Section § 8698

Explanation

Esta sección de la ley explica que el director del Departamento de Regulación de Pesticidas es responsable de supervisar ciertas actividades. Específicamente, trabajarán con los comisionados agrícolas de los condados de Los Ángeles, Orange y Santa Clara para aumentar las inspecciones y la aplicación de la ley relacionadas con la fumigación estructural. Estas actividades se financian con una tarifa de $8, que se recauda bajo otra ley mencionada en la Sección 8698.1.

El Director del Departamento de Regulación de Pesticidas proporcionará supervisión a los efectos de llevar a cabo la Sección 8698.1. El Comisionado Agrícola del Condado de Los Ángeles, el Comisionado Agrícola del Condado de Orange y el Comisionado Agrícola del Condado de Santa Clara podrán realizar actividades incrementadas de fumigación estructural, inspección y cumplimiento, que serán financiadas por la tarifa de ocho dólares ($8) recaudada de conformidad con la Sección 8698.1.

Section § 8698.1

Explanation

Si una empresa realiza una fumigación estructural en el Condado de Los Ángeles, Orange o Santa Clara, debe pagar una tarifa de $8 por cada fumigación al comisionado agrícola del condado. Este pago, junto con un informe que detalle dónde se realizaron las fumigaciones, debe presentarse antes del día 10 del mes siguiente.

(a)CA Negocios y Profesiones Code § 8698.1(a) Cualquier empresa que realice una fumigación estructural en el Condado de Los Ángeles, el Condado de Orange o el Condado de Santa Clara pagará al comisionado agrícola del condado una tarifa de ocho dólares ($8) por cada fumigación realizada en una ubicación específica.
(b)CA Negocios y Profesiones Code § 8698.1(b) Las tarifas deberán presentarse antes del décimo día del mes siguiente al mes en que se realizó la fumigación estructural. Las tarifas deberán ir acompañadas de un informe que enumere las direcciones de todas las ubicaciones en ese condado donde se realizó una fumigación estructural durante el mes anterior.

Section § 8698.2

Explanation
El Director del Departamento de Regulación de Pesticidas de California puede establecer normas para ayudar a aplicar las leyes sobre el control de plagas. Al hacerlo, debe consultar con la Junta de Control de Plagas Estructurales y considerar las opiniones de los profesionales del control de plagas sobre la fumigación. El Director debe responder por escrito, explicando por qué aceptó o rechazó las recomendaciones.
El Director del Departamento de Regulación de Pesticidas podrá adoptar reglamentos para implementar las disposiciones de este capítulo. Al adoptar reglamentos, el director deberá, en consulta con la Junta de Control de Plagas Estructurales, revisar las recomendaciones de cualquier individuo, incluyendo cualquier operador de control de plagas con licencia, con respecto a asuntos que atañen al uso de la fumigación estructural para controlar plagas. El director deberá responder dentro de un período de tiempo razonable a las recomendaciones que el director considere factibles y en interés de la industria de control de plagas estructurales y del público. La respuesta del director deberá ser por escrito y deberá contener declaraciones sobre las razones para la aceptación o el rechazo de una recomendación.

Section § 8698.3

Explanation

Esta sección trata sobre las sanciones por incumplir las regulaciones de pesticidas en California. Si alguien infringe estas normas, el Director del Departamento de Regulación de Pesticidas o un comisionado agrícola del condado puede imponer una multa. Antes de imponer una sanción, deben notificar al infractor sobre el problema y permitirle presentar su versión, incluyendo la revisión de pruebas. Si el infractor no está de acuerdo con la decisión, tiene 30 días para impugnarla ante un tribunal siguiendo procedimientos legales específicos. Una vez agotadas todas las apelaciones, la decisión final puede registrarse ante el tribunal, que hará cumplir la sanción sin cargos adicionales para el infractor.

(a)CA Negocios y Profesiones Code § 8698.3(a) El Director del Departamento de Regulación de Pesticidas o un comisionado agrícola del condado enumerado en la Sección 8698 podrá imponer una sanción civil contra una persona o empresa que infrinja este capítulo, incluyendo cualquier reglamento adoptado conforme a este capítulo por no cumplir con la Sección 8698.1.
(b)CA Negocios y Profesiones Code § 8698.3(b) Antes de que se imponga una sanción civil, la persona acusada de la infracción recibirá notificación de la naturaleza de la infracción y se le dará la oportunidad de ser escuchado, incluyendo el derecho a revisar las pruebas del director y el derecho a presentar pruebas en su propio nombre.
(c)CA Negocios y Profesiones Code § 8698.3(c) La persona a la que se le impuso la sanción podrá solicitar la revisión de la decisión del director, dentro de los 30 días siguientes a la recepción de la notificación de la decisión, de conformidad con la Sección 1094.5 del Código de Procedimiento Civil.
(d)CA Negocios y Profesiones Code § 8698.3(d) Una vez agotado el procedimiento de revisión previsto en esta sección, el director, o su representante, podrá presentar una copia certificada de una decisión final del director que ordene el pago de una sanción civil y, si procede, cualquier orden que deniegue una petición de auto de mandamus administrativo, ante el secretario del tribunal superior de cualquier condado. El secretario dictará sentencia inmediatamente de conformidad con la decisión u orden. El secretario del tribunal superior no cobrará honorarios por la realización de ningún servicio oficial requerido en relación con el registro de la sentencia de conformidad con esta sección.

Section § 8698.4

Explanation

Si desea registrar un negocio de control de plagas en un condado y debe tarifas atrasadas a ese condado, el comisionado agrícola local puede exigirle que pague primero todas esas tarifas atrasadas.

De conformidad con la Sección 15204.6 del Código Alimentario y Agrícola, un comisionado agrícola del condado puede exigir el pago total de cualquier tarifa morosa adeudada a ese condado, de conformidad con la Sección 8698.1, como condición para registrar a un titular de licencia de control de plagas estructurales para operar un negocio de control de plagas estructurales en ese condado.

Section § 8698.5

Explanation

Esta sección de la ley establece que el dinero recaudado bajo este capítulo específico debe entregarse al condado y solo debe usarse para actividades relacionadas con la aplicación y capacitación para el programa de fumigación estructural. Estas tarifas recaudadas son adicionales y no deben reemplazar ningún otro financiamiento que el comisionado agrícola del condado reciba para propósitos similares.

Los fondos recaudados conforme a este capítulo se pagarán al condado y se utilizarán con el único propósito de financiar actividades de aplicación y capacitación directamente relacionadas con el programa de fumigación estructural creado conforme a la Sección 8698. Las tarifas recaudadas bajo este capítulo serán adicionales a, y no se utilizarán para reemplazar, otros fondos proporcionados al comisionado agrícola del condado conforme a la Sección 12844 del Código Alimentario y Agrícola.

Section § 8698.6

Explanation
Esta ley es temporal y finalizará automáticamente el 1 de enero de 2029.