Section § 12700

Explanation
Esta ley básicamente define a un 'maestro pesador' como alguien que pesa, mide o cuenta artículos de manera oficial y proporciona documentación utilizada para la compra, venta o cargos por servicio. Pueden realizar esto como un servicio pagado o por otras razones.

Section § 12700.5

Explanation

Esta ley establece que un pesador, que es la persona encargada de pesar bienes o mercancías, no tiene la obligación de ofrecer sus servicios de pesaje a todo el mundo. Depende de su criterio si desea cobrar a las personas por pesar cosas.

(a)CA Negocios y Profesiones Code § 12700.5(a) Un pesador no está obligado a prestar servicios de pesaje al público en general.
(b)CA Negocios y Profesiones Code § 12700.5(b) El pesaje remunerado queda a discreción del pesador.

Section § 12701

Explanation

Esta ley explica quiénes no son considerados pesadores autorizados. En general, los pesadores autorizados son personas o empresas que pesan mercancías y proporcionan un peso oficial para transacciones comerciales. Sin embargo, ciertas personas y empresas son excepciones, como los minoristas que pesan mercancías directamente para los clientes, los transportistas comunes que registran pesos para los cargos de transporte, los muestreadores de leche, los medidores de petróleo y gas, los editores de periódicos, las empresas textiles que manejan sus propios productos, centros específicos de saneamiento y reciclaje, operadores de control de plagas, prestamistas prendarios, instalaciones de residuos médicos y medidores de troncos, entre otros. Estas excepciones no requieren una licencia de pesador autorizado al realizar sus tareas específicas.

Las siguientes personas no son pesadores autorizados:
(a)CA Negocios y Profesiones Code § 12701(a) Minoristas que pesan, miden o cuentan productos para la venta en sus tiendas minoristas en presencia de, y directamente a, los consumidores.
(b)CA Negocios y Profesiones Code § 12701(b) Excepto las personas sujetas a la Sección 12730, los productores de productos agrícolas o ganado, que pesan productos producidos o comprados por ellos o por sus vecinos productores, cuando no se cobra por el pesaje, o cuando no se emite una declaración o memorándum firmado o inicialado del peso en el que se basa una compra o venta del producto.
(c)CA Negocios y Profesiones Code § 12701(c) Transportistas comunes que emiten conocimientos de embarque en los que se registran, con el propósito de calcular los cargos de transporte, los pesos de los productos ofrecidos para el transporte, incluidos los transportistas de enseres domésticos cuando transportan envíos que pesan menos de 1,000 libras.
(d)CA Negocios y Profesiones Code § 12701(d) Muestreadores y pesadores de leche con licencia conforme al Artículo 8 (que comienza con la Sección 35161) del Capítulo 12 de la Parte 1 de la División 15 del Código de Alimentos y Agricultura, cuando realizan las funciones para las que tienen licencia.
(e)CA Negocios y Profesiones Code § 12701(e) Personas que miden la cantidad de petróleo, gas u otros combustibles para fines de cálculo y pago de regalías, u otras operaciones de compañías de combustible y petróleo y sus puntos de venta minoristas.
(f)CA Negocios y Profesiones Code § 12701(f) Editores de periódicos que pesan o cuentan periódicos para la venta a distribuidores o mayoristas.
(g)CA Negocios y Profesiones Code § 12701(g) Establecimientos de mantenimiento textil que pesan, cuentan o miden cualquier artículo en relación con el negocio de dichos establecimientos.
(h)CA Negocios y Profesiones Code § 12701(h) Distritos de saneamiento del condado que operan conforme al Capítulo 3 (que comienza con la Sección 4700) de la Parte 3 de la División 5 del Código de Salud y Seguridad, distritos de eliminación de basura y residuos que operan conforme al Capítulo 2 (que comienza con la Sección 49100) de la Parte 8 de la División 30 del Código de Recursos Públicos, e instalaciones de residuos sólidos, según se definen en la Sección 40194 del Código de Recursos Públicos.
(i)CA Negocios y Profesiones Code § 12701(i) Personas que compran chatarra o materiales de salvamento conforme a un programa de reciclaje sin fines de lucro, o centros de reciclaje certificados conforme a la División 12.1 (que comienza con la Sección 14500) del Código de Recursos Públicos que compran envases de bebidas vacíos al público para reciclaje.
(j)CA Negocios y Profesiones Code § 12701(j) Operadores de control de plagas con licencia conforme al Capítulo 4 (que comienza con la Sección 11701) de la División 6 del Código de Alimentos y Agricultura.
(k)CA Negocios y Profesiones Code § 12701(k) Minoristas, o centros de reciclaje establecidos únicamente para el canje de envases de bebidas vacíos, según se define esa frase en la Sección 14512 del Código de Recursos Públicos, que pesan, miden o cuentan materiales de salvamento o retornables para su compra o canje por ellos en tiendas minoristas, o, en el caso de los centros de reciclaje, en las instalaciones de la tienda minorista o en un estacionamiento inmediatamente adyacente a una tienda minorista que se utiliza para el estacionamiento de los clientes de la tienda, directamente del vendedor y en su presencia. Por “minorista” se entiende una entidad que obtiene el 90 por ciento o más de sus ingresos de la venta de pequeñas cantidades de alimentos o artículos no alimentarios, o ambos, directamente a los consumidores. Por “materiales de salvamento” se entienden productos de papel usados y envases usados hechos de aluminio, estaño, vidrio o plástico.
(l)CA Negocios y Profesiones Code § 12701(l) Cualquier medidor de troncos que realice funciones de medición de troncos, excepto el pesaje, según se define en el Manual del Servicio Forestal de los Estados Unidos, Suplemento No. 4 de marzo de 1987.
(m)CA Negocios y Profesiones Code § 12701(m) Prestamistas prendarios con licencia conforme al Capítulo 3 (que comienza con la Sección 21300) de la División 8 del Código Financiero, y comerciantes de segunda mano con licencia conforme al Artículo 4 (que comienza con la Sección 21625) del Capítulo 9 de la División 8, cuando el prestamista prendario o el comerciante de segunda mano pesa la propiedad que adquiere e informa la adquisición de la propiedad conforme a la Sección 21208 del Código Financiero o el Artículo 4 (que comienza con la Sección 21625) del Capítulo 9 de la División 8, respectivamente.
(n)CA Negocios y Profesiones Code § 12701(n) Instalaciones que manejan residuos médicos y que informan pesos netos, y no estimaciones, al generador de los residuos médicos y al Departamento de Salud Pública del Estado de acuerdo con la Ley de Gestión de Residuos Médicos (Parte 14 (que comienza con la Sección 117600) de la División 104 del Código de Salud y Seguridad).
(o)CA Negocios y Profesiones Code § 12701(o) Esta sección entrará en vigor el 1 de enero de 2018.

Section § 12702

Explanation
Si ves el término 'Pesador', automáticamente incluye también a alguien llamado 'pesador adjunto'.

Section § 12703

Explanation
Si vas a realizar tareas como pesar ciertos bienes o productos de manera profesional, necesitas tener una licencia de pesador oficial, y todas las tarifas, incluidas las multas, deben estar pagadas. También debes informar al departamento correspondiente sobre cualquier pesador oficial adjunto, junto con sus tarifas.

Section § 12703.1

Explanation

Esta ley establece requisitos de registro específicos para recicladores y chatarreros que deseen obtener o renovar una licencia. Deben proporcionar información como su licencia comercial, el estado de sus permisos de aguas pluviales y el cumplimiento de las normas sobre el manejo de materiales no ferrosos y la recepción de alertas de robo. También deben revelar los nombres de cualquier pesador adjunto. El departamento investigará esta información en un plazo de 90 días para las licencias nuevas y en un año para las renovaciones. Si alguna información es inexacta, la licencia puede ser revocada a menos que se corrija rápidamente. Esta sección no se aplica a los prestamistas ni a los comerciantes de segunda mano con licencia y está programada para ser derogada el 1 de enero de 2028, a menos que una nueva ley prorrogue esa fecha.

(a)CA Negocios y Profesiones Code § 12703.1(a) Además de cualquier otro requisito para la emisión de una licencia conforme a este capítulo, si el solicitante es un reciclador o chatarrero según se define en la Sección 21601, el departamento exigirá al solicitante que proporcione toda la siguiente información de manera precisa en cualquier solicitud de una nueva licencia o de la renovación de una licencia emitida conforme a este capítulo:
(1)CA Negocios y Profesiones Code § 12703.1(a)(1) Una copia de la licencia comercial actual del solicitante.
(2)CA Negocios y Profesiones Code § 12703.1(a)(2) Una declaración que indique que el solicitante ha presentado una solicitud para un permiso de aguas pluviales o que no está obligado a obtener un permiso de aguas pluviales.
(3)CA Negocios y Profesiones Code § 12703.1(a)(3) Una declaración que indique que el solicitante tiene el equipo necesario para cumplir con los requisitos de fotografía y toma de huellas dactilares para la compra y venta de materiales no ferrosos conforme a la Sección 21608.5 o una declaración que indique que el solicitante no comprará ni venderá materiales no ferrosos y no está obligado a cumplir con la Sección 21608.5.
(4)CA Negocios y Profesiones Code § 12703.1(a)(4) Una declaración que indique que el solicitante ha solicitado recibir notificaciones de alerta de robo conforme al apartado (a) de la Sección 21608.7, a menos que dicho requisito no sea aplicable conforme al apartado (b) de esa sección.
(5)CA Negocios y Profesiones Code § 12703.1(a)(5) El nombre o los nombres de cualquier pesador adjunto.
(b)CA Negocios y Profesiones Code § 12703.1(b) El departamento emitirá una licencia a un chatarrero o reciclador al recibir una solicitud de una nueva licencia o de renovación de una licencia que contenga la información requerida por el apartado (a) y que esté acompañada de la tarifa correspondiente.
(c)Copy CA Negocios y Profesiones Code § 12703.1(c)
(1)Copy CA Negocios y Profesiones Code § 12703.1(c)(1) El departamento realizará una investigación exhaustiva de toda la información contenida en la solicitud requerida por el apartado (a) en un plazo de 90 días para una nueva licencia, y en un plazo de un año natural para la renovación de una licencia.
(2)CA Negocios y Profesiones Code § 12703.1(c)(2) No obstante la Sección 12708, si el departamento determina que la información presentada conforme al apartado (a) es materialmente inexacta, el departamento revocará la licencia emitida a un chatarrero o reciclador a menos que el chatarrero o reciclador cumpla con los requisitos del apartado (a) en un plazo de 14 días a partir de la notificación del departamento de una revocación propuesta conforme a este apartado.
(3)CA Negocios y Profesiones Code § 12703.1(c)(3) Un chatarrero o reciclador cuya licencia haya sido revocada conforme a este apartado tiene derecho a una audiencia llevada a cabo conforme al Capítulo 5 (que comienza con la Sección 11500) de la Parte 1 de la División 3 del Título 2 del Código de Gobierno.
(d)CA Negocios y Profesiones Code § 12703.1(d) El secretario podrá celebrar un acuerdo de cooperación con cualquier inspector de pesas y medidas del condado para llevar a cabo las disposiciones de esta sección.
(e)CA Negocios y Profesiones Code § 12703.1(e) Esta sección no se aplicará a un prestamista con licencia conforme al Capítulo 3 (que comienza con la Sección 21300) de la División 8 del Código Financiero y a un comerciante de segunda mano con licencia conforme al Artículo 4 (que comienza con la Sección 21625) del Capítulo 9 de la División 8.
(f)CA Negocios y Profesiones Code § 12703.1(f) Esta sección permanecerá en vigor solo hasta el 1 de enero de 2028, y a partir de esa fecha quedará derogada, a menos que una ley posterior, promulgada antes del 1 de enero de 2028, elimine o prorrogue dicha fecha.

Section § 12704

Explanation

Si usted opera como pesador, debe pagar una tarifa de licencia anual al departamento, la cual varía según el lugar donde opere. Son $75 para operaciones en una ubicación fija, $30 por cada ubicación fija adicional, $200 si no opera en una ubicación fija, y $20 por cada pesador adjunto. El año de la licencia comienza desde el momento en que usted necesita una licencia por primera vez, y continúa hasta la fecha de vencimiento establecida o la renovación anual. Una "ubicación" se refiere a los lugares donde se utilizan dispositivos para pesar, medir o contar. Esta norma entra en vigor el 1 de enero de 2028.

(a)CA Negocios y Profesiones Code § 12704(a) Un pesador deberá pagar al departamento la siguiente tarifa de licencia por cada año de licencia, según corresponda a la operación:
(1)CA Negocios y Profesiones Code § 12704(a)(1) Setenta y cinco dólares ($75) si el pesador opera en una ubicación fija.
(2)CA Negocios y Profesiones Code § 12704(a)(2) Treinta dólares ($30) por cada ubicación fija adicional en la que opere el pesador.
(3)CA Negocios y Profesiones Code § 12704(a)(3) Doscientos dólares ($200) si el pesador opera en una ubicación que no sea fija.
(4)CA Negocios y Profesiones Code § 12704(a)(4) Veinte dólares ($20) por cada pesador adjunto.
(b)CA Negocios y Profesiones Code § 12704(b) Por “año de licencia” se entiende el período de tiempo que comienza el primer día del mes en que el pesador debe obtener la licencia en este estado, y que termina en la fecha designada por el secretario para la expiración de la licencia, o en intervalos anuales después de la primera renovación.
(c)CA Negocios y Profesiones Code § 12704(c) Por “Ubicación” se entiende un local en el que se utilizan dispositivos de pesaje, medición o conteo.
(d)CA Negocios y Profesiones Code § 12704(d) Esta sección entrará en vigor el 1 de enero de 2028.

Section § 12705

Explanation

Si un pesador con licencia cambia la estructura o la propiedad de su negocio, la nueva versión de la empresa debe obtener una nueva licencia de pesador antes de poder seguir realizando operaciones de pesaje.

Cualquier cambio en la entidad legal de un pesador con licencia requiere que la nueva entidad legal obtenga una licencia de pesador antes de operar como pesador.

Section § 12706

Explanation

Esta ley permite al secretario decidir cuándo vence la licencia de un pesador y si debe renovarse anualmente. Si una licencia se emite por un período de entre uno y once meses en lugar de un año completo, la tarifa de la licencia se reducirá proporcionalmente para ajustarse al período de tiempo más corto.

(a)CA Negocios y Profesiones Code § 12706(a) El secretario puede asignar o reasignar las fechas de vencimiento de las licencias para cualquier pesador.
(b)CA Negocios y Profesiones Code § 12706(b) El secretario puede establecer un año de licencia para cualquier pesador que consista en cualquier período de uno a 11 meses, inclusive, con renovaciones posteriores que se requieran a intervalos anuales a partir de entonces.
(c)CA Negocios y Profesiones Code § 12706(c) Siempre que el año de licencia sea inferior a 12 meses debido a la asignación o reasignación de la fecha de vencimiento por parte del secretario, la tarifa de licencia según lo establecido en la Sección 12704 se reducirá en un doceavo de la tarifa anual por cada mes del período inferior a 12 meses.

Section § 12707

Explanation

Si tienes una licencia cubierta por este capítulo, debes renovarla cada año antes del primer día de tu año de licencia, enviando una solicitud y la tarifa al secretario. Si la envías por correo, no se considera tarde si tiene matasellos a más tardar el quinto día del mes en que vence. Si pagas tarde pero dentro de los 30 días, deberás un 30% adicional de la tarifa como multa. Si te retrasas más de 30 días, la multa se duplica al 100% de la tarifa. Estas multas no se aplican a las licencias de pesadores adjuntos.

Cada licencia requerida por este capítulo deberá renovarse anualmente, el o antes del primer día del primer mes del año de licencia del titular, mediante solicitud al secretario, acompañada de la tarifa de licencia anual. Una solicitud y tarifa de licencia anual enviadas por correo no se consideran vencidas si tienen matasellos a más tardar el quinto día del mes en que vencen. A cualquier tarifa no pagada a su vencimiento, se le añadirá una multa equivalente al 30 por ciento del monto de la tarifa de licencia, si se paga dentro de los 30 días siguientes a su vencimiento. La multa por una tarifa de renovación con más de 30 días de retraso después de su vencimiento será del 100 por ciento del monto de la tarifa de licencia. Sin embargo, ninguna multa será aplicable a la renovación de las licencias de pesadores adjuntos.

Section § 12708

Explanation

Esta sección permite al secretario denegar, negarse a renovar, revocar o suspender la licencia de un pesador oficial si, después de una audiencia formal, se determina que la persona no es capaz o confiable en sus funciones o ha sido declarada culpable de un delito menor relacionado con este puesto.

El secretario podrá negarse a otorgar cualquier licencia prevista en este capítulo, o podrá negarse a renovar cualquier licencia, y podrá revocar o suspender cualquier licencia cuando, después de una audiencia llevada a cabo de conformidad con el Capítulo 5 (que comienza con la Sección 11500) de la Parte 1 de la División 3 del Título 2 del Código de Gobierno, el secretario esté convencido de que el solicitante o licenciatario no está calificado para desempeñar de manera competente o confiable las funciones de un pesador oficial o ha sido declarado culpable de un delito menor según lo dispuesto en este capítulo.

Section § 12709

Explanation

El dinero que se recaude de las tarifas de licencia bajo esta ley se destinará a un fondo específico para ayudar a gestionar y hacer cumplir las normas de este capítulo. Este sistema empezará a funcionar el 1 de enero de 2028.

(a)CA Negocios y Profesiones Code § 12709(a) Todas las tarifas de licencia recaudadas conforme a este capítulo se depositarán en el Fondo del Departamento de Alimentación y Agricultura para ser gastadas por el departamento para la administración y aplicación de este capítulo.
(b)CA Negocios y Profesiones Code § 12709(b) Esta sección entrará en vigor el 1 de enero de 2028.

Section § 12710

Explanation

Esta ley permite a un maestro pesador contratar o asignar a otra persona para que actúe en su nombre como pesador adjunto. El maestro pesador original sigue siendo responsable de cualquier acción realizada por el adjunto.

Un maestro pesador puede emplear o designar a cualquier persona para que actúe en su nombre como pesador adjunto y será responsable de todos los actos realizados por dicha persona.

Section § 12710.5

Explanation

Esta sección permite a los pesadores cambiar a sus delegados durante el año de licencia sin tarifas adicionales, notificando al departamento cualquier cambio. Si un pesador no proporciona al departamento el nombre del delegado según lo requerido, puede enfrentar una multa pequeña. Además, los pesadores pueden aumentar el número de delegados solicitando más licencias y pagando las tarifas necesarias. Estas licencias adicionales tendrán la misma fecha de vencimiento que la licencia original.

(a)CA Negocios y Profesiones Code § 12710.5(a) En cualquier momento durante el año de licencia, cualquier pesador podrá reemplazar a los delegados sin el pago de tarifas adicionales, remitiendo al departamento el nombre de cualquier delegado de reemplazo y del delegado reemplazado.
(b)CA Negocios y Profesiones Code § 12710.5(b) Cualquier pesador que no proporcione al departamento el nombre de un delegado según lo requerido por esta sección será culpable de una infracción y, previa condena, podrá ser sancionado con una multa no superior a cien dólares ($100).
(c)CA Negocios y Profesiones Code § 12710.5(c) Un pesador podrá aumentar el número original de delegados presentando una nueva solicitud acompañada de las tarifas correspondientes, para el número adicional de licencias de delegado solicitadas, las cuales vencerán en la fecha indicada en la licencia de pesador.

Section § 12711

Explanation

Un pesador debe entregar un certificado que indique el peso, la medida o el recuento de un producto o servicio cuando esa información afecte cuánto se le paga a alguien.

Un pesador deberá emitir un certificado de pesaje siempre que el pago por la mercancía o el servicio representado dependa de un peso, medida o recuento escrito o impreso.

Section § 12712

Explanation

Esta ley permite que un pesador emita un certificado para pesar, medir o contar una mercancía, incluso si no realizó la tarea real, siempre y cuando ambos pesadores estén bajo la misma licencia principal y el certificado se base en información precisa del pesador original. Además, se deben mantener registros para asegurar que coincidan con el certificado emitido. La ley también permite transferir información de un certificado de pesador a otro, siempre que el número del certificado original y el nombre del pesador emisor se incluyan en el nuevo certificado.

(a)CA Negocios y Profesiones Code § 12712(a) Un certificado de pesador podrá ser firmado y emitido por un pesador distinto al pesador que realmente determinó el peso, la medida o el recuento de cualquier mercancía, si se cumplen ambas de las siguientes condiciones:
(1)CA Negocios y Profesiones Code § 12712(a)(1) El pesador que emite el certificado lo hace basándose en información recibida del pesador que realmente determinó el peso, la medida o el recuento, y ambos están bajo la misma licencia principal.
(2)CA Negocios y Profesiones Code § 12712(a)(2) Los registros y las hojas de trabajo, firmados por el pesador que realmente pesó, midió o contó la mercancía, se mantienen como parte de los registros del pesador de manera que se asegure su identidad con el certificado emitido.
(b)CA Negocios y Profesiones Code § 12712(b) Un pesador podrá transferir un peso, una medida o un recuento que aparece en un certificado de pesador a otro certificado de pesador, si el número del certificado original y el nombre del pesador emisor aparecen en el segundo certificado.

Section § 12713

Explanation

Esta ley establece que un pesador público, quien es responsable de emitir certificados que verifican el peso, la medida o el recuento de diversos artículos, debe asegurarse de que estos certificados incluyan todos los detalles necesarios según lo especificado en ciertas secciones. Es ilegal emitir un certificado que carezca de la información requerida. Además, los recibos de peso de pescado, moluscos o crustáceos también se consideran certificados de pesador público si son emitidos por un pesador público certificado.

(a)CA Negocios y Profesiones Code § 12713(a) Un pesador público es responsable de asegurar que los certificados de pesador público emitidos por él o ella, o por un adjunto que actúe en su nombre, estén completos y contengan toda la información requerida por las Secciones 12714, 12714.5 y 12715 que sea aplicable a cada transacción.
(b)CA Negocios y Profesiones Code § 12713(b) Es ilegal emitir, o hacer que se emita, un certificado de pesador público si el certificado no contiene toda la información requerida por las Secciones 12714, 12714.5 y 12715 para la mercancía pesada, medida o contada. La emisión de un recibo que muestre el peso, la medida o el recuento de pescado, moluscos o crustáceos conforme al Artículo 6 (que comienza con la Sección 8010) del Capítulo 1 de la Parte 3 de la División 6 del Código de Pesca y Caza constituye la emisión de un certificado de pesador público bajo este capítulo cuando es emitido por una persona que es un pesador público conforme a la Sección 12700.

Section § 12714

Explanation

Cuando un pesador emite un certificado para productos que han sido pesados, medidos o contados, el certificado debe incluir una declaración clara que confirme su autenticidad. Esta declaración, conocida como leyenda, debe proclamar que el pesador es una autoridad reconocida que sigue los estándares de precisión establecidos por el Código de Negocios y Profesiones de California. Además, el nombre impreso del pesador principal, tal como aparece en su licencia, también debe incluirse en el certificado y en cualquier copia.

(a)CA Negocios y Profesiones Code § 12714(a) Deberá aparecer en un lugar apropiado y visible en cada certificado, y en todas sus copias, la siguiente leyenda:
 CERTIFICADO DE PESADOR

POR EL PRESENTE SE CERTIFICA que el producto descrito a continuación fue pesado, medido o contado por un pesador, cuya firma figura en este certificado, quien es una autoridad reconocida en precisión, según lo prescrito por el Capítulo 7 (que comienza con la Sección 12700) de la División 5 del Código de Negocios y Profesiones de California, administrado por la División de Estándares de Medición del Departamento de Alimentos y Agricultura de California.
(b)CA Negocios y Profesiones Code § 12714(b) También deberá aparecer en cada certificado, y en todas sus copias, el nombre impreso del pesador principal tal como figura en la licencia.

Section § 12714.5

Explanation

Esta sección exige que cualquier certificado sea fácil de leer y tenga un número secuencial único.

Toda la información contenida en el certificado deberá ser clara y legible.
Cada certificado deberá ser numerado consecutivamente.

Section § 12715

Explanation

Esta sección describe la información que debe incluirse en un certificado de pesador para transacciones que implican el pesaje, la medición o el recuento de mercancías. El certificado debe indicar la fecha de la transacción, la ubicación y llevar la firma completa o el nombre electrónico del pesador responsable. Debe detallar el tipo y número de unidades de la mercancía, el propietario o agente, y posiblemente el cultivador para productos de heno. El certificado también debe incluir mediciones de peso específicas, pesos de tara, la identificación del vehículo y la unidad de medida utilizada.

Cada certificado deberá incluir la siguiente información, según corresponda a la transacción:
(a)CA Negocios y Profesiones Code § 12715(a) La fecha en que se determinó el peso, la medida o el recuento.
(b)CA Negocios y Profesiones Code § 12715(b) La dirección postal o descripción de la ubicación y la ciudad o municipio donde ocurrió el pesaje, la medición o el recuento.
(c)CA Negocios y Profesiones Code § 12715(c) La firma completa del pesador que determinó cada peso, medida o recuento. El nombre de un pesador podrá imprimirse electrónicamente en el certificado de pesador en lugar de una firma manuscrita, si el nombre impreso electrónicamente es el del pesador que pesó, midió o contó la mercancía o el de otro pesador de conformidad con la Sección 12712.
(d)CA Negocios y Profesiones Code § 12715(d) El tipo de mercancía y cualquier otra información que sea necesaria para identificar el producto o distinguirlo de una mercancía similar.
(e)CA Negocios y Profesiones Code § 12715(e) El número de unidades de la mercancía. Si no fue determinado personalmente por un pesador, el certificado deberá contener las palabras “recuento del conductor” o “recuento del cargador”, según corresponda, después del número de unidades de la mercancía. La abreviatura “R.C.” o “R.Ca.” podrá usarse en lugar de las palabras completas.
(f)CA Negocios y Profesiones Code § 12715(f) El nombre del propietario, o su agente, y el consignatario. Si la transacción involucra heno o productos de heno, el nombre y la dirección del cultivador, y su agente, según lo proporcionado por el conductor del vehículo.
(g)CA Negocios y Profesiones Code § 12715(g) Al menos uno de los siguientes:
(1)CA Negocios y Profesiones Code § 12715(g)(1) El peso bruto de la mercancía y del vehículo o contenedor, si solo se determinó el peso bruto.
(2)CA Negocios y Profesiones Code § 12715(g)(2) El peso tara del vehículo o contenedor vacío, si solo se determinó el peso tara.
(3)CA Negocios y Profesiones Code § 12715(g)(3) Los pesos bruto, tara y neto cuando se utilizan un peso bruto y una tara para determinar el peso neto.
(4)CA Negocios y Profesiones Code § 12715(g)(4) El peso neto, medida o recuento verdadero cuando no hay pesos bruto y tara involucrados en la determinación de la cantidad neta del producto.
(h)CA Negocios y Profesiones Code § 12715(h) Los pesos tara, y la identificación por código o descripción de cajas, contenedores, paletas u otros recipientes.
(i)CA Negocios y Profesiones Code § 12715(i) La identificación correcta del vehículo, combinación de vehículos u otros medios por los cuales se entregó la mercancía. Si se utiliza un número de equipo para identificar un vehículo o combinación de vehículos, deberá haber trazabilidad a los números de matrícula de los vehículos registrados a través de los registros del pesador.
(j)CA Negocios y Profesiones Code § 12715(j) La unidad de medida, como libras, toneladas, galones, kilogramos o yardas cúbicas, utilizada para identificar la cantidad.

Section § 12716

Explanation
Si eres un pesador, debes guardar todos tus registros, incluyendo cualquier certificado anulado y hojas de trabajo, por cuatro años. También debes guardar copias fieles de cada certificado de pesador que emitas. Estos registros siempre deben estar disponibles para que el secretario los inspeccione.

Section § 12716.5

Explanation

Si se encuentra un error en los detalles de un certificado que informa sobre peso, medida o recuento, se debe entregar un nuevo certificado de corrección a todas las personas que recibieron el original. La palabra "INCORRECTO" debe marcarse claramente en el original, y el certificado de corrección debe incluir el número del certificado original y explicar por qué fue necesaria la corrección.

Un certificado en el que se descubra un error de peso, medida o recuento después de su emisión deberá corregirse mediante la emisión de un certificado de corrección a todas las partes a las que se les emitió el certificado original.
La palabra “INCORRECTO” deberá escribirse en la cara del certificado original. El número del certificado original y el motivo de la corrección deberán registrarse en el certificado de corrección.

Section § 12717

Explanation

Si usted es un pesador oficial y utiliza cualquier dispositivo para pesar, medir o contar, esos dispositivos deben cumplir con ciertos estándares. Deben ser revisados y aprobados por las autoridades competentes para asegurar que funcionen correctamente.

Cualquier instrumento o dispositivo de pesaje, medición o conteo, según se define en la Sección 12500, que sea utilizado por un pesador oficial y para el cual el secretario haya adoptado especificaciones y tolerancias, deberá ser aprobado, probado y sellado de conformidad con esta división.

Section § 12718

Explanation

Si alguien intenta manipular el pesaje o la medición de mercancías para que sean inexactos, está infringiendo la ley. Esto incluye pedir a alguien que falsifique o pese incorrectamente artículos, dar pesos falsos a un pesador público, usar o presentar certificados de pesador público falsos, alterar certificados para mostrar información incorrecta, e incluso tener formularios de pesador público en blanco si no está autorizado a usarlos. Estas acciones se consideran delitos menores, que son crímenes menos graves pero que aún pueden conllevar sanciones.

Cualquier persona que realice cualquiera de los siguientes actos es culpable de un delito menor:
(a)CA Negocios y Profesiones Code § 12718(a) Solicita a cualquier persona que pese, mida o cuente cualquier mercancía de forma falsa o incorrecta.
(b)CA Negocios y Profesiones Code § 12718(b) Solicita un certificado de pesador público falso o incorrecto.
(c)CA Negocios y Profesiones Code § 12718(c) Suministra o da información falsa a un pesador público para su uso en la cumplimentación de un certificado de pesador público.
(d)CA Negocios y Profesiones Code § 12718(d) Presenta a sabiendas para su pago un certificado de pesador público falso.
(e)CA Negocios y Profesiones Code § 12718(e) Emite a sabiendas un certificado de pesador público que indica un peso, medida o recuento falso.
(f)CA Negocios y Profesiones Code § 12718(f) Altera un certificado de pesador público, lo que resulta en la indicación de un peso, medida o recuento falso.
(g)CA Negocios y Profesiones Code § 12718(g) Posee formularios de certificado de pesador público sin rellenar o sin usar, si no es un pesador público.
(h)CA Negocios y Profesiones Code § 12718(h) Emite un certificado de pesador público que contiene alteraciones u omisiones de pesos brutos o de tara, pesos netos solamente, o medidas.

Section § 12718.5

Explanation

Esta sección explica las exenciones a una norma de la Subdivisión (g) de la Sección 12718. Establece que las personas que imprimen, distribuyen o venden formularios de certificados de pesador, así como aquellas que manejan certificados de clasificación y peso para servicios de inspección agrícola, no están sujetas a esa norma en particular.

La subdivisión (g) de la Sección 12718 no se aplica a ninguno de los siguientes:
(a)CA Negocios y Profesiones Code § 12718.5(a) Personas dedicadas al negocio de imprimir, distribuir o vender formularios de certificados de pesador.
(b)CA Negocios y Profesiones Code § 12718.5(b) Personas que posean o transporten certificados combinados de clasificación y peso para ser utilizados por empleados de juntas de órdenes de comercialización o servicios de inspección de clasificación, ya sea del departamento o del Departamento de Agricultura de los Estados Unidos.

Section § 12719

Explanation

Esta ley establece que una vez que un certificado de pesador registra el peso o la cantidad de lo que hay dentro de un vehículo, contenedor o palé, no se puede cambiar lo que hay dentro; debe permanecer igual hasta que se entregue a quien lo compró. Si hay algún cambio, se necesita un nuevo certificado que lo refleje con precisión.

Cuando el peso o la medida de un vehículo, contenedor o palé y su contenido neto haya sido registrado en un certificado de pesador, es ilegal que cualquier persona retire parte de, o añada a, el contenido neto, antes de que el contenido sea entregado al comprador o consignatario, a menos que se obtenga un certificado de pesador correcto.

Section § 12720

Explanation

Una vez que el peso en vacío de un vehículo o su peso con el contenido se documenta en un certificado oficial de pesaje, nadie puede cambiar ese peso hasta después de que el peso final de las mercancías transportadas haya sido medido y anotado en el certificado.

Cuando el peso tara de un vehículo o el peso del vehículo y su contenido hayan sido registrados en un certificado de pesaje, es ilegal que cualquier persona altere el peso tara del vehículo antes de que se haya determinado y registrado en el certificado el peso neto de la mercancía.

Section § 12721

Explanation
Si está certificando el peso, el tamaño o la cantidad de algo, debe medirlo realmente en ese momento, a menos que haya una excepción específica mencionada en otra parte de este capítulo.

Section § 12722

Explanation

Esta ley permite a los pesadores públicos usar un peso de tara previamente establecido para vehículos, contenedores o palés. La persona o empresa para quien se establecen estos pesos de tara debe asegurarse de que se mantengan dentro de ciertos límites. Específicamente, para vehículos que transportan tierra, piedra, arena, grava o asfalto, se puede usar un peso de tara predeterminado sin tener que seguir ciertas reglas regulatorias. Es fundamental que el peso real no supere este peso de tara fijado.

(a)CA Negocios y Profesiones Code § 12722(a) De conformidad con este capítulo y las regulaciones adoptadas por el secretario, cualquier pesador público puede usar un peso de tara para un vehículo, contenedor o palé que haya sido previamente determinado por un pesador público. Es responsabilidad de la parte para quien se estableció el peso de tara mantener el peso de tara dentro de las variaciones prescritas por el secretario.
(b)CA Negocios y Profesiones Code § 12722(b) Cualquier pesador público que pese cualquier vehículo que transporte tierra, piedra, roca, arena, grava o material de pavimentación asfáltica puede usar un peso de tara predeterminado. La emisión de pesos de tara predeterminados está exenta de las disposiciones de la División 9 (que comienza con la Sección 4000) del Título 4 del Código de Regulaciones de California. Es responsabilidad de la parte para quien se estableció el peso de tara mantener el peso real de modo que el peso de tara real del vehículo no exceda en ningún momento el peso de tara registrado.

Section § 12723

Explanation
Esta ley explica que el secretario debe establecer reglas para determinar el peso de vehículos, contenedores y palés vacíos. Estas reglas cubrirán aspectos como su uso, los tipos de certificados necesarios, cómo verificar los pesos y qué variaciones de peso son aceptables.

Section § 12724

Explanation

Esta ley exige a los pesadores determinar el peso de un vehículo (tanto lleno como vacío) sin que haya nadie dentro del vehículo, a menos que todo el proceso de pesaje se realice en un solo lugar. Existe una excepción para ciertos vehículos que transportan materiales como tierra y grava, donde el peso del conductor puede incluirse si el pesador lo anota debidamente en el certificado.

(a)CA Negocios y Profesiones Code § 12724(a) Salvo lo dispuesto en esta sección, un pesador que pesa un vehículo para certificación determinará tanto el peso bruto como el peso tara con todas las personas fuera de la báscula y del vehículo, a menos que tanto el peso bruto como el peso tara se determinen sin abandonar el lugar de pesaje.
(b)CA Negocios y Profesiones Code § 12724(b) Las taras predeterminadas para vehículos que transportan tierra, piedra, roca, arena, grava y material de pavimentación asfáltica podrán determinarse con el conductor en el vehículo, si el peso bruto se determina de la misma manera y el pesador indica en el certificado de pesaje que el conductor estaba en el vehículo tanto para el peso bruto como para el peso tara.

Section § 12725

Explanation

Esta ley establece que un pesador no puede confirmar el peso total de un vehículo si: la báscula está en el lugar de carga, el vehículo se pesa antes de salir a una carretera, y el peso del vehículo supera las 80,000 libras (o 82,000 para vehículos más ecológicos), a menos que exista un permiso especial para cargas más pesadas.

Un pesador no certificará el peso bruto de un vehículo si prevalecen todas las siguientes condiciones:
(a)CA Negocios y Profesiones Code § 12725(a) La báscula está ubicada en el lugar donde se carga el vehículo.
(b)CA Negocios y Profesiones Code § 12725(b) El vehículo es pesado antes de ingresar a una carretera.
(c)CA Negocios y Profesiones Code § 12725(c) El peso bruto del vehículo excede las 80,000 libras, o excede las 82,000 libras si el vehículo es un vehículo de emisiones casi nulas o de cero emisiones según se define en los incisos (c) y (d) de la Sección 44258 del Código de Salud y Seguridad, a menos que se haya emitido un permiso especial que autorice un peso bruto mayor para el vehículo de conformidad con la Sección 35780 del Código de Vehículos.

Section § 12726

Explanation

Si hay alguna incertidumbre o desacuerdo sobre el peso, la medida o el recuento indicados en un certificado de pesador para cualquier artículo o vehículo, usted puede solicitar la verificación por parte del departamento si tiene un interés financiero. Debe pagar por adelantado el costo de esta verificación. Si la verificación muestra un error debido a fraude, negligencia o equipo defectuoso, el pesador que cometió el error cubrirá el gasto de la verificación.

(a)CA Negocios y Profesiones Code § 12726(a) Si surgen dudas o diferencias en cuanto a la exactitud del peso, medida o recuento de cualquier cantidad o parte de cualquier mercancía, vehículo descargado o contenedor para el cual se haya emitido un certificado de pesador, una persona con interés financiero podrá, previa queja ante el departamento, hacer que el departamento o un pesador designado por este verifique la cantidad o parte de la misma, previo depósito de una suma de dinero suficiente ante el departamento para sufragar el costo real de la verificación.
(b)CA Negocios y Profesiones Code § 12726(b) Si, al ser verificado, se descubre una diferencia con respecto al peso, medida o recuento certificado originalmente como resultado de fraude, negligencia o equipo defectuoso, el costo de la verificación correrá a cargo del pesador responsable de la emisión del certificado erróneo.

Section § 12727

Explanation
El secretario tiene la autoridad para ordenar a un vehículo que se dirija a la báscula de vehículos más cercana para comprobar su peso en cualquier momento.

Section § 12728

Explanation

Esta ley establece que, al pesar vehículos para certificación, el vehículo completo o la combinación de vehículos debe estar sobre la báscula. Si una combinación de vehículos es demasiado larga para caber en la báscula, deben pesarse por separado, y los pesos pueden combinarse para el certificado. Permite el pesaje de vehículos para asegurar que cumplen con las regulaciones vehiculares. Sin embargo, existen excepciones a esta regla, como el pesaje de algodón en rama con remolques que carecen de sistemas de frenado, métodos específicos de pesaje en movimiento y vagones de ferrocarril que transportan grano si se acuerda por escrito.

(a)CA Negocios y Profesiones Code § 12728(a) Ningún pesador pesará un vehículo, o combinación de vehículos, para certificación, cuando parte del vehículo, o combinación conectada, no esté apoyada en la báscula.
(b)CA Negocios y Profesiones Code § 12728(b) Cuando se pese una combinación de vehículos que no quepa en la plataforma de la báscula al mismo tiempo, la combinación deberá ser desconectada y pesada por separado. Los pesos así obtenidos podrán combinarse con el propósito de emitir un único certificado.
(c)CA Negocios y Profesiones Code § 12728(c) Esta sección no prohíbe el pesaje de vehículos para determinar el cumplimiento con el Código de Vehículos.
(d)CA Negocios y Profesiones Code § 12728(d) Esta sección no se aplica a ninguno de los siguientes casos:
(1)CA Negocios y Profesiones Code § 12728(d)(1) El pesaje de algodón en rama para fines de desmotado cuando los pesos se obtienen pesando remolques no equipados con sistemas de frenado y no se utilizan para la venta del algodón en rama.
(2)CA Negocios y Profesiones Code § 12728(d)(2) Operaciones de pesaje de tiro múltiple o en movimiento que cumplan con las regulaciones adoptadas conforme a la Sección 12107.
(3)CA Negocios y Profesiones Code § 12728(d)(3) Una combinación de múltiples vagones de ferrocarril que contengan grano o productos de grano si el consignador y el consignatario de la transacción acuerdan por escrito una operación de pesaje de tiro múltiple.

Section § 12729

Explanation

Esta ley describe las sanciones por infringir ciertas secciones relacionadas con los estándares de medición. En general, incumplir estas normas es un delito menor. Sin embargo, algunas infracciones, como las de las Secciones 12714, 12714.5 y 12715, son faltas, con multas que aumentan con las reincidencias en un año, desde $100 por la primera vez hasta $500 por la tercera o más. Además, si un vehículo que transporta tomates a granel excede los límites de tamaño establecidos por la Sección 12722, se considera una falta con multas de $200 a $800, dependiendo de cuánto se exceda el límite.

(a)CA Negocios y Profesiones Code § 12729(a) Salvo que se disponga lo contrario en esta sección, toda persona que infrinja cualquier disposición de este capítulo es culpable de un delito menor.
(b)CA Negocios y Profesiones Code § 12729(b) Las infracciones de las Secciones 12714, 12714.5 y 12715 son faltas, salvo que se disponga lo contrario en la Sección 12718. Toda persona condenada por una falta conforme a esta subdivisión será sancionada de la siguiente manera:
(1)CA Negocios y Profesiones Code § 12729(b)(1) Por la primera condena, una multa que no exceda de cien dólares ($100).
(2)CA Negocios y Profesiones Code § 12729(b)(2) Por una segunda condena dentro de un período de un año, una multa que no exceda de doscientos dólares ($200).
(3)CA Negocios y Profesiones Code § 12729(b)(3) Por una tercera o subsiguiente condena dentro de un período de un año, una multa que no exceda de quinientos dólares ($500).
(c)CA Negocios y Profesiones Code § 12729(c) Una infracción de la Sección 12722 por un vehículo que transporta tomates a granel es una falta. Toda persona condenada por una falta conforme a esta subdivisión será sancionada de la siguiente manera:
(1)CA Negocios y Profesiones Code § 12729(c)(1) Para un vehículo que exceda la tolerancia establecida por las regulaciones adoptadas conforme a la Sección 12723 en menos del 50 por ciento, una multa que no exceda de doscientos dólares ($200).
(2)CA Negocios y Profesiones Code § 12729(c)(2) Para un vehículo que exceda la tolerancia establecida por las regulaciones adoptadas conforme a la Sección 12723 entre el 50 y el 100 por ciento, inclusive, una multa que no exceda de cuatrocientos dólares ($400).
(3)CA Negocios y Profesiones Code § 12729(c)(3) Para un vehículo que exceda la tolerancia establecida por las regulaciones adoptadas conforme a la Sección 12723 en más del 100 por ciento, una multa que no exceda de ochocientos dólares ($800).

Section § 12730

Explanation

En California, si los productos agrícolas se venden o se envían para procesamiento por peso, un pesador oficial debe pesarlos y emitir certificados de pesaje tanto al productor como al comprador o procesador. Si el peso del producto final determina los cargos, también debe ser pesado y certificado. Sin embargo, si el procesamiento es operado por un productor agrícola y es una parte menor de sus ingresos, los productores pueden optar por no pesar con una exención por escrito. Esta ley no se aplica a las cooperativas agrícolas sin fines de lucro, excepto para los productos de no miembros. Para los frutos secos de árbol, los productores pueden renunciar al requisito del primer pesaje con un contrato, pero el producto final aún debe ser pesado.

(a)CA Negocios y Profesiones Code § 12730(a) Salvo lo dispuesto en la subdivisión (a) o (b) de la Sección 12701 o en esta sección, los productos agrícolas vendidos por peso a granel o entregados a un establecimiento de procesamiento o acondicionamiento para su procesamiento, acondicionamiento o venta, deberán ser pesados por un pesador oficial, y se emitirá un certificado de pesaje del pesador oficial al productor con una copia duplicada emitida al comprador, acondicionador o procesador.
(b)CA Negocios y Profesiones Code § 12730(b) Cuando los cargos de procesamiento o acondicionamiento o la compra se basen en el peso a granel del producto terminado, el producto terminado también deberá ser pesado por un pesador oficial, y se emitirá un segundo certificado de pesaje del pesador oficial al productor con una copia duplicada emitida al comprador, acondicionador o procesador.
(c)CA Negocios y Profesiones Code § 12730(c) Un productor cuyo producto es entregado, pero no vendido, a un procesador o acondicionador para su procesamiento o acondicionamiento, puede renunciar, por escrito, a su derecho a que el producto sea pesado cuando el establecimiento de procesamiento o acondicionamiento sea operado por un productor de productos agrícolas y el procesamiento o acondicionamiento sea incidental a la producción de productos agrícolas. Tal como se utiliza en esta subdivisión, "incidental" significa que los ingresos derivados de la operación de procesamiento o acondicionamiento no representan más del 25 por ciento de los ingresos totales del productor que opera el establecimiento de procesamiento o acondicionamiento.
(d)CA Negocios y Profesiones Code § 12730(d) Esta sección no se aplica a ninguna asociación cooperativa sin fines de lucro que esté organizada y opere de conformidad con el Capítulo 1 (que comienza con la Sección 54001) de la División 20 del Código de Alimentos y Agricultura, excepto en cuanto a la porción de actividades que involucre el manejo o la comercialización de cualquier producto agrícola de cualquier no miembro de la asociación cooperativa sin fines de lucro.
(e)CA Negocios y Profesiones Code § 12730(e) La subdivisión (a), en lo que respecta a los frutos secos de árbol entregados para procesamiento o acondicionamiento, no se aplica a los descascaradores y peladores de frutos secos de árbol, si existe un contrato escrito que renuncia al derecho del productor a que el producto sin procesar o sin acondicionar sea pesado. No obstante la renuncia, el producto terminado deberá ser pesado por un pesador oficial y se emitirá un certificado de pesaje del pesador oficial al agricultor, con una copia duplicada emitida al comprador, acondicionador o procesador.
(f)CA Negocios y Profesiones Code § 12730(f) El término "productos agrícolas" incluye todos los productos agrícolas, hortícolas, vitícolas y vegetales del suelo, la linaza y la semilla de algodón, pero no incluye la madera, los productos madereros, la leche y los productos lácteos.

Section § 12731

Explanation
Si vendes ganado según su peso en corrales de ventas públicos u otros mercados específicos, un pesador oficial certificado debe pesar los animales. Tanto el comprador como el vendedor deben obtener un certificado de pesador oficial. El ganado incluye animales como vacas, ovejas, cerdos, caballos, mulas y cabras.
(a)CA Negocios y Profesiones Code § 12731(a) No obstante cualquier otra disposición de este código, cuando el ganado se venda en función del peso en un corral de ventas público, o por o en cualquier mercado de ganado, agencia de mercado o comerciante que esté sujeto a la Ley de Empacadores y Corrales de 1921 (7 U.S.C. Sec. 181 y siguientes), el ganado deberá ser pesado por un pesador oficial, y se emitirá un certificado de pesador oficial al comprador y al vendedor.
(b)CA Negocios y Profesiones Code § 12731(b) El término “livestock” incluye ganado bovino, ovino, porcino, equino, mular y caprino.

Section § 12732

Explanation

Esta sección especifica detalles adicionales que deben incluirse en los certificados de pesador cuando el peso de una carga se ajusta en un lugar diferente de donde fue cargada inicialmente. El certificado debe mostrar el peso del vehículo y la carga antes y después del ajuste, junto con los nombres y direcciones del vendedor y del comprador o corredor de la mercancía, según lo proporcionado por el conductor del vehículo.

Además de los requisitos de certificado de las Secciones 12714, 12714.5 y 12715, toda la siguiente información deberá aparecer en los certificados de pesador emitidos cuando se realicen ajustes a la carga y los pesos se determinen en un lugar distinto al sitio donde se cargó el vehículo:
(a)CA Negocios y Profesiones Code § 12732(a) El peso bruto de la mercancía y del vehículo en el momento del pesaje inicial.
(b)CA Negocios y Profesiones Code § 12732(b) El peso bruto de la mercancía y del vehículo después del ajuste.
(c)CA Negocios y Profesiones Code § 12732(c) El nombre y la dirección del vendedor y del comprador o corredor de la mercancía, según lo proporcionado por el conductor del vehículo.

Section § 12733

Explanation
Esta ley establece que cuando se compran o venden chatarra y materiales de salvamento basándose en su peso o tamaño, la cantidad debe ser verificada por un funcionario que pesa las cosas, llamado pesador oficial. Este debe entregar un certificado que muestre el peso o la medida tanto al comprador como al vendedor. El pago por los materiales debe basarse en este certificado. Si el peso o el tamaño pueden ser fácilmente vistos y leídos por ambas partes, el certificado solo es necesario si una de las partes lo solicita.

Section § 12734

Explanation

Esta ley permite que el peso del calamar, la merluza del Pacífico o la anchoa se calcule basándose en el volumen de los contenedores en los que vienen, en lugar de pesar el pescado directamente. Sin embargo, este método no se puede usar si el pescado se entrega para ser enlatado o procesado adicionalmente mediante métodos de esterilización en autoclave o reducción.

No obstante cualquier otra disposición de esta división, el peso de calamar, merluza del Pacífico o anchoa, certificado conforme a este capítulo, podrá determinarse mediante cálculo basado en la medición volumétrica de los contenedores según lo prescrito por las regulaciones adoptadas por el secretario. Esta sección no se aplica al calamar, la merluza del Pacífico o la anchoa entregados con el propósito de esterilización en autoclave o reducción.

Section § 12735

Explanation

Esta sección de la ley permite al secretario crear las normas y reglamentos necesarios para aplicar este capítulo. Todas las normas y reglamentos deben elaborarse siguiendo un proceso específico establecido en otra parte del código de gobierno.

El secretario podrá adoptar cualesquiera normas y reglamentos que sean razonablemente necesarios para los fines de la aplicación de este capítulo. La adopción de estas normas y reglamentos se realizará de conformidad con el Capítulo 3.5 (que comienza con la Sección 11340) de la Parte 1 de la División 3 del Título 2 del Código de Gobierno.

Section § 12737

Explanation

Esta ley permite a los maestros pesadores, quienes pesan vehículos que transportan materiales de construcción, utilizar sistemas automáticos sin supervisión directa para pesar vehículos y emitir certificados de pesaje oficiales. El sistema debe cumplir con estándares y regulaciones específicos. Los maestros pesadores que operan desde una ubicación fija deben pagar una cuota anual de $75, con cuotas adicionales para múltiples ubicaciones u operaciones móviles. La ley explica términos clave como 'año de licencia' y 'maestro pesador principal' para aclarar las responsabilidades y la configuración. Esta regulación entró en vigor el 1 de enero de 2020.

(a)CA Negocios y Profesiones Code § 12737(a) Cualquier maestro pesador que pese cualquier vehículo que transporte materiales de construcción, incluyendo, pero sin limitarse a, tierra, piedra, roca, arena, grava, caliza, hormigón premezclado, materiales cementicios, materiales de construcción reciclados o materiales para pavimentación asfáltica, podrá utilizar un sistema de pesaje desatendido para pesar el vehículo y emitir un certificado de pesaje a los compradores que opten por utilizar el sistema desatendido, siempre que el sistema y su funcionamiento cumplan con las regulaciones o políticas emitidas por el secretario. El nombre del maestro pesador principal y el número de identificación único del sistema de pesaje desatendido utilizado deberán imprimirse en el certificado de pesaje y esto satisfará los requisitos del inciso (c) de la Sección 12715. Nada de lo dispuesto en esta sección afecta los sistemas de pesaje y emisión de boletos existentes.
(b)Copy CA Negocios y Profesiones Code § 12737(b)
(1)Copy CA Negocios y Profesiones Code § 12737(b)(1) Un maestro pesador deberá pagar al departamento la siguiente cuota de licencia por cada año de licencia, según corresponda a la operación:
(A)CA Negocios y Profesiones Code § 12737(b)(1)(A) Setenta y cinco dólares ($75) si el maestro pesador opera en una ubicación fija.
(B)CA Negocios y Profesiones Code § 12737(b)(1)(B) Treinta dólares ($30) por cada ubicación fija adicional en la que opere el maestro pesador.
(C)CA Negocios y Profesiones Code § 12737(b)(1)(C) Doscientos dólares ($200) si el maestro pesador opera en una ubicación que no sea fija.
(D)CA Negocios y Profesiones Code § 12737(b)(1)(D) Veinte dólares ($20) por cada maestro pesador adjunto.
(2)CA Negocios y Profesiones Code § 12737(b)(2) Cualquier cuota impuesta de conformidad con esta sección no excederá los costos regulatorios razonables para el departamento de hacer cumplir esta sección.
(c)CA Negocios y Profesiones Code § 12737(c) Para los fines de esta sección:
(1)CA Negocios y Profesiones Code § 12737(c)(1) “Año de licencia” significa el período de tiempo que comienza el primer día del mes en que el maestro pesador debe obtener la licencia en este estado, y que termina en la fecha designada por el secretario para la expiración de la licencia, o en intervalos anuales después de la primera renovación.
(2)CA Negocios y Profesiones Code § 12737(c)(2) “Ubicación” significa una instalación en la que se utilizan dispositivos de pesaje, medición o conteo.
(3)CA Negocios y Profesiones Code § 12737(c)(3) “Maestro pesador principal” significa la persona o entidad identificada en el certificado de pesaje, según se describe en el inciso (b) de la Sección 12714, que puede emplear o designar a cualquier persona para que actúe en nombre del maestro pesador como maestro pesador adjunto de conformidad con la Sección 12710.
(4)CA Negocios y Profesiones Code § 12737(c)(4) “Sistema de pesaje desatendido” significa un sistema automatizado que no está directamente bajo la supervisión de un maestro pesador y que cumple con los requisitos de aprobación, prueba y sellado de la Sección 12717.
(d)CA Negocios y Profesiones Code § 12737(d) Esta sección entrará en vigor el 1 de enero de 2020.