Chapter 3
Section § 22975
Esta ley exige que todo distribuidor y mayorista de cigarrillos o productos de tabaco tenga una licencia válida a partir del 30 de junio de 2004, además de cualquier otra licencia requerida. Estas licencias son válidas por un año calendario y pueden renovarse cada año después de pagar una tarifa específica. Las licencias no son transferibles, y si un distribuidor o mayorista con licencia deja de operar, no inicia el negocio, o si su licencia es suspendida o revocada, debe devolver inmediatamente la licencia a la autoridad pertinente.
Section § 22976
Si eres un distribuidor o mayorista y ya tienes una licencia válida de la junta según secciones específicas del Código de Impuestos y Rentas, puedes obtener una nueva licencia sin tener que pasar por otra investigación.
Section § 22977
Si desea obtener una licencia para vender cigarrillos o productos de tabaco, deberá completar un formulario de solicitud específico de la junta. Debe proporcionar detalles como su nombre y el de su negocio, dirección y número de teléfono. Si tiene más de una tienda, incluya una dirección principal para recibir avisos. Debe confirmar que no ha cometido un delito grave ni ha infringido las normas pertinentes. Si tiene otras licencias, enumere también sus números. También debe declarar que toda la información que proporciona es verdadera, o podría enfrentar una multa o pena de cárcel por mentir. La junta puede verificar si ha sido honesto y permite que las solicitudes se presenten electrónicamente.
Section § 22977.1
Si eres distribuidor o mayorista de cigarrillos o productos de tabaco en California, debes solicitar una licencia y pagar una tarifa por cada lugar donde operes. Inicialmente, en 2004, la tarifa era de $1,000. Después de mayo de 2004, si inicias un nuevo negocio o añades una nueva ubicación, debes solicitar una licencia con al menos 30 días de antelación y pagar $1,200 por ubicación. Esto también aplica si no cumpliste con la fecha límite inicial de 2004. Deberás renovar esta licencia cada año. A partir de 2017, la tarifa de renovación es de $1,200 por ubicación, un aumento de los $1,000 anteriores.
Section § 22977.2
Esta ley explica cómo los distribuidores y mayoristas pueden obtener una licencia, y cuándo se les puede denegar. La junta de California otorgará una licencia si ha recibido una solicitud completa y el pago de la tarifa, a menos que la licencia anterior del solicitante haya sido suspendida o revocada, o si las partes involucradas tienen condenas penales relacionadas con violaciones fiscales. También se le puede denegar una licencia a un solicitante si su licencia anterior fue revocada, a menos que hayan pasado más de cinco años o si el negocio se vendió de manera adecuada y justa (en una 'transacción entre partes independientes'). Si se les deniega, los distribuidores o mayoristas tienen 30 días para impugnar la decisión con una solicitud por escrito. Pueden solicitar una audiencia, y la decisión final de la junta sobre esta impugnación se produce 30 días después de que se envíe su orden por correo.
Section § 22978
Esta ley establece que el departamento puede compartir su base de datos de licencias de distribuidores y mayoristas de tabaco con ciertas agencias gubernamentales, como los departamentos de salud y las fuerzas del orden, para que puedan hacer cumplir las leyes de control del tabaco. Sin embargo, estas agencias solo deben usar esta información para ese propósito específico y deben seguir las reglas sobre cómo mantener la información personal privada.
Section § 22978.1
Si eres un distribuidor o mayorista que trabaja con cigarrillos o productos de tabaco, debes guardar los registros de tus compras durante al menos un año en tu lugar de negocio. Después de esto, debes tener estos registros listos para ser inspeccionados por las autoridades por otros cuatro años. Si no lo haces, podrías enfrentar sanciones. Así que, asegúrate de conservar y facilitar el acceso a estos registros según lo requerido.
Section § 22978.2
Si un distribuidor o mayorista tiene cigarrillos con sellos fiscales falsos o sin sellos, las autoridades pueden incautarlos. Los infractores por primera vez con menos de 20 paquetes enfrentan una multa de hasta $1,000 o un año de cárcel. Los reincidentes o aquellos con más de 20 paquetes enfrentan sanciones más altas, multas y posible revocación de licencia. Esto también se aplica a los impuestos no pagados sobre productos de tabaco, con las mismas reglas de incautación. Los distribuidores deben probar que los impuestos fueron pagados para evitar sanciones, y recae en ellos la responsabilidad de presentar la prueba de pago de impuestos.
Section § 22978.3
Esta ley permite a las autoridades incautar productos de tabaco con sabor y potenciadores de sabor a los mayoristas si se les descubre violando ciertos códigos de salud. Si se incautan productos, estos son destruidos o utilizados en procedimientos legales, y luego pasan a ser propiedad del estado. Los mayoristas enfrentan una multa de $50 por paquete incautado, y sus licencias pueden ser suspendidas o revocadas después de repetidas infracciones. En una primera infracción donde no hay incautación, se emite una advertencia. Una segunda infracción conlleva la suspensión de la licencia, y una tercera resulta en la revocación. Las multas financian un fondo específico de cumplimiento, y existen procedimientos de apelación para los sancionados.
Section § 22978.4
Esta ley exige que los distribuidores y mayoristas de cigarrillos y productos de tabaco incluyan detalles específicos en cada factura, como su nombre, dirección y número de licencia, los impuestos especiales adeudados y los datos del comprador. Si el distribuidor es también minorista o fabricante, debe indicar que los impuestos están incluidos o especificar los impuestos adeudados. Las facturas deben ser claras y legibles. El incumplimiento de estas normas puede dar lugar a cargos por delito menor con sanciones.
Section § 22978.5
Esta ley exige que los distribuidores y mayoristas de cigarrillos y tabaco mantengan registros exhaustivos y precisos de sus ventas, como recibos y facturas, durante al menos cuatro años. Deben tener las facturas del último año fácilmente disponibles en su ubicación con licencia. Estos registros deben ser proporcionados a las autoridades si se solicitan. No seguir estas reglas puede resultar en un cargo por delito menor y sanciones.
Section § 22978.6
Esta ley establece que si un distribuidor, mayorista o cualquier persona que los controle es condenado por ciertos delitos graves relacionados con violaciones fiscales o ha tenido cualquier permiso o licencia fiscal revocada, su licencia también será revocada por la junta siguiendo procedimientos específicos.
Section § 22978.7
Si un distribuidor o mayorista incumple las normas de esta sección, se pueden tomar las siguientes medidas, además de otras sanciones: Por la primera infracción, se les puede revocar o suspender la licencia. Si vuelven a incumplir las normas, no solo se puede ver afectada su licencia, sino que también podrían tener que pagar una multa. Esta multa puede ser de hasta cinco veces el valor minorista de cualquier producto de tabaco incautado o hasta $5,000, lo que sea mayor.