Section § 22589

Explanation

Esta sección explica los términos relacionados con el ciberacoso en plataformas de internet. Por 'contenido' se entienden las publicaciones generadas por los usuarios, pero no los archivos almacenados solo para guardar o compartir. El 'ciberacoso' es un comportamiento en línea dañino dirigido a menores que causa miedo, riesgos para la salud, problemas académicos o dificultades para participar en la escuela. La 'conducta grave' incluye contenido dañino o amenazante, como el que promueve la autolesión, ataca a víctimas de agresión o amenaza con exponer información personal. Se definen 'plataforma de redes sociales' y 'términos de servicio', y estos últimos detallan el comportamiento aceptable del usuario y las posibles sanciones. Excluye las plataformas de comunicación interna de empresas de estas definiciones.

Para los fines de este capítulo:
(a)Copy CA Negocios y Profesiones Code § 22589(a)
(1)Copy CA Negocios y Profesiones Code § 22589(a)(1) Por “contenido” se entienden las declaraciones o comentarios realizados por los usuarios y los medios que son creados, publicados, compartidos o con los que los usuarios interactúan de cualquier otra forma en un servicio o aplicación basados en internet.
(2)CA Negocios y Profesiones Code § 22589(a)(2) Por “contenido” no se entienden los medios puestos en un servicio o aplicación exclusivamente con el propósito de almacenamiento en la nube, transmisión de archivos o colaboración de archivos.
(b)CA Negocios y Profesiones Code § 22589(b) Por “ciberacoso” se entiende cualquier conducta grave o generalizada realizada mediante un acto electrónico, según se define en el párrafo (2) de la subdivisión (r) de la Sección 48900 del Código de Educación, cometida por una persona o grupo de personas dirigida a uno o más menores que tenga, o que razonablemente se pueda predecir que tendrá, cualquiera de los siguientes efectos:
(1)CA Negocios y Profesiones Code § 22589(b)(1) Infundir a un menor razonable el temor de sufrir daño en su persona o propiedad.
(2)CA Negocios y Profesiones Code § 22589(b)(2) Causar a un menor razonable un efecto sustancialmente perjudicial en su salud física o mental.
(3)CA Negocios y Profesiones Code § 22589(b)(3) Causar a un menor razonable una interferencia sustancial en su rendimiento académico.
(4)CA Negocios y Profesiones Code § 22589(b)(4) Causar a un menor razonable una interferencia sustancial en su capacidad para participar en, o beneficiarse de, los servicios, actividades o privilegios proporcionados por una escuela.
(c)Copy CA Negocios y Profesiones Code § 22589(c)
(1)Copy CA Negocios y Profesiones Code § 22589(c)(1) Por “conducta grave o generalizada” se entiende únicamente el contenido que tiene, o que razonablemente se puede predecir que tendrá, los efectos dañinos, perjudiciales o sustancialmente interferentes descritos en los párrafos (1) a (4), ambos inclusive, de la subdivisión (b).
(2)CA Negocios y Profesiones Code § 22589(c)(2) Por “conducta grave” se entiende la conducta que tiene, o que razonablemente se puede predecir que tendrá, los efectos dañinos, perjudiciales o sustancialmente interferentes descritos en los párrafos (1) a (4), ambos inclusive, de la subdivisión (b). La conducta grave también puede incluir contenido que realice cualquiera de las siguientes acciones:
(A)CA Negocios y Profesiones Code § 22589(c)(2)(A) Incita a la autolesión o al suicidio de un menor o de una persona específica o de un grupo de individuos relacionados con un menor.
(B)CA Negocios y Profesiones Code § 22589(c)(2)(B) Ataca a un menor basándose en la experiencia del menor de agresión sexual, explotación sexual, acoso sexual o abuso doméstico.
(C)CA Negocios y Profesiones Code § 22589(c)(2)(C) Incluye declaraciones de intención de participar en una actividad sexual o de abogar por la participación en una actividad sexual con un menor.
(D)CA Negocios y Profesiones Code § 22589(c)(2)(D) Amenaza con divulgar el número de teléfono, la dirección residencial, imágenes o la dirección de correo electrónico de un menor.
(E)CA Negocios y Profesiones Code § 22589(c)(2)(E) Incita a, o incluye declaraciones de intención de participar en, amenazas de violencia, humillación o actividad delictiva contra un menor.
(F)CA Negocios y Profesiones Code § 22589(c)(2)(F) Degrada, o expresa asco hacia, un menor que es representado en el proceso de, o justo después de, menstruar, orinar, vomitar o defecar.
(G)CA Negocios y Profesiones Code § 22589(c)(2)(G) La identificación en este párrafo de bases particulares de conducta grave es ilustrativa y no restrictiva.
(d)CA Negocios y Profesiones Code § 22589(d) Por “plataforma de redes sociales” se entiende lo mismo que se define en la Sección 22675.
(e)CA Negocios y Profesiones Code § 22589(e) Por “servicio o aplicación basados en internet públicos o semipúblicos” se excluye un servicio o aplicación utilizados para facilitar la comunicación dentro de una empresa o negocio entre empleados o afiliados de la empresa o negocio, siempre que el acceso al servicio o aplicación esté restringido a los empleados o afiliados de la empresa o negocio que utilizan el servicio o aplicación.
(f)CA Negocios y Profesiones Code § 22589(f) Por “términos de servicio” se entiende una política o conjunto de políticas de cara al público adoptadas por una plataforma de redes sociales que especifica, como mínimo, el comportamiento y las actividades del usuario que están permitidos en la plataforma de redes sociales y el comportamiento y las actividades del usuario que pueden resultar en que la plataforma de redes sociales tome medidas contra el usuario o el contenido.

Section § 22589.1

Explanation

Esta ley exige que las plataformas de redes sociales detallen claramente cómo los usuarios pueden denunciar el ciberacoso en sus términos de servicio. Las plataformas deben tener una herramienta fácil de encontrar para que cualquier persona, tenga o no una cuenta, pueda denunciar el ciberacoso. Esta herramienta debe permitir a las personas subir capturas de pantalla y proporcionar información básica para identificar el problema. Las plataformas de redes sociales también deben ofrecer múltiples formas de contactar a la persona que denuncia el problema y mantenerla informada. Las actualizaciones sobre el estado de la denuncia deben comenzar dentro de los 14 días y continuar cada 14 días, con una determinación final realizada dentro de los 30 días. Si hay un retraso más allá de los 30 días, la determinación debe hacerse dentro de los 60 días, y se debe informar al denunciante de cualquier retraso.

(a)CA Negocios y Profesiones Code § 22589.1(a) Una plataforma de redes sociales deberá divulgar todos los procedimientos para denunciar el ciberacoso en sus términos de servicio.
(b)Copy CA Negocios y Profesiones Code § 22589.1(b)
(1)Copy CA Negocios y Profesiones Code § 22589.1(b)(1) Una plataforma de redes sociales deberá establecer un mecanismo destacado dentro de su servicio basado en internet que permita a cualquier persona, tenga o no un perfil en dicho servicio, denunciar el ciberacoso o cualquier contenido que infrinja los términos de servicio existentes relacionados con el ciberacoso.
(2)CA Negocios y Profesiones Code § 22589.1(b)(2) El mecanismo requerido por esta subdivisión deberá cumplir con todos los siguientes criterios:
(A)CA Negocios y Profesiones Code § 22589.1(b)(2)(A) El mecanismo deberá permitir, pero no exigir, que una persona suba una captura de pantalla del contenido que contenga ciberacoso o infrinja los términos de servicio relacionados con el ciberacoso y recopile información de identificación básica, como un identificador de cuenta, suficiente para permitir que la plataforma de redes sociales localice el material denunciado.
(B)CA Negocios y Profesiones Code § 22589.1(b)(2)(B) El mecanismo deberá incluir, entre otros, un método para contactar a la persona denunciante por escrito, que incluya un número de teléfono para el envío de mensajes de texto, una dirección de correo electrónico u otro método de comunicación electrónico razonable.
(C)CA Negocios y Profesiones Code § 22589.1(b)(2)(C) Una plataforma de redes sociales podrá ofrecer cualquier otro método de comunicación electrónico razonable además de los descritos en el subpárrafo (B). Una plataforma de redes sociales deberá informar a la persona denunciante de todas las opciones que tiene la plataforma para contactarla por escrito en relación con su denuncia, incluyendo, entre otros, los métodos enumerados en el subpárrafo (B). La persona denunciante elegirá el método de comunicación.
(D)CA Negocios y Profesiones Code § 22589.1(b)(2)(D) El mecanismo proporcionará, dentro de las 36 horas siguientes a la recepción de una denuncia, una confirmación por escrito a la persona denunciante de que la plataforma de redes sociales recibió su denuncia.
(E)Copy CA Negocios y Profesiones Code § 22589.1(b)(2)(E)
(i)Copy CA Negocios y Profesiones Code § 22589.1(b)(2)(E)(i) El mecanismo proporcionará actualizaciones periódicas por escrito a la persona denunciante sobre el estado de la gestión del material denunciado por parte de la plataforma de redes sociales, utilizando el método de comunicación elegido por la persona denunciante, de conformidad con el subpárrafo (C).
(ii)CA Negocios y Profesiones Code § 22589.1(b)(2)(E)(i)(ii) La primera actualización por escrito requerida por la cláusula (i) deberá proporcionarse tan pronto como sea razonablemente factible, pero a más tardar 14 días después de la fecha en que se proporcione la confirmación por escrito requerida en el subpárrafo (D). Las actualizaciones por escrito posteriores deberán proporcionarse tan pronto como sea razonablemente factible, pero a más tardar cada 14 días a partir de entonces, hasta la determinación final por escrito requerida por el subpárrafo (F).
(F)Copy CA Negocios y Profesiones Code § 22589.1(b)(2)(F)
(i)Copy CA Negocios y Profesiones Code § 22589.1(b)(2)(F)(i) Salvo lo dispuesto en la cláusula (ii), el mecanismo emitirá una determinación final por escrito a la persona denunciante dentro de los 30 días siguientes a la recepción de la denuncia, indicando una de las siguientes opciones:
(I)CA Negocios y Profesiones Code § 22589.1(b)(2)(F)(i)(I) Se ha determinado que el material denunciado es ciberacoso que fue mostrado, almacenado o alojado en la plataforma de redes sociales y ha sido bloqueado para que no sea visible en la plataforma de redes sociales porque infringe los términos de servicio existentes de la plataforma relacionados con el ciberacoso.
(II) Se ha determinado que el material denunciado es ciberacoso que fue mostrado, almacenado o alojado en la plataforma de redes sociales y no ha sido, o no será, bloqueado en la plataforma de redes sociales porque no infringe los términos de servicio existentes de la plataforma relacionados con el ciberacoso.
(III) No se ha determinado que el material denunciado sea ciberacoso o que infrinja los términos de servicio existentes de la plataforma relacionados con el ciberacoso, y el material denunciado no ha sido, o no será, bloqueado en la plataforma de redes sociales.
(IV) No se ha determinado que el material denunciado sea ciberacoso o que infrinja los términos de servicio existentes de la plataforma relacionados con el ciberacoso, pero el material denunciado ha sido bloqueado para que no sea visible en la plataforma de redes sociales por razones no relacionadas con los términos de servicio existentes de la plataforma relacionados con el ciberacoso.
(V)CA Negocios y Profesiones Code § 22589.1(b)(2)(F)(i)(V) Se ha determinado que el material denunciado no se muestra, almacena ni aloja en la plataforma de redes sociales.
(ii)CA Negocios y Profesiones Code § 22589.1(b)(2)(F)(i)(ii) Si la plataforma de redes sociales no puede cumplir con la cláusula (i) dentro de los 30 días debido a circunstancias fuera de su control razonable, la plataforma de redes sociales deberá cumplir con la cláusula (i) a más tardar 60 días después de la fecha en que se denunció por primera vez el material cubierto. Si se aplica este subpárrafo, la plataforma de redes sociales deberá proporcionar prontamente una notificación por escrito del retraso, a más tardar 48 horas desde el momento en que la plataforma de redes sociales supo que era probable que ocurriera el retraso, a la persona denunciante.

Section § 22589.2

Explanation

Esta ley explica quién está autorizado para emprender acciones legales contra el ciberacoso en las redes sociales. Si una persona denuncia el ciberacoso pero desea una acción legal adicional, solo ciertas personas pueden iniciar una demanda civil. Estos incluyen al padre o tutor del menor acosado, un administrador escolar de la escuela donde estudia el menor, los fiscales municipales, los fiscales de distrito, los abogados del condado y el Fiscal General de California.

No obstante que cualquier individuo pueda denunciar el ciberacoso, o cualquier contenido que viole los términos de servicio existentes de una plataforma relacionados con el ciberacoso, según se describe en el párrafo (1) de la subdivisión (b) de la Sección 22589.1, las acciones de reparación conforme a este capítulo solo podrán ser iniciadas en una acción civil por cualquiera de las siguientes personas:
(a)CA Negocios y Profesiones Code § 22589.2(a) Un padre o tutor legal de un menor, o un administrador de la escuela a la que asiste el menor, que presente una denuncia de ciberacoso a la plataforma de redes sociales.
(b)CA Negocios y Profesiones Code § 22589.2(b) Un fiscal municipal, un fiscal de distrito o un abogado del condado.
(c)CA Negocios y Profesiones Code § 22589.2(c) El Fiscal General, en nombre del pueblo del Estado de California.

Section § 22589.3

Explanation

Si una plataforma de redes sociales incumple las reglas establecidas en este capítulo, puede deber $10,000 por cada día que no cumpla, además de daños adicionales por causar perjuicios. El tribunal también puede ordenar a la plataforma que solucione el problema y pague los honorarios legales de la parte ganadora. Estas sanciones son independientes de cualquier otra consecuencia legal y pueden aplicarse además de ellas. Sin embargo, la plataforma no es responsable si está protegida por la Sección 230 de la ley federal.

(a)Copy CA Negocios y Profesiones Code § 22589.3(a)
(1)Copy CA Negocios y Profesiones Code § 22589.3(a)(1) Cualquier plataforma de redes sociales que incumpla un requisito de este capítulo será responsable de diez mil dólares ($10,000) por cada infracción y de daños compensatorios, daños punitivos, y cualesquiera remedios civiles, penalizaciones o sanciones por los daños causados por el incumplimiento de la plataforma de redes sociales con este capítulo, dichos daños serán juzgados y otorgados independientemente de cualquier daño atribuible únicamente a la existencia del contenido denunciado y serán evaluados y recuperados en una acción civil interpuesta por cualquier persona establecida en la Sección 22589.2.
(2)CA Negocios y Profesiones Code § 22589.3(a)(2) En una acción exitosa interpuesta para hacer cumplir este capítulo, el tribunal podrá ordenar medidas cautelares para obtener el cumplimiento de este capítulo y podrá conceder honorarios de abogado y costas razonables al demandante vencedor.
(b)CA Negocios y Profesiones Code § 22589.3(b) Para los fines de esta sección, cada día que una plataforma de redes sociales incumpla un requisito de este capítulo constituye una infracción separada.
(c)Copy CA Negocios y Profesiones Code § 22589.3(c)
(1)Copy CA Negocios y Profesiones Code § 22589.3(c)(1) Los recursos previstos en esta sección son adicionales a cualesquiera otros recursos, sanciones o penalizaciones civiles, penales y administrativas previstos por la ley y no sustituyen, sino que se acumulan a, otros recursos, sanciones o penalizaciones.
(2)CA Negocios y Profesiones Code § 22589.3(c)(2) Los deberes y obligaciones impuestos por esta sección son acumulativos con cualesquiera otros deberes u obligaciones impuestos por otras leyes y no se interpretarán en el sentido de eximir a ninguna parte de los deberes u obligaciones impuestos por otras leyes.
(3)CA Negocios y Profesiones Code § 22589.3(c)(3) Esta sección no impone responsabilidad a una plataforma de redes sociales si dicha responsabilidad está prohibida por la Sección 230 del Título 47 del Código de los Estados Unidos.

Section § 22589.4

Explanation

Esta ley no se aplica a las plataformas de redes sociales si ganaron menos de $100 millones el año pasado o si su propósito principal es que la gente juegue videojuegos.

Este capítulo no se aplicará a ninguno de los siguientes:
(a)CA Negocios y Profesiones Code § 22589.4(a) Una plataforma de redes sociales controlada por una entidad comercial que generó menos de cien millones de dólares ($100,000,000) en ingresos brutos durante el año calendario anterior.
(b)CA Negocios y Profesiones Code § 22589.4(b) Una plataforma de redes sociales cuya función principal es permitir a los usuarios jugar videojuegos.