Las siguientes definiciones rigen la interpretación de este capítulo:
(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 18895.2(a) “Contrato de agente” significa cualquier contrato o acuerdo en virtud del cual una persona autoriza o faculta a un agente de deportistas para negociar o solicitar en nombre de la persona con uno o más equipos u organizaciones deportivas profesionales para el empleo de la persona por uno o más equipos u organizaciones deportivas profesionales, o para negociar o solicitar en nombre de la persona para el empleo de la persona como deportista profesional.
(b)Copy CA Negocios Y Profesiones Code § 18895.2(b)
(1)Copy CA Negocios Y Profesiones Code § 18895.2(b)(1) “Agente de deportistas” significa cualquier persona que, directa o indirectamente, recluta o solicita a un deportista para celebrar cualquier contrato de agente, contrato de patrocinio, contrato de servicios financieros o contrato de servicios deportivos profesionales, o que, a cambio de una compensación, procura, ofrece, promete, intenta o negocia obtener empleo para cualquier persona con un equipo u organización deportiva profesional o como deportista profesional.
(2)Copy CA Negocios Y Profesiones Code § 18895.2(b)(2)
(A)Copy CA Negocios Y Profesiones Code § 18895.2(b)(2)(A) “Agente de deportistas” no incluye a una persona con licencia de abogado, corredor de valores, planificador financiero, agente de seguros, corredor o agente de ventas de bienes raíces, o asesor fiscal, u otra persona profesional, cuando la persona profesional ofrece o proporciona el tipo de servicios habitualmente prestados por esa profesión, excepto y únicamente en la medida en que la persona profesional también reclute o solicite a un deportista para celebrar cualquier contrato de agente, contrato de patrocinio o contrato de servicios deportivos profesionales, o que, a cambio de una compensación, procure, ofrezca, prometa, intente o negocie obtener empleo para cualquier persona con un equipo u organización deportiva profesional o como deportista profesional.
(B)CA Negocios Y Profesiones Code § 18895.2(b)(2)(A)(B) “Agente de deportistas” tampoco incluye a ninguna persona que actúe únicamente en nombre de un equipo u organización deportiva profesional.
(C)CA Negocios Y Profesiones Code § 18895.2(b)(2)(A)(C) “Agente de deportistas” tampoco incluye a una agencia de talentos según se define en la subdivisión (a) de la Sección 1700.4 del Código Laboral y con licencia del Comisionado Laboral de conformidad con el Capítulo 4 (que comienza con la Sección 1700) de la Parte 6 de la División 2 del Código Laboral, salvo que se disponga lo contrario en este párrafo. “Agente de deportistas” incluye a una agencia de talentos que (i) directa o indirectamente recluta o solicita a un deportista estudiante para celebrar un contrato de agente, contrato de patrocinio, contrato de servicios financieros o contrato de servicios deportivos profesionales, o (ii) a cambio de una compensación, procura, ofrece, promete, intenta o negocia obtener empleo para cualquier persona para desempeñar funciones en el campo de juego con un equipo u organización deportiva profesional.
(3)CA Negocios Y Profesiones Code § 18895.2(b)(3) Las Secciones 18896.6, 18897.6 y 18897.63 no se aplican a un individuo que actúa como agente de deportistas únicamente para su cónyuge, hijo, hijo de crianza, pupilo o nieto.
(c)CA Negocios Y Profesiones Code § 18895.2(c) “Empleo como deportista profesional” incluye el empleo de conformidad con un contrato de patrocinio o un contrato de servicios deportivos profesionales.
(d)CA Negocios Y Profesiones Code § 18895.2(d) “Contrato de patrocinio” significa cualquier contrato o acuerdo en virtud del cual una persona es empleada o recibe remuneración por cualquier valor o utilidad que la persona pueda tener debido a la publicidad, reputación, fama o seguidores obtenidos por su habilidad o rendimiento atlético.
(e)CA Negocios Y Profesiones Code § 18895.2(e) “Servicios financieros” significa la realización o ejecución de una inversión u otra decisión financiera, o el asesoramiento sobre una decisión financiera.
(f)CA Negocios Y Profesiones Code § 18895.2(f) “Negociar” incluye cualquier contacto en nombre de cualquier deportista con un equipo u organización deportiva profesional o en nombre de cualquier persona con cualquier otra persona que emplee o potencialmente pueda emplear a la persona como deportista profesional, independientemente de si el contacto se realiza en persona, por escrito, electrónicamente, a través de representantes o empleados, o de cualquier otra manera. “Negociar” también incluye estar presente durante cualquier discusión de un contrato de patrocinio o contrato de servicios deportivos profesionales con representantes del equipo u organización deportiva profesional o del empleador potencial o real.
(g)CA Negocios Y Profesiones Code § 18895.2(g) “Persona” significa cualquier individuo, compañía, corporación, asociación, sociedad, sociedad de responsabilidad limitada, o sus agentes o empleados.
(h)CA Negocios Y Profesiones Code § 18895.2(h) “Contrato de servicios deportivos profesionales” significa cualquier contrato o acuerdo en virtud del cual una persona es empleada o acepta prestar servicios como jugador en un equipo u organización deportiva profesional o como deportista profesional.
(i)Copy CA Negocios Y Profesiones Code § 18895.2(i)
(1)Copy CA Negocios Y Profesiones Code § 18895.2(i)(1) “Deportista estudiante” significa cualquier individuo admitido o matriculado como estudiante en una escuela primaria o secundaria, colegio, universidad u otra institución educativa si el estudiante participa, o ha informado a la institución de su intención de participar, como deportista en un programa deportivo donde el programa deportivo compite con otras instituciones educativas.
(2)CA Negocios Y Profesiones Code § 18895.2(i)(2) “Deportista estudiante” no incluye a ninguna persona que haya celebrado un contrato de agente válido, un contrato de patrocinio válido o un contrato de servicios deportivos profesionales válido, a menos que dicho contrato se celebre de conformidad con la subdivisión (b) de la Sección 18897.73.
(3)CA Negocios Y Profesiones Code § 18895.2(i)(3) “Deportista estudiante” no incluye a ningún estudiante de un colegio o universidad cuya elegibilidad para participar en un deporte interuniversitario haya terminado, según lo determine el órgano rector de la asociación estatal o nacional para la promoción y regulación del atletismo interuniversitario de la cual el colegio o universidad del estudiante es miembro.