Ninguna persona deberá, dentro de este Estado, fabricar para la venta, ofrecer para la venta o vender cualquier artículo, mezcla, compuesto o sustancia, utilizada en la elaboración de pinturas, aceites, barnices o pigmentos, que se encuentre adulterado según el significado de este capítulo.
Chapter 6
Section § 20500
Esta ley prohíbe que cualquier persona en el estado fabrique, venda u ofrezca pinturas, aceites, barnices, pigmentos o sustancias similares que se consideren adulteradas o alteradas, de acuerdo con las definiciones proporcionadas en este capítulo.
sustancias adulteradas fabricación de pinturas venta de aceites normativa de barnices pigmentos leyes estatales de fabricación oferta para la venta compuestos mezclas normas de sustancias control de calidad normativa empresarial de California cumplimiento en la industria de la pintura prohibición de adulteración de productos materiales en pinturas
Section § 20501
Esta ley explica cuándo ciertos productos, como aceites, trementinas, alcohol, pinturas o pigmentos, se consideran 'adulterados' o impuros. Para aceites y sustancias similares, se consideran adulterados si contienen ingredientes diferentes, se mezclan para reducir la calidad, tienen sustitutos más baratos o son productos de imitación. Para pinturas y pigmentos, se consideran adulterados si se mezclan con sustancias que disminuyen la calidad o si imitan otros productos.
Un artículo conforme a este capítulo se considera adulterado en el sentido de este capítulo:
(a)CA Negocios y Profesiones Code § 20501(a) En el caso de aceites, trementinas, alcohol u otros vehículos bajo cualquiera de las siguientes circunstancias:
(1)CA Negocios y Profesiones Code § 20501(a)(1) Si contiene cualquier otra sustancia o ingrediente diferente del artículo bajo cuyo nombre se ofrece para la venta o se vende.
(2)CA Negocios y Profesiones Code § 20501(a)(2) Si se le ha mezclado alguna sustancia de manera que disminuya, deprecie o afecte perjudicialmente la calidad, resistencia o pureza del artículo.
(3)CA Negocios y Profesiones Code § 20501(a)(3) Si se le ha sustituido total o parcialmente alguna sustancia o sustancias inferiores o más baratas.
(4)CA Negocios y Profesiones Code § 20501(a)(4) Si es una imitación, o se vende bajo el nombre de cualquier otro artículo.
(b)CA Negocios y Profesiones Code § 20501(b) En el caso de pinturas de plomo, zinc, ocre u otras pinturas metálicas, minerales o químicas, o cualquier otro pigmento en forma de pasta y etiquetado como puro, utilizado en la industria de la pintura o decoración bajo cualquiera de las siguientes circunstancias:
(1)CA Negocios y Profesiones Code § 20501(b)(1) Si se le ha mezclado, o sustituido total o parcialmente, alguna sustancia que disminuya, deprecie o afecte perjudicialmente la calidad, resistencia o pureza del artículo.
(2)CA Negocios y Profesiones Code § 20501(b)(2) Si es una imitación de cualquier otro artículo.
aceites adulterados pureza de trementinas impurezas de alcohol depreciación de calidad sustancias sustitutas productos de imitación pinturas metálicas adulteración mineral pigmentos químicos estándares de la industria de la pintura etiquetado de pureza calidad depreciada sustancias impuras pigmentos en pasta regulaciones de la industria de la decoración
Section § 20502
Si alguien altera o diluye un producto cubierto por esta ley y lo vende como si estuviera intacto, está infringiendo la ley. También es ilegal vender algo diferente de lo que se dijo que era sin informar al comprador. Hacer estas cosas se considera un delito menor, que es un tipo de delito.
Toda persona que adultere o diluya cualquier artículo mencionado en este capítulo y venda u ofrezca para la venta el mismo así diluido o adulterado, como no diluido y no adulterado, toda persona que venda u ofrezca para la venta un artículo diferente sin informar al comprador de dicha diferencia, y toda persona que viole cualquiera de las disposiciones de este capítulo es culpable de un delito menor.
adulteración dilución delito menor venta de productos falsa representación protección al consumidor venta fraudulenta manipulación etiquetado veracidad en la publicidad