Section § 3575

Explanation

Esta ley define y regula el campo de la polisomnografía, que se encarga de diagnosticar y tratar los trastornos del sueño. Establece los requisitos para ser tecnólogo polisomnográfico certificado, incluyendo la formación y los exámenes, o cinco años de experiencia aceptable. Los solicitantes deben pasar una verificación de antecedentes penales. Las personas certificadas solo pueden trabajar bajo la supervisión de un médico con licencia. La normativa define cómo se puede emplear y supervisar a los técnicos y aprendices de polisomnografía. Esta sección no se aplica a otros profesionales de la salud que trabajen dentro de su ámbito de licencia, ni permite tratar afecciones que no estén relacionadas con el sueño.

(a)CA Negocios y Profesiones Code § 3575(a) Para los fines de este capítulo, se aplicarán las siguientes definiciones:
(1)CA Negocios y Profesiones Code § 3575(a)(1) Por “Junta” se entiende la Junta Médica de California.
(2)CA Negocios y Profesiones Code § 3575(a)(2) Por “polisomnografía” se entiende el tratamiento, manejo, pruebas diagnósticas, control, educación y cuidado de pacientes con trastornos del sueño y la vigilia. La polisomnografía incluirá, entre otros, el proceso de análisis, monitoreo y registro de datos fisiológicos durante el sueño y la vigilia para ayudar en el tratamiento de trastornos, síndromes y disfunciones relacionados con el sueño, que se manifiestan durante el sueño o que interrumpen las actividades normales del sueño. La polisomnografía también incluirá, entre otros, el uso terapéutico y diagnóstico de oxígeno, el uso de presión positiva en las vías respiratorias, incluyendo la presión positiva continua en las vías respiratorias (CPAP) y las modalidades binivel, la servoventilación adaptativa y el mantenimiento de las vías respiratorias nasales y orales que no se extienden a la tráquea.
(3)CA Negocios y Profesiones Code § 3575(a)(3) Por “supervisión” se entiende que el médico y cirujano supervisor deberá permanecer disponible, ya sea en persona o por medios telefónicos o electrónicos, en el momento en que se presten los servicios polisomnográficos.
(b)Copy CA Negocios y Profesiones Code § 3575(b)
(1)Copy CA Negocios y Profesiones Code § 3575(b)(1) Dentro de un año después de la fecha de entrada en vigor de este capítulo, la junta promulgará reglamentos relativos a las cualificaciones para el registro de individuos como tecnólogos polisomnográficos certificados, técnicos polisomnográficos y aprendices de polisomnografía. Las cualificaciones para un tecnólogo polisomnográfico certificado incluirán todo lo siguiente:
(A)CA Negocios y Profesiones Code § 3575(b)(1)(A) El solicitante deberá poseer credenciales válidas y vigentes como tecnólogo polisomnográfico emitidas por una agencia de acreditación nacional aprobada por la junta.
(B)CA Negocios y Profesiones Code § 3575(b)(1)(B) El solicitante deberá haberse graduado de un programa educativo de polisomnografía que haya sido aprobado por la junta.
(C)CA Negocios y Profesiones Code § 3575(b)(1)(C) El solicitante deberá haber aprobado un examen de certificación nacional que haya sido aprobado por la junta.
(2)CA Negocios y Profesiones Code § 3575(b)(2) Un solicitante para el registro como tecnólogo polisomnográfico certificado podrá cumplir con las cualificaciones descritas en el párrafo (1) presentando pruebas a la junta de que ha estado practicando la polisomnografía durante al menos cinco años de una manera aceptable para la junta. Sin embargo, a partir de tres años después de la fecha de entrada en vigor de este capítulo, todas las personas que busquen obtener la certificación como tecnólogo polisomnográfico deberán haber aprobado un examen de certificación nacional que haya sido aprobado por la junta.
(c)Copy CA Negocios y Profesiones Code § 3575(c)
(1)Copy CA Negocios y Profesiones Code § 3575(c)(1) De conformidad con la Sección 2042, cualquier persona que solicite el registro ante la junta como tecnólogo polisomnográfico certificado, técnico polisomnográfico o aprendiz de polisomnografía estará sujeta a una búsqueda de información de antecedentes penales a nivel estatal y federal realizada a través del Departamento de Justicia, según lo especificado en el párrafo (2).
(2)CA Negocios y Profesiones Code § 3575(c)(2) La junta presentará al Departamento de Justicia las imágenes de huellas dactilares y la información relacionada requerida por el Departamento de Justicia de todos los solicitantes de registro como tecnólogo polisomnográfico certificado, técnico polisomnográfico o aprendiz de polisomnografía, según se define en esta sección, para determinar si el solicitante tiene antecedentes penales en este estado o en cualquier otra jurisdicción, incluidos los países extranjeros, de conformidad con la Sección 2042. El Departamento de Justicia proporcionará una respuesta a nivel estatal y federal de conformidad con la subdivisión (p) de la Sección 11105 del Código Penal para que la junta determine si el solicitante está sujeto a la denegación de la licencia según las disposiciones de la División 1.5 (que comienza con la Sección 475).
(d)CA Negocios y Profesiones Code § 3575(d) Un individuo podrá usar el título de “tecnólogo polisomnográfico certificado” y podrá dedicarse a la práctica de la polisomnografía solo bajo las siguientes circunstancias:
(1)CA Negocios y Profesiones Code § 3575(d)(1) El individuo está registrado ante la junta y ha sido sometido con éxito a una búsqueda de información de antecedentes penales a nivel estatal y federal de conformidad con la subdivisión (c).
(2)CA Negocios y Profesiones Code § 3575(d)(2) El individuo trabaja bajo la supervisión y dirección de un médico y cirujano con licencia.
(3)CA Negocios y Profesiones Code § 3575(d)(3) El individuo cumple con los requisitos de este capítulo.
(e)CA Negocios y Profesiones Code § 3575(e) Dentro de un año después de la fecha de entrada en vigor de este capítulo, la junta adoptará reglamentos que establezcan los medios y circunstancias en los que un médico y cirujano con licencia podrá emplear a técnicos polisomnográficos y aprendices de polisomnografía. La junta también podrá adoptar reglamentos que especifiquen el alcance de los servicios que pueden ser proporcionados por un técnico polisomnográfico o un aprendiz de polisomnografía. Cualquier reglamento adoptado de conformidad con esta sección podrá especificar el nivel de supervisión que los técnicos y aprendices de polisomnografía deben tener cuando trabajan bajo la supervisión de un tecnólogo polisomnográfico certificado o un profesional de la salud con licencia.
(f)CA Negocios y Profesiones Code § 3575(f) Esta sección no se aplicará a los profesionales de la salud aliados con licencia en California, incluyendo, entre otros, a los profesionales de terapia respiratoria, que trabajen dentro del ámbito de práctica de su licencia.
(g)CA Negocios y Profesiones Code § 3575(g) Nada en este capítulo se interpretará como una autorización para que un tecnólogo, técnico o aprendiz de polisomnografía trate, maneje, controle, eduque o cuide a pacientes que no sean aquellos con trastornos del sueño, o para proporcionar pruebas diagnósticas a pacientes que no sean aquellos con sospecha de trastornos del sueño.

Section § 3575.5

Explanation
Si desea registrarse como tecnólogo, técnico o aprendiz polisomnográfico en California, debe completar un formulario de solicitud proporcionado por la junta, ya sea en línea o en papel. También debe verificar legalmente que toda la información que proporcione en el formulario y en cualquier documento de respaldo es verdadera, sabiendo que mentir podría acarrear sanciones legales.

Section § 3576

Explanation

Si usted está inscrito bajo este capítulo, su inscripción puede ser denegada, suspendida o revocada por razones como incompetencia, negligencia grave, actos deshonestos o la comisión de delitos. Violar las normas relacionadas con este capítulo también puede dar lugar a medidas disciplinarias. Cualquier procedimiento disciplinario sigue procedimientos gubernamentales específicos, y la junta tiene plena autoridad para hacerlos cumplir.

(a)CA Negocios y Profesiones Code § 3576(a) Una inscripción bajo este capítulo podrá ser denegada, suspendida, revocada, puesta en libertad condicional o sometida a otra medida disciplinaria por cualquiera de los siguientes motivos por parte del titular:
(1)CA Negocios y Profesiones Code § 3576(a)(1) Incompetencia, negligencia grave o actos negligentes similares repetidos realizados por el inscrito.
(2)CA Negocios y Profesiones Code § 3576(a)(2) Un acto de deshonestidad o fraude.
(3)CA Negocios y Profesiones Code § 3576(a)(3) Cometer cualquier acto o ser condenado por un delito que constituya motivo para la denegación de una licencia o inscripción conforme a la Sección 480.
(4)CA Negocios y Profesiones Code § 3576(a)(4) Violar o intentar violar este capítulo o cualquier reglamento adoptado bajo este capítulo.
(b)CA Negocios y Profesiones Code § 3576(b) Los procedimientos bajo esta sección se llevarán a cabo de conformidad con el Capítulo 5 (que comienza con la Sección 11500) de la Parte 1 de la División 3 del Título 2 del Código de Gobierno, y la junta tendrá todas las facultades otorgadas en el mismo.

Section § 3576.1

Explanation

Si a alguien le han revocado, suspendido o entregado su registro mientras estaba siendo investigado o tenía cargos pendientes, puede pedir que se lo devuelvan o que le cambien la sanción. Debe esperar un tiempo determinado antes de hacerlo; normalmente tres años por problemas de conducta, pero posiblemente dos si la junta lo permite. Si el problema fue por enfermedad o un periodo de prueba corto, podría necesitar esperar solo un año. La solicitud debe incluir recomendaciones de colegas registrados y puede ser revisada por un panel o un juez. Se considerarán todos los comportamientos pasados y los esfuerzos de rehabilitación. No se pueden presentar solicitudes si la persona está cumpliendo una condena penal o tiene acusaciones pendientes. Además, cualquier solicitud presentada dentro de los dos años siguientes a una decisión anterior puede ser denegada sin una audiencia.

(a)CA Negocios y Profesiones Code § 3576.1(a) Una persona cuyo registro ha sido entregado voluntariamente mientras está bajo investigación o mientras hay cargos pendientes, o cuyo registro ha sido revocado, suspendido o puesto en periodo de prueba, puede solicitar a la junta el restablecimiento o la modificación de la sanción, incluyendo la modificación o terminación del periodo de prueba.
(b)CA Negocios y Profesiones Code § 3576.1(b) La persona puede presentar la solicitud después de que hayan transcurrido periodos no menores a los siguientes periodos mínimos a partir de la fecha de entrada en vigor de la entrega del registro o de la decisión que ordena dicha acción disciplinaria:
(1)CA Negocios y Profesiones Code § 3576.1(b)(1) Al menos tres años para el restablecimiento de un registro entregado o revocado por conducta no profesional, salvo que la junta pueda, por causa justificada, especificar en una orden de revocación que una solicitud de restablecimiento puede presentarse después de dos años.
(2)CA Negocios y Profesiones Code § 3576.1(b)(2) Al menos dos años para la terminación anticipada de un periodo de prueba de tres años o más.
(3)CA Negocios y Profesiones Code § 3576.1(b)(3) Al menos un año para la modificación de una condición, o el restablecimiento de un registro entregado o revocado por enfermedad mental o física, o la terminación de un periodo de prueba de menos de tres años.
(c)CA Negocios y Profesiones Code § 3576.1(c) La solicitud deberá indicar cualquier hecho que la junta pueda requerir. La solicitud deberá ir acompañada de al menos dos recomendaciones verificadas de tecnólogos polisomnográficos registrados en cualquier estado que tengan conocimiento personal de las actividades del solicitante desde que se impuso la sanción disciplinaria.
(d)CA Negocios y Profesiones Code § 3576.1(d) La solicitud puede ser escuchada por un panel de la junta. La junta puede asignar la solicitud a un juez de derecho administrativo designado en la Sección 11371 del Código de Gobierno. Después de una audiencia sobre la solicitud, el juez de derecho administrativo deberá proporcionar una decisión propuesta a la junta, sobre la cual se actuará de conformidad con la Sección 2335.
(e)CA Negocios y Profesiones Code § 3576.1(e) El panel de la junta o el juez de derecho administrativo que conozca de la solicitud puede considerar todas las actividades del solicitante desde que se tomó la acción disciplinaria, la infracción por la cual el solicitante fue sancionado, las actividades del solicitante durante el tiempo en que el registro estuvo en regla, y los esfuerzos de rehabilitación del solicitante, su reputación general de veracidad y su capacidad profesional. La audiencia puede aplazarse de vez en cuando según lo considere necesario el juez de derecho administrativo designado en la Sección 11371 del Código de Gobierno.
(f)CA Negocios y Profesiones Code § 3576.1(f) El juez de derecho administrativo designado en la Sección 11371 del Código de Gobierno que restablezca un registro o modifique una sanción puede recomendar la imposición de cualesquiera términos y condiciones que se consideren necesarios.
(g)CA Negocios y Profesiones Code § 3576.1(g) No se considerará ninguna solicitud mientras el solicitante esté cumpliendo una condena por cualquier delito penal, incluyendo cualquier periodo durante el cual el solicitante esté en libertad condicional o bajo palabra impuesta por un tribunal. No se considerará ninguna solicitud mientras haya una acusación o una solicitud para revocar la libertad condicional pendiente contra la persona. La junta puede denegar sin audiencia ni argumento cualquier solicitud presentada de conformidad con esta sección dentro de un periodo de dos años a partir de la fecha de entrada en vigor de la decisión anterior tras una audiencia bajo esta sección.

Section § 3576.2

Explanation

Esta ley establece que si a alguien se le exige registrarse como delincuente sexual debido a acciones realizadas el 1 de enero de 2017 o después de esa fecha, la junta debe revocar el registro de esa persona, a menos que se apliquen excepciones específicas. Una excepción es si la persona solo está registrada debido a una condena por un delito menor de exhibicionismo indecente. Otra excepción es si la persona ha sido oficialmente eximida de su requisito de registro como delincuente sexual. Si se revoca el registro de una persona, el proceso seguirá ciertos procedimientos gubernamentales.

(a)CA Negocios y Profesiones Code § 3576.2(a) Salvo lo dispuesto en los apartados (b) y (c), la junta revocará la inscripción de cualquier persona a quien se le haya exigido registrarse como delincuente sexual conforme a la Sección 290 del Código Penal por conducta que ocurrió el 1 de enero de 2017 o después de esa fecha.
(b)CA Negocios y Profesiones Code § 3576.2(b) Esta sección no se aplicará a una persona a quien se le exija registrarse como delincuente sexual conforme a la Sección 290 del Código Penal únicamente debido a una condena por delito menor conforme a la Sección 314 del Código Penal.
(c)CA Negocios y Profesiones Code § 3576.2(c) Esta sección no se aplicará a una persona a quien se le haya eximido, conforme a la Sección 290.5 del Código Penal, de su obligación de registrarse como delincuente sexual, o cuya obligación de registrarse haya sido formalmente terminada de otra manera conforme a la ley de California.
(d)CA Negocios y Profesiones Code § 3576.2(d) Un procedimiento para revocar una inscripción conforme a esta sección se llevará a cabo de conformidad con el Capítulo 5 (que comienza con la Sección 11500) de la Parte 1 de la División 3 del Título 2 del Código de Gobierno.

Section § 3576.3

Explanation

Esta ley explica las circunstancias bajo las cuales la junta puede suspender o revocar el registro de profesionales polisomnográficos por conducta no profesional. Esto incluye problemas relacionados con el uso peligroso o perjudicial de sustancias controladas, drogas o alcohol, especialmente si afecta la capacidad del profesional para trabajar de manera segura. Las condenas penales relacionadas con estas sustancias, incluso si se resuelven mediante ciertas declaraciones legales, se consideran conducta no profesional. La junta puede imponer sanciones o denegar el registro si se cumplen estas condiciones, independientemente de desarrollos legales posteriores que puedan cambiar el estado formal de dichas condenas.

(a)CA Negocios y Profesiones Code § 3576.3(a) La junta puede suspender o revocar el registro de un tecnólogo polisomnográfico, técnico polisomnográfico o aprendiz polisomnográfico por conducta no profesional según se describe en esta sección.
(b)CA Negocios y Profesiones Code § 3576.3(b) El uso de cualquier sustancia controlada o el uso de cualquiera de los medicamentos peligrosos especificados en la Sección 4022, o de bebidas alcohólicas, en la medida o de tal manera que sea peligroso o perjudicial para el registrado, o para cualquier otra persona o para el público, o en la medida en que este uso menoscabe la capacidad del registrado para practicar de manera segura o más de un delito menor o cualquier condena por delito grave que implique el uso, consumo o autoadministración de cualquiera de las sustancias a las que se hace referencia en esta sección, o cualquier combinación de las mismas, constituye conducta no profesional. El registro de la condena es prueba concluyente de esta conducta no profesional.
(c)CA Negocios y Profesiones Code § 3576.3(c) Una declaración o veredicto de culpabilidad o una condena posterior a una declaración de nolo contendere se considera una condena dentro del significado de esta sección. La junta puede ordenar la disciplina del registrado de acuerdo con la Sección 2227 o puede ordenar la denegación del registro cuando el plazo para apelar haya transcurrido o la sentencia condenatoria haya sido confirmada en apelación o cuando se dicte una orden de libertad condicional que suspenda la imposición de la sentencia, independientemente de una orden posterior bajo las disposiciones de la Sección 1203.4 del Código Penal que permita a esta persona retirar su declaración de culpabilidad y presentar una declaración de no culpabilidad, o anular el veredicto de culpabilidad, o desestimar la acusación, denuncia, información o auto de procesamiento.

Section § 3577

Explanation

Si desea registrarse bajo esta sección, deberá pagar una tarifa de $120 al fondo de la Junta Médica. Una vez registrado, pagará otra tarifa de $120. El registro es válido por dos años. Después de dos años, renovar su registro cuesta $220. Si está en libertad condicional, pagará un extra por el monitoreo basado en los costos reales. Todas las tarifas recaudadas se destinan a la gestión de estos registros.

(a)CA Negocios y Profesiones Code § 3577(a) Toda persona que solicite el registro conforme a este capítulo deberá pagar en el Fondo de Contingencia de la Junta Médica de California una tarifa que será fijada por la junta por la suma de ciento veinte dólares ($120).
(b)CA Negocios y Profesiones Code § 3577(b) Toda persona a quien se le conceda el registro conforme a este capítulo deberá pagar en el Fondo de Contingencia de la Junta Médica de California una tarifa que será fijada por la junta por la suma de ciento veinte dólares ($120).
(c)CA Negocios y Profesiones Code § 3577(c) El registro vencerá después de dos años. El registro podrá renovarse bienalmente por una tarifa que deberá pagarse en el Fondo de Contingencia de la Junta Médica de California. Para los registros que venzan el 1 de enero de 2022 o después de esa fecha, el monto de la tarifa será de doscientos veinte dólares ($220).
(d)CA Negocios y Profesiones Code § 3577(d) La tarifa por el monitoreo de un registrado en libertad condicional será el costo del monitoreo, según lo fije la junta.
(e)CA Negocios y Profesiones Code § 3577(e) El dinero en el Fondo de Contingencia de la Junta Médica de California que se recaude conforme a esta sección se utilizará para la administración de este capítulo.

Section § 3578

Explanation
Esta ley establece que las clínicas o centros de salud con la licencia adecuada pueden contratar a tecnólogos del sueño certificados, quienes son expertos en estudios del sueño.

Section § 3579

Explanation

Esta ley establece que las regulaciones de este capítulo no se aplican a los electroencefalogramas diagnósticos (EEG) si estos siguen las directrices de la Sociedad Americana de Neurofisiología Clínica.

Ninguna disposición de este capítulo se aplicará a los electroencefalogramas diagnósticos realizados de conformidad con las directrices de la Sociedad Americana de Neurofisiología Clínica.