Section § 22948.50

Explanation

Esta ley exige a los fabricantes de automóviles que revelen si un nuevo modelo de vehículo tiene cámaras integradas. Si las cámaras son una característica estándar, esto debe mencionarse en el manual del propietario. Si no son estándar, el concesionario debe ser informado a través de documentos como la hoja de especificaciones del vehículo. Los concesionarios no deben vender ni arrendar dichos vehículos sin informar claramente a los compradores sobre las cámaras. Deben proporcionar un documento separado que reconozca la presencia de cámaras, requiriendo la firma del comprador para confirmar que ha sido informado. Los compradores tienen derecho a revisar la documentación sobre estas cámaras antes de la compra, y la firma del formulario de divulgación no significa que consientan el uso de las grabaciones. Los concesionarios no son responsables por fallas en la divulgación si la documentación del fabricante es defectuosa.

(a)CA Negocios y Profesiones Code § 22948.50(a) Un fabricante de un nuevo modelo de vehículo de motor que esté equipado de serie con una o más cámaras integradas en el vehículo, y que se venda o arriende en este estado, deberá revelar ese hecho en el manual del propietario del vehículo. Si un vehículo está equipado con una o más cámaras integradas en el vehículo y la cámara no viene de serie con el modelo del vehículo, el fabricante deberá revelar que el vehículo está equipado con una o más cámaras integradas en el vehículo en un documento enviado al concesionario del vehículo, que puede incluir la hoja de especificaciones del vehículo.
(b)Copy CA Negocios y Profesiones Code § 22948.50(b)
(1)Copy CA Negocios y Profesiones Code § 22948.50(b)(1) Un concesionario no deberá ofrecer para la venta o el arrendamiento un nuevo vehículo de motor equipado con una o más cámaras integradas en el vehículo en este estado sin informar de manera destacada, durante la compra del vehículo, y de conformidad con los procedimientos de los párrafos (2) y (3), ya sea al usuario o a la persona designada por el usuario para comprar el vehículo.
(2)CA Negocios y Profesiones Code § 22948.50(b)(2) Antes de la ejecución del contrato de venta condicional de un vehículo, el concesionario deberá proporcionar al usuario, o a la persona designada por el usuario para comprar el vehículo, una divulgación separada, ya sea escrita o electrónica, reconociendo la existencia y el funcionamiento de una cámara integrada en el vehículo comprado, y deberá obtener la firma escrita o electrónica del usuario o comprador en dicha divulgación. La divulgación deberá cumplir con todos los siguientes criterios:
(A)CA Negocios y Profesiones Code § 22948.50(b)(2)(A) Estar contenida en un único documento o en un único sitio web que esté separado del contrato de venta condicional, la orden de compra y cualquier otro documento.
(B)CA Negocios y Profesiones Code § 22948.50(b)(2)(B) Contener el siguiente texto, escrito en negrita y con un tamaño de fuente de al menos 20 puntos:
"Este vehículo puede estar equipado con una cámara integrada capaz de grabar al conductor y a otras personas dentro del vehículo. Para obtener más información sobre la cámara integrada, consulte a su concesionario de automóviles, al fabricante del vehículo o al manual del propietario del vehículo. El fabricante está obligado a notificar al concesionario sobre una cámara integrada en el manual del propietario, la hoja de especificaciones u otro documento. Un comprador o arrendatario de un vehículo tiene derecho a revisar el manual del propietario o cualquier otro documento proporcionado antes de la compra para determinar si existe una cámara integrada. Para obtener más información sobre la cámara integrada, consulte a su concesionario de automóviles, al fabricante del vehículo o al manual del propietario del vehículo. Si un fabricante u otra persona o entidad obtiene o comparte videos o fotografías sin su consentimiento y en violación de la ley, pueden estar sujetos a acciones legales, incluyendo, entre otras, a través de un fiscal de distrito del condado, el fiscal general del estado, o de otra manera según se describe en las Secciones 22948.51 y 22948.55 del Código de Negocios y Profesiones.
Por ley, la firma de este formulario de reconocimiento no renuncia a ningún derecho del usuario ni constituye consentimiento para que un fabricante comparta, venda o retenga imágenes o videos capturados por la cámara integrada en el vehículo."
(C)CA Negocios y Profesiones Code § 22948.50(C) Incluir una casilla de firma o reconocimiento de que el comprador o arrendatario, o su representante, ha revisado el texto de divulgación identificado en el subpárrafo (B) y comprende su derecho a revisar, antes de comprar o arrendar el vehículo, el manual del propietario del vehículo y cualquier otra información proporcionada por el fabricante relativa a las cámaras integradas en el vehículo.
(3)CA Negocios y Profesiones Code § 22948.50(3) Un comprador o arrendatario de un vehículo tiene derecho a revisar el manual del propietario o cualquier otro documento, si lo proporciona el fabricante, antes de la compra para determinar si existe una cámara integrada en el vehículo.
(c)CA Negocios y Profesiones Code § 22948.50(c) Un concesionario no será considerado responsable por una violación de la subdivisión (b) si el fabricante de ese vehículo está en violación de la subdivisión (a) con respecto a dicho vehículo.

Section § 22948.51

Explanation

Esta ley de California establece reglas para el manejo de imágenes o videos de cámaras integradas en vehículos. Prohíbe usar, vender o compartir grabaciones a menos que se cumplan condiciones específicas, como obtener el consentimiento del usuario. Incluso si se comparten, el uso se restringe al propósito consentido y debe ser breve. Los usuarios pueden revocar el consentimiento fácilmente, y las empresas deben respetar esto eliminando los datos rápidamente. La ley también evita la discriminación contra los usuarios que ejercen estos derechos. Las excepciones a estas limitaciones incluyen solicitudes legales o necesidades de seguridad. Se aplican reglas especiales si las imágenes están relacionadas con respuestas de emergencia o investigaciones. Por último, el cumplimiento de las leyes de privacidad sigue siendo obligatorio.

(a)CA Negocios y Profesiones Code § 22948.51(a) Cualquier imagen o grabación de video recopilada o retenida a través del funcionamiento de una cámara integrada en el vehículo no deberá ser:
(1)CA Negocios y Profesiones Code § 22948.51(a)(1) Utilizada para publicidad alguna.
(2)CA Negocios y Profesiones Code § 22948.51(a)(2) Vendida a un tercero.
(3)CA Negocios y Profesiones Code § 22948.51(a)(3) Compartida con un tercero a menos que se aplique cualquiera de los siguientes:
(A)CA Negocios y Profesiones Code § 22948.51(a)(3)(A) El usuario haya proporcionado consentimiento previo afirmativo, y se cumplan todos los siguientes requisitos:
(i)CA Negocios y Profesiones Code § 22948.51(a)(3)(A)(i) Los receptores de imágenes o grabaciones de video compartidas de conformidad con este subpárrafo no utilicen las imágenes o grabaciones de video para ningún propósito que no sea un propósito consentido afirmativamente por el consumidor, no compartan ni transmitan las imágenes o grabaciones de video, y no retengan las imágenes o grabaciones de video por más tiempo del razonablemente necesario para cumplir el propósito para el cual fueron compartidas.
(ii)CA Negocios y Profesiones Code § 22948.51(a)(3)(A)(ii) El usuario reciba un aviso claro y significativo antes de compartir las imágenes o grabaciones de video, incluyendo la parte o partes con quienes se compartirán las imágenes o grabaciones, y el propósito para el cual se compartirán las imágenes o grabaciones.
(B)Copy CA Negocios y Profesiones Code § 22948.51(a)(3)(B)
(i)Copy CA Negocios y Profesiones Code § 22948.51(a)(3)(B)(i) Las imágenes o grabaciones de video se compartan con un tercero solo en la medida necesaria para diagnosticar, dar servicio o reparar la cámara integrada en el vehículo o el equipo del vehículo que depende o utiliza la cámara integrada en el vehículo, o para mejorar partes del sistema de seguridad de un vehículo que dependen o utilizan la cámara integrada en el vehículo.
(ii)CA Negocios y Profesiones Code § 22948.51(a)(3)(B)(i)(ii) Los receptores de imágenes o grabaciones de video compartidas de conformidad con este subpárrafo no utilicen las imágenes o grabaciones de video para ningún propósito que no sea un propósito especificado en la cláusula (i), no compartan ni transmitan las imágenes o grabaciones de video, y no retengan las imágenes o grabaciones de video por más tiempo del razonablemente necesario para cumplir el propósito para el cual fueron compartidas.
(C)CA Negocios y Profesiones Code § 22948.51(a)(3)(C) Las imágenes o grabaciones de video se compartan con un tercero para cumplir con una solicitud de consumidor válida y verificable de conformidad con el Título 1.81.5 (que comienza con la Sección 1798.100) de la Parte 4 de la División 3 del Código Civil.
(D)CA Negocios y Profesiones Code § 22948.51(a)(3)(D) Las imágenes o grabaciones de video se compartan con un tercero de conformidad con una solicitud de registros, incluyendo, entre otras, una solicitud de conformidad con la subdivisión (b) de la Sección 832.7 del Código Penal o la Sección 7923.625 del Código de Gobierno o el Título 4 (que comienza con la Sección 2016.010) de la Parte 4 del Código de Procedimiento Civil.
(4)CA Negocios y Profesiones Code § 22948.51(a)(4) Retenida en cualquier ubicación, que no sea el propio vehículo, a menos que se aplique cualquiera de los siguientes:
(A)CA Negocios y Profesiones Code § 22948.51(a)(4)(A) El usuario haya proporcionado consentimiento previo afirmativo.
(B)CA Negocios y Profesiones Code § 22948.51(a)(4)(B) Las imágenes o grabaciones de video se retengan solo en la medida necesaria para diagnosticar, dar servicio o reparar la cámara integrada en el vehículo o el equipo del vehículo que depende o utiliza la cámara integrada en el vehículo, o para mejorar partes del sistema de seguridad de un vehículo que dependen o utilizan la cámara integrada en el vehículo.
(5)CA Negocios y Profesiones Code § 22948.51(a)(5) Descargada, recuperada o accedida de otra manera por una persona o entidad que no sea el usuario, a menos que se aplique cualquiera de los siguientes:
(A)CA Negocios y Profesiones Code § 22948.51(a)(5)(A) El usuario haya proporcionado consentimiento previo afirmativo.
(B)Copy CA Negocios y Profesiones Code § 22948.51(a)(5)(B)
(i)Copy CA Negocios y Profesiones Code § 22948.51(a)(5)(B)(i) Sujeto a la cláusula (ii), las imágenes o grabaciones de video se retengan solo en la medida necesaria para diagnosticar, dar servicio o reparar la cámara integrada en el vehículo o el equipo del vehículo que depende o utiliza la cámara integrada en el vehículo, o para mejorar partes del sistema de seguridad de un vehículo que dependen o utilizan la cámara integrada en el vehículo.
(ii)CA Negocios y Profesiones Code § 22948.51(a)(5)(B)(i)(ii) La persona o entidad que descarga, recupera o accede de otra manera a las imágenes o grabaciones no utilice las imágenes o grabaciones de video para ningún propósito que no sea el propósito especificado en la cláusula (i), no comparta ni transmita las imágenes o grabaciones de video, y no retenga las imágenes o grabaciones de video por más tiempo del razonablemente necesario para cumplir el propósito para el cual fueron compartidas.
(b)Copy CA Negocios y Profesiones Code § 22948.51(b)
(1)Copy CA Negocios y Profesiones Code § 22948.51(b)(1) Una persona o entidad que proporcione el funcionamiento de una cámara integrada en el vehículo en este estado deberá proporcionar mecanismos efectivos, sin costo, penalización o pasos innecesarios, para que un consumidor revoque su consentimiento de conformidad con el subpárrafo (A) del párrafo (3) de la subdivisión (a), el subpárrafo (A) del párrafo (4) de la subdivisión (a) y el subpárrafo (A) del párrafo (5) de la subdivisión (a) después de haberlo otorgado. Al menos uno de estos mecanismos deberá utilizar el medio principal a través del cual la persona o entidad se comunica con los usuarios.
(2)CA Negocios y Profesiones Code § 22948.51(b)(2) Una persona o entidad sujeta al párrafo (1) deberá respetar la revocación del consentimiento del usuario y deberá eliminar de todas las ubicaciones que no sean el propio vehículo cualquier imagen o grabación asociada con ese usuario que haya sido recopilada, retenida, descargada o recuperada por esa persona o entidad bajo el subpárrafo (A) del párrafo (3) de la subdivisión (a), el subpárrafo (A) del párrafo (4) de la subdivisión (a) y el subpárrafo (A) del párrafo (5) de la subdivisión (a), tan pronto como sea posible, pero no más tarde de 30 días después de que el usuario revoque el consentimiento.
(c)CA Negocios y Profesiones Code § 22948.51(c) Una persona o entidad no deberá discriminar a un usuario porque este haya ejercido cualquiera de sus derechos bajo este capítulo. Los actos discriminatorios incluirán, entre otros, los siguientes:
(1)CA Negocios y Profesiones Code § 22948.51(c)(1) Negar bienes, servicios o beneficios al usuario.
(2)CA Negocios y Profesiones Code § 22948.51(c)(2) Cobrar precios o tarifas diferentes por bienes o servicios, incluso mediante el uso de descuentos u otros incentivos o la imposición de sanciones.
(3)CA Negocios y Profesiones Code § 22948.51(c)(3) Proporcionar un nivel o calidad diferente de bienes, servicios o beneficios al usuario.
(4)CA Negocios y Profesiones Code § 22948.51(c)(4) Sugerir que el usuario recibirá un precio o tarifa diferente por bienes, servicios o beneficios, o un nivel o calidad diferente de bienes, servicios o beneficios.
(5)CA Negocios y Profesiones Code § 22948.51(c)(5) Considerar el ejercicio de los derechos del usuario bajo este capítulo como base para la sospecha de delito o conducta ilegal.
(d)CA Negocios y Profesiones Code § 22948.51(d) Las imágenes o grabaciones de video retenidas a través del funcionamiento de una cámara integrada en el vehículo podrán ser recuperadas o compartidas sin el permiso del usuario si se aplica cualquiera de los siguientes:
(1)CA Negocios y Profesiones Code § 22948.51(d)(1) En un tribunal, arbitraje u otra autoridad judicial o administrativa, las grabaciones de video están sujetas a los estándares para la admisión como prueba requeridos por dicho tribunal, árbitro u otra autoridad administrativa.
(2)Copy CA Negocios y Profesiones Code § 22948.51(d)(2)
(A)Copy CA Negocios y Profesiones Code § 22948.51(d)(2)(A) Las imágenes o grabaciones de video se recuperan de conformidad con una investigación o inspección autorizada bajo la Sección 1131(a) o 30166 del Título 49 del Código de los Estados Unidos, y la información personal de un propietario o arrendatario del vehículo, incluyendo el número de identificación del vehículo, no se divulga en relación con las grabaciones de video recuperadas de conformidad con este subpárrafo.
(B)CA Negocios y Profesiones Code § 22948.51(d)(2)(A)(B) No obstante el subpárrafo (A), un número de identificación del vehículo podrá divulgarse al fabricante u otra entidad responsable de proporcionar las imágenes o grabaciones de video de conformidad con el subpárrafo (A).
(3)CA Negocios y Profesiones Code § 22948.51(d)(3) Las imágenes o grabaciones de video se recuperan con el propósito de determinar inmediatamente la necesidad de, o facilitar, la respuesta médica de emergencia a un accidente de vehículo motorizado.
(e)Copy CA Negocios y Profesiones Code § 22948.51(e)
(1)Copy CA Negocios y Profesiones Code § 22948.51(e)(1) No obstante las subdivisiones (a) a (d), ambas inclusive, cualquier imagen o grabación de video recopilada o retenida a través del funcionamiento de una cámara integrada en el vehículo podrá ser compartida con un tercero, retenida en una ubicación distinta del vehículo, o descargada, recuperada o accedida de otra manera por una persona o entidad que no sea el usuario para cumplir con una solicitud de preservación de conformidad con el Capítulo 119 o 121 del Título 18 del Código de los Estados Unidos, o una citación legal, orden judicial u orden de registro.
(2)CA Negocios y Profesiones Code § 22948.51(e)(2) El párrafo (1) no se interpretará como que exime a una persona o entidad del cumplimiento de la Ley de Privacidad de las Comunicaciones Electrónicas de California (Capítulo 3.6 (que comienza con la Sección 1546) del Título 12 de la Parte 2 del Código Penal), incluyendo, entre otras, la Sección 1546.5 del Código Penal.

Section § 22948.52

Explanation
Esta ley establece que no se puede obligar a un fabricante u operador de cámaras de coche a incluir ciertas características solo para que la policía o los investigadores puedan espiar lo que dices en el coche.

Section § 22948.53

Explanation

Esta sección de la ley define términos clave relacionados con la privacidad y el consentimiento requeridos para compartir o retener grabaciones de cámaras en vehículos. Explica que el “consentimiento previo afirmativo” significa que un usuario debe aceptar claramente compartir o guardar estas grabaciones, lo cual se puede hacer de formas específicas como firmar un formulario o confirmar en una pantalla del coche. El consentimiento debe ser claro, y los usuarios no deben ser engañados para darlo mediante métodos confusos o engañosos. Estos términos se aplican a las personas que compran o arriendan vehículos con cámaras en el vehículo, y a los fabricantes o concesionarios involucrados en estas transacciones.

Para los fines de este capítulo, se aplicarán las siguientes definiciones:
(a)Copy CA Negocios y Profesiones Code § 22948.53(a)
(1)Copy CA Negocios y Profesiones Code § 22948.53(a)(1) Por “consentimiento previo afirmativo” se entiende la autorización afirmativa, libre, informada e inequívoca de un usuario para el futuro intercambio o retención de las grabaciones o imágenes de su cámara en el vehículo, de conformidad con los requisitos del apartado (a) de la Sección 22948.51, en una de las siguientes formas:
(A)CA Negocios y Profesiones Code § 22948.53(a)(1)(A) Una página en el sitio web del fabricante del vehículo claramente dedicada a la privacidad donde el usuario pueda reconocer su consentimiento para que las grabaciones o imágenes de su cámara en el vehículo sean compartidas o retenidas de conformidad con el apartado (a) de la Sección 22948.51. Este reconocimiento de consentimiento no se dará en combinación con ningún otro reconocimiento, consentimiento o acuerdo.
(B)CA Negocios y Profesiones Code § 22948.53(a)(1)(B) La respuesta de un usuario a un formulario postal enviado por el fabricante del vehículo y devuelto por el usuario con su firma, reconociendo su consentimiento para que las grabaciones o imágenes de su cámara en el vehículo sean compartidas o retenidas de conformidad con el apartado (a) de la Sección 22948.51.
(C)CA Negocios y Profesiones Code § 22948.53(a)(1)(C) La firma de un usuario en un formulario escrito o electrónico, en el momento de la compra del vehículo, reconociendo su consentimiento para que las grabaciones o imágenes de su cámara en el vehículo sean compartidas o retenidas de conformidad con el apartado (a) de la Sección 22948.51. El formulario deberá estar contenido en un único documento o en una única página de internet, escrito con una fuente en negrita de al menos 20 puntos, que sea independiente del contrato de venta condicional, la orden de compra o cualquier otro documento o página de internet.
(D)CA Negocios y Profesiones Code § 22948.53(a)(1)(D) Una indicación dedicada mostrada en una pantalla ubicada en la consola central del vehículo que permita al usuario reconocer su consentimiento para que las grabaciones o imágenes de su cámara en el vehículo sean compartidas o retenidas de conformidad con el apartado (a) de la Sección 22948.51. La indicación deberá cumplir todos los siguientes criterios:
(i)CA Negocios y Profesiones Code § 22948.53(a)(1)(D)(i) Describir el intercambio o la retención limitados para los cuales el usuario puede dar su consentimiento conforme al apartado (a) de la Sección 22948.51, y proporcionar una descripción de cómo el usuario puede reconocer o revocar el consentimiento en el futuro.
(ii)CA Negocios y Profesiones Code § 22948.53(a)(1)(D)(ii) Solo permitir que el usuario dé su consentimiento de conformidad con las disposiciones del apartado (a) de la Sección 22948.51, y no deberá utilizarse para proporcionar consentimiento para ningún otro fin ni utilizarse junto con ningún otro reconocimiento de consentimiento separado.
(iii)CA Negocios y Profesiones Code § 22948.53(a)(1)(D)(iii) Mostrar al usuario solo en cualquiera de los siguientes casos:
(I)CA Negocios y Profesiones Code § 22948.53(a)(1)(D)(iii)(I) La configuración inicial del vehículo durante o después de la compra.
(II) Cuando se requiera el diagnóstico, servicio o reparación de la cámara en el vehículo, o del equipo del vehículo que dependa o utilice la cámara en el vehículo.
(III) Cuando el usuario elija, a través de una configuración en la consola central del vehículo, ver la indicación con el fin de reconocer o revocar el consentimiento.
(2)CA Negocios y Profesiones Code § 22948.53(a)(2) Por “consentimiento previo afirmativo” no se incluirá ninguno de los siguientes:
(A)CA Negocios y Profesiones Code § 22948.53(a)(2)(A) La aceptación de términos de uso generales o amplios, o un documento similar, que contenga descripciones del intercambio o la retención de grabaciones o imágenes de cámaras en el vehículo junto con otra información no relacionada.
(B)CA Negocios y Profesiones Code § 22948.53(a)(2)(B) Pasar el cursor por encima, silenciar, pausar o cerrar un contenido determinado en formato electrónico.
(C)CA Negocios y Profesiones Code § 22948.53(a)(2)(C) Un acuerdo obtenido a través de una interfaz de usuario diseñada o manipulada con el efecto sustancial de subvertir o menoscabar la autonomía, la toma de decisiones o la elección del usuario.
(b)CA Negocios y Profesiones Code § 22948.53(b) Por “concesionario” se entiende lo mismo que se establece en la Sección 285 del Código de Vehículos.
(c)CA Negocios y Profesiones Code § 22948.53(c) Por “cámara en el vehículo” se entiende cualquier dispositivo incluido como parte de un vehículo por el fabricante que esté diseñado para, o sea capaz de, grabar imágenes o video dentro del habitáculo del vehículo.
(d)CA Negocios y Profesiones Code § 22948.53(d) Por “información personal” se entiende la información que identifica, se relaciona con, describe, es razonablemente capaz de asociarse con, o podría vincularse razonablemente, directa o indirectamente, con un consumidor, hogar o dispositivo de consumidor en particular.
(e)CA Negocios y Profesiones Code § 22948.53(e) Por “usuario” se entiende una persona que originalmente compra, arrienda o adquiere la propiedad de un vehículo equipado con una cámara en el vehículo. Una persona que es grabada incidentalmente cuando un vehículo es operado por un usuario no se considerará un usuario.
(f)CA Negocios y Profesiones Code § 22948.53(f) Por “fabricante de vehículos” o “fabricante” se entiende lo mismo que se establece en la Sección 672 del Código de Vehículos.

Section § 22948.54

Explanation
Esta ley establece que no se pueden renunciar a las reglas de este capítulo, lo que significa que cualquier acuerdo para ignorar o eludir estas reglas no está permitido y no puede ser legalmente exigido.

Section § 22948.55

Explanation
Esta ley establece que solo el Fiscal General o los fiscales de distrito pueden iniciar acciones civiles contra individuos o empresas que infrinjan esta norma, la cual se centra en las cámaras a bordo de vehículos. Si se descubre que alguien está violando la norma, el tribunal puede ordenarle que cese y podría tener que pagar una multa de hasta $2,500 por cada vehículo involucrado. Los fondos de las multas se destinan al Fondo General del estado o a la tesorería del condado, según quién haya presentado el caso.
(a)CA Negocios y Profesiones Code § 22948.55(a) Las acciones de desagravio conforme a este capítulo podrán ser procesadas exclusivamente en un tribunal de jurisdicción competente en una acción civil interpuesta en nombre del pueblo del Estado de California por el Fiscal General o por cualquier fiscal de distrito. No se considerará que este capítulo crea un derecho de acción privado, ni que limita ningún derecho de acción privado existente.
(b)CA Negocios y Profesiones Code § 22948.55(b) Un tribunal podrá prohibir a una persona que participe, haya participado o proponga participar en una violación de este capítulo. El tribunal podrá dictar cualquier orden o sentencia que sea necesaria para prevenir una violación de este capítulo.
(c)CA Negocios y Profesiones Code § 22948.55(c) Toda persona que a sabiendas participe, haya participado o proponga participar en una violación de este capítulo será responsable de una multa civil que no exceda los dos mil quinientos dólares ($2,500) por cada vehículo equipado con una cámara a bordo vendido o arrendado en violación de este capítulo. Si la acción es interpuesta por el Fiscal General, la multa se depositará en el Fondo General. Si la acción es interpuesta por un fiscal de distrito, la multa se pagará al tesorero del condado en el que se dictó la sentencia.

Section § 22948.56

Explanation

Esta ley establece que cualquier sanción o remedio descrito en este capítulo puede utilizarse además de los disponibles bajo otras leyes estatales. En otras palabras, si alguien infringe una norma aquí, podría enfrentar múltiples consecuencias de diferentes fuentes legales.

Los remedios o sanciones previstos por este capítulo son acumulativos entre sí y con los remedios o sanciones disponibles bajo todas las demás leyes del estado.

Section § 22948.57

Explanation

Esta sección asegura que los derechos del consumidor y las obligaciones de las empresas relacionadas con la privacidad no se vean disminuidos por este capítulo. Si hay un conflicto con otras leyes estatales, prevalecerá la ley que mejor proteja la privacidad del consumidor. Además, estos derechos del consumidor y obligaciones de las empresas no se aplicarán si interfieren con actividades no comerciales protegidas por la Constitución de California.

(a)CA Negocios y Profesiones Code § 22948.57(a) Este capítulo no reduce los derechos otorgados a un consumidor ni las obligaciones impuestas a una empresa conforme a cualquier ley estatal o federal aplicable para la protección de la privacidad individual.
(b)CA Negocios y Profesiones Code § 22948.57(b) En caso de conflicto entre este capítulo y cualquier otra ley estatal, prevalecerán las disposiciones de la ley que ofrezcan la mayor protección para el derecho a la privacidad de los consumidores.
(c)CA Negocios y Profesiones Code § 22948.57(c) Los derechos otorgados a los consumidores y las obligaciones impuestas a cualquier empresa conforme a este capítulo no se aplican en la medida en que infrinjan las actividades no comerciales de una persona o entidad descritas en el apartado (b) de la Sección 2 del Artículo I de la Constitución de California.

Section § 22948.58

Explanation

Esta sección de la ley explica dos puntos clave: Primero, establece que este capítulo no se aplica a las cámaras instaladas en vehículos comerciales como autobuses, camiones de motor y tractocamiones. Segundo, aclara que no se pueden vender ni usar imágenes o videos de conductores comerciales para publicidad sin su permiso.

(a)CA Negocios y Profesiones Code § 22948.58(a) Este capítulo no se aplicará a las cámaras instaladas en vehículos que sean principalmente para uso comercial, incluyendo autobuses, según se definen en la Sección 233 del Código de Vehículos, camiones de motor, según se definen en la Sección 410 del Código de Vehículos, y tractocamiones, según se definen en la Sección 655 del Código de Vehículos.
(b)CA Negocios y Profesiones Code § 22948.58(b) Nada en este capítulo autoriza la venta o publicidad para uso comercial de cualquier imagen o video que represente a un conductor comercial sin su consentimiento.

Section § 22948.59

Explanation
Esta ley establece que si una parte de este capítulo se declara inválida, eso no invalida el resto del capítulo. Las partes válidas pueden seguir utilizándose y aplicándose de forma independiente.
Las disposiciones de este capítulo son divisibles. Si alguna disposición de este capítulo o su aplicación es declarada inválida, dicha invalidez no afectará a otras disposiciones o aplicaciones que puedan tener efecto sin la disposición o aplicación inválida.