Section § 4127

Explanation

Si una farmacia elabora medicamentos estériles, debe obtener una licencia especial para ello. La junta encargada creará reglas y procedimientos para guiar cómo funciona esto. También revisarán cualquier actualización de los estándares nacionales sobre la elaboración de medicamentos estériles para ver si se necesitan cambios en las reglas, y lo harán dentro de los 90 días posteriores a cualquier revisión.

(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 4127(a) Una farmacia que elabora productos farmacéuticos estériles deberá poseer una licencia de farmacia para la elaboración de compuestos estériles según lo dispuesto en este artículo.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 4127(b) La junta adoptará reglamentos de conformidad con la Ley de Procedimiento Administrativo (Capítulo 3.5 (que comienza con la Sección 11340) de la Parte 1 de la División 3 del Título 2 del Código de Gobierno) para establecer políticas, directrices y procedimientos para implementar este artículo.
(c)CA Negocios Y Profesiones Code § 4127(c) La junta revisará cualquier revisión formal del Capítulo General 797 de la Farmacopea de los Estados Unidos y el Formulario Nacional (USP–NF), relativa a la elaboración de preparaciones estériles, a más tardar 90 días después de que la revisión entre en vigor, para determinar si son necesarias enmiendas a los reglamentos adoptados por la junta de conformidad con el apartado (b).

Section § 4127.1

Explanation

Si una farmacia quiere preparar medicamentos estériles, debe obtener una licencia especial de la junta para hacerlo, la cual debe renovarse cada año. La licencia solo se puede otorgar al propietario de una farmacia en esa ubicación específica, y la junta debe inspeccionarla primero para asegurar que cumple con las normas. La farmacia también debe compartir ciertos documentos, como sus políticas sobre la preparación de compuestos, informes de inspección y una lista de los medicamentos que ha preparado. Si algo sale mal con los medicamentos, como efectos secundarios o una retirada de producto, la farmacia debe informar a la junta de inmediato. También se deben informar las suspensiones o acciones disciplinarias de otros estados. Sin embargo, la simple mezcla de polvos estériles no requiere esta licencia si la realiza un profesional de la salud con licencia utilizando suministros del fabricante. Esta ley entró en vigor el 1 de julio de 2014.

(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 4127.1(a) Una farmacia no deberá preparar productos farmacéuticos estériles a menos que haya obtenido una licencia de farmacia para la preparación de compuestos estériles de la junta de conformidad con esta sección. La licencia deberá renovarse anualmente y no es transferible.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 4127.1(b) Una licencia para preparar productos farmacéuticos estériles se expedirá únicamente a un establecimiento con licencia de farmacia y se expedirá únicamente al propietario de la farmacia con licencia en dicho establecimiento.
(c)CA Negocios Y Profesiones Code § 4127.1(c) Una licencia para preparar productos farmacéuticos estériles no se expedirá ni renovará hasta que el establecimiento sea inspeccionado por la junta y se determine que cumple con este artículo y con los reglamentos adoptados por la junta.
(d)CA Negocios Y Profesiones Code § 4127.1(d) Una licencia para preparar productos farmacéuticos estériles no se expedirá ni renovará hasta que la junta realice todo lo siguiente:
(1)CA Negocios Y Profesiones Code § 4127.1(d)(1) Revise una copia actual de las políticas y procedimientos de la farmacia para la preparación de compuestos estériles.
(2)CA Negocios Y Profesiones Code § 4127.1(d)(2) Revise el formulario de autoevaluación completado de la farmacia exigido por la Sección 1735.2 del Título 16 del Código de Reglamentos de California.
(3)CA Negocios Y Profesiones Code § 4127.1(d)(3) Se le proporcionen copias de todos los informes de inspección realizados en las instalaciones de la farmacia, y cualquier informe de una agencia de acreditación privada, realizados en los 12 meses anteriores que documenten las operaciones de la farmacia.
(4)CA Negocios Y Profesiones Code § 4127.1(d)(4) Reciba una lista de todos los medicamentos estériles preparados por la farmacia desde la última renovación de la licencia.
(e)CA Negocios Y Profesiones Code § 4127.1(e) Una farmacia con licencia de conformidad con esta sección deberá realizar todo lo siguiente:
(1)CA Negocios Y Profesiones Code § 4127.1(e)(1) Proporcionar a la junta una copia de cualquier acción disciplinaria o de otro tipo tomada por otro estado dentro de los 10 días siguientes a la acción.
(2)CA Negocios Y Profesiones Code § 4127.1(e)(2) Notificar a la junta dentro de los 10 días siguientes a la suspensión de cualquier acreditación que posea la farmacia.
(3)CA Negocios Y Profesiones Code § 4127.1(e)(3) Proporcionar a la junta, en un plazo de 12 horas, cualquier aviso de retirada emitido por la farmacia para los productos farmacéuticos estériles que haya preparado.
(f)CA Negocios Y Profesiones Code § 4127.1(f) Los efectos adversos notificados o potencialmente atribuibles a un producto farmacéutico estéril de una farmacia deberán notificarse a la junta en un plazo de 12 horas e informarse inmediatamente al programa MedWatch de la Administración de Alimentos y Medicamentos federal.
(g)CA Negocios Y Profesiones Code § 4127.1(g) La reconstitución de un polvo estéril no requerirá una licencia de conformidad con esta sección si se cumplen ambos de los siguientes requisitos:
(1)CA Negocios Y Profesiones Code § 4127.1(g)(1) El polvo estéril fue obtenido de un fabricante.
(2)CA Negocios Y Profesiones Code § 4127.1(g)(2) El medicamento es reconstituido para su administración a pacientes por un profesional de la salud con licencia para administrar medicamentos mediante inyección de conformidad con esta división.
(h)CA Negocios Y Profesiones Code § 4127.1(h) Esta sección entrará en vigor el 1 de julio de 2014.

Section § 4127.2

Explanation

Si una farmacia ubicada fuera de California desea enviar medicamentos estériles elaborados al estado, debe obtener una licencia especial de la junta de California. Esta licencia debe renovarse anualmente, es específica para cada ubicación y no puede transferirse a otra persona. Antes de obtener o renovar esta licencia, la farmacia debe pasar una inspección y cubrir los costos de la misma. La junta verificará varias cosas, como las políticas de elaboración de la farmacia, la autoevaluación, los informes de inspección y una lista de los medicamentos elaborados.

Las farmacias también deben seguir reglas como informar cualquier acción o problema dentro de plazos específicos y mantener a la junta informada sobre quejas o retiradas de productos. Deben informar inmediatamente cualquier efecto adverso de sus medicamentos. Para enero de 2018, se debía presentar un informe a la legislatura estatal sobre la eficacia de la regulación de estas farmacias, pero ese requisito de informe finalizó en 2022. Esta ley entró en vigor en julio de 2014.

(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 4127.2(a) Una farmacia no residente no podrá elaborar productos farmacéuticos estériles para su envío a este estado sin una licencia de farmacia de elaboración estéril emitida por la junta de conformidad con esta sección. La licencia se renovará anualmente y no será transferible.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 4127.2(b) Una licencia para elaborar productos farmacéuticos estériles se emitirá únicamente a un establecimiento que tenga licencia como farmacia no residente y se emitirá únicamente al propietario de la farmacia no residente con licencia en dicho establecimiento.
(c)CA Negocios Y Profesiones Code § 4127.2(c) No se emitirá ni renovará una licencia para elaborar productos farmacéuticos estériles hasta que la junta inspeccione el establecimiento y determine que cumple con este artículo y con cualquier reglamento adoptado por la junta. La farmacia no residente reembolsará a la junta todos los costos reales y necesarios incurridos por la junta al realizar una inspección de la farmacia al menos una vez al año de conformidad con el apartado (v) de la Sección 4400.
(d)CA Negocios Y Profesiones Code § 4127.2(d) No se emitirá ni renovará una licencia para elaborar productos farmacéuticos estériles hasta que la junta realice todo lo siguiente:
(1)CA Negocios Y Profesiones Code § 4127.2(d)(1) Revise una copia actual de las políticas y procedimientos de la farmacia no residente para la elaboración estéril.
(2)CA Negocios Y Profesiones Code § 4127.2(d)(2) Revise el formulario de autoevaluación completado de la farmacia requerido por la Sección 1735.2 del Título 16 del Código de Regulaciones de California.
(3)CA Negocios Y Profesiones Code § 4127.2(d)(3) Se le proporcionen copias de todos los informes de inspección realizados en las instalaciones de la farmacia no residente, y cualquier informe de una agencia de acreditación privada, realizados en los 12 meses anteriores que documenten las operaciones de la farmacia no residente.
(4)CA Negocios Y Profesiones Code § 4127.2(d)(4) Reciba una lista de todos los productos farmacéuticos estériles elaborados por la farmacia en los 12 meses anteriores.
(e)CA Negocios Y Profesiones Code § 4127.2(e) Una farmacia con licencia de conformidad con esta sección deberá hacer todo lo siguiente:
(1)CA Negocios Y Profesiones Code § 4127.2(e)(1) Proporcionar a la junta una copia de cualquier acción disciplinaria o de otro tipo tomada por su estado de residencia u otro estado dentro de los 10 días siguientes a la acción.
(2)CA Negocios Y Profesiones Code § 4127.2(e)(2) Notificar a la junta dentro de los 10 días siguientes a la suspensión de cualquier acreditación que posea la farmacia.
(3)CA Negocios Y Profesiones Code § 4127.2(e)(3) Proporcionar a la junta, dentro de las 12 horas, cualquier aviso de retirada emitido por la farmacia para productos farmacéuticos estériles que haya elaborado y que hayan sido enviados o dispensados en California.
(4)CA Negocios Y Profesiones Code § 4127.2(e)(4) Informar a la junta de cualquier queja que reciba de un proveedor, farmacia o paciente en California.
(f)CA Negocios Y Profesiones Code § 4127.2(f) Los efectos adversos reportados o potencialmente atribuibles a un producto farmacéutico estéril elaborado por una farmacia no residente deberán ser reportados a la junta dentro de las 12 horas e inmediatamente al programa MedWatch de la Administración de Alimentos y Medicamentos federal.
(g)CA Negocios Y Profesiones Code § 4127.2(g) A más tardar el 1 de enero de 2018, la junta presentará un informe a la Legislatura sobre la regulación de las farmacias no residentes. El informe se presentará a la Legislatura de la manera requerida de conformidad con la Sección 9795 del Código de Gobierno. Como mínimo, el informe deberá abordar todo lo siguiente:
(1)CA Negocios Y Profesiones Code § 4127.2(g)(1) Una descripción detallada de las actividades de la junta relacionadas con la inspección y concesión de licencias a farmacias no residentes.
(2)CA Negocios Y Profesiones Code § 4127.2(g)(2) Si los ingresos por tarifas recaudados de conformidad con el apartado (v) de la Sección 4400 y los reembolsos de costos de viaje recaudados de conformidad con el apartado (c) de esta sección proporcionan ingresos en una cantidad suficiente para apoyar las actividades de la junta relacionadas con la inspección y concesión de licencias a farmacias no residentes.
(3)CA Negocios Y Profesiones Code § 4127.2(g)(3) El estado de los cambios propuestos a la ley federal que están bajo seria consideración y que regirían las farmacias de elaboración, incluyendo la legislación pendiente ante el Congreso de los Estados Unidos, las normas administrativas, reglamentos u órdenes bajo consideración por la Administración de Alimentos y Medicamentos federal u otra agencia federal apropiada, y los casos pendientes ante los tribunales.
(4)CA Negocios Y Profesiones Code § 4127.2(g)(4) Si corresponde, las modificaciones recomendadas a los deberes estatutarios de la junta relacionados con las farmacias no residentes como resultado de cambios en la ley federal o cualquier modificación adicional necesaria para proteger la salud y seguridad del público.
(h)CA Negocios Y Profesiones Code § 4127.2(h) El requisito de presentar un informe impuesto en virtud del apartado (g) queda inoperante el 1 de enero de 2022, de conformidad con la Sección 10231.5 del Código de Gobierno.
(i)CA Negocios Y Profesiones Code § 4127.2(i) Esta sección entrará en vigor el 1 de julio de 2014.

Section § 4127.3

Explanation

Si se sospecha que una farmacia elabora productos farmacéuticos estériles que representan un peligro para la salud o seguridad pública, la junta puede hacer que detengan inmediatamente la actividad mediante una orden de cese y desista. Esta orden puede durar hasta 30 días o hasta que se celebre una audiencia. El propietario de la farmacia será notificado de cualquier problema y podrá solicitar una audiencia en un plazo de 15 días para impugnar la orden. Se tomará una decisión al respecto rápidamente, y el incumplimiento de la orden se considera conducta profesional indebida.

(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 4127.3(a) Siempre que la junta tenga una creencia razonable, basada en información obtenida durante una inspección o investigación por parte de la junta, de que una farmacia que elabora productos farmacéuticos estériles representa una amenaza inmediata para la salud o seguridad pública, el director ejecutivo de la junta podrá emitir una orden a la farmacia para que cese y desista inmediatamente de elaborar productos farmacéuticos estériles. La orden de cese y desista permanecerá en vigor por no más de 30 días o hasta la fecha de una audiencia para solicitar una orden de suspensión provisional, lo que ocurra primero.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 4127.3(b) Siempre que la junta emita una orden de cese y desista de conformidad con la subdivisión (a), la junta deberá emitir inmediatamente al propietario una notificación que exponga los actos u omisiones de los que se le acusa, especificando la sección o secciones pertinentes del código.
(c)CA Negocios Y Profesiones Code § 4127.3(c) La orden establecerá que el propietario, dentro de los 15 días siguientes a la recepción de la notificación, podrá solicitar una audiencia ante el presidente de la junta para impugnar la orden de cese y desista. La consideración de la impugnación de la orden de cese y desista por parte del propietario deberá cumplir con la Sección 11425.10 del Código de Gobierno. La audiencia se celebrará a más tardar cinco días hábiles a partir de la fecha en que la junta reciba la solicitud del propietario. El presidente emitirá una decisión por escrito dentro de los cinco días hábiles siguientes a la audiencia. En ausencia del presidente de la junta, el vicepresidente de la junta podrá llevar a cabo la audiencia permitida por esta subdivisión. El propietario o la persona en posesión o control de la farmacia podrá solicitar la revisión de la decisión del presidente de la junta de conformidad con la Sección 1094.5 del Código de Procedimiento Civil.
(d)CA Negocios Y Profesiones Code § 4127.3(d) El incumplimiento de una orden de cese y desista emitida de conformidad con esta sección se considerará conducta profesional indebida.

Section § 4127.4

Explanation

Si incumple las normas de este artículo específico o sus reglamentos relacionados, podría ser multado con hasta $2,500 por cada vez que ocurra. Esta multa puede ser impuesta mediante una citación de la junta.

No obstante cualquier otra disposición legal, una violación de este artículo, o de los reglamentos adoptados en virtud del mismo, puede someter a la persona o entidad que cometió la violación a una multa de hasta dos mil quinientos dólares ($2,500) por cada infracción, conforme a una citación emitida por la junta.

Section § 4127.6

Explanation

Esta ley comenzará a aplicarse una vez que se asignen los puestos necesarios a la junta a través del presupuesto estatal anual.

Este artículo entrará en vigor tras la asignación de puestos a la junta para la implementación de las disposiciones de este artículo en la Ley Anual de Presupuesto.

Section § 4127.7

Explanation

Esta sección permite a la junta emitir licencias temporales para la elaboración de productos farmacéuticos estériles cuando sea de interés público. Estas licencias tienen una tarifa y pueden durar hasta 180 días, con condiciones para garantizar la seguridad pública. Si hay un error o se deniega una licencia permanente, la licencia temporal finaliza una vez que se notifica al titular. Los titulares de estas licencias temporales no tienen derechos a largo plazo para conservar la licencia si esta es revocada o denegada.

La junta puede, a su discreción, emitir una licencia temporal para la preparación de productos farmacéuticos estériles bajo las condiciones y por los períodos de tiempo que la junta determine que son de interés público. Se requerirá una tarifa de licencia temporal por un monto establecido por la junta según lo especificado en la subdivisión (u) de la Sección 4400. Cuando sea necesario para proteger la seguridad pública, se podrá emitir una licencia temporal por un período que no exceda los 180 días, y podrá emitirse sujeta a los términos y condiciones que la junta considere necesarios. Si la junta determina que una licencia temporal fue emitida por error o deniega la solicitud de una licencia permanente, la licencia temporal terminará con la notificación personal del aviso de terminación al titular de la licencia o con la notificación por correo certificado, con acuse de recibo, a la dirección registrada del titular de la licencia ante la junta, lo que ocurra primero. Ni a efectos de retener una licencia temporal ni a efectos de cualquier procedimiento disciplinario o de denegación de licencia ante la junta se considerará que el titular de la licencia temporal tiene un derecho de propiedad adquirido o un interés en la licencia.

Section § 4127.8

Explanation

Si una farmacia en California retira del mercado un medicamento estéril compuesto que podría causar daños graves o incluso la muerte, debe notificar a todas las partes involucradas en un plazo de 12 horas. Esto incluye alertar a la farmacia, al médico que lo recetó, al paciente y a la Junta de Farmacia de California. Si el medicamento fue directamente a un paciente, la farmacia debe informarle. Si fue a un médico, el médico debe informar al paciente. Si fue a otra farmacia, esta debe informar al médico o al paciente, y el médico, a su vez, debe asegurarse de que el paciente esté al tanto.

(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 4127.8(a) Una farmacia con licencia conforme a la Sección 4127.1 o 4127.2 que emita un aviso de retirada de un medicamento estéril compuesto deberá, además de cualquier otra obligación, ponerse en contacto con la farmacia receptora, el prescriptor o el paciente del medicamento retirado y con la junta lo antes posible dentro de las 12 horas siguientes al aviso de retirada si se cumplen las dos condiciones siguientes:
(1)CA Negocios Y Profesiones Code § 4127.8(a)(1) El uso o la exposición al medicamento retirado puede causar graves consecuencias adversas para la salud o la muerte.
(2)CA Negocios Y Profesiones Code § 4127.8(a)(2) El medicamento retirado fue dispensado, o está destinado a ser utilizado, en este estado.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 4127.8(b) Un aviso de retirada emitido conforme al apartado (a) se realizará de la siguiente manera:
(1)CA Negocios Y Profesiones Code § 4127.8(b)(1) Si el medicamento retirado fue dispensado directamente al paciente, el aviso se hará al paciente.
(2)CA Negocios Y Profesiones Code § 4127.8(b)(2) Si el medicamento retirado fue dispensado directamente al prescriptor, el aviso se hará al prescriptor, quien deberá asegurarse de que el paciente sea notificado.
(3)CA Negocios Y Profesiones Code § 4127.8(b)(3) Si el medicamento retirado fue dispensado directamente a una farmacia, el aviso se hará a la farmacia, quien deberá notificar al prescriptor o al paciente, según corresponda. Si la farmacia notifica al prescriptor, este deberá asegurarse de que el paciente sea notificado.

Section § 4127.15

Explanation
Esta ley permite a la junta de farmacia emitir licencias a las farmacias de formulación magistral satélite de hospitales. Estas farmacias pueden preparar medicamentos estériles solo para uso dentro del hospital y deben seguir regulaciones estrictas, incluyendo ser inspeccionadas por la junta. Deben presentar sus políticas, formularios de autoevaluación y una lista de los productos recién preparados para renovar su licencia. Necesitan comprar todos los componentes a través de la farmacia principal del hospital, mantener ciertas proporciones de personal y reportar rápidamente cualquier retiro de medicamentos o efectos adversos.
Sujeto a los requisitos de esta sección, la junta podrá emitir una licencia a una farmacia de formulación magistral satélite de hospital. La tarifa de la licencia y la tarifa de renovación anual serán por un monto establecido por la junta en el inciso (u) de la Sección 4400. La licencia no será transferible.
(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 4127.15(a) No se emitirá ni renovará una licencia de farmacia de formulación magistral satélite de hospital hasta que la ubicación sea inspeccionada por la junta y se determine que cumple con este artículo y las regulaciones adoptadas por la junta.
(1)CA Negocios Y Profesiones Code § 4127.15(a)(1) Una farmacia de formulación magistral satélite de hospital formulará productos farmacéuticos estériles para su administración únicamente a pacientes hospitalarios registrados que se encuentren en las instalaciones de la misma planta física donde se ubica la farmacia de formulación magistral satélite de hospital.
(2)CA Negocios Y Profesiones Code § 4127.15(a)(2) Los servicios prestados deberán estar directamente relacionados con los servicios o el plan de tratamiento administrados en la planta física.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 4127.15(b) No se emitirá ni renovará una licencia de farmacia de formulación magistral satélite de hospital hasta que la junta realice todo lo siguiente:
(1)CA Negocios Y Profesiones Code § 4127.15(b)(1) Revise una copia actual de las políticas y procedimientos de la farmacia de formulación magistral satélite de hospital para la formulación estéril.
(2)CA Negocios Y Profesiones Code § 4127.15(b)(2) Revise el formulario de autoevaluación completado de la farmacia de formulación magistral satélite de hospital, según se describe en la Sección 1735.2 del Título 16 del Código de Regulaciones de California.
(3)CA Negocios Y Profesiones Code § 4127.15(b)(3) Reciba una lista de todos los productos formulados por la farmacia de formulación magistral satélite de hospital desde la última renovación de la licencia.
(c)CA Negocios Y Profesiones Code § 4127.15(c) Una farmacia de formulación magistral satélite de hospital deberá hacer todo lo siguiente:
(1)CA Negocios Y Profesiones Code § 4127.15(c)(1) Comprar, adquirir u obtener de cualquier otra forma todos los componentes a través de la licencia de la farmacia hospitalaria según se define en el inciso (a) de la Sección 4029.
(2)CA Negocios Y Profesiones Code § 4127.15(c)(2) Cumplir con la proporción de no menos de un farmacéutico de turno por cada dos técnicos de farmacia de turno.
(3)CA Negocios Y Profesiones Code § 4127.15(c)(3) Asegurar la supervisión inmediata, según se define en la Sección 70065 del Título 22 del Código de Regulaciones de California, por parte de un farmacéutico del personal auxiliar con licencia involucrado en la formulación estéril.
(4)CA Negocios Y Profesiones Code § 4127.15(c)(4) Proporcionar a la junta, dentro de las 12 horas, cualquier aviso de retirada emitido por la farmacia de formulación magistral satélite de hospital para los productos farmacéuticos estériles que haya formulado.
(5)CA Negocios Y Profesiones Code § 4127.15(c)(5) Informar a la junta, dentro de las 12 horas, sobre los efectos adversos reportados o potencialmente atribuibles a los productos farmacéuticos estériles formulados por la farmacia de formulación magistral satélite de hospital. Los efectos adversos inesperados también deberán ser reportados, dentro de las 12 horas, al programa MedWatch de la Administración Federal de Alimentos y Medicamentos.