Ley de Cementerios y FuneralesDefiniciones y Regulación de Cementerios
Section § 7611
Section § 7611.1
Esta sección define el término "Ley" específicamente como la Ley de la Oficina de Cementerios y Servicios Funerarios.
Section § 7611.2
Esta ley define a un 'corredor de cementerios' como alguien que participa en la venta, compra o gestión de transacciones relacionadas con propiedades de cementerio o servicios funerarios, no solo ocasionalmente, sino como parte de su negocio habitual, ya sea por cuenta propia o para terceros.
Section § 7611.3
Un vendedor de cementerios es alguien contratado por un corredor de cementerios para realizar actividades como vender, anunciar, comprar, arrendar o negociar propiedades de cementerio o servicios de entierro, excepto en el caso de una venta ocasional. Esta persona lo hace por cuenta propia o en nombre de otra persona.
Section § 7611.4
Esta sección define lo que hace un 'gerente de cementerio' en California. Básicamente, incluye a cualquier persona involucrada en la gestión de un cementerio con licencia, lo que significa cuidar los terrenos del cementerio, enterrar restos humanos y mantener la propiedad bien conservada y atractiva. También menciona que si usted tiene licencia según otra sección específica (7637.1), ser un gerente de cementerio también incluye actividades adicionales enumeradas en una sección diferente (7637.2).
Section § 7611.5
Un gerente de crematorio es alguien que opera o administra un crematorio, lo que incluye manejar tareas relacionadas con la cremación de restos humanos.
Section § 7611.6
Section § 7611.7
Section § 7611.8
Esta ley define a un 'licenciatario de crematorio' como cualquier corporación, sociedad o individuo que posee una licencia conforme a un artículo específico relacionado con los crematorios. A efectos de las medidas disciplinarias, a estos licenciatarios se les considera como licenciatarios de cementerios.
Section § 7611.9
Esta ley define a un 'disponedor de restos cremados' como alguien que esparce u ofrece esparcir restos humanos cremados o hidrolizados sobre tierra o mar, ya sea por cuenta propia o ajena.
Cabe señalar que esta definición solo estará vigente hasta el 1 de enero de 2027, fecha a partir de la cual será derogada.
Section § 7611.9
Esta ley define a un 'dispensador de restos cremados' como cualquier persona que se encarga de la disposición de cenizas humanas o restos hidrolizados, ya sea esparciéndolos sobre tierra o mar, o integrándolos en la tierra. Esta norma comenzará a aplicarse a partir del 1 de enero de 2027.
Section § 7611.10
El cuidado de dotación o cuidado dotado se refiere a fondos destinados a cubrir tanto las necesidades de mantenimiento o cuidado generales como las específicas.
Section § 7611.12
Esta ley define qué es una 'instalación de hidrólisis con licencia' y la vincula con las licencias de cementerio para fines de acciones disciplinarias. En esencia, se refiere a empresas o individuos que están oficialmente autorizados para realizar la hidrólisis, un tipo de disposición de cuerpos alternativa a la cremación. Estas instalaciones están sujetas a acciones disciplinarias similares a las aplicadas a los cementerios. La ley entró en vigor el 1 de julio de 2020.
Section § 7612
Section § 7612.1
Section § 7612.2
Esta ley describe excepciones específicas en las que ciertos cementerios no están sujetos a las reglas del artículo. Estas excepciones incluyen organizaciones religiosas e iglesias, cementerios públicos y algunos pequeños parques de entierro privados o fraternales establecidos antes de una fecha determinada. Sin embargo, si estos cementerios recaudan depósitos para el cuidado o establecen fideicomisos para entierros, deben seguir ciertas regulaciones.
Section § 7612.3
Esta ley exige a la oficina publicar en línea detalles específicos sobre los cementerios que supervisa. Deben compartir el nombre del cementerio, el nombre del propietario, la dirección comercial del propietario y la ubicación física del cementerio.
Section § 7612.4
Esta ley exige que se establezcan reglamentos para el mantenimiento de los cementerios de cuidado perpetuo con el fin de proteger a los consumidores. Las normas variarán según el tamaño del cementerio, la ubicación y otros factores, y deben tener en cuenta los fondos disponibles para el mantenimiento. Estos estándares no pueden reemplazar ningún estándar de cuidado superior ya existente.
Section § 7612.5
Si en los últimos 10 años te han revocado, suspendido, puesto en libertad condicional o has entregado una licencia o registro profesional y quieres trabajar para un cementerio, crematorio o corredor de cementerios, debes informar a tu posible empleador usando un formulario específico. El empleador debe luego notificar a la oficina responsable dentro de los 30 días o se arriesga a una advertencia, a menos que haya sido engañado por información falsa de tu parte. Si no revelas la información o mientes en el formulario, podrías enfrentar medidas disciplinarias o se te podría negar una futura licencia. Esta regla también se aplica si eras propietario o funcionario de una empresa que perdió su licencia.
Section § 7612.6
Los cementerios en California deben presentar un informe anual a una oficina reguladora detallando la venta de espacios para tumbas y cómo se han gestionado los fondos para el cuidado perpetuo. El informe, verificado por altos funcionarios del cementerio, debe incluir información sobre inversiones y transacciones relacionadas con estos fondos. También debe ir acompañado de una auditoría anual de un contador certificado para garantizar la exactitud. Si es necesario, se puede solicitar una prórroga de hasta nueve meses para presentar este informe.
Section § 7612.7
Si un cementerio desea cambiar la forma en que informa sobre su fondo de cuidado perpetuo, ya sea de un año natural a un año fiscal o viceversa, debe presentar una solicitud a la oficina correspondiente antes de que termine el año. La oficina puede aprobar el cambio siempre y cuando el informe no cubra un período superior a 12 meses.
Section § 7612.8
Section § 7612.9
Esta ley asegura que los informes de auditoría anuales de las autoridades de cementerios sean accesibles al público. Estos informes deben enviarse a la oficina y deben estar disponibles para la consulta pública en las oficinas de la autoridad del cementerio durante el horario habitual. Si no hay una oficina en el mismo condado que el cementerio, se debe presentar una copia ante el secretario del condado para acceso público.
Section § 7612.10
Si una autoridad de cementerios no presenta su informe requerido a tiempo, puede ser multada con hasta $400 por mes durante un máximo de cinco meses. Esta multa se basa en reglamentos y debe pagarse dentro de los 15 días posteriores a la notificación. Si se solicita una exención o reducción, también debe presentarse dentro de ese plazo, junto con una razón para la solicitud. La oficina puede decidir eximir o reducir la multa si hay una razón suficientemente buena.
Section § 7612.11
Esta ley exige que una oficina estudie si los fondos de cuidado perpetuo de los cementerios son suficientes para cubrir el mantenimiento futuro. Los cementerios deben informar información detallada sobre terrenos y ventas a más tardar el 1 de enero de 2028, incluyendo cuándo comenzaron a cobrar las tarifas de cuidado, el tamaño de los terrenos vendidos y no vendidos, y los espacios que contribuyen a los fondos de cuidado. La oficina debe presentar los resultados de su estudio a la Legislatura a más tardar el 1 de enero de 2029. Esta ley quedará sin efecto el 1 de enero de 2033.
Section § 7612.12
La ley exige la creación de un grupo de trabajo antes del 1 de julio de 2027 para buscar maneras de mantener y cuidar los cementerios abandonados en California. Este grupo incluirá a personas de la industria de los cementerios, del gobierno del condado y otras partes interesadas. Considerarán la posibilidad de que los condados asuman la responsabilidad de los cementerios abandonados. Un informe con los detalles de estas discusiones y cualquier propuesta deberá presentarse a la Legislatura antes del 1 de enero de 2028. Esta ley es temporal y dejará de tener efecto el 1 de enero de 2029.
Section § 7613
Section § 7613.1
Esta ley exige que la oficina estatal revise regularmente los fondos de cuidado perpetuo administrados por las autoridades de cementerios. La oficina debe hacerlo al menos cada cinco años, pero con mayor frecuencia si el cementerio no presenta informes, si un contador expresa preocupaciones o si hay una queja válida sobre irregularidades financieras. Si la oficina encuentra errores que requieren una investigación más profunda, el cementerio podría tener que cubrir los costos de este examen si dura más de un día.
Section § 7613.2
Si un negocio de cementerios no paga las tarifas de inspección requeridas, el estado no le permitirá operar y cualquier permiso existente le será retirado. Las tarifas recaudadas se destinan a un fondo gubernamental para servicios de cementerio y funerarios. Esta norma está en vigor desde el 1 de julio de 2016.
Section § 7613.3
Esta ley establece que una oficina examinadora tiene derecho a acceder y revisar los libros y registros relacionados con los fondos fiduciarios de cementerios, incluyendo su recaudación e inversión y cuántas opciones de entierro están bajo cuidado perpetuo. Verificarán la condición de los fondos fiduciarios, las inversiones y si las corporaciones de cementerios están siguiendo las leyes relacionadas con estos fondos. Si la oficina solicita pruebas de cómo se gastan los ingresos del fondo fiduciario y la autoridad del cementerio no cumple, la oficina puede acceder a los registros para asegurar que se están siguiendo las leyes.
Section § 7613.4
Esta ley establece los requisitos para que las sociedades de responsabilidad limitada (SRL) certificadas como autoridades de cementerios presten ciertos servicios profesionales funerarios y de cementerio. Dichas SRL deben emplear a profesionales con licencia, como corredores de cementerios y directores de funerarias. Se les exige que tengan una garantía financiera para cubrir posibles reclamaciones relacionadas con las acciones de sus empleados. Esta garantía puede ser un seguro, reservas financieras, garantías de los miembros de la SRL o la verificación de un patrimonio neto suficiente. El seguro o las reservas financieras deben oscilar entre uno y cinco millones de dólares, dependiendo del número de empleados con licencia. Además, si se disuelve, la empresa debe mantener la cobertura por un período de hasta tres años. La ley permite a estas SRL utilizar diferentes combinaciones de estos métodos para cumplir con los requisitos de garantía.
Section § 7613.5
Esta ley establece que cualquier persona con licencia para trabajar en cementerios o funerales, como un gerente de cementerios o un director de funeraria, no puede tener participación de propiedad en una empresa que administra un cementerio. Si lo hacen, la empresa estará infringiendo la ley y sus miembros asumirán responsabilidad legal personal por cualquier error o problema. Si una persona con licencia posee parte de dicha empresa, el certificado de operación de la autoridad del cementerio será suspendido hasta que esa persona renuncie a su propiedad o a su licencia.
Section § 7613.6
Section § 7613.7
Esta ley exige que las corporaciones de cementerios sigan reglas específicas si una inspección o un informe muestra que no han depositado suficiente dinero en sus fondos de cuidado perpetuo, según lo requerido desde 1939. Si no cumplen, deben acatar ciertas secciones del Código de Salud y Seguridad.
Section § 7613.8
Esta ley establece que si la oficina descubre que los fondos de cuidado perpetuo se invirtieron de forma incorrecta, según el Código de Salud y Seguridad, debe emitir una orden escrita para corregirlo. Dependiendo de cuándo se realizó la mala inversión, el administrador del fondo debe reinvertir el dinero correctamente en un plazo que va desde al menos 30 días hasta dos años. La oficina puede extender este plazo si así lo decide.
Section § 7613.9
Section § 7613.10
Si existe una preocupación válida de que los fondos de dotación de un cementerio se están gestionando mal o podrían perderse, la oficina puede intervenir rápidamente, sin previo aviso ni aprobación judicial, para tomar el control de esos fondos y los documentos relacionados. Esto es para evitar mayores daños. Cualquiera que se niegue a entregar estos documentos una vez que la oficina intervenga podría ser multado con hasta $1,000 o enfrentar hasta un año de cárcel, o ambas sanciones.
Section § 7613.11
Esta ley explica qué sucede con los fondos de cuidado perpetuo y la propiedad de un cementerio si su certificado de operación es cancelado, entregado o revocado. Después de 90 días, la oficina toma el control de los fondos y activos, nombra a un banco o compañía fiduciaria para administrarlos y actúa como curador. Sin embargo, si el cementerio cambia de propietario dentro de esos 90 días, este proceso no se aplica.
Section § 7614
Section § 7614.1
Esta ley exige que las fuerzas del orden locales, como los sheriffs de los condados y la policía municipal, ayuden a la oficina cuando esta incaute algo de acuerdo con un proceso legal específico. Si la oficina solicita ayuda, estos oficiales deben proporcionar apoyo para llevar a cabo y hacer cumplir la incautación.
Section § 7614.2
Justo después de realizar una incautación basándose en la Sección 7613.10, la oficina debe iniciar un proceso legal de acuerdo con las reglas de la Sección 7613.9.
Section § 7614.3
Esta ley establece que la oficina es responsable de administrar el dinero recaudado bajo ciertas secciones. La oficina puede depositar este dinero sin necesidad de aprobación judicial en varios lugares autorizados: bancos o compañías fiduciarias que pueden manejar fondos fiduciarios, una cuenta de la tesorería estatal, o fondos administrados por el Tesorero del Estado.
Section § 7614.4
Section § 7614.5
Esta ley permite que la oficina tome acciones legales para asegurar que las personas u organizaciones cumplan con las reglas bajo su autoridad, y el Fiscal General actuará como su abogado en estos casos.
Section § 7614.6
Esta sección establece que la oficina es responsable de supervisar y aplicar partes específicas del Código de Salud y Seguridad, específicamente las que comienzan en las Secciones 8100, 8250 y 9501 dentro de la División 8.
Section § 7614.7
Esta sección explica cómo las corporaciones de cementerios deben informar el valor de cualquier deuda que posean, como bonos u obligaciones, en sus informes a la oficina. Si la corporación compró estas deudas a su valor nominal (a la par), se valoran por esa misma cantidad. Si se compraron a un precio diferente, el valor debe ajustarse para tener en cuenta su vencimiento y tasa de interés. Sin embargo, el valor nunca debe informarse por encima de lo que valían en el mercado en el momento de la compra.
Section § 7614.8
Section § 7614.9
Esta ley exige a las autoridades de cementerio que proporcionen a la persona a cargo del entierro o la cremación una copia de cualquier contrato de servicios funerarios preestablecidos que haya sido pagado total o parcialmente por el difunto. Esta copia debe enviarse de la forma en que ambas partes acuerden, como en persona, por correo certificado o por fax. Si la autoridad del cementerio, a sabiendas, no cumple con esto, puede ser multada con el triple del costo del contrato o $1,000, lo que sea mayor.