Section § 2585

Explanation

Si te presentas como dietista registrada en California, debes cumplir con ciertas cualificaciones. Podrías haber obtenido el título antes de 1981 o cumplir con requisitos educativos y prácticos específicos, incluyendo un título universitario, 900 horas de práctica supervisada y aprobar un examen. Si te presentas como técnico dietético registrado, también debes cumplir con cualificaciones, como tener 18 años o más, completar un título, práctica supervisada y un examen. Decir que eres dietista o técnico dietético cuando no cumples con estos criterios es un delito. Los empleados de atención médica que eran dietistas cuando esta ley entró en vigor pueden seguir usando el título sin hacer el examen, siempre que cumplan con otros requisitos. Aquellos con títulos avanzados en nutrición podrían recibir reembolso por dar asesoramiento bajo ciertas condiciones, pero la ley no exige que se les reembolse directamente como proveedores separados de Medi-Cal, especialmente si la ley federal lo prohíbe.

(a)CA Negocios y Profesiones Code § 2585(a) Toda persona que se presente como dietista registrada deberá cumplir con una de las siguientes cualificaciones:
(1)CA Negocios y Profesiones Code § 2585(a)(1) Haber obtenido, antes del 1 de enero de 1981, el derecho a usar el término "dietista registrada" por una agencia o institución pública o privada reconocida por el Departamento de Salud Pública del Estado como cualificada para otorgar el título, siempre que dicha persona continúe cumpliendo con todos los requisitos y cualificaciones prescritos periódicamente por la agencia o institución para el mantenimiento de dicho título.
(2)CA Negocios y Profesiones Code § 2585(a)(2) Poseer todas las siguientes cualificaciones:
(A)CA Negocios y Profesiones Code § 2585(a)(2)(A) Tener 18 años de edad o más.
(B)CA Negocios y Profesiones Code § 2585(a)(2)(B) Haber completado satisfactoriamente los requisitos académicos apropiados para el campo de la dietética y disciplinas relacionadas y haber recibido un título de bachillerato universitario o superior de un colegio o universidad acreditada por la Western Association of Schools and Colleges u otra agencia de acreditación regional.
(C)CA Negocios y Profesiones Code § 2585(a)(2)(C) Haber completado satisfactoriamente un programa de práctica supervisada de un mínimo de 900 horas diseñado para preparar a profesionales de nivel inicial mediante instrucción y asignaciones en un entorno clínico. Los supervisores del programa deberán cumplir con las cualificaciones mínimas establecidas por agencias o instituciones públicas o privadas reconocidas por el Departamento de Salud Pública del Estado para establecer dichas cualificaciones.
(D)CA Negocios y Profesiones Code § 2585(a)(2)(D) Haber completado satisfactoriamente un examen administrado por una agencia o institución pública o privada reconocida por el Departamento de Salud Pública del Estado como cualificada para administrar los exámenes.
(E)CA Negocios y Profesiones Code § 2585(a)(2)(E) Haber completado satisfactoriamente los requisitos de educación continua establecidos por una agencia o institución pública o privada reconocida por el Departamento de Salud Pública del Estado para establecer los requisitos.
(b)CA Negocios y Profesiones Code § 2585(b) Toda persona que se presente como técnico dietético registrado deberá poseer todas las siguientes cualificaciones:
(1)CA Negocios y Profesiones Code § 2585(b)(1) Tener 18 años de edad o más.
(2)CA Negocios y Profesiones Code § 2585(b)(2) Haber completado satisfactoriamente cualquiera de los siguientes:
(A)CA Negocios y Profesiones Code § 2585(b)(2)(A) Los requisitos académicos apropiados para técnicos dietéticos registrados, la obtención de un título de asociado o superior de un colegio o universidad acreditada por la Western Association of Schools and Colleges u otra agencia de acreditación regional, y al menos 450 horas de experiencia de práctica supervisada. Los supervisores de las experiencias de práctica deberán cumplir con las cualificaciones mínimas establecidas por agencias o instituciones públicas o privadas reconocidas por el Departamento de Salud Pública del Estado para establecer las cualificaciones.
(B)CA Negocios y Profesiones Code § 2585(b)(2)(B) Los requisitos académicos apropiados para el campo de la dietética y disciplinas relacionadas y la obtención de un título de bachillerato universitario o superior de un colegio o universidad acreditada por la Western Association of Schools and Colleges u otra agencia de acreditación regional.
(3)CA Negocios y Profesiones Code § 2585(b)(3) Haber completado satisfactoriamente un examen administrado por una agencia o institución pública o privada reconocida por el Departamento de Salud Pública del Estado para administrar el examen.
(4)CA Negocios y Profesiones Code § 2585(b)(4) Haber completado satisfactoriamente los requisitos de educación continua establecidos por una agencia o institución pública o privada reconocida por el Departamento de Salud Pública del Estado para establecer los requisitos.
(c)CA Negocios y Profesiones Code § 2585(c) Es un delito menor que cualquier persona que no cumpla con los criterios de la subdivisión (a) o (b) utilice, en relación con su nombre o lugar de negocio, las palabras "técnico dietético registrado", "dietista", "dietista", "dietista registrada", "dietista registrada", "dietista nutricionista registrada", o las letras "RD", "RDN", "DTR", o cualquier otra palabra, letra, abreviatura o insignia que indique o implique que la persona es un dietista, técnico dietético registrado, dietista registrada o dietista nutricionista registrada, o que represente, de cualquier manera, oralmente, por escrito, impreso o por letrero, directa o implícitamente, que es un dietista, un técnico dietético registrado, un dietista registrada o un dietista nutricionista registrada.
(d)CA Negocios y Profesiones Code § 2585(d) Toda persona empleada por un centro de atención médica con licencia como dietista registrada en la fecha de entrada en vigor de este capítulo podrá seguir presentándose como dietista registrada mientras esté empleada por un centro de atención médica con licencia, si ha cumplido con los requisitos del párrafo (1) o del párrafo (2) de la subdivisión (a), excepto que no se le exigirá cumplir con el requisito de examen del subpárrafo (B) del párrafo (2) de la subdivisión (a).
(e)CA Negocios y Profesiones Code § 2585(e) No obstante cualquier otra ley o reglamento que limite el reembolso a los proveedores de atención médica con licencia estatal y previa remisión de un médico y cirujano, las siguientes personas podrán ser reembolsadas por el asesoramiento nutricional o el asesoramiento sobre nutrición adecuada según lo establecido en la Sección 2068, o por las evaluaciones nutricionales, el asesoramiento y los tratamientos según lo establecido en la Sección 2586:
(1)CA Negocios y Profesiones Code § 2585(e)(1) Dietistas registradas.
(2)CA Negocios y Profesiones Code § 2585(e)(2) Otros profesionales de la nutrición con un título de maestría o superior en un campo que abarque las ciencias de la nutrición clínica, de un colegio o universidad acreditada por una agencia de acreditación regional, que sean considerados cualificados para proporcionar estos servicios por el médico y cirujano remitente.
(f)CA Negocios y Profesiones Code § 2585(f) Nada en esta sección se interpretará como una obligación de reembolso directo a los dietistas registrados, u otros profesionales de la nutrición descritos en la subdivisión (e), como un tipo de proveedor separado bajo el programa Medi-Cal, ni como una obligación de reembolso cuando esté expresamente prohibido por la ley o regulación federal.

Section § 2586

Explanation

Esta ley detalla lo que los dietistas registrados y ciertos profesionales de la nutrición pueden hacer en California. Pueden ofrecer asesoramiento y evaluaciones nutricionales cuando son remitidos por un proveedor de atención médica. Estos dietistas pueden ajustar la dieta de un paciente dentro de los límites establecidos por el proveedor y con la documentación necesaria. También pueden recibir y enviar órdenes relacionadas con la terapia nutricional, pero no pueden administrar nutrición intravenosa por sí mismos. En centros de atención médica, pueden solicitar pruebas de laboratorio para la terapia nutricional si un médico lo aprueba. Los técnicos dietéticos pueden asistir bajo supervisión directa, pero no pueden crear planes de dieta ni manejar órdenes por sí mismos. La ley establece las reglas de supervisión para dietistas y técnicos. Quienes practiquen en contra de estas reglas enfrentan cargos por delito menor. Aclara que otros profesionales de la salud no están restringidos en su práctica por estas normas.

(a)Copy CA Negocios y Profesiones Code § 2586(a)
(1)Copy CA Negocios y Profesiones Code § 2586(a)(1) No obstante cualquier otra ley, un dietista registrado, u otro profesional de la nutrición que cumpla con las cualificaciones establecidas en la subdivisión (e) de la Sección 2585 podrá, previa remisión de un proveedor de atención médica autorizado para prescribir tratamientos dietéticos, proporcionar asesoramiento nutricional y dietético, realizar evaluaciones nutricionales y dietéticas, y desarrollar y recomendar tratamientos nutricionales y dietéticos, incluyendo dietas terapéuticas, para individuos o grupos de pacientes en instalaciones institucionales con licencia o en consultorios privados. La remisión para la terapia de nutrición médica deberá ir acompañada de una receta escrita firmada por el proveedor de atención médica que detalle el diagnóstico del paciente e incluya una declaración del objetivo deseado del tratamiento dietético o una orden de dieta. El dietista registrado, u otro profesional de la nutrición que cumpla con las cualificaciones establecidas en la subdivisión (e) de la Sección 2585, podrá realizar evaluaciones nutricionales e iniciar intervenciones nutricionales dentro de los parámetros de la orden de dieta prescrita de conformidad con la política y el procedimiento de detección nutricional aprobados de un centro de atención médica con licencia. El dietista registrado, u otro profesional de la nutrición que cumpla con las cualificaciones establecidas en la subdivisión (e) de la Sección 2585, colaborará con un equipo multidisciplinario, que incluirá al médico tratante y a la enfermera registrada, en el desarrollo del plan de atención nutricional del paciente. A menos que se indique lo contrario en la orden de dieta por el proveedor de un paciente, el dietista registrado, u otro profesional de la nutrición que cumpla con las cualificaciones establecidas en la subdivisión (e) de la Sección 2585, podrá individualizar el tratamiento nutricional o dietético del paciente cuando sea necesario, modificando la distribución, el tipo o la cantidad de alimentos y nutrientes dentro de los parámetros de la orden de dieta. Cualquier modificación, y la justificación de la misma, deberá documentarse en el expediente del paciente para su revisión por el profesional, u otro profesional de la salud con licencia, que esté legalmente autorizado para prescribir y sea responsable de la atención del paciente. Nada de lo dispuesto en esta subdivisión se interpretará en el sentido de autorizar a un dietista registrado, u otro profesional de la nutrición que cumpla con las cualificaciones establecidas en la subdivisión (e) de la Sección 2585, a ordenar o administrar nutrición por vía central o periférica.
(2)CA Negocios y Profesiones Code § 2586(a)(2) Los servicios descritos en esta subdivisión podrán denominarse “terapia de nutrición médica”.
(b)CA Negocios y Profesiones Code § 2586(b) Un dietista registrado, u otro profesional de la nutrición que cumpla con las cualificaciones establecidas en la subdivisión (e) de la Sección 2585, podrá aceptar o transmitir órdenes verbales u órdenes transmitidas electrónicamente para terapia de nutrición médica del médico remitente o del médico responsable de la atención del paciente en un centro de atención médica con licencia.
(c)CA Negocios y Profesiones Code § 2586(c) Un dietista registrado, u otro profesional de la nutrición que cumpla con las cualificaciones establecidas en la subdivisión (e) de la Sección 2585, podrá solicitar pruebas de laboratorio médicas relacionadas con los servicios de terapia de nutrición médica cuando lo apruebe el médico remitente o el médico responsable de la atención del paciente y cuando, en ausencia del médico remitente o del médico responsable de la atención del paciente en una visita del paciente, en una clínica donde haya una enfermera registrada de turno, se notifique a una enfermera registrada que se está solicitando una prueba de laboratorio médica y se le dé la oportunidad de evaluar al paciente.
(d)Copy CA Negocios y Profesiones Code § 2586(d)
(1)Copy CA Negocios y Profesiones Code § 2586(d)(1) No obstante cualquier otra ley, un técnico dietético registrado que cumpla con las cualificaciones establecidas en la Sección 2585 podrá, bajo la supervisión directa de un dietista registrado, asistir en la implementación o el monitoreo de los servicios especificados en la subdivisión (a), pero no desarrollará terapias o tratamientos nutricionales o dietéticos ni aceptará o transmitirá órdenes verbales.
(2)Copy CA Negocios y Profesiones Code § 2586(d)(2)
(A)Copy CA Negocios y Profesiones Code § 2586(d)(2)(A) Para los fines de esta subdivisión, “supervisión directa” significa que el dietista registrado supervisor deberá estar físicamente disponible para el técnico dietético registrado para consulta siempre que se requiera. Sin embargo, en el caso de un hospital pequeño o rural, según se define en la Sección 124840 del Código de Salud y Seguridad, el dietista registrado podrá estar disponible para consulta por teléfono u otros medios electrónicos, siempre que el dietista registrado esté físicamente en el sitio de la instalación una cantidad de tiempo suficiente para proporcionar una supervisión y revisión adecuadas del trabajo del técnico dietético registrado.
(B)CA Negocios y Profesiones Code § 2586(d)(2)(A)(B) Para los fines de esta subdivisión, “físicamente disponible” significa presencia física en el sitio durante el horario comercial regular, e incluye disponibilidad telefónica o electrónica en todo momento y la capacidad de responder a la instalación dentro de un período de tiempo razonable cuando sea necesario. El dietista registrado deberá revisar cualquier actividad realizada por el técnico dietético registrado durante cualquier período en que el dietista registrado no estuviera físicamente en el sitio.
(3)CA Negocios y Profesiones Code § 2586(d)(3) Para los fines de esta subdivisión, un dietista registrado no supervisará a más de dos técnicos dietéticos registrados a la vez.
(e)CA Negocios y Profesiones Code § 2586(e) Es un delito menor que una persona especificada en la subdivisión (e) de la Sección 2585 practique de una manera inconsistente con los requisitos establecidos en esta sección.
(f)CA Negocios y Profesiones Code § 2586(f) Nada de lo dispuesto en esta sección impedirá que una persona especificada en la subdivisión (b) o (e) de la Sección 2585 proporcione información según lo permitido por la Sección 2068.
(g)CA Negocios y Profesiones Code § 2586(g) Para los fines de esta sección, “proveedor de atención médica” significa cualquier persona con licencia o certificación de conformidad con esta división, o con licencia de conformidad con la Ley de Iniciativa Osteopática o la Ley de Iniciativa Quiropráctica.
(h)CA Negocios y Profesiones Code § 2586(h) El requisito de una receta escrita se considerará satisfecho mediante una entrada en los expedientes del paciente que esté recibiendo tratamiento en un centro de atención médica con licencia si el contenido de los expedientes del paciente refleja la información requerida por esta sección.
(i)CA Negocios y Profesiones Code § 2586(i) Nada de lo dispuesto en esta sección o en la Sección 2585 se interpretará en el sentido de establecer criterios educativos o restricciones o limitaciones de práctica para otros proveedores de atención médica con licencia bajo la División 2 (que comienza con la Sección 500) o la Ley de Iniciativa Osteopática o la Ley de Iniciativa Quiropráctica.

Section § 2586.2

Explanation

Esta ley significa que alguien puede participar en actividades específicas detalladas en otra parte de la ley, la Sección 2586(a), si cumplen ciertas condiciones. Primero, deben estar involucrados en estas actividades como parte de un programa de práctica supervisada para dietistas registrados, lo cual se explica con más detalle en la Sección 2585. Segundo, la persona debe estar estudiando actualmente o haber terminado su educación requerida para convertirse en un dietista registrado, como también se describe en la Sección 2585.

Una persona puede participar en las actividades establecidas en la subdivisión (a) de la Sección 2586 si cumple con ambos de los siguientes requisitos:
(a)CA Negocios y Profesiones Code § 2586.2(a) La persona participa en las actividades como parte de un programa de práctica supervisada para un dietista registrado de conformidad con el subpárrafo (C) del párrafo (2) de la subdivisión (a) de la Sección 2585.
(b)CA Negocios y Profesiones Code § 2586.2(b) La persona está inscrita en o ha completado un curso de estudio para cumplir con los requisitos educativos para un dietista registrado en el subpárrafo (B) del párrafo (2) de la subdivisión (a) de la Sección 2585.

Section § 2586.4

Explanation

Esta ley permite a las personas participar en ciertas actividades relacionadas con la práctica dietética si cumplen con dos criterios. Primero, deben formar parte de un programa de práctica supervisada para técnicos dietéticos. Segundo, deben haber completado los cursos educativos necesarios para un técnico dietético registrado.

Una persona puede participar en las actividades establecidas en la subdivisión (d) de la Sección 2586 si cumple con los siguientes dos requisitos:
(a)CA Negocios y Profesiones Code § 2586.4(a) La persona participa en las actividades como parte de un programa de práctica supervisada para un técnico dietético, registrado de conformidad con el subpárrafo (A) del párrafo (2) de la subdivisión (b) de la Sección 2585.
(b)CA Negocios y Profesiones Code § 2586.4(b) La persona ha completado un curso de estudio para cumplir con los requisitos educativos para un técnico dietético, registrado en el subpárrafo (A) o (B) del párrafo (2) de la subdivisión (b) de la Sección 2585.

Section § 2586.6

Explanation

Esta ley permite que una persona que ha completado un programa de práctica supervisada para dietistas trabaje bajo la supervisión directa de un dietista registrado por hasta seis meses o hasta que repruebe su examen de certificación, lo que ocurra primero. La persona debe cumplir ciertas condiciones, como tener prueba escrita de la finalización del programa y haber solicitado presentarse al examen mientras espera una fecha de prueba.

Una persona puede participar en las actividades establecidas en el inciso (a) de la Sección 2586 durante seis meses a partir de la fecha en que completó un programa de práctica supervisada, o hasta que la persona reciba notificación de que reprobó el examen especificado en el inciso (d), lo que ocurra primero, si se cumplen todas las siguientes condiciones:
(a)CA Negocios y Profesiones Code § 2586.6(a) La persona ejerce bajo la supervisión directa e inmediata de un dietista registrado.
(b)CA Negocios y Profesiones Code § 2586.6(b) La persona ha completado los requisitos del programa de práctica supervisada según el inciso (a) de la Sección 2585.
(c)CA Negocios y Profesiones Code § 2586.6(c) La persona cuenta con verificación por escrito, incluida la firma original del director del programa, de que ha completado el programa de práctica supervisada requerido.
(d)CA Negocios y Profesiones Code § 2586.6(d) La persona ha solicitado presentarse al examen de dietista registrado especificado en el subpárrafo (D) del párrafo (2) del inciso (a) de la Sección 2585 y está esperando una fecha de examen.

Section § 2586.8

Explanation
Esta sección establece que, después de terminar sus estudios, los técnicos en dietética pueden trabajar bajo ciertas condiciones por un máximo de seis meses o hasta que se enteren de que han reprobado el examen necesario. Durante este período, deben estar supervisados por un dietista registrado, tener una prueba de su director de programa de que han completado su educación y poseen un título, y estar en espera para realizar el examen de certificación.
Una persona puede participar en las actividades establecidas en la subdivisión (d) del Artículo 2586 durante seis meses a partir de la fecha en que completó los requisitos académicos para técnicos en dietética especificados en el subpárrafo (A) o (B) del párrafo (2) de la subdivisión (b) del Artículo 2585, o hasta que la persona reciba notificación de que ha reprobado el examen especificado en la subdivisión (c), lo que ocurra primero, si se aplican todas las siguientes condiciones:
(a)CA Negocios y Profesiones Code § 2586.8(a) La persona se desempeña bajo la supervisión directa e inmediata de un dietista registrado.
(b)CA Negocios y Profesiones Code § 2586.8(b) La persona tiene verificación por escrito, incluyendo la firma original del director del programa, de que ha completado el programa educativo y posee un título de asociado o superior.
(c)CA Negocios y Profesiones Code § 2586.8(c) La persona ha solicitado realizar el examen de técnico en dietética registrado especificado en el párrafo (3) de la subdivisión (b) del Artículo 2585 y está esperando una fecha de examen.