Chapter 35
Section § 22948.20
Esta ley establece que las empresas deben informarle sobre las funciones de reconocimiento de voz durante la configuración de los televisores inteligentes. Las grabaciones de estas funciones no pueden venderse ni usarse para anuncios, ya sean recopiladas por el fabricante del televisor o por un tercero. Las empresas tampoco pueden ser obligadas a crear funciones para el espionaje. Los fabricantes solo son responsables de las funciones originales del televisor, no de las aplicaciones que usted descargue. Ciertos servicios, protegidos por otra ley, no se ven afectados por estas normas.
Section § 22948.21
Esta parte de la ley explica el significado de términos clave relacionados con los televisores conectados. Un 'televisor conectado' es un dispositivo de video para el hogar con una pantalla de más de 12 pulgadas, excluyendo computadoras personales, dispositivos portátiles o dispositivos adicionales como los decodificadores. Un 'usuario' es alguien que compra o arrienda un televisor conectado, pero no las personas grabadas accidentalmente por las funciones de voz. La 'función de reconocimiento de voz' se refiere a la capacidad del televisor para gestionar palabras habladas o sonidos, pero excluye los comandos de voz no grabados.
Section § 22948.22
Section § 22948.23
Esta sección de la ley aclara que solo el Fiscal General de California o los fiscales de distrito pueden presentar una demanda civil por las infracciones cubiertas por este capítulo, y que los ciudadanos privados no pueden iniciar estas acciones por sí mismos. Permite a los tribunales detener a cualquiera que infrinja o tenga la intención de infringir la ley. Si alguien infringe a sabiendas la ley relativa a los televisores conectados, podría enfrentarse a multas de hasta $2,500 por cada infracción. El dinero de estas multas se destina a diferentes lugares según quién haya presentado el caso: al Fondo General del estado si interviene el Fiscal General, o a la tesorería del condado si es un fiscal de distrito el responsable.