Section § 22585.5

Explanation

Esta ley define términos clave relacionados con las pruebas estandarizadas en California. 'Información cubierta' se refiere a los datos personales proporcionados por un individuo o su tutor a un proveedor de pruebas para calificar o administrar una prueba estandarizada. Un 'proveedor nacional de evaluaciones' es cualquier entidad que crea o administra pruebas estandarizadas. 'Prueba estandarizada' se refiere a los exámenes que se realizan para la admisión o ubicación en la universidad, pero no a las pruebas de K-12. 'Información personal' tiene la misma definición que otra ley estatal.

Para los fines de este capítulo:
(a)CA Negocios y Profesiones Code § 22585.5(a) “Información cubierta” significa información personal proporcionada por un individuo, o el padre o tutor legal del individuo, a un proveedor nacional de evaluaciones con el propósito de administrar, o publicar o distribuir las puntuaciones con respecto a, una prueba estandarizada.
(b)CA Negocios y Profesiones Code § 22585.5(b) “Proveedor nacional de evaluaciones” significa una persona que desarrolla, patrocina o administra pruebas estandarizadas.
(c)CA Negocios y Profesiones Code § 22585.5(c) “Información personal” tiene el mismo significado que se define en la Sección 1798.140 del Código Civil.
(d)Copy CA Negocios y Profesiones Code § 22585.5(d)
(1)Copy CA Negocios y Profesiones Code § 22585.5(d)(1) “Prueba estandarizada” significa una prueba administrada en California a expensas del sujeto de la prueba que cumple con cualquiera de los siguientes criterios:
(A)CA Negocios y Profesiones Code § 22585.5(d)(1)(A) La prueba se utiliza con el propósito de admisión a, o ubicación en clases de, instituciones educativas postsecundarias o sus programas.
(B)CA Negocios y Profesiones Code § 22585.5(d)(1)(B) La prueba se utiliza para la preparación preliminar de una prueba descrita en el subpárrafo (A).
(2)CA Negocios y Profesiones Code § 22585.5(d)(2) “Prueba estandarizada” no significa una prueba administrada para fines de K-12, según se define en la Sección 22584.

Section § 22585.6

Explanation

Esta ley establece que los proveedores nacionales de evaluaciones (como las empresas que administran pruebas estandarizadas) no pueden vender ni compartir información personal de los examinados, también conocida como "información cubierta", a menos que se apliquen excepciones específicas. Pueden vender la información si son adquiridos por otra entidad que cumpla las mismas reglas o si es a ciertas organizaciones educativas o gubernamentales, siempre que la persona, o su tutor, dé su consentimiento. Solo pueden compartir la información para fines específicos, como promover oportunidades educativas, cumplir con las leyes o garantizar la seguridad, y deben contar con el consentimiento a menos que sea una emergencia o lo exija la ley. Estos proveedores también están obligados a proteger la información con sólidas medidas de seguridad. Si esta ley entra en conflicto con otra, prevalece la que ofrezca mayor protección de la privacidad.

(a)CA Negocios y Profesiones Code § 22585.6(a) Un proveedor nacional de evaluaciones no deberá, a sabiendas, hacer ninguna de las siguientes acciones con respecto a su administración de, o la publicación o distribución de las puntuaciones con respecto a, una prueba estandarizada:
(1)Copy CA Negocios y Profesiones Code § 22585.6(a)(1)
(A)Copy CA Negocios y Profesiones Code § 22585.6(a)(1)(A) Salvo lo dispuesto en el subpárrafo (B), vender información cubierta.
(B)CA Negocios y Profesiones Code § 22585.6(a)(1)(A)(B) Un proveedor nacional de evaluaciones podrá vender información cubierta si se aplica cualquiera de los siguientes casos:
(i)CA Negocios y Profesiones Code § 22585.6(a)(1)(A)(B)(i) La venta es incidental a la compra, fusión u otro tipo de adquisición de un proveedor nacional de evaluaciones por otra entidad, si esa entidad cumple con este capítulo como si fuera un proveedor nacional de evaluaciones.
(ii)Copy CA Negocios y Profesiones Code § 22585.6(a)(1)(A)(B)(ii)
(I)Copy CA Negocios y Profesiones Code § 22585.6(a)(1)(A)(B)(ii)(I) La venta es a colegios, universidades, agencias de ayuda financiera y becas, agencias gubernamentales y organizaciones que ofrecen productos y servicios de oportunidades educativas, de participación comunitaria, extracurriculares y profesionales únicamente para proporcionar acceso a empleo, becas educativas o ayuda financiera, u oportunidades educativas.
(II) Esta cláusula se aplica solo si el individuo, o el padre o tutor legal del individuo, identificado por la información cubierta consintió expresamente la venta de la información cubierta.
(2)CA Negocios y Profesiones Code § 22585.6(a)(2) Divulgar información cubierta a un tercero, incluyendo, entre otros, proveedores de redes sociales a través de cookies, píxeles o tecnologías de seguimiento similares en el sitio web de internet del proveedor nacional de evaluaciones.
(3)CA Negocios y Profesiones Code § 22585.6(a)(3) Divulgar información cubierta a menos que se cumpla cualquiera de los siguientes supuestos:
(A)Copy CA Negocios y Profesiones Code § 22585.6(a)(3)(A)
(i)Copy CA Negocios y Profesiones Code § 22585.6(a)(3)(A)(i) La divulgación se realiza para promover los fines de la prueba estandarizada, incluyendo, entre otros, la divulgación a instituciones postsecundarias, proveedores de becas o agencias gubernamentales con el propósito de la admisión de un individuo, crédito de curso o colocación en una institución o para facilitar la elegibilidad de un individuo para un reconocimiento, una beca o ayuda financiera.
(ii)CA Negocios y Profesiones Code § 22585.6(a)(3)(A)(i)(ii) Este subpárrafo se aplica solo si el individuo identificado por la información cubierta consintió expresamente la divulgación, y el receptor de la información cubierta acordó no divulgar la información sin el consentimiento del individuo o según lo exija la ley.
(B)CA Negocios y Profesiones Code § 22585.6(a)(3)(B) La divulgación se realiza para garantizar el cumplimiento legal y normativo.
(C)CA Negocios y Profesiones Code § 22585.6(a)(3)(C) La divulgación se realiza para responder o participar en un proceso judicial.
(D)CA Negocios y Profesiones Code § 22585.6(a)(3)(D) La divulgación se realiza para proteger la seguridad personal o la seguridad de otros.
(E)CA Negocios y Profesiones Code § 22585.6(a)(3)(E) La divulgación se realiza a un proveedor de servicios si un proveedor nacional de evaluaciones, mediante contrato, hace todo lo siguiente:
(i)CA Negocios y Profesiones Code § 22585.6(a)(3)(E)(i) Prohíbe al proveedor de servicios usar cualquier información cubierta para un propósito distinto de proporcionar el servicio contratado al, o en nombre del, proveedor nacional de evaluaciones.
(ii)CA Negocios y Profesiones Code § 22585.6(a)(3)(E)(ii) Prohíbe al proveedor de servicios divulgar cualquier información cubierta proporcionada por el proveedor nacional de evaluaciones a otros terceros.
(iii)CA Negocios y Profesiones Code § 22585.6(a)(3)(E)(iii) Exige al proveedor de servicios implementar y mantener procedimientos y prácticas de seguridad razonables apropiados a la naturaleza de la información cubierta, y proteger esa información contra el acceso no autorizado, la destrucción, el uso, la modificación o la divulgación.
(F)CA Negocios y Profesiones Code § 22585.6(a)(3)(F) La divulgación se realiza con fines de investigación legítimos exigidos por la ley estatal o federal.
(G)CA Negocios y Profesiones Code § 22585.6(a)(3)(G) La divulgación se realiza a una agencia educativa estatal o local, incluyendo una escuela o un distrito escolar.
(H)CA Negocios y Profesiones Code § 22585.6(a)(3)(H) La divulgación se realiza a un padre o tutor legal del individuo identificado por la información cubierta si ese individuo es menor de 18 años.
(b)CA Negocios y Profesiones Code § 22585.6(b) Esta sección no prohíbe a un proveedor nacional de evaluaciones usar información cubierta para mantener, desarrollar, apoyar, mejorar o diagnosticar los programas y servicios del proveedor nacional de evaluaciones.
(c)CA Negocios y Profesiones Code § 22585.6(c) Un proveedor nacional de evaluaciones deberá implementar y mantener procedimientos y prácticas de seguridad razonables apropiados a la naturaleza de la información cubierta, y proteger esa información contra el acceso no autorizado, la destrucción, el uso, la modificación o la divulgación.
(d)CA Negocios y Profesiones Code § 22585.6(d) Si existe un conflicto entre cualquier otra ley, incluyendo la Ley de Privacidad del Consumidor de California de 2018 (Título 1.81.5 (que comienza con la Sección 1798.100) de la Parte 4 de la División 3 del Código Civil) y este capítulo, prevalecerá la ley que ofrezca la mayor protección del derecho a la privacidad.