Section § 22980

Explanation

Esta ley permite a los agentes del orden designados o a empleados específicos del departamento entrar en negocios que venden, producen o almacenan cigarrillos y tabaco para realizar inspecciones. Estas revisiones deben hacerse de manera razonable, durante el horario comercial normal y no más de una vez al día. Buscan evasión de impuestos o violaciones de ciertas regulaciones de salud y seguridad. Negarse a una inspección puede acarrear sanciones.

(a)CA Negocios y Profesiones Code § 22980(a) Un agente del orden o empleado del departamento con estatus limitado de agente del orden, de conformidad con el párrafo (6) de la subdivisión (a) de la Sección 830.11 del Código Penal, previa presentación de las credenciales adecuadas, está autorizado para entrar en cualquier lugar descrito en el párrafo (2) o (3) y para realizar inspecciones de conformidad con todo lo siguiente:
(1)CA Negocios y Profesiones Code § 22980(a)(1) Las inspecciones se realizarán de manera razonable y en momentos que sean razonables dadas las circunstancias, teniendo en cuenta el horario comercial normal del lugar al que se va a entrar.
(2)CA Negocios y Profesiones Code § 22980(a)(2) Las inspecciones pueden realizarse en cualquier lugar donde se vendan, produzcan o almacenen cigarrillos o productos de tabaco, o en cualquier sitio donde se puedan descubrir pruebas de actividades relacionadas con la evasión del impuesto sobre cigarrillos o productos de tabaco y violaciones de la Sección 30165.1 del Código de Ingresos y Tributación.
(3)CA Negocios y Profesiones Code § 22980(a)(3) Las inspecciones pueden realizarse en cualquier lugar donde se puedan descubrir pruebas de una violación de la Sección 104559.1 o 104559.5 del Código de Salud y Seguridad.
(4)CA Negocios y Profesiones Code § 22980(a)(4) Las inspecciones se solicitarán o realizarán no más de una vez en un período de 24 horas.
(b)CA Negocios y Profesiones Code § 22980(b) Cualquier persona que se niegue a permitir una inspección estará sujeta a las sanciones impuestas de conformidad con la Sección 22981.

Section § 22980.1

Explanation

Esta ley prohíbe a cualquier fabricante, importador, distribuidor, mayorista o minorista vender o comprar cigarrillos o productos de tabaco en California a menos que tengan una licencia válida. También aborda la venta a alguien cuya licencia está suspendida o revocada, lo cual está prohibido a menos que se salden las deudas y se restablezcan las licencias. Cada venta que infrinja esta norma se considera una infracción separada. Otras restricciones incluyen asegurarse de que los cigarrillos tengan los sellos adecuados y que los fabricantes cumplan con las leyes federales sobre la divulgación de ingredientes. El incumplimiento conlleva delitos menores con sanciones. Sin embargo, si un fabricante o importador utiliza el sitio web del estado para verificar el estado de la licencia de una parte, se presume que cumple con la ley.

(a)CA Negocios y Profesiones Code § 22980.1(a) Un fabricante o importador no venderá cigarrillos o productos de tabaco a un distribuidor, mayorista, minorista o cualquier otra persona que no tenga licencia conforme a esta división o cuya licencia haya sido suspendida o revocada.
(b)Copy CA Negocios y Profesiones Code § 22980.1(b)
(1)Copy CA Negocios y Profesiones Code § 22980.1(b)(1) Salvo lo dispuesto en el párrafo (2), un distribuidor o mayorista no venderá cigarrillos o productos de tabaco a un minorista, mayorista, distribuidor o cualquier otra persona que no tenga licencia conforme a esta división o cuya licencia haya sido suspendida o revocada.
(2)CA Negocios y Profesiones Code § 22980.1(b)(2) Esta subdivisión no se aplica a ninguna venta de cigarrillos o productos de tabaco por parte de un distribuidor, mayorista o cualquier otra persona a un minorista, mayorista, distribuidor o cualquier otra persona que el estado, conforme a la Constitución de los Estados Unidos, las leyes de los Estados Unidos o la Constitución de California, tiene prohibido regular.
(c)CA Negocios y Profesiones Code § 22980.1(c) Un minorista, distribuidor o mayorista no comprará paquetes de cigarrillos o productos de tabaco de un fabricante o importador que no tenga licencia conforme a esta división o cuya licencia haya sido suspendida o revocada.
(d)Copy CA Negocios y Profesiones Code § 22980.1(d)
(1)Copy CA Negocios y Profesiones Code § 22980.1(d)(1) Un minorista o mayorista no comprará cigarrillos o productos de tabaco de ninguna persona que no tenga licencia conforme a esta división o cuya licencia haya sido suspendida o revocada.
(2)CA Negocios y Profesiones Code § 22980.1(d)(2) No obstante la subdivisión (c), un distribuidor no comprará cigarrillos o productos de tabaco de ninguna persona que esté obligada a tener licencia conforme a esta división pero que no la tenga o cuya licencia haya sido suspendida o revocada.
(e)CA Negocios y Profesiones Code § 22980.1(e) Cada venta separada a, o por, un minorista, mayorista, distribuidor, importador, fabricante o cualquier otra persona que no tenga licencia conforme a esta división constituirá una infracción separada.
(f)CA Negocios y Profesiones Code § 22980.1(f) Un fabricante, distribuidor, mayorista o importador no venderá cigarrillos o productos de tabaco a ningún minorista o mayorista cuya licencia haya sido suspendida o revocada a menos que todas las deudas pendientes de ese minorista o mayorista que se deban a un mayorista o distribuidor por cigarrillos o productos de tabaco sean pagadas y la licencia de ese minorista o mayorista haya sido restablecida por la junta. Cualquier pago recibido de un minorista o mayorista se acreditará primero a la deuda pendiente por cigarrillos o productos de tabaco y debe ser informado inmediatamente a la junta. La junta determinará el estado de la deuda de un minorista o mayorista con licencia suspendida 25 días antes del restablecimiento de la licencia.
(g)CA Negocios y Profesiones Code § 22980.1(g) Un importador, distribuidor o mayorista, o distribuidor que funcione como mayorista, o minorista, no comprará, obtendrá ni adquirirá de otra manera ningún paquete de cigarrillos al que no se le pueda fijar un sello o impresión de medidor de acuerdo con la subdivisión (b) de la Sección 30163 o la subdivisión (e) de la Sección 30165.1 del Código de Impuestos y Rentas, o cualquier cigarrillo obtenido de un fabricante o importador que no pueda demostrar el pleno cumplimiento de todos los requisitos de la Ley federal de Etiquetado y Publicidad de Cigarrillos (15 U.S.C. Sec. 1335a y ss.) para la notificación de ingredientes añadidos a los cigarrillos.
(h)Copy CA Negocios y Profesiones Code § 22980.1(h)
(1)Copy CA Negocios y Profesiones Code § 22980.1(h)(1) El incumplimiento de las disposiciones de esta sección es un delito menor sujeto a sanciones conforme a la Sección 22981.
(2)CA Negocios y Profesiones Code § 22980.1(h)(2) No obstante el párrafo (1), un fabricante o importador que utilice la información de licencia más actualizada proporcionada por la junta en el sitio web de la junta para determinar el estado de la licencia de una persona se presume que cumple con esta sección.
(i)CA Negocios y Profesiones Code § 22980.1(i) Las enmiendas que se hacen a esta sección por la ley que añade esta subdivisión entrarán en vigor el 1 de mayo de 2007.

Section § 22980.2

Explanation

Esta ley prohíbe la venta de cigarrillos o productos de tabaco sin una licencia válida en California, o después de que dicha licencia haya sido suspendida o revocada. Hacerlo se considera un delito menor. Cada día que ocurre una venta sin licencia cuenta como una infracción separada. Si se venden o regalan cigarrillos o productos de tabaco sin licencia, los artículos pueden ser incautados y se consideran decomisados. La definición de 'productos de tabaco' se amplía en este contexto. Esta ley entró en vigor el 1 de enero de 2017.

(a)CA Negocios y Profesiones Code § 22980.2(a) Una persona o entidad que se dedique al negocio de vender cigarrillos o productos de tabaco en este estado sin una licencia válida o después de que una licencia haya sido suspendida o revocada, y cada funcionario de cualquier corporación que se dedique a este negocio de esa manera, es culpable de un delito menor punible según lo dispuesto en la Sección 22981.
(b)CA Negocios y Profesiones Code § 22980.2(b) Cada día después de la notificación por parte de la junta o de una agencia de aplicación de la ley de que un fabricante, mayorista, distribuidor, importador, minorista o cualquier otra persona que deba tener licencia bajo esta división ofrece cigarrillos y productos de tabaco para la venta o el intercambio sin una licencia válida para la ubicación desde la cual se ofrecen para la venta constituirá una violación separada.
(c)CA Negocios y Profesiones Code § 22980.2(c) Las ventas continuas o la donación de cigarrillos y productos de tabaco, ya sea sin una licencia válida o después de una notificación de suspensión o revocación, constituirán una violación punible según lo dispuesto en la Sección 22981, y resultarán en la incautación de todos los cigarrillos y productos de tabaco en posesión de la persona por parte de la junta o una agencia de aplicación de la ley. Cualquier cigarrillo y producto de tabaco incautado por la junta o por una agencia de aplicación de la ley se considerará decomisado.
(d)CA Negocios y Profesiones Code § 22980.2(d) Para los fines de esta sección, no obstante la subdivisión (s) de la Sección 22971, “productos de tabaco” incluye un producto o dispositivo según se define en la subdivisión (d) de la Sección 22950.5.
(e)CA Negocios y Profesiones Code § 22980.2(e) Esta sección entrará en vigor el 1 de enero de 2017.

Section § 22980.3

Explanation

Si tiene una licencia para vender cigarrillos o tabaco en California, esta puede ser suspendida o retirada por incumplir ciertas normas. Por una primera infracción, recibirá una advertencia por escrito y, posiblemente, una suspensión de 30 días. Si vuelve a incumplir las normas en un plazo de cuatro años, su licencia será revocada. El tiempo entre infracciones se cuenta a partir de la fecha en que ocurre cada una. Después de una suspensión, su licencia será restablecida si ha pagado todas las deudas relacionadas con el tabaco. Si su licencia es revocada, puede solicitar una nueva después de seis meses, pero la decisión de otorgarla depende de las autoridades. Las infracciones no afectarán a múltiples ubicaciones propiedad de la misma persona ni a nuevos propietarios en una ubicación anterior. La junta notificará a las partes interesadas sobre cualquier suspensión o revocación por correo electrónico.

(a)CA Negocios y Profesiones Code § 22980.3(a) Las licencias expedidas conforme a esta división estarán sujetas a suspensión o revocación por infracciones de esta división o del Código de Impuestos y Rentas según lo dispuesto en esta sección.
(1)CA Negocios y Profesiones Code § 22980.3(a)(1) Además de cualquier multa o sanción aplicable por una infracción, tras la primera condena por una infracción, el titular de una licencia recibirá una notificación por escrito de la junta que detallará las disposiciones de suspensión y revocación de esta división. A su discreción, la junta también podrá suspender una licencia por hasta 30 días.
(2)CA Negocios y Profesiones Code § 22980.3(a)(2) Además de cualquier multa o sanción aplicable por una infracción, tras una segunda condena por una infracción dentro de los cuatro años siguientes a una infracción anterior, la licencia será revocada.
(b)CA Negocios y Profesiones Code § 22980.3(b) La fecha de ocurrencia de una infracción se utilizará para calcular la duración entre infracciones subsiguientes. Una infracción se anotará en el registro de la licencia de la junta solo después de una condena judicial o una resolución judicial definitiva de una infracción.
(c)CA Negocios y Profesiones Code § 22980.3(c) Al actualizar un registro por una infracción que dé lugar a una suspensión, la junta notificará al titular de la licencia un aviso de suspensión y le ordenará que cese la venta, donación o exhibición para la venta de cigarrillos o productos de tabaco durante el período de la suspensión. El aviso de suspensión informará al titular de la licencia sobre las fechas de entrada en vigor de la suspensión.
(d)CA Negocios y Profesiones Code § 22980.3(d) La continuación de la venta o donación de cigarrillos o productos de tabaco después de la fecha de entrada en vigor de la suspensión constituirá una infracción de esta división y dará lugar a la revocación de una licencia.
(e)CA Negocios y Profesiones Code § 22980.3(e) Una vez finalizado un período de suspensión, la junta restablecerá una licencia previa certificación de que todas las deudas pendientes de ese minorista o mayorista que se deban a un mayorista o distribuidor por la compra de cigarrillos y productos de tabaco han sido pagadas.
(f)CA Negocios y Profesiones Code § 22980.3(f) Al actualizar un registro por una infracción que dé lugar a una revocación, la junta notificará al titular de la licencia un aviso de revocación y le ordenará que cese la venta, donación o exhibición para la venta de cigarrillos o productos de tabaco a partir de la fecha de entrada en vigor de la revocación. El aviso de revocación informará al titular de la licencia sobre la fecha de entrada en vigor de la revocación.
(g)CA Negocios y Profesiones Code § 22980.3(g) Después de una revocación, un solicitante previamente licenciado podrá solicitar una nueva licencia después de seis meses. La junta podrá, a su discreción, expedir una nueva licencia.
(h)CA Negocios y Profesiones Code § 22980.3(h) Al actualizar un registro de licencia por una infracción, suspensión o revocación de una licencia de una persona o entidad que posea o controle más de una ubicación, la junta enviará una notificación por escrito de las infracciones, suspensiones o revocaciones dentro de los 15 días siguientes a la acción de la junta a la dirección incluida en la solicitud y que figure en la licencia para la recepción de correspondencia o avisos de la junta.
(i)CA Negocios y Profesiones Code § 22980.3(i) Tras la suspensión o revocación de una licencia conforme a esta sección, la junta notificará a todos los distribuidores y mayoristas con licencia por correo electrónico dentro de las 48 horas siguientes a la suspensión o revocación de dicha licencia. Todos los distribuidores y mayoristas con licencia deberán proporcionar a la junta y actualizar, según sea necesario, una dirección de correo electrónico que la junta pueda utilizar para los fines de las notificaciones requeridas por esta subdivisión.
(j)CA Negocios y Profesiones Code § 22980.3(j) Las infracciones cometidas por un titular de licencia en una ubicación no podrán acumularse contra otras ubicaciones de ese mismo titular de licencia. Las infracciones acumuladas contra un propietario anterior en una ubicación con licencia no podrán acumularse contra un nuevo propietario en la misma ubicación con licencia.
(k)CA Negocios y Profesiones Code § 22980.3(k) A los efectos de esta sección, una infracción incluye las infracciones del Código de Impuestos y Rentas relacionadas con cigarrillos y productos de tabaco, y las infracciones de esta división. Solo se contará una infracción por acción discreta para la suspensión o revocación de una licencia.

Section § 22980.4

Explanation
Si alguien sigue vendiendo cigarrillos o productos de tabaco después de que se le haya notificado que su permiso para hacerlo ha sido suspendido o revocado, se enfrentará a una multa de $1,000 por cada vez que lo haga. Sin embargo, no enfrentará sanciones adicionales bajo la Sección 22981.
Una persona que, después de recibir una notificación de suspensión o revocación, continúe exhibiendo para la venta cigarrillos o productos de tabaco estará sujeta a una sanción civil de mil dólares ($1,000) por cada infracción, y no estará sujeta a la Sección 22981.

Section § 22980.5

Explanation

Si a un minorista en California se le suspende o revoca su licencia, debe exhibir un aviso que lo indique en cada entrada y área de caja registradora de su tienda. El aviso debe ser claro y visible, dentro de un rango de altura específico, y proporcionado por la junta. Los avisos de licencia suspendida deben permanecer exhibidos durante todo el período de suspensión, mientras que los avisos de licencia revocada deben mostrarse durante 30 días. No hacerlo, alterar el aviso o retirarlo antes de tiempo puede resultar en una multa de $1,000 por cada infracción.

(a)CA Negocios y Profesiones Code § 22980.5(a) Un minorista cuya licencia haya sido suspendida o revocada por orden de la junta deberá exhibir de manera visible un aviso en las dos ubicaciones siguientes:
(1)CA Negocios y Profesiones Code § 22980.5(a)(1) Cada entrada pública al establecimiento minorista. El aviso deberá mirar directamente a cualquier persona que entre al establecimiento minorista y no deberá estar obstruido a la vista ni colocado a una altura inferior a cuatro pies o superior a nueve pies del suelo.
(2)CA Negocios y Profesiones Code § 22980.5(a)(2) Cada caja registradora y otros puntos de venta minorista. El aviso deberá exhibirse de manera que sea fácilmente visible por una persona que esté de pie o se acerque a la caja registradora o a otro punto de venta minorista. El aviso deberá mirar directamente al comprador y no deberá estar obstruido a la vista ni colocado a una altura inferior a cuatro pies o superior a nueve pies del suelo.
(b)CA Negocios y Profesiones Code § 22980.5(b) Los avisos descritos en esta sección deberán tener el tamaño y la forma prescritos por la junta. El aviso será proporcionado por la junta y podrá reproducirse en el mismo tamaño y forma para cumplir con el apartado (a).
(c)CA Negocios y Profesiones Code § 22980.5(c) Un minorista cuya licencia fue suspendida deberá exhibir el aviso en el establecimiento minorista que fue objeto de la suspensión durante la duración de la suspensión.
(d)CA Negocios y Profesiones Code § 22980.5(d) Un minorista cuya licencia fue revocada deberá exhibir el aviso en el establecimiento minorista que fue objeto de la revocación por un período de 30 días a partir de la fecha efectiva de la revocación.
(e)CA Negocios y Profesiones Code § 22980.5(e) Todo minorista que no exhiba los avisos según lo requerido por esta sección, que altere el aviso proporcionado por la junta, o que retire el aviso antes de que expire el período de exhibición requerido en el apartado (c) o (d), según corresponda, estará sujeto, no obstante la Sección 22981, a una multa civil de mil dólares ($1,000) por cada infracción.

Section § 22981

Explanation

Si alguien infringe las normas establecidas en esta parte de la ley, puede ser acusado de un delito menor. Esto podría significar una multa de hasta $5,000, hasta un año en la cárcel del condado, o ambas cosas. Cualquier multa recaudada se destina al Fondo de Cumplimiento de Productos de Cigarrillos y Tabaco.

Cualquier violación de esta división por cualquier persona, salvo que se disponga lo contrario, es un delito menor. Cada infracción será castigada con una multa que no exceda de cinco mil dólares ($5,000), o con prisión que no exceda de un año en una cárcel del condado, o con ambas, la multa y la prisión. El tribunal ordenará que cualquier multa impuesta sea depositada en el Fondo de Cumplimiento de Productos de Cigarrillos y Tabaco.

Section § 22982

Explanation
Esta ley establece que cualquier persona procesada por infringir ciertas normas debe ser acusada dentro de los cuatro años siguientes a la ocurrencia del delito.

Section § 22983

Explanation

Esta ley establece que, al cobrar tarifas, multas y sanciones en esta división específica, se seguirán las reglas y procedimientos establecidos en otra sección del código tributario. Así, esencialmente remite a otro conjunto de reglas para orientar cómo gestionar el cobro de estas obligaciones financieras.

Las disposiciones del Capítulo 4 (que comienza con la Sección 55121) de la Parte 30 de la División 2 del Código de Impuestos y Rentas se aplican con respecto al cobro de las tarifas, multas civiles y sanciones impuestas de conformidad con esta división.