista aéreo común.
transportista aéreo común transporte aéreo regular terminales fijas certificado de conveniencia pública necesidad Junta de Aeronáutica Civil Comisión de Servicios Públicos sucesor transporte aéreo avión de transportista común
(Amended by Stats. 1968, Ch. 607.)
Un "vuelo programado" es un vuelo que sigue un horario regular y es anunciado por una aerolínea. No se refiere a cada vez que un avión despega en esa ruta durante el día.
"Vuelo programado" significa un vuelo programado y anunciado regularmente de un transportista aéreo común, pero no significa cada operación diaria de aeronaves en dicho vuelo.
vuelo programado transportista aéreo común programado regularmente vuelo anunciado horario de aerolínea operación diaria horario de vuelo ruta de aerolínea publicidad de vuelos horario regular vuelos de pasajeros vuelo de aerolínea comercial programación rutinaria de vuelos
(Added by renumbering Section 23046 by Stats. 1957, Ch. 37.)