Section § 2995

Explanation
Una corporación psicológica en California puede ofrecer servicios profesionales si cumple con ciertas leyes. Esto incluye asegurarse de que sus propietarios y empleados que prestan servicios, como psicólogos o consejeros matrimoniales, sigan reglas específicas. Estas reglas incluyen la Ley de Corporaciones Profesionales Moscone-Knox y otras leyes relacionadas que se aplican a sus operaciones comerciales.
Una corporación psicológica es una corporación autorizada para prestar servicios profesionales, según se define en la Sección 13401 del Código de Sociedades Anónimas, siempre y cuando dicha corporación y sus accionistas, funcionarios, directores y empleados que presten servicios profesionales que sean psicólogos, podólogos, enfermeros registrados, optometristas, terapeutas matrimoniales y familiares, consejeros clínicos profesionales con licencia, trabajadores sociales clínicos con licencia, quiroprácticos, acupunturistas o médicos cumplan con la Ley de Corporaciones Profesionales Moscone-Knox, este artículo y todos los demás estatutos y reglamentos promulgados o adoptados ahora o en el futuro relativos a dicha corporación y a la gestión de sus asuntos.

Section § 2996

Explanation
Si usted tiene una licencia profesional bajo este capítulo, se considera conducta profesional indebida si incumple cualquiera de las reglas de este artículo, la Ley de Corporaciones Profesionales Moscone-Knox, o cualquier reglamento que derive de estas leyes. Simplemente intentar incumplirlas, o ayudar a otra persona a hacerlo, tampoco está permitido.

Section § 2996.1

Explanation
Esta ley establece que una corporación psicológica debe seguir los mismos estándares profesionales que un psicólogo individual. Esto significa que la corporación no puede realizar ninguna acción que se considere conducta profesional indebida, al igual que un psicólogo con licencia, y debe cumplir con todas las leyes y regulaciones aplicables.

Section § 2996.2

Explanation
Si alguien posee acciones en una corporación psicológica pero no está habilitado para prestar servicios psicológicos, no puede beneficiarse económicamente de los ingresos de la empresa obtenidos a través de esos servicios.
Los ingresos de una corporación psicológica atribuibles a servicios profesionales prestados mientras un accionista sea una persona inhabilitada, según se define en la Sección 13401 del Código de Corporaciones, no podrán de ninguna manera acumularse en beneficio de dicho accionista o de sus acciones en la corporación psicológica.

Section § 2997

Explanation

En una corporación psicológica, casi todas las personas involucradas, como accionistas, directores y funcionarios, deben ser profesionales con licencia en el campo, excepto para ciertos roles como un secretario auxiliar o un tesorero auxiliar. Existen algunas excepciones detalladas en otras secciones de la ley.

Salvo lo dispuesto en las Secciones 13401.5 y 13403 del Código de Sociedades Anónimas, cada accionista, director y funcionario de una corporación psicológica, excepto un secretario auxiliar y un tesorero auxiliar, deberá ser una persona con licencia según se define en la Sección 13401 del Código de Sociedades Anónimas.

Section § 2998

Explanation
Si una corporación psicológica desea elegir un nombre o cualquier nombre bajo el cual ofrezca sus servicios, debe incluir una palabra de la Sección 2902(c) e indicar que es una corporación, como usando 'Inc.' o 'Ltd.'.

Section § 2999

Explanation

Esta ley permite a la junta crear y aplicar normas para las corporaciones psicológicas, incluyendo reglas sobre qué ocurre con las acciones de un accionista inhabilitado o fallecido. Exige que estas corporaciones tengan normas para recomprar acciones y que cuenten con un seguro u otra forma de garantía para cubrir las reclamaciones de clientes o pacientes relacionadas con sus servicios profesionales.

La junta podrá adoptar y hacer cumplir reglamentos para llevar a cabo los propósitos y objetivos de este artículo, incluyendo reglamentos que exijan (a) que los estatutos de una corporación psicológica incluyan una disposición por la cual el capital social de dicha corporación, propiedad de una persona inhabilitada, según se define en la Sección 13401 del Código de Sociedades Anónimas, o de una persona fallecida, se venderá a la corporación o a los accionistas restantes de dicha corporación dentro del plazo que dichos reglamentos puedan establecer, y (b) que una corporación psicológica deberá proporcionar seguridad adecuada mediante seguro o de otra manera para las reclamaciones en su contra por parte de sus pacientes o clientes que surjan de la prestación de servicios profesionales.