Esta ley establece el nombre oficial para un conjunto de regulaciones relacionadas con la terapia ocupacional como la "Ley de Práctica de Terapia Ocupacional".
Terapia Ocupacional Ley de Práctica regulaciones directrices de terapia nombre de la profesión California prácticas de terapia licencias estándares profesionales normativas de práctica servicios de terapia estándares ocupacionales profesión de la salud citación de la ley de práctica
(Repealed and added by Stats. 2000, Ch. 697, Sec. 3. Effective January 1, 2001.)
Esta ley establece que la terapia ocupacional en California desempeña un papel fundamental para garantizar la salud y seguridad públicas, por lo que es importante que este campo esté regulado y controlado para proteger a las personas.
terapia ocupacional salud pública seguridad bienestar regulación control California necesidad práctica impacto legislatura encuentra y declara preocupación pública supervisión profesional profesión de la salud
(Added by Stats. 2000, Ch. 697, Sec. 3. Effective January 1, 2001.)
Si tienes una licencia emitida bajo este capítulo, debes renovarla según lo exija la junta, o caducará. Podrían permitir renovaciones tardías. Además de otros requisitos de renovación, también debes cumplir con los estándares de competencia continua establecidos por la junta para mantener tu licencia. Parte de estos estándares se puede cumplir a través de evaluaciones de competencia como parte de tu plan de desarrollo profesional, pero solo si ayudan a proteger la salud, seguridad y bienestar del público.
(a)CA Negocios y Profesiones Code § 2570.10(a) Cualquier licencia emitida bajo este capítulo estará sujeta a renovación según lo prescrito por la junta y caducará a menos que se renueve de esa manera. La junta podrá establecer disposiciones para la renovación tardía de una licencia según lo dispuesto en la Sección 163.5.
(b)CA Negocios y Profesiones Code § 2570.10(b) Además de cualesquiera otras cualificaciones y requisitos para la renovación de la licencia, la junta establecerá por reglamento y exigirá la finalización satisfactoria de los requisitos de competencia continua como condición para la renovación de una licencia. Solo una parte de los requisitos de competencia continua, según lo determine la junta para proteger la salud, seguridad y bienestar públicos, podrá cumplirse mediante actividades de evaluación de competencias realizadas en el contexto de un plan de desarrollo profesional más amplio.
renovación de licencia competencia continua renovación tardía salud y seguridad públicas plan de desarrollo profesional evaluación de competencias caducidad de licencia requisitos de renovación estándares de competencia continua proteger el bienestar público
(Amended by Stats. 2018, Ch. 490, Sec. 5. (AB 2221) Effective January 1, 2019.)
Si un terapeuta ocupacional o asistente está en regla y cumple con ciertos criterios, puede solicitar por escrito a la junta que su licencia sea puesta en estado inactivo.
Previa solicitud por escrito, la junta podrá otorgar el estado inactivo a un terapeuta ocupacional o asistente de terapia ocupacional que esté en regla y que cumpla con los requisitos de la Sección 462.
terapeuta ocupacional asistente de terapia ocupacional estado inactivo solicitud por escrito en regla aprobación de la junta Sección 462 licencia profesional licencia inactiva Junta de California requisitos de licencia
(Added by Stats. 2000, Ch. 697, Sec. 3. Effective January 1, 2001.)
Esta ley explica que los asistentes de terapia ocupacional en California deben trabajar bajo la supervisión de un terapeuta ocupacional con licencia. Además, cualquier auxiliar que ayude con tareas directamente relacionadas con los clientes debe ser supervisado de forma continua y directa por un terapeuta ocupacional o un asistente de terapia ocupacional.
(a)CA Negocios y Profesiones Code § 2570.13(a) De conformidad con esta sección, los apartados (a), (b) y (c) de la Sección 2570.2, y los estándares profesionales aceptados, la junta adoptará las normas necesarias para asegurar la supervisión adecuada de los asistentes y auxiliares de terapia ocupacional.
(b)CA Negocios y Profesiones Code § 2570.13(b) Un asistente de terapia ocupacional solo podrá ejercer bajo la supervisión de un terapeuta ocupacional autorizado para ejercer la terapia ocupacional en este estado.
(c)CA Negocios y Profesiones Code § 2570.13(c) Un auxiliar que preste servicios de apoyo delegados y relacionados con el cliente requerirá supervisión continua y directa por parte de un terapeuta ocupacional o un asistente de terapia ocupacional.
asistentes de terapia ocupacional supervisión terapeuta ocupacional auxiliares servicios de apoyo relacionados con el cliente supervisión continua supervisión directa normas de la Junta estándares profesionales requisitos de supervisión
(Amended by Stats. 2012, Ch. 799, Sec. 16. (SB 1575) Effective January 1, 2013.)
Si alguien solicita ser terapeuta ocupacional y no ha ejercido en los últimos cinco años, tendrá que presentar una prueba adicional de sus habilidades. Esto puede ser una prueba de haber mantenido sus habilidades profesionales durante los últimos dos años o una prueba de haber aprobado el examen de nivel inicial en los últimos dos años.
Un solicitante inicial que no haya ejercido activamente la terapia ocupacional en los últimos cinco años deberá proporcionar a la junta, además de los requisitos para la obtención de la licencia conforme a la Sección 2570.6, cualquiera de los siguientes:
(a)CA Negocios y Profesiones Code § 2570.14(a) Evidencia de competencia continua según lo referido en el apartado (b) de la Sección 2570.10 durante el período de dos años anterior.
(b)CA Negocios y Profesiones Code § 2570.14(b) Evidencia de haber completado el examen de nivel inicial según lo descrito en el apartado (b) de la Sección 2570.7 dentro del período de dos años anterior.
terapia ocupacional solicitante inicial competencia continua examen de nivel inicial requisito de práctica licencia requisitos de la junta habilidades profesionales práctica inactiva evidencia de competencia
(Amended by Stats. 2018, Ch. 490, Sec. 6. (AB 2221) Effective January 1, 2019.)
Si usted es un terapeuta ocupacional o asistente formado fuera de los EE. UU., necesita aprobar un examen específico para trabajar en este campo. Además, debe haber completado una educación y capacitación similares a las descritas en otra sección de la ley antes de poder presentarse a este examen.
Los terapeutas ocupacionales y los asistentes de terapia ocupacional formados fuera de los Estados Unidos y sus posesiones deberán cumplir con los requisitos de examen de la Sección 2570.7. La junta exigirá que estos solicitantes hayan completado requisitos educativos y de prácticas supervisadas sustancialmente equivalentes a los contenidos en la Sección 2570.6, antes de presentarse al examen.
terapeutas ocupacionales asistentes de terapia ocupacional formados en el extranjero requisitos de examen requisitos educativos prácticas supervisadas Sección 2570.7 Sección 2570.6 equivalencia educativa en EE. UU. examen de licencia requisitos de la junta solicitantes internacionales Licencia de Terapia Ocupacional de California formación fuera de EE. UU. comparabilidad de prácticas
(Added by Stats. 2000, Ch. 697, Sec. 3. Effective January 1, 2001.)
Esta sección de la ley explica las diversas tarifas relacionadas con las licencias profesionales. La tarifa principal de licencia y renovación tiene un límite de $150 al año. Las tarifas adicionales incluyen una tarifa de solicitud de $50, una tarifa por renovación tardía, una tarifa para obtener un permiso limitado, los costos por la toma de huellas dactilares para verificar antecedentes penales, y un cargo por consultar el Banco Nacional de Datos de Profesionales de la Salud. Estas tarifas adicionales no deben exceder los costos reales de estos servicios.
Las cuotas iniciales de licencia y de renovación serán establecidas por la junta por un monto que no exceda un límite máximo de ciento cincuenta dólares ($150) al año. La junta establecerá las siguientes cuotas adicionales:
(a)CA Negocios y Profesiones Code § 2570.16(a) Una cuota de solicitud que no exceda los cincuenta dólares ($50).
(b)CA Negocios y Profesiones Code § 2570.16(b) Una cuota por renovación tardía según lo dispuesto en la Sección 2570.10.
(c)CA Negocios y Profesiones Code § 2570.16(c) Una cuota por permiso limitado.
(d)CA Negocios y Profesiones Code § 2570.16(d) Una cuota para la toma de huellas dactilares para verificaciones de antecedentes penales. Esta cuota no excederá el monto cobrado por la agencia que proporciona las verificaciones de antecedentes penales.
(e)CA Negocios y Profesiones Code § 2570.16(e) Una cuota para consultar el Banco Nacional de Datos de Profesionales de la Salud (National Practitioner Data Bank) para solicitantes de licencia y renovación de licencia. La cuota no excederá el monto cobrado por consulta.
cuotas de licencia tarifa de renovación cuota de solicitud cuota por renovación tardía cuota por permiso limitado cuota por huellas dactilares verificación de antecedentes penales Banco Nacional de Datos de Profesionales de la Salud límites de tarifas costos de licencias profesionales licencia inicial costos de renovación licenciamiento tope anual cargos por servicio
(Amended by Stats. 2017, Ch. 429, Sec. 6. (SB 547) Effective January 1, 2018.)
En California, los terapeutas ocupacionales o sus asistentes pueden solicitar una licencia de jubilado pagando una tarifa de $25 si su licencia actual no está suspendida o restringida. Una licencia de jubilado significa que no pueden ejercer como terapeutas activos, pero pueden usar títulos como 'terapeuta ocupacional, jubilado'. No necesitan renovar esta licencia de jubilado, pero si desean volver a trabajar, tendrán que seguir pasos específicos descritos en otra sección.
(a)CA Negocios y Profesiones Code § 2570.17(a) La junta expedirá, previa solicitud y pago de una tarifa de veinticinco dólares ($25), una licencia de jubilado a un terapeuta ocupacional o a un asistente de terapia ocupacional que posea una licencia vigente y activa, o susceptible de renovación conforme a la Sección 2570.10, y cuya licencia no esté suspendida, revocada o restringida de otro modo por la junta, ni sujeta a medidas disciplinarias en virtud de este capítulo.
(b)CA Negocios y Profesiones Code § 2570.17(b) El titular de una licencia de jubilado expedida conforme a esta sección no podrá ejercer ninguna actividad para la cual se requiera una licencia activa. A un terapeuta ocupacional que posea una licencia de jubilado se le permitirá usar el título de "terapeuta ocupacional, jubilado" o "terapeuta ocupacional jubilado". A un asistente de terapia ocupacional que posea una licencia de jubilado se le permitirá usar el título de "asistente de terapia ocupacional, jubilado" o "asistente de terapia ocupacional jubilado". La designación de jubilado no se abreviará de ninguna manera.
(c)CA Negocios y Profesiones Code § 2570.17(c) El titular de una licencia de jubilado no estará obligado a renovar dicha licencia.
(d)CA Negocios y Profesiones Code § 2570.17(d) Para que el titular de una licencia de jubilado expedida conforme a esta sección pueda restaurar su licencia, deberá cumplir con la Sección 2570.14.
licencia de jubilado terapeuta ocupacional asistente de terapia ocupacional renovación de licencia suspensión de licencia restauración de licencia título de terapeuta ocupacional jubilado clasificación de jubilado tarifa de licencia estado inactivo reactivación de licencia designación profesional cambio de estado de licencia regulaciones de terapia ocupacional Junta de Terapia Ocupacional de California
(Added by Stats. 2009, Ch. 307, Sec. 22. (SB 821) Effective January 1, 2010.)
Esta ley deja claro que solo puedes presentarte como terapeuta ocupacional en California si tienes la licencia adecuada. No puedes usar títulos, abreviaturas o cualquier representación que sugiera que eres terapeuta ocupacional, como O.T. u O.T.D., sin las credenciales correctas. Incluso si has obtenido un título de doctorado en el campo, solo puedes usar títulos como 'Doctor' si cumples con requisitos específicos. Además, los educadores de terapia ocupacional en California también deben tener licencia. Presentarse falsamente como terapeuta ocupacional o asistente es ilegal y se considera una práctica comercial desleal y publicidad engañosa.
(a)CA Negocios y Profesiones Code § 2570.18(a) Ninguna persona podrá presentarse al público por título, educación o experiencia, o por descripción de servicios, métodos o procedimientos, o de cualquier otra manera, como autorizada para ejercer la terapia ocupacional en este estado, a menos que esté autorizada para ejercer la terapia ocupacional conforme a este capítulo.
(b)CA Negocios y Profesiones Code § 2570.18(b) A menos que tenga licencia para ejercer como terapeuta ocupacional conforme a este capítulo, ninguna persona podrá usar las abreviaturas profesionales “O.T.”, “O.T./L.” o “O.T.D.”, “Occupational Therapist”, “Occupational Therapist Licensed”, “Occupational Therapist Doctorate”, o cualquier otra palabra, letra o símbolo con la intención de representar que la persona ejerce o está autorizada para ejercer la terapia ocupacional.
(c)CA Negocios y Profesiones Code § 2570.18(c) Un titular de licencia que haya obtenido un título de doctorado en terapia ocupacional (OTD) o, después de la adopción de las regulaciones descritas en el apartado (e), un título de doctorado en un área de práctica o estudio relacionada, podrá hacer lo siguiente:
(1)CA Negocios y Profesiones Code § 2570.18(c)(1) En una comunicación escrita, usar las iniciales OTD, DrPH, PhD o EdD, según corresponda, después del nombre del titular de la licencia.
(2)CA Negocios y Profesiones Code § 2570.18(c)(2) En una comunicación escrita, usar el título “Doctor” o la abreviatura “Dr.” precediendo el nombre del titular de la licencia, si el nombre del titular de la licencia va seguido inmediatamente por una especificación sin abreviar del título de doctorado aplicable que posee el titular de la licencia.
(3)CA Negocios y Profesiones Code § 2570.18(c)(3) En una comunicación verbal mientras ejerce la terapia ocupacional, usar el título “Doctor” precediendo el nombre del titular de la licencia, si el titular de la licencia especifica que es un profesional de terapia ocupacional.
(d)CA Negocios y Profesiones Code § 2570.18(d) Un título de doctorado descrito en el apartado (c) deberá ser otorgado por una institución y un programa acreditados por la Western Association of Schools and Colleges, el Accreditation Council on Occupational Therapy Education, o por una agencia de acreditación reconocida por la National Commission on Accrediting o el Departamento de Educación de los Estados Unidos que la junta determine que es equivalente a la Western Association of Schools and Colleges.
(e)CA Negocios y Profesiones Code § 2570.18(e) La junta definirá, mediante reglamento, los títulos de doctorado que se encuentran en un área de práctica o estudio relacionada a los efectos del apartado (c).
(f)CA Negocios y Profesiones Code § 2570.18(f) A menos que tenga licencia para asistir en la práctica de la terapia ocupacional como asistente de terapia ocupacional conforme a este capítulo, ninguna persona podrá usar las abreviaturas profesionales “O.T.A.”, “O.T.A/L.” o “Occupational Therapy Assistant”, “Licensed Occupational Therapy Assistant”, o cualquier otra palabra, letra o símbolo, con la intención de representar que la persona asiste o está autorizada para asistir en la práctica de la terapia ocupacional como asistente de terapia ocupacional.
(g)CA Negocios y Profesiones Code § 2570.18(g) La práctica o representación no autorizada como terapeuta ocupacional o como asistente de terapia ocupacional constituye una práctica comercial desleal conforme a la Sección 17200 y publicidad falsa y engañosa conforme a la Sección 17500.
(h)CA Negocios y Profesiones Code § 2570.18(h) Un terapeuta ocupacional que se desempeñe como educador en un programa educativo para terapeutas ocupacionales en California debe tener licencia. El requisito de licencia también se aplica a un terapeuta ocupacional que se desempeñe como educador en un programa educativo para asistentes de terapia ocupacional en California.
(i)CA Negocios y Profesiones Code § 2570.18(i) Un asistente de terapia ocupacional que se desempeñe como educador en un programa educativo para asistentes de terapia ocupacional en California debe tener licencia.
terapeuta ocupacional asistente de terapia ocupacional OTD título de doctorado requisito de licencia publicidad engañosa práctica comercial desleal uso indebido de título programa educativo abreviaturas profesionales regulaciones de la junta Western Association títulos de doctorado comunicación escrita comunicación verbal
(Amended by Stats. 2018, Ch. 490, Sec. 7. (AB 2221) Effective January 1, 2019.)
Esta ley de California crea la Junta de Terapia Ocupacional, que supervisa la práctica de la terapia ocupacional en el estado. La junta está compuesta por tres terapeutas ocupacionales, un asistente de terapia ocupacional y tres miembros públicos. Los miembros son nombrados principalmente por el Gobernador y deben cumplir requisitos específicos, como haber practicado o asistido en terapia ocupacional durante cinco años. La junta se reúne al menos una vez al año en ciudades importantes como Sacramento, Los Ángeles y San Francisco. Los miembros de la junta nombrados cumplen mandatos escalonados y pueden ser destituidos por mala conducta. Esta ley estará vigente hasta el 1 de enero de 2027.
(a)CA Negocios y Profesiones Code § 2570.19(a) Por la presente se crea una Junta de Terapia Ocupacional de California, en adelante denominada la junta. La junta hará cumplir y administrará este capítulo.
(b)CA Negocios y Profesiones Code § 2570.19(b) Los miembros de la junta estarán compuestos por los siguientes:
(1)CA Negocios y Profesiones Code § 2570.19(b)(1) Tres terapeutas ocupacionales que hayan ejercido la terapia ocupacional durante cinco años.
(2)CA Negocios y Profesiones Code § 2570.19(b)(2) Un asistente de terapia ocupacional que haya asistido en la práctica de la terapia ocupacional durante cinco años.
(3)CA Negocios y Profesiones Code § 2570.19(b)(3) Tres miembros públicos que no serán licenciados de la junta, de ninguna otra junta bajo esta división, ni de ninguna junta a la que se haga referencia en la Sección 1000 o 3600.
(c)CA Negocios y Profesiones Code § 2570.19(c) El Gobernador nombrará a los tres terapeutas ocupacionales y a un asistente de terapia ocupacional para que sean miembros de la junta. El Gobernador, el Comité de Reglas del Senado y el Presidente de la Asamblea nombrarán cada uno a un miembro público. No se nombrará a más de un miembro de la junta de la facultad a tiempo completo de ninguna universidad, colegio u otra institución educativa.
(d)CA Negocios y Profesiones Code § 2570.19(d) Todos los miembros deberán ser residentes de California en el momento de su nombramiento. Los miembros terapeutas ocupacionales y asistentes de terapia ocupacional deberán haber estado dedicados a la prestación de servicios de terapia ocupacional al público, la enseñanza o la investigación en terapia ocupacional durante al menos cinco años anteriores a sus nombramientos.
(e)CA Negocios y Profesiones Code § 2570.19(e) Los miembros públicos no podrán ser ni haber sido nunca terapeutas ocupacionales o asistentes de terapia ocupacional, ni estar en formación para ser terapeutas ocupacionales o asistentes de terapia ocupacional. Los miembros públicos no podrán estar relacionados con, ni tener un miembro del hogar que sea, un terapeuta ocupacional o un asistente de terapia ocupacional, y no podrán haber tenido, dentro de los dos años siguientes al nombramiento, un interés financiero sustancial en una persona regulada por la junta.
(f)CA Negocios y Profesiones Code § 2570.19(f) El Gobernador nombrará a dos miembros de la junta por un período de un año, a dos miembros de la junta por un período de dos años y a un miembro de la junta por un período de tres años. Los nombramientos posteriores serán por períodos de cuatro años, pero ninguna persona podrá ser nombrada para servir más de dos períodos consecutivos. Los períodos comenzarán el primer día del año calendario y terminarán el último día del año calendario o hasta que se nombren sucesores, excepto para los primeros miembros nombrados que servirán hasta el último día calendario del año en que sean nombrados, antes de comenzar los períodos prescritos por esta sección. Las vacantes se cubrirán mediante nombramiento por el período restante. La junta elegirá anualmente a uno de sus miembros como presidente.
(g)CA Negocios y Profesiones Code § 2570.19(g) La junta se reunirá y celebrará al menos una reunión ordinaria anualmente en las ciudades de Sacramento, Los Ángeles y San Francisco. La junta podrá reunirse de vez en cuando hasta que concluya sus asuntos. Las reuniones especiales de la junta podrán celebrarse en cualquier momento y lugar designados por la junta.
(h)CA Negocios y Profesiones Code § 2570.19(h) Se dará aviso de cada reunión de la junta de conformidad con la Ley Bagley-Keene de Reuniones Abiertas (Artículo 9 (que comienza con la Sección 11120) del Capítulo 1 de la Parte 1 de la División 3 del Título 2 del Código de Gobierno).
(i)CA Negocios y Profesiones Code § 2570.19(i) Los miembros de la junta no recibirán compensación por sus servicios, pero tendrán derecho a gastos de viaje y otros gastos razonables incurridos en la ejecución de sus facultades y deberes de conformidad con la Sección 103.
(j)CA Negocios y Profesiones Code § 2570.19(j) La autoridad nominadora tendrá la facultad de destituir a cualquier miembro de la junta de su cargo por negligencia de cualquier deber impuesto por la ley estatal, por incompetencia o por conducta poco profesional o deshonrosa.
(k)CA Negocios y Profesiones Code § 2570.19(k) Esta sección permanecerá en vigor solo hasta el 1 de enero de 2027, y a partir de esa fecha quedará derogada.
Junta de Terapia Ocupacional de California terapeutas ocupacionales asistente de terapia ocupacional miembros públicos nombramientos del Gobernador lugares de reunión límites de mandato términos de nombramiento Ley Bagley-Keene de Reuniones Abiertas destitución de miembros de la junta gastos de viaje residencia de miembros interés financiero sustancial vacantes de nombramiento fecha de derogación 2027
(Amended by Stats. 2022, Ch. 290, Sec. 3. (AB 2671) Effective January 1, 2023. Repealed as of January 1, 2027, by its own provisions.)
Esta ley define términos clave relacionados con la terapia ocupacional en California. La terapia ocupacional implica el uso de actividades significativas para ayudar a las personas a mejorar o mantener su capacidad para realizar tareas cotidianas. Un auxiliar es alguien que, bajo supervisión, asiste a un terapeuta ocupacional o a un asistente. El terapeuta es responsable de guiar y documentar el trabajo. La ley también describe los requisitos para terapeutas y asistentes, como tener una licencia válida y una competencia continua. Explica qué incluyen los servicios de terapia ocupacional, como evaluaciones y tratamientos para ayudar a personas con desafíos físicos, mentales o de desarrollo. La terapia de la mano y las modalidades físicas también se definen como parte de la práctica de la terapia ocupacional.
Según se utiliza en este capítulo, a menos que el contexto requiera lo contrario:
(a)CA Negocios y Profesiones Code § 2570.2(a) “Supervisión adecuada de un auxiliar” significa que el terapeuta ocupacional o el asistente de terapia ocupacional responsable deberá proporcionar supervisión directa in situ cuando el auxiliar esté realizando tareas delegadas relacionadas con el cliente y deberá estar disponible en todo momento para proporcionar asesoramiento o instrucciones al auxiliar. El terapeuta ocupacional o el asistente de terapia ocupacional es responsable de documentar en el expediente del cliente las tareas delegadas relacionadas con el cliente realizadas por el auxiliar.
(b)CA Negocios y Profesiones Code § 2570.2(b) “Auxiliar” significa una persona que proporciona servicios de apoyo a un terapeuta ocupacional o a un asistente de terapia ocupacional y que ha sido capacitada por un terapeuta ocupacional o un asistente de terapia ocupacional para realizar, bajo supervisión adecuada, tareas delegadas y seleccionadas relacionadas con el cliente y no relacionadas con el cliente para las cuales el auxiliar ha demostrado competencia. Un terapeuta ocupacional o un asistente de terapia ocupacional con licencia conforme a este capítulo puede utilizar los servicios de un auxiliar que realice tareas relacionadas con el cliente para asistir al terapeuta ocupacional o al asistente de terapia ocupacional en la práctica de la terapia ocupacional. El terapeuta ocupacional será responsable del uso general y de las acciones del auxiliar.
(c)CA Negocios y Profesiones Code § 2570.2(c) “Asociación” significa la Asociación de Terapia Ocupacional de California o una organización de constitución similar que represente a los terapeutas ocupacionales en este estado.
(d)CA Negocios y Profesiones Code § 2570.2(d) “Junta” significa la Junta de Terapia Ocupacional de California.
(e)CA Negocios y Profesiones Code § 2570.2(e) “Competencia continua” significa un proceso dinámico y multidimensional en el cual el terapeuta ocupacional o el asistente de terapia ocupacional desarrolla y mantiene los conocimientos, las habilidades de desempeño, las habilidades interpersonales, el razonamiento crítico y las habilidades de razonamiento ético necesarios para desempeñar los roles y responsabilidades actuales y futuros dentro de la profesión.
(f)CA Negocios y Profesiones Code § 2570.2(f) “Examen” significa un examen de nivel de entrada para terapeutas ocupacionales y asistentes de terapia ocupacional administrado por la Junta Nacional de Certificación en Terapia Ocupacional o por otro organismo de acreditación reconocido a nivel nacional.
(g)CA Negocios y Profesiones Code § 2570.2(g) “En regla” significa que la persona tiene una licencia vigente y válida para practicar la terapia ocupacional o asistir en la práctica de la terapia ocupacional y no ha sido sancionada por el organismo profesional de concesión de licencias o de establecimiento de normas reconocido dentro de los cinco años anteriores a la solicitud o renovación de la licencia de la persona.
(h)CA Negocios y Profesiones Code § 2570.2(h) “Terapeuta ocupacional” significa una persona que cumple con los requisitos mínimos de educación especificados en la Sección 2570.6 y tiene licencia conforme a las disposiciones de este capítulo y cuya licencia está en regla según lo determine la junta para practicar la terapia ocupacional bajo este capítulo. El terapeuta ocupacional es responsable y dirige el proceso de evaluación y desarrolla el plan de intervención.
(i)CA Negocios y Profesiones Code § 2570.2(i) “Asistente de terapia ocupacional” significa una persona que tiene licencia conforme a las disposiciones de este capítulo, que está en regla según lo determine la junta, y en base a ello, que está calificada para asistir en la práctica de la terapia ocupacional bajo este capítulo, y que trabaja bajo la supervisión adecuada de un terapeuta ocupacional con licencia.
(j)CA Negocios y Profesiones Code § 2570.2(j) “Servicios de terapia ocupacional” significa los servicios de un terapeuta ocupacional o los servicios de un asistente de terapia ocupacional bajo la supervisión adecuada de un terapeuta ocupacional.
(k)CA Negocios y Profesiones Code § 2570.2(k) “Persona” significa un individuo, una sociedad, una organización no incorporada o una corporación.
(l)CA Negocios y Profesiones Code § 2570.2(l) “Terapia ocupacional” significa el uso terapéutico de actividades intencionadas y significativas dirigidas a objetivos (ocupaciones) con individuos, grupos, poblaciones u organizaciones, para apoyar la participación, el desempeño y la función en roles y situaciones en el hogar, la escuela, el lugar de trabajo, la comunidad y otros entornos. Los servicios de terapia ocupacional se proporcionan para la habilitación, rehabilitación y la promoción de la salud y el bienestar de clientes con necesidades relacionadas con la discapacidad y no relacionadas con la discapacidad o para aquellos que tienen, o están en riesgo de desarrollar, condiciones de salud que limitan la actividad o causan restricciones en la participación. Los servicios de terapia ocupacional abarcan la evaluación, el tratamiento, la educación y la consulta de terapia ocupacional. La terapia ocupacional aborda los aspectos físicos, cognitivos, psicosociales, sensoriales-perceptivos y otros aspectos del desempeño en una variedad de contextos y entornos para apoyar la participación en ocupaciones que afectan la salud física y mental, el bienestar y la calidad de vida. La evaluación de terapia ocupacional identifica las habilidades y limitaciones de desempeño que son necesarias para el automantenimiento, el aprendizaje, el trabajo y otras actividades significativas similares. El tratamiento de terapia ocupacional se centra en desarrollar, mejorar o restaurar las habilidades funcionales de la vida diaria, compensar y prevenir la disfunción, o minimizar la discapacidad. A través de la participación en actividades cotidianas, la terapia ocupacional promueve la salud mental al apoyar el desempeño ocupacional en personas con, o en riesgo de experimentar, una variedad de trastornos de salud física y mental. Las técnicas de terapia ocupacional que se utilizan para el tratamiento incluyen la enseñanza de actividades de la vida diaria (excluyendo las habilidades del habla y el lenguaje); el diseño o la fabricación de dispositivos ortésicos, y la aplicación o el entrenamiento en el uso de tecnología de asistencia o dispositivos ortésicos y protésicos (excluyendo el entrenamiento de la marcha). La consulta de terapia ocupacional proporciona asesoramiento experto para mejorar la función y la calidad de vida. La consulta o el tratamiento pueden implicar la modificación de tareas o entornos para permitir que un individuo logre la máxima independencia. Los servicios se proporcionan individualmente, en grupos o a poblaciones.
(m)CA Negocios y Profesiones Code § 2570.2(m) “Terapia de la mano” es el arte y la ciencia de la rehabilitación de la mano, la muñeca y el antebrazo que requiere un conocimiento exhaustivo de la extremidad superior y habilidades especializadas en evaluación y tratamiento para prevenir la disfunción, restaurar la función o revertir el avance de la patología. Esta definición no tiene la intención de impedir que un terapeuta ocupacional que practica la terapia de la mano proporcione otros servicios de terapia ocupacional autorizados bajo esta ley en conjunto con la terapia de la mano.
(n)CA Negocios y Profesiones Code § 2570.2(n) “Modalidades de agentes físicos” significa técnicas que producen una respuesta en los tejidos blandos mediante el uso de luz, agua, temperatura, sonido o electricidad. Estas técnicas se utilizan como métodos adyuvantes en conjunto con, o en preparación inmediata para, los servicios de terapia ocupacional.
terapia ocupacional supervisión adecuada auxiliar competencia continua en regla plan de intervención habilitación y rehabilitación habilidades de desempeño terapia de la mano modalidades de agentes físicos tecnología de asistencia tareas relacionadas con el cliente técnicas de terapia modificación de tareas
(Amended by Stats. 2018, Ch. 490, Sec. 1. (AB 2221) Effective January 1, 2019.)
Esta sección explica que una junta es responsable de gestionar todo lo relacionado con las licencias de terapia ocupacional en este estado. Esto incluye verificar si alguien califica para una licencia y, posiblemente, aprobar el examen de licencia. También crean las normas necesarias para ayudar a los terapeutas ocupacionales con licencia y a sus asistentes a operar legal y adecuadamente. Cualquier procedimiento legal al respecto debe seguir procedimientos gubernamentales específicos.
(a)CA Negocios y Profesiones Code § 2570.20(a) La junta deberá administrar, coordinar y hacer cumplir las disposiciones de este capítulo, evaluar las cualificaciones para la obtención de licencias y podrá aprobar los exámenes para la obtención de licencias conforme a este capítulo.
(b)CA Negocios y Profesiones Code § 2570.20(b) La junta adoptará normas de conformidad con la Ley de Procedimiento Administrativo necesarias para hacer efectivo el propósito de este capítulo para las personas que posean una licencia para ejercer la terapia ocupacional o para asistir en el ejercicio de la terapia ocupacional en este estado.
(c)CA Negocios y Profesiones Code § 2570.20(c) Los procedimientos conforme a este capítulo se llevarán a cabo de conformidad con el Capítulo 3.5 (que comienza con la Sección 11340) de la Parte 1 de la División 3 del Título 2 del Código de Gobierno.
licencias de terapia ocupacional cualificaciones para licencias aprobación de exámenes responsabilidades de la junta Ley de Procedimiento Administrativo hacer cumplir disposiciones práctica de terapia ocupacional normas de licencia llevar a cabo procedimientos evaluación de licencias asistir en la práctica procedimientos del Código de Gobierno normas de la junta junta de terapia ocupacional terapia ocupacional estatal
(Amended by Stats. 2018, Ch. 490, Sec. 9. (AB 2221) Effective January 1, 2019.)
Esta sección de la ley permite a la junta contratar a un director ejecutivo y a otro personal necesario, siempre y cuando cumplan con las reglas específicas establecidas en las Secciones 107 y 154.
director ejecutivo contratación de la junta contratación de empleados empleo de personal cumplimiento Secciones 107 y 154 autoridad de la junta regulación de empleo deberes de los funcionarios gestión de personal
(Added by Stats. 2000, Ch. 697, Sec. 3. Effective January 1, 2001.)
Cuando la junta recauda cuotas, debe enviar este dinero a la Tesorería del Estado. Luego se deposita en una cuenta especial llamada Fondo de Terapia Ocupacional. El dinero de este fondo puede ser utilizado por la junta para cubrir sus gastos, pero solo si la Legislatura da su visto bueno para usarlo.
Fondo de Terapia Ocupacional Tesorería del Estado cuotas de la junta apropiación legislativa gasto del fondo sufragar gastos administrar capítulo asignación de dinero fondos estatales gestión financiera recaudación de cuotas aprobación de presupuesto apropiación estatal proceso de financiación
(Added by Stats. 2000, Ch. 697, Sec. 3. Effective January 1, 2001.)
Si alguien incumple las normas establecidas en la Sección 2570.3, está cometiendo un delito menor. Si es declarado culpable, podría recibir una multa de hasta $5,000, enfrentar hasta un año en la cárcel del condado, o ambas cosas.
Cualquier persona que infrinja la Sección 2570.3 es culpable de un delito menor y, tras ser condenada por ello, será castigada con una multa no superior a cinco mil dólares ($5,000), o con pena de prisión no superior a un año en una cárcel del condado, o con ambas, dicha multa y pena de prisión.
delito menor multa condena cárcel del condado pena de prisión cinco mil dólares castigado infracción Sección 2570.3 delito penal
(Added by Stats. 2000, Ch. 697, Sec. 3. Effective January 1, 2001.)
Esta sección significa que si una parte específica de este capítulo se considera inválida o inaplicable por alguna razón, no afectará las partes restantes del capítulo. La ley está diseñada para que cada disposición sea independiente y pueda seguir aplicándose incluso si otras partes son invalidadas.
separabilidad disposición inválida aplicación a persona disposiciones aplicables efectividad independiente partes restantes intención legislativa integridad del capítulo aplicabilidad legal disposiciones separables
(Added by Stats. 2000, Ch. 697, Sec. 3. Effective January 1, 2001.)
Esta ley establece que la tarea principal de la Junta de Terapia Ocupacional de California es proteger al público. Si alguna vez hay un conflicto entre la protección del público y otros objetivos que la Junta pueda tener, la seguridad pública prevalece siempre.
protección pública terapia ocupacional Junta de California funciones de licencias funciones reguladoras funciones disciplinarias seguridad pública prioridad responsabilidades de la junta incompatibilidad primordial promoción de intereses
(Added by Stats. 2002, Ch. 107, Sec. 8. Effective January 1, 2003.)
Esta ley establece que la junta que supervisa las licencias profesionales puede denegar, suspender, revocar o someter a período de prueba una licencia o un permiso después de celebrar una audiencia. Una «licencia» en este contexto significa cualquier tipo de autorización otorgada para ejercer la práctica dentro de este capítulo. El proceso para estas acciones sigue un conjunto específico de reglas gubernamentales que detallan cómo deben llevarse a cabo las audiencias y las decisiones.
(a)CA Negocios y Profesiones Code § 2570.26(a) La junta podrá, después de una audiencia, denegar, suspender, revocar o someter a período de prueba una licencia, una licencia inactiva o un permiso limitado.
(b)CA Negocios y Profesiones Code § 2570.26(b) Para los fines de este capítulo, «licencia» incluye una licencia, un permiso limitado o cualquier otra autorización para ejercer la práctica regulada por este capítulo.
(c)CA Negocios y Profesiones Code § 2570.26(c) Los procedimientos conforme a esta sección se llevarán a cabo de conformidad con el Capítulo 5 (que comienza con la Sección 11500) de la Parte 1 de la División 3 del Título 2 del Código de Gobierno, y la junta tendrá todas las facultades otorgadas en el mismo.
autoridad de la junta denegación de licencia suspensión de licencia revocación de licencia licencia en período de prueba permiso limitado autorización para ejercer proceso de audiencia licenciamiento profesional acciones disciplinarias procedimientos del código de gobierno
(Amended by Stats. 2009, Ch. 307, Sec. 25. (SB 821) Effective January 1, 2010.)
Esta sección explica cómo la junta puede sancionar a los titulares de licencias de terapia ocupacional de diversas maneras. Pueden someter una licencia a un período de prueba con condiciones específicas, suspender la licencia por hasta un año, revocar completamente la licencia o modificar las acciones disciplinarias con ciertas condiciones. Además, la junta tiene la autoridad para expedir una nueva licencia en período de prueba si el solicitante cumple con todos los demás requisitos a pesar de haber cometido algunas infracciones.
(a)CA Negocios y Profesiones Code § 2570.27(a) La junta podrá sancionar a un titular de licencia mediante cualquiera o una combinación de los siguientes métodos:
(1)CA Negocios y Profesiones Code § 2570.27(a)(1) Sujetar la licencia a un período de prueba con términos y condiciones.
(2)CA Negocios y Profesiones Code § 2570.27(a)(2) Suspender la licencia y el derecho a ejercer la terapia ocupacional por un período que no exceda de un año.
(3)CA Negocios y Profesiones Code § 2570.27(a)(3) Revocar la licencia.
(4)CA Negocios y Profesiones Code § 2570.27(a)(4) Suspender o dejar en suspenso la orden disciplinaria, o partes de ella, con o sin condiciones.
(5)CA Negocios y Profesiones Code § 2570.27(a)(5) Tomar cualquier otra medida que la junta, a su discreción, considere apropiada.
(b)CA Negocios y Profesiones Code § 2570.27(b) La junta podrá expedir una licencia inicial en período de prueba, con términos y condiciones específicos, a cualquier solicitante que haya infringido alguna disposición de este capítulo o los reglamentos adoptados de conformidad con el mismo, pero que haya cumplido con todos los demás requisitos para la obtención de la licencia.
disciplina de terapia ocupacional licencia en período de prueba suspensión de licencia revocación de licencia licencia probatoria orden disciplinaria discreción de la junta licencia inicial términos y condiciones infracciones del solicitante
(Added by Stats. 2002, Ch. 1079, Sec. 6. Effective September 29, 2002.)
Esta ley explica las razones por las cuales la junta de licencias puede denegar o sancionar a alguien con una licencia de terapia ocupacional. Enumera varios motivos, incluyendo la conducta profesional indebida, como la negligencia o la incompetencia, y mentir en una solicitud de licencia. Otras razones incluyen cometer delitos relacionados con el trabajo de terapia ocupacional, suplantar a profesionales con licencia y permitir que personas sin licencia practiquen. La ley también cubre el uso indebido de la información del cliente, el uso de fuerza excesiva con los clientes y el incumplimiento de las directrices de control de infecciones. En esencia, se trata de mantener los estándares profesionales y proteger al público de prácticas perjudiciales.
La junta puede denegar o sancionar a un titular de licencia por cualquiera de los siguientes motivos:
(a)CA Negocios y Profesiones Code § 2570.28(a) Conducta profesional indebida, que incluye, entre otros, lo siguiente:
(1)CA Negocios y Profesiones Code § 2570.28(a)(1) Incompetencia o negligencia grave en el desempeño de las funciones habituales de terapia ocupacional.
(2)CA Negocios y Profesiones Code § 2570.28(a)(2) Actos negligentes similares repetidos en el desempeño de las funciones habituales de terapia ocupacional.
(3)CA Negocios y Profesiones Code § 2570.28(a)(3) Una condena por practicar la medicina sin licencia en violación del Capítulo 5 (que comienza con la Sección 2000), en cuyo caso una copia certificada del registro de la condena será prueba concluyente de ello.
(4)CA Negocios y Profesiones Code § 2570.28(a)(4) El uso de publicidad relacionada con la terapia ocupacional que viole la Sección 17500.
(5)CA Negocios y Profesiones Code § 2570.28(a)(5) Denegación de licencia, revocación, suspensión, restricción o cualquier otra acción disciplinaria contra un titular de licencia por parte de otro estado o territorio de los Estados Unidos, por cualquier otra agencia gubernamental o por otra junta de licencias profesionales de atención médica de California. Una copia certificada de la decisión, orden o sentencia será prueba concluyente de ello.
(b)CA Negocios y Profesiones Code § 2570.28(b) Obtener una licencia mediante fraude, tergiversación o error.
(c)CA Negocios y Profesiones Code § 2570.28(c) Violar o intentar violar, directa o indirectamente, o ayudar o instigar la violación de, o conspirar para violar, cualquier disposición o término de este capítulo o cualquier reglamento adoptado de conformidad con este capítulo.
(d)CA Negocios y Profesiones Code § 2570.28(d) Hacer o dar cualquier declaración o información falsa en relación con la solicitud de emisión o renovación de una licencia.
(e)CA Negocios y Profesiones Code § 2570.28(e) Condena por un delito o por cualquier infracción sustancialmente relacionada con las cualificaciones, funciones o deberes de un titular de licencia, en cuyo caso el registro de la condena será prueba concluyente de ello.
(f)CA Negocios y Profesiones Code § 2570.28(f) Suplantar la identidad de un solicitante o actuar como apoderado de un solicitante en cualquier examen requerido bajo este capítulo para la emisión de una licencia.
(g)CA Negocios y Profesiones Code § 2570.28(g) Suplantar la identidad de un profesional con licencia, o permitir o autorizar que otra persona sin licencia utilice una licencia.
(h)CA Negocios y Profesiones Code § 2570.28(h) Cometer cualquier acto fraudulento, deshonesto o corrupto que esté sustancialmente relacionado con las cualificaciones, funciones o deberes de un titular de licencia.
(i)CA Negocios y Profesiones Code § 2570.28(i) Cometer cualquier acto punible como delito de naturaleza sexual, si dicho acto está sustancialmente relacionado con las cualificaciones, funciones o deberes de un titular de licencia, en cuyo caso una copia certificada del registro de la condena será prueba concluyente de ello.
(j)CA Negocios y Profesiones Code § 2570.28(j) Usar fuerza excesiva o maltratar o abusar de cualquier cliente. Para los fines de esta subdivisión, “fuerza excesiva” significa fuerza claramente superior a la que normalmente se aplicaría en circunstancias clínicas similares.
(k)CA Negocios y Profesiones Code § 2570.28(k) Falsificar o realizar anotaciones manifiestamente incorrectas, manifiestamente inconsistentes o ininteligibles en el expediente de un cliente o de un hospital o en cualquier otro registro.
(l)CA Negocios y Profesiones Code § 2570.28(l) Cambiar la prescripción de un médico y cirujano o falsificar órdenes verbales o escritas de tratamiento o un régimen de diagnóstico recibido, independientemente de si esa acción resultó en un daño real al cliente.
(m)CA Negocios y Profesiones Code § 2570.28(m) No mantener la confidencialidad de la información médica del cliente, excepto cuando la divulgación esté permitida o requerida por ley.
(n)CA Negocios y Profesiones Code § 2570.28(n) Delegar a un empleado o persona sin licencia un servicio que requiere los conocimientos, habilidades, capacidades o juicio de un titular de licencia.
(o)CA Negocios y Profesiones Code § 2570.28(o) Cometer cualquier acto que constituiría motivo para la denegación de una licencia conforme a la Sección 480.
(p)CA Negocios y Profesiones Code § 2570.28(p) Salvo por causa justificada, el incumplimiento consciente de proteger a los clientes al no seguir las directrices de control de infecciones de la junta, lo que conlleva el riesgo de transmisión de enfermedades infecciosas del titular de la licencia al cliente, de cliente a cliente o de cliente al titular de la licencia.
(1)CA Negocios y Profesiones Code § 2570.28(p)(1) Al administrar esta subdivisión, la junta considerará hacer referencia a los estándares, reglamentos y directrices del Departamento de Salud Pública del Estado desarrollados de conformidad con la Sección 1250.11 del Código de Salud y Seguridad y los estándares, directrices y reglamentos de conformidad con la Ley de Seguridad y Salud Ocupacional de California de 1973 (Parte 1 (que comienza con la Sección 63001) de la División 5 del Código Laboral) para prevenir la transmisión del VIH, la hepatitis B y otros patógenos transmitidos por la sangre en entornos de atención médica. Según sea necesario para fomentar una coherencia adecuada en la implementación de esta subdivisión, la junta consultará con la Junta Médica de California, la Junta de Medicina Podiátrica, la Junta Dental de California, la Junta de Enfermería Registrada y la Junta de Enfermería Vocacional y Técnicos Psiquiátricos.
(2)CA Negocios y Profesiones Code § 2570.28(p)(2) La junta procurará asegurar que los titulares de licencias estén informados de su responsabilidad de minimizar el riesgo de transmisión de enfermedades infecciosas del proveedor de atención médica al cliente, de cliente a cliente y de cliente al proveedor de atención médica, y que estén informados de las salvaguardias científicamente reconocidas más recientes para minimizar los riesgos de transmisión.
conducta profesional indebida terapia ocupacional negligencia licencia fraudulenta maltrato al cliente violación de confidencialidad control de infecciones falsificación de registros delito sexual suplantación de licencia acción disciplinaria violaciones de publicidad fraude conspiración enfermedades infecciosas
(Amended by Stats. 2018, Ch. 490, Sec. 10. (AB 2221) Effective January 1, 2019.)
Esta ley explica qué se considera conducta profesional indebida para las personas con licencia en ciertas profesiones en California. Se considera poco profesional obtener o distribuir sustancias controladas de manera indebida, o usarlas de una forma que sea perjudicial para uno mismo, para otros o para la seguridad pública. Ser condenado por delitos relacionados con estas sustancias, o falsificar registros sobre ellas, también se considera poco profesional. Además, un internamiento judicial por abuso de sustancias sirve como prueba de conducta profesional indebida.
Además de otros actos que constituyen conducta profesional indebida en el sentido de este capítulo, se considera conducta profesional indebida que una persona con licencia bajo este capítulo realice cualquiera de los siguientes actos:
(a)CA Negocios y Profesiones Code § 2570.29(a) Obtener o poseer en violación de la ley, o recetar, o, excepto según lo indicado por un médico y cirujano, dentista, optometrista o podólogo con licencia, administrarse a sí mismo, o suministrar o administrar a otra persona, cualquier sustancia controlada según se define en la División 10 (a partir de la Sección 11000) del Código de Salud y Seguridad o cualquier medicamento peligroso o dispositivo peligroso según se define en la Sección 4022.
(b)CA Negocios y Profesiones Code § 2570.29(b) Usar en una medida o de una manera peligrosa o perjudicial para sí mismo,
para cualquier otra persona o para el público, o que menoscabe su capacidad para ejercer con seguridad para el público la práctica autorizada por su licencia, cualquiera de los siguientes:
(1)CA Negocios y Profesiones Code § 2570.29(b)(1) Una sustancia controlada según se define en la División 10 (a partir de la Sección 11000) del Código de Salud y Seguridad.
(2)CA Negocios y Profesiones Code § 2570.29(b)(2) Un medicamento peligroso o dispositivo peligroso según se define en la Sección 4022.
(3)CA Negocios y Profesiones Code § 2570.29(b)(3) Bebidas alcohólicas.
(c)CA Negocios y Profesiones Code § 2570.29(c) Ser condenado por un delito penal que involucre la prescripción, el consumo o la auto-administración de cualquiera de las sustancias descritas en los incisos (a) y (b) de esta sección, o la posesión, o la falsificación de un registro relacionado con, las sustancias descritas en el inciso (a) de esta sección, en cuyo caso el registro de la condena constituye prueba concluyente
de ello.
(d)CA Negocios y Profesiones Code § 2570.29(d) Ser internado o confinado por un tribunal de jurisdicción competente por el uso inmoderado de cualquiera de las sustancias descritas en los incisos (a) y (b) de esta sección, en cuyo caso la orden judicial de internamiento o confinamiento es prueba prima facie del internamiento o confinamiento.
(e)CA Negocios y Profesiones Code § 2570.29(e) Falsificar, o realizar anotaciones manifiestamente incorrectas, manifiestamente inconsistentes o ininteligibles en cualquier expediente hospitalario o de cliente, o cualquier otro expediente, relacionadas con las sustancias descritas en el inciso (a) de esta sección.
conducta profesional indebida sustancias controladas medicamento peligroso dispositivo peligroso profesionales con licencia abuso de sustancias falsificación de registros condena penal internamiento judicial seguridad pública auto-administración prueba prima facie uso inmoderado prueba concluyente daño físico
(Amended by Stats. 2018, Ch. 490, Sec. 11. (AB 2221) Effective January 1, 2019.)
Esta ley establece que no se puede trabajar como terapeuta ocupacional o asistente en California a menos que se tenga una licencia. Solo las personas físicas pueden obtener estas licencias. Los terapeutas ocupacionales no están autorizados a ejercer otras profesiones como la terapia física o la enfermería. Pueden realizar prácticas avanzadas, como la terapia de mano, pero solo si están debidamente capacitados y aprobados por la junta. Para la terapia de mano, necesitan conocer aspectos como la anatomía y los procedimientos quirúrgicos. El uso de equipos especiales requiere capacitación en áreas como la seguridad y la química. Los terapeutas pueden aprender bajo supervisión, pero deben cumplir requisitos específicos. Si un terapeuta ocupacional supervisa a un asistente, debe gestionar de cerca su trabajo y mantener registros escritos. Un terapeuta ocupacional no puede supervisar a demasiados asistentes a la vez, con un límite general de tres, a menos que la junta lo considere seguro.
(a)CA Negocios y Profesiones Code § 2570.3(a) Ninguna persona podrá ejercer la terapia ocupacional ni presentarse como terapeuta ocupacional o como capaz de ejercer la terapia ocupacional, ni prestar servicios de terapia ocupacional en este estado, a menos que la persona tenga licencia como terapeuta ocupacional conforme a las disposiciones de este capítulo. Ninguna persona podrá presentarse como asistente de terapia ocupacional ni trabajar como asistente de terapia ocupacional bajo la supervisión de un terapeuta ocupacional, a menos que la persona tenga licencia como asistente de terapia ocupacional conforme a este capítulo.
(b)CA Negocios y Profesiones Code § 2570.3(b) Solo una persona física podrá obtener licencia conforme a este capítulo.
(c)CA Negocios y Profesiones Code § 2570.3(c) Este capítulo no autoriza a un terapeuta ocupacional a ejercer la terapia física, según se define en la Sección 2620; la patología del habla y el lenguaje o la audiología, según se define en la Sección 2530.2; la enfermería, según se define en la Sección 2725; la psicología, según se define en la Sección 2903; la terapia matrimonial y familiar, según se define en la Sección 4980.02; el trabajo social clínico, según se define en la Sección 4996.9; el asesoramiento clínico profesional, según se define en la Sección 4999.20; la psicología educativa, según se define en la Sección 4989.14; o la manipulación espinal u otras formas de curación, excepto según lo autorizado por esta sección.
(d)CA Negocios y Profesiones Code § 2570.3(d) Un terapeuta ocupacional podrá proporcionar prácticas avanzadas si el terapeuta ocupacional tiene el conocimiento, la habilidad y la capacidad para hacerlo y ha demostrado a satisfacción de la junta que ha cumplido con los requisitos de formación educativa y competencia. Estas prácticas avanzadas incluyen las siguientes:
(1)CA Negocios y Profesiones Code § 2570.3(d)(1) Terapia de mano.
(2)CA Negocios y Profesiones Code § 2570.3(d)(2) El uso de modalidades de agentes físicos.
(3)CA Negocios y Profesiones Code § 2570.3(d)(3) Evaluación, valoración o intervención de la deglución.
(e)CA Negocios y Profesiones Code § 2570.3(e) Un terapeuta ocupacional que preste servicios de terapia de mano deberá demostrar a satisfacción de la junta que ha completado la educación y capacitación en todas las siguientes áreas:
(1)CA Negocios y Profesiones Code § 2570.3(e)(1) Anatomía de la extremidad superior y cómo se altera por la patología.
(2)CA Negocios y Profesiones Code § 2570.3(e)(2) Histología en relación con la cicatrización de tejidos y los efectos de la inmovilización y movilización en el tejido conectivo.
(3)CA Negocios y Profesiones Code § 2570.3(e)(3) Fisiología muscular, sensorial, vascular y del tejido conectivo.
(4)CA Negocios y Profesiones Code § 2570.3(e)(4) Kinesiología de la extremidad superior, como los principios biomecánicos de las poleas, la función muscular intrínseca y extrínseca, las fuerzas internas de los músculos y los efectos de las fuerzas externas.
(5)CA Negocios y Profesiones Code § 2570.3(e)(5) Los efectos de la temperatura y las corrientes eléctricas en los nervios y el tejido conectivo.
(6)CA Negocios y Profesiones Code § 2570.3(e)(6) Procedimientos quirúrgicos de la extremidad superior y su curso postoperatorio.
(f)CA Negocios y Profesiones Code § 2570.3(f) Un terapeuta ocupacional que utilice modalidades de agentes físicos deberá demostrar a satisfacción de la junta que ha completado la educación y capacitación en todas las siguientes áreas:
(1)CA Negocios y Profesiones Code § 2570.3(f)(1) Anatomía y fisiología del tejido muscular, sensorial, vascular y conectivo en respuesta a la aplicación de modalidades de agentes físicos.
(2)CA Negocios y Profesiones Code § 2570.3(f)(2) Principios de química y física relacionados con la modalidad seleccionada.
(3)CA Negocios y Profesiones Code § 2570.3(f)(3) Cambios fisiológicos, neurofisiológicos y electrofisiológicos que ocurren como resultado de la aplicación de una modalidad.
(4)CA Negocios y Profesiones Code § 2570.3(f)(4) Pautas para la preparación del cliente, incluida la educación sobre el proceso y los posibles resultados del tratamiento.
(5)CA Negocios y Profesiones Code § 2570.3(f)(5) Normas de seguridad y precauciones relacionadas con la modalidad seleccionada.
(6)CA Negocios y Profesiones Code § 2570.3(f)(6) Métodos para documentar los efectos inmediatos y a largo plazo del tratamiento.
(7)CA Negocios y Profesiones Code § 2570.3(f)(7) Características del equipo, incluyendo operación segura, ajuste, indicaciones de mal funcionamiento y cuidado.
(g)CA Negocios y Profesiones Code § 2570.3(g) Un terapeuta ocupacional en proceso de cumplir con los requisitos de educación, capacitación y competencia establecidos por la junta para proporcionar terapia de mano o utilizar modalidades de agentes físicos podrá practicar estas técnicas bajo la supervisión de un terapeuta ocupacional que ya haya cumplido con los requisitos establecidos por la junta, un fisioterapeuta o un médico y cirujano.
(h)CA Negocios y Profesiones Code § 2570.3(h) La junta desarrollará y adoptará reglamentos con respecto a los requisitos de formación educativa y competencia para las prácticas avanzadas en colaboración con la Junta de Patología del Habla y el Lenguaje y Dispensadores de Audífonos, la Junta de Enfermería Registrada y la Junta de Terapia Física de California.
(i)CA Negocios y Profesiones Code § 2570.3(i) Este capítulo no autoriza a un terapeuta ocupacional a buscar reembolso por servicios que no sean para la práctica de la terapia ocupacional según se define en este capítulo.
(j)CA Negocios y Profesiones Code § 2570.3(j) “Supervisión de un asistente de terapia ocupacional” significa que el terapeuta ocupacional responsable será en todo momento responsable de todos los servicios de terapia ocupacional proporcionados al cliente. El terapeuta ocupacional responsable de la supervisión adecuada deberá formular y documentar en el expediente de cada cliente, con la firma del terapeuta ocupacional, los objetivos y el plan para ese cliente, y deberá asegurarse de que el asistente de terapia ocupacional asignado a ese cliente funcione bajo supervisión adecuada. Como parte de la supervisión adecuada del terapeuta ocupacional responsable, el terapeuta ocupacional deberá realizar al menos una revisión e inspección semanal de todos los aspectos de los servicios de terapia ocupacional por parte del asistente de terapia ocupacional.
(1)CA Negocios y Profesiones Code § 2570.3(j)(1) El terapeuta ocupacional supervisor tiene la responsabilidad continua de seguir el progreso de cada cliente, proporcionar atención directa al cliente y asegurar que el asistente de terapia ocupacional no funcione de forma autónoma.
(2)CA Negocios y Profesiones Code § 2570.3(j)(2) Un terapeuta ocupacional no supervisará a más asistentes de terapia ocupacional, en un momento dado, de los que puedan ser supervisados adecuadamente a juicio de la junta. Tres asistentes de terapia ocupacional será el número máximo de asistentes de terapia ocupacional supervisados por un terapeuta ocupacional en un momento dado, pero la junta podrá permitir la supervisión de un número mayor por un terapeuta ocupacional si, a juicio de la junta, hubiera una supervisión adecuada y se protegiera la salud y seguridad públicas. En ningún caso el número total de asistentes de terapia ocupacional excederá de tres veces el número de terapeutas ocupacionales empleados regularmente por una instalación en un momento dado.
licencia de terapeuta ocupacional asistente de terapia ocupacional prácticas avanzadas terapia de mano modalidades de agentes físicos normas de supervisión requisitos de capacitación formación educativa requisitos de competencia reglamentos de la junta evaluación de la deglución revisión semanal expedientes del cliente límite máximo de supervisión
(Amended by Stats. 2023, Ch. 131, Sec. 4. (AB 1754) Effective January 1, 2024.)
Esta ley permite a la junta continuar con las investigaciones o acciones disciplinarias contra la licencia de un profesional, incluso si esa licencia ha expirado, ha sido suspendida o fue entregada voluntariamente por el titular de la licencia. Esto significa que la junta aún puede tomar decisiones para suspender o revocar una licencia, independientemente de su estado actual.
La junta conservará la jurisdicción para proceder con cualquier investigación, acción o procedimiento disciplinario contra una licencia, o para dictar una decisión de suspensión o revocación de una licencia, independientemente de la expiración, caducidad o suspensión de la licencia por ministerio de la ley, por orden o decisión de la junta o de un tribunal de justicia, o por la entrega voluntaria de una licencia por parte del titular de la misma.
investigación acción disciplinaria suspensión de licencia revocación de licencia expiración de licencia autoridad de la junta entrega voluntaria titular de la licencia regulación profesional procedimiento disciplinario jurisdicción de investigación supervisión continua acciones sobre licencias caducadas acciones sobre licencias suspendidas control de licencias
(Added by Stats. 2002, Ch. 1079, Sec. 9. Effective September 29, 2002.)
Cuando se suspende una licencia de terapia ocupacional, el terapeuta no puede trabajar durante ese tiempo. Una vez finalizada la suspensión, la licencia se restablece automáticamente, a menos que el terapeuta haya ejercido durante el período de suspensión. Si lo hizo, una audiencia podría resultar en la revocación de la licencia.
Si se suspende una licencia, el titular no podrá ejercer la terapia ocupacional durante el período de suspensión. Al vencimiento del período de suspensión, la licencia será restablecida y el titular tendrá derecho a reanudar la práctica bajo cualesquiera términos restantes de la medida disciplinaria, a menos que se demuestre a satisfacción de la junta que el titular de la licencia ejerció en este estado durante el período de suspensión. En este caso, la junta podrá, después de una audiencia sobre este asunto únicamente, revocar la licencia.
licencia de terapia ocupacional suspensión restablecimiento restricción de práctica período de suspensión revocación acción disciplinaria audiencia terapeuta ocupacional violación de la práctica satisfacción de la junta junta de California titular de la licencia práctica durante la suspensión regulaciones de terapia ocupacional
(Added by Stats. 2002, Ch. 1079, Sec. 10. Effective September 29, 2002.)
Si una licencia profesional es revocada, suspendida o puesta en libertad condicional, el titular de la licencia puede solicitar que se le restituya o que se modifique la sanción. Debe esperar un período mínimo de tiempo, que suele ser de uno a tres años, dependiendo de la situación. La junta puede establecer un período más corto si lo desea, pero no puede ser inferior a un año. Para iniciar este proceso, la persona debe presentar una solicitud ante la junta, que posiblemente incluya huellas dactilares y una tarifa. Se celebrará una audiencia donde la persona deberá probar su caso con pruebas sólidas, y la junta decidirá basándose en esta información. Sin embargo, si la persona está actualmente involucrada en procesos penales, en libertad condicional o tiene nuevas acusaciones en su contra, su solicitud no será considerada.
(a)CA Negocios y Profesiones Code § 2570.32(a) El titular de una licencia que haya sido revocada, suspendida o puesta en libertad condicional (probation) podrá solicitar a la junta la restitución o modificación de una sanción, incluyendo la reducción o terminación de la libertad condicional, después de que haya transcurrido un período no inferior al período mínimo aplicable siguiente, contado a partir de la fecha efectiva de la decisión que ordena dicha acción disciplinaria, o, si la orden de la junta o cualquier parte de ella fue suspendida, a partir de la fecha en que la acción disciplinaria fue realmente implementada en su totalidad. Los períodos mínimos que deberán transcurrir antes de presentar una solicitud son los siguientes:
(1)CA Negocios y Profesiones Code § 2570.32(a)(1) Para una licencia que fue revocada por cualquier razón que no sea enfermedad mental o física, al menos tres años.
(2)CA Negocios y Profesiones Code § 2570.32(a)(2) Para la terminación anticipada de una libertad condicional programada por tres o más años, al menos dos años.
(3)CA Negocios y Profesiones Code § 2570.32(a)(3) Para la modificación de una sanción, la restitución de una licencia revocada por enfermedad mental o física, o la terminación de una libertad condicional programada por menos de tres años, al menos un año.
(4)CA Negocios y Profesiones Code § 2570.32(a)(4) La junta podrá, a su discreción, especificar en su orden disciplinaria un período de tiempo menor, siempre que dicho período no sea inferior a un año.
(b)CA Negocios y Profesiones Code § 2570.32(b) La solicitud presentada deberá contener cualquier información requerida por la junta, la cual podrá incluir un juego actual de huellas dactilares acompañado de la tarifa de toma de huellas.
(c)CA Negocios y Profesiones Code § 2570.32(c) La junta notificará al Fiscal General la presentación de la solicitud. El solicitante y el Fiscal General recibirán una notificación oportuna por carta sobre la hora y el lugar de la audiencia de la solicitud, y una oportunidad para presentar pruebas orales y documentales, así como argumentos, ante la junta. El solicitante tendrá en todo momento la carga de la prueba para establecer, mediante pruebas claras y convincentes, que tiene derecho a la reparación solicitada en la petición.
(d)CA Negocios y Profesiones Code § 2570.32(d) La propia junta escuchará la solicitud y el juez de derecho administrativo preparará una decisión escrita que expondrá las razones que sustentan la decisión.
(e)CA Negocios y Profesiones Code § 2570.32(e) La junta podrá conceder o denegar la solicitud, o podrá imponer los términos y condiciones que considere razonablemente apropiados como condición para la restitución o la reducción de la sanción.
(f)CA Negocios y Profesiones Code § 2570.32(f) La junta podrá negarse a considerar una solicitud mientras el solicitante esté cumpliendo una condena por cualquier delito penal, incluyendo cualquier período durante el cual el solicitante esté en libertad condicional o bajo palabra impuesta por un tribunal, o sujeto a una orden de registro conforme a la Sección 290 del Código Penal.
(g)CA Negocios y Profesiones Code § 2570.32(g) No se considerará ninguna solicitud mientras exista una acusación o una petición para revocar la libertad condicional pendiente contra el solicitante.
restitución de licencia licencia suspendida terminación de libertad condicional acción disciplinaria período mínimo de espera proceso de solicitud audiencia de la junta carga de la prueba modificación de sanción revocación delito penal libertad condicional requisito de huellas dactilares notificación al Fiscal General juez de derecho administrativo
(Added by Stats. 2002, Ch. 1079, Sec. 11. Effective September 29, 2002.)
Si alguien con una licencia profesional sabe que otro solicitante o licenciatario podría estar incumpliendo las reglas establecidas por la junta, debe presentar un informe por escrito a la junta y colaborar con cualquier información o apoyo que se necesite.
obligaciones del licenciatario denuncia de infracciones cooperación con la junta infracciones estatutarias mala conducta profesional cumplimiento normativo deber de informar mala conducta del solicitante requisito de informe escrito reglamentos administrados por la junta conducta profesional informe del licenciatario junta reguladora asistencia en investigaciones informar a la junta
(Added by Stats. 2009, Ch. 308, Sec. 32. (SB 819) Effective January 1, 2010.)
Esta sección aclara que ciertas personas pueden practicar o realizar actividades relacionadas con la terapia ocupacional sin que este capítulo las restrinja. Esto incluye a profesionales con licencia en su campo, estudiantes de terapia ocupacional, quienes cumplen con requisitos de prácticas, profesionales con licencia de otros estados que solicitan licencias de California, y auxiliares que trabajan bajo supervisión. Se aplican condiciones específicas, como tener una licencia de otro estado con estándares comparables y trabajar bajo la supervisión de un profesional con licencia en California por un tiempo limitado.
Nada en este capítulo se interpretará como que impide o restringe la práctica, los servicios o las actividades de cualquiera de las siguientes personas:
(a)CA Negocios y Profesiones Code § 2570.4(a) Cualquier persona con licencia o reconocida de otro modo en este estado por cualquier otra ley o reglamento cuando esa persona se dedique a la profesión u ocupación para la cual tiene licencia o está reconocida de otro modo.
(b)CA Negocios y Profesiones Code § 2570.4(b) Cualquier persona que curse un programa de estudios supervisado que conduzca a un título o certificado en terapia ocupacional en un programa educativo acreditado, si la persona es designada con un título que indique claramente su condición de estudiante o aprendiz.
(c)CA Negocios y Profesiones Code § 2570.4(c) Cualquier persona que cumpla con los requisitos de experiencia de trabajo de campo supervisado de la subdivisión (c) de la Sección 2570.6, si la experiencia constituye una parte de la experiencia necesaria para cumplir con el requisito de esa disposición.
(d)CA Negocios y Profesiones Code § 2570.4(d) Cualquier persona que preste servicios de terapia ocupacional en el estado si se aplica todo lo siguiente:
(1)CA Negocios y Profesiones Code § 2570.4(d)(1) Se ha presentado una solicitud de licencia como terapeuta ocupacional o asistente de terapia ocupacional ante la junta de conformidad con la Sección 2570.6 y una solicitud de licencia en este estado no ha sido denegada previamente.
(2)CA Negocios y Profesiones Code § 2570.4(d)(2) La persona posee una licencia vigente, activa y no restringida para ejercer la terapia ocupacional bajo las leyes de otro estado que la junta determine que tiene requisitos de licencia al menos tan estrictos como los requisitos de este capítulo.
(3)CA Negocios y Profesiones Code § 2570.4(d)(3) Los servicios de terapia ocupacional se realizan en asociación con un terapeuta ocupacional con licencia bajo este capítulo, y por no más de 60 días a partir de la fecha en que se presentó la solicitud de licencia ante la junta.
(e)CA Negocios y Profesiones Code § 2570.4(e) Cualquier persona empleada como auxiliar sujeta a los requisitos de supervisión de esta sección.
terapia ocupacional profesionales con licencia programa de estudios supervisado estudiantes experiencia de trabajo de campo licencia de otro estado solicitud de licencia requisitos de supervisión auxiliar de terapia ocupacional solicitud de licencia de California
(Amended by Stats. 2009, Ch. 307, Sec. 14. (SB 821) Effective January 1, 2010.)
Esta ley permite que una persona que ha terminado su educación y capacitación obtenga un permiso temporal para ejercer como terapeuta ocupacional o asistente mientras espera para tomar su examen de licencia o conocer sus resultados. Deben trabajar bajo la supervisión de un terapeuta ocupacional licenciado. Si no aprueban el examen en su primer intento, el permiso termina automáticamente y no se puede renovar. Existen reglas adicionales de la junta que estos permisos deben seguir.
(a)CA Negocios y Profesiones Code § 2570.5(a) Se podrá otorgar un permiso limitado a cualquier persona que haya completado los requisitos de educación y experiencia de este capítulo.
(b)CA Negocios y Profesiones Code § 2570.5(b) Una persona que cumpla con los requisitos para ser admitida al examen de licencia bajo este capítulo y esté esperando para tomar el examen o esperando el anuncio de los resultados del examen, de acuerdo con los requisitos de solicitud para un permiso limitado, podrá ejercer como terapeuta ocupacional o como asistente de terapia ocupacional bajo la dirección y supervisión adecuada de un terapeuta ocupacional debidamente licenciado bajo este capítulo. Si esa persona no aprueba el examen durante el período de elegibilidad inicial, todos los privilegios bajo esta sección cesarán automáticamente previa notificación debida al solicitante de dicho incumplimiento y no podrán ser renovados.
(c)CA Negocios y Profesiones Code § 2570.5(c) Un permiso limitado estará sujeto a otros requisitos establecidos en las reglas adoptadas por la junta.
permiso limitado requisitos de educación requisitos de experiencia terapeuta ocupacional asistente de terapia ocupacional examen de licencia solicitante en espera supervisión no aprobar cese automático prohibición de renovación reglas de la junta de terapia ocupacional privilegios de práctica temporal elegibilidad para el permiso práctica supervisada
(Amended by Stats. 2009, Ch. 308, Sec. 28.5. (SB 819) Effective January 1, 2010.)
Si deseas obtener una licencia como terapeuta ocupacional o asistente de terapia ocupacional en California, debes presentar una solicitud ante la junta estatal. La solicitud debe demostrar que cumples con requisitos específicos: debes estar en buena situación y no tener antecedentes penales que puedan impedir la obtención de tu licencia. Debes haberte graduado de un programa educativo aprobado con cursos acreditados por organizaciones de terapia ocupacional relevantes. Si no puedes presentar cierta evidencia académica, aprobar un examen de certificación puede ayudarte a cumplir con los requisitos. Además, debes completar una experiencia de trabajo de campo supervisada que cumpla con los estándares establecidos, aprobar un examen, ser mayor de 18 años, no ser adicto a sustancias y no tener un historial delictivo que te descalifique.
Un solicitante que solicite una licencia como terapeuta ocupacional o como asistente de terapia ocupacional deberá presentar ante la junta una solicitud por escrito proporcionada por la junta, demostrando a satisfacción de la junta que cumple con todos los siguientes requisitos:
(a)CA Negocios y Profesiones Code § 2570.6(a) Que el solicitante está en buena situación y no ha cometido actos o delitos que constituyan motivos para la denegación de una licencia conforme a la Sección 480.
(b)Copy CA Negocios y Profesiones Code § 2570.6(b)
(1)Copy CA Negocios y Profesiones Code § 2570.6(b)(1) Que el solicitante ha completado satisfactoriamente los requisitos académicos de un programa educativo para terapeutas ocupacionales o asistentes de terapia ocupacional que esté aprobado por la junta y acreditado por el Consejo de Acreditación para la Educación en Terapia Ocupacional (ACOTE) de la American Occupational Therapy Association, o acreditado o aprobado por la organización predecesora de la American Occupational Therapy Association (AOTA), o aprobado por el Programa de Movilidad Profesional de la AOTA.
(2)CA Negocios y Profesiones Code § 2570.6(b)(2) El plan de estudios de un programa educativo para terapeutas ocupacionales deberá contener el contenido requerido por los estándares de acreditación de ACOTE, o según lo aprobado por la organización predecesora de la AOTA, o según lo aprobado por el Programa de Movilidad Profesional de la AOTA.
(c)Copy CA Negocios y Profesiones Code § 2570.6(c)
(1)Copy CA Negocios y Profesiones Code § 2570.6(c)(1) Para un solicitante que sea graduado de un programa educativo de terapia ocupacional o asistente de terapia ocupacional y que no pueda proporcionar evidencia de haber cumplido con los requisitos del párrafo (2) del apartado (b), podrá demostrar la aprobación del examen administrado por la Junta Nacional de Certificación en Terapia Ocupacional, la Junta de Certificación de Terapia Ocupacional Americana, o la Asociación Americana de Terapia Ocupacional, como evidencia de haber satisfecho exitosamente los requisitos del párrafo (2) del apartado (b).
(2)CA Negocios y Profesiones Code § 2570.6(c)(2) Para un solicitante que haya completado el Programa de Movilidad Profesional de la AOTA, deberá demostrar su participación en el programa y la aprobación del examen administrado por la Junta Nacional de Certificación en Terapia Ocupacional, la Junta de Certificación de Terapia Ocupacional Americana, o la Asociación Americana de Terapia Ocupacional, como evidencia de haber satisfecho exitosamente los requisitos de los párrafos (1) y (2) del apartado (b).
(d)CA Negocios y Profesiones Code § 2570.6(d) Que el solicitante ha completado satisfactoriamente un período de experiencia de trabajo de campo supervisada aprobado por la junta y organizado por una institución educativa reconocida donde cumplió con los requisitos académicos del apartado (b) o (c) o organizado por una asociación profesional reconocida a nivel nacional. Los requisitos de trabajo de campo para los solicitantes que soliciten la licencia como terapeuta ocupacional o la certificación como asistente de terapia ocupacional deberán ser consistentes con los requisitos de los estándares de acreditación de ACOTE, o la organización predecesora de la AOTA, o el Programa de Movilidad Profesional de la AOTA, que estaban vigentes cuando el solicitante completó su programa educativo.
(e)CA Negocios y Profesiones Code § 2570.6(e) Que el solicitante ha aprobado un examen según lo dispuesto en la Sección 2570.7.
(f)CA Negocios y Profesiones Code § 2570.6(f) Que el solicitante, al momento de la solicitud, es una persona mayor de 18 años, no es adicto al alcohol ni a ninguna sustancia controlada, y no ha cometido actos o delitos que constituyan motivos para la denegación de la licencia conforme a la Sección 480.
licencia de terapeuta ocupacional asistente de terapia ocupacional requisitos de solicitud buena situación Sección 480 programa educativo acreditación de ACOTE AOTA Programa de Movilidad Profesional experiencia de trabajo de campo examen de certificación Junta Nacional de Certificación en Terapia Ocupacional requisito de edad adicción a sustancias historial delictivo
(Amended by Stats. 2018, Ch. 490, Sec. 3. (AB 2221) Effective January 1, 2019.)
Esta ley explica los requisitos de examen para los solicitantes que buscan una licencia en terapia ocupacional en California. Primero, los solicitantes deben cumplir con requisitos previos específicos (de otra sección relacionada) antes de solicitar el examen de licencia. Si no aprueban, pueden volver a presentarse. Se requiere que los solicitantes aprueben un examen de nivel de entrada reconocido, comúnmente administrado por juntas destacadas de terapia ocupacional. El examen se centra en conocimientos esenciales sobre las ciencias y técnicas de la terapia ocupacional. La junta determinará cuándo y dónde se realiza el examen, así como las condiciones de supervisión.
(a)CA Negocios y Profesiones Code § 2570.7(a) Un solicitante que haya cumplido los requisitos de la Sección 2570.6 podrá solicitar el examen para la obtención de la licencia de la manera prescrita por la junta. Sujeto a las disposiciones de este capítulo, un solicitante que no apruebe un examen podrá solicitar una nueva examinación.
(b)CA Negocios y Profesiones Code § 2570.7(b) Cada solicitante de licencia deberá completar con éxito el examen de nivel de entrada para terapeutas ocupacionales o asistentes de terapia ocupacional, como el examen administrado por la Junta Nacional de Certificación en Terapia Ocupacional, la Junta Americana de Certificación en Terapia Ocupacional o la Asociación Americana de Terapia Ocupacional. El examen deberá ser validado adecuadamente. Cada solicitante será examinado mediante un examen escrito para evaluar sus conocimientos de las ciencias básicas y clínicas relacionadas con la terapia ocupacional, las técnicas y métodos de terapia ocupacional, y cualquier otra materia que la junta pueda requerir para determinar la aptitud del solicitante para ejercer bajo este capítulo.
(c)CA Negocios y Profesiones Code § 2570.7(c) Los solicitantes de licencia serán examinados en el momento y lugar y bajo la supervisión que la junta pueda requerir.
licencia de terapia ocupacional examen de nivel de entrada Junta Nacional de Certificación en Terapia Ocupacional requisitos de examen técnicas de terapia ocupacional aptitud para ejercer reexaminación validación del examen conocimiento de ciencias clínicas junta de terapia ocupacional de California supervisión del examen Asociación Americana de Terapia Ocupacional Junta Americana de Certificación en Terapia Ocupacional proceso de solicitud de licencia examen escrito
(Amended by Stats. 2018, Ch. 490, Sec. 4. (AB 2221) Effective January 1, 2019.)
Esta ley le permite verificar la licencia profesional de alguien utilizando la información disponible en el sitio web de la junta de licencias. El sitio proporciona detalles como la fecha de emisión de la licencia y su fecha de vencimiento.
Para los fines de verificar una licencia emitida conforme a este capítulo, una persona puede confiar en la información de licencia publicada en el sitio web de la junta, la cual incluye las fechas de emisión y vencimiento de una licencia emitida por la junta.
verificación de licencia información de licencia sitio web de la junta fecha de emisión fecha de vencimiento licencia profesional verificación en línea proceso de verificación sitio web de la junta estado de la licencia
(Added by Stats. 2007, Ch. 588, Sec. 35. Effective January 1, 2008.)
Esta ley establece que si solicitas una licencia y cumples con todos los requisitos establecidos por el capítulo, incluido el pago de las cuotas necesarias, la junta debe expedirte la licencia, siempre y cuando también cumplas con cualquier otra ley estatal pertinente.
La junta expedirá una licencia a cualquier solicitante que cumpla con los requisitos de este capítulo, incluido el pago de la cuota de licencia o renovación prescrita, y que cumpla con cualquier otro requisito de conformidad con la ley estatal aplicable.
expedición de licencia requisitos del solicitante cuota de licencia cuota de renovación cumplimiento de la ley estatal responsabilidad de la junta elegibilidad del solicitante cuota prescrita solicitud de licencia requisitos del capítulo pago de cuotas condiciones de licencia
(Amended by Stats. 2009, Ch. 307, Sec. 18. (SB 821) Effective January 1, 2010.)
Los terapeutas ocupacionales en California que tienen licencia y están autorizados para usar ciertas técnicas de terapia pueden aplicar medicamentos tópicos, siempre que un médico o ciertas enfermeras especializadas los hayan recetado. Sin embargo, los terapeutas ocupacionales no pueden recetar estos medicamentos por su cuenta. La junta establecerá las normas sobre qué medicamentos se pueden usar y cómo, después de consultar con otras juntas médicas y farmacéuticas.
(a)CA Negocios y Profesiones Code § 2571(a) Un terapeuta ocupacional con licencia conforme a este capítulo y aprobado por la junta para el uso de modalidades de agentes físicos puede aplicar medicamentos tópicos recetados por el médico y cirujano del cliente, la enfermera partera certificada conforme a la Sección 2746.51, la enfermera practicante conforme a la Sección 2836.1, o la enfermera practicante que ejerce conforme a la Sección 2837.103 o 2837.104, o el asistente médico conforme a la Sección 3502.1, si el titular de la licencia cumple con las regulaciones adoptadas por la junta conforme a esta sección.
(b)CA Negocios y Profesiones Code § 2571(b) La junta adoptará regulaciones para implementar esta sección, después de reunirse y consultar con la Junta Médica de California, la Junta Estatal de Farmacia de California y la Junta de Terapia Física de California, especificando aquellos medicamentos tópicos aplicables a la práctica de la terapia ocupacional y los protocolos para su uso.
(c)CA Negocios y Profesiones Code § 2571(c) Esta sección no autoriza a un terapeuta ocupacional a recetar medicamentos.
terapeuta ocupacional medicamentos tópicos modalidades de agentes físicos receta médica enfermera partera enfermera practicante asistente médico regulaciones de la junta métodos de terapia Junta Médica de California Junta Estatal de Farmacia de California Junta de Terapia Física de California protocolos de medicación aplicación de medicamentos terapeutas con licencia
(Amended by Stats. 2022, Ch. 413, Sec. 3. (AB 2684) Effective January 1, 2023.)
Esta ley explica que una corporación de terapia ocupacional en California puede ofrecer legalmente servicios profesionales siempre y cuando cumpla con ciertas leyes y regulaciones. Estas incluyen la Ley de Corporaciones Profesionales Moscone-Knox y las directrices establecidas por la Junta de Terapia Ocupacional de California. Todas las personas involucradas, como los accionistas y empleados de la corporación, deben cumplir con estas reglas para practicar legalmente la terapia ocupacional.
Una corporación de terapia ocupacional es una corporación autorizada para prestar servicios profesionales, según se define en las Secciones 13401 y 13401.5 del Código de Corporaciones, si dicha corporación, sus accionistas, funcionarios, directores y empleados que prestan servicios profesionales cumplen con la Ley de Corporaciones Profesionales Moscone-Knox (Parte 4 (que comienza con la Sección 13400) de la División 3 del Título 1 del Código de Corporaciones), este capítulo y otros estatutos, reglas y reglamentos aplicables a una corporación de terapia ocupacional y a la gestión de sus asuntos. Sujeto a todos los estatutos, reglas y reglamentos aplicables, una corporación de terapia ocupacional tiene derecho a practicar la terapia ocupacional. Con respecto a una corporación de terapia ocupacional, la agencia gubernamental a la que se refiere la Ley de Corporaciones Profesionales Moscone-Knox es la Junta de Terapia Ocupacional de California.
corporación de terapia ocupacional servicios profesionales Ley de Corporaciones Profesionales Moscone-Knox cumplimiento de accionistas Junta de Terapia Ocupacional de California cumplimiento corporativo práctica de terapia ocupacional Secciones 13401 del Código de Corporaciones Secciones 13401.5 del Código de Corporaciones regulaciones profesionales
(Added by Stats. 2022, Ch. 290, Sec. 5. (AB 2671) Effective January 1, 2023.)
Esta ley exige que los terapeutas ocupacionales registren sus evaluaciones, objetivos de tratamiento, planes de tratamiento y un resumen de sus tratamientos en el expediente del cliente. Los asistentes de terapia ocupacional también deben documentar los servicios que prestan. Tanto los terapeutas como los asistentes deben firmar estos documentos de forma clara. Los expedientes del cliente deben conservarse durante al menos siete años después de que el cliente sea dado de alta. Si el cliente era un menor que aún no estaba legalmente emancipado, los expedientes deben conservarse hasta que cumpla los 19 años, pero siempre por un mínimo de siete años.
(a)CA Negocios y Profesiones Code § 2570.18.5(a) Un terapeuta ocupacional documentará la evaluación, los objetivos, el plan de tratamiento y el resumen del tratamiento del terapeuta ocupacional en el expediente del cliente.
(b)CA Negocios y Profesiones Code § 2570.18.5(b) Un asistente de terapia ocupacional documentará los servicios prestados en el expediente del cliente.
(c)CA Negocios y Profesiones Code § 2570.18.5(c) Los terapeutas ocupacionales y los asistentes de terapia ocupacional documentarán y firmarán el expediente del cliente de forma legible.
(d)CA Negocios y Profesiones Code § 2570.18.5(d) Los expedientes de los clientes se mantendrán por un período no menor de siete años después del alta del cliente, excepto que los expedientes de menores no emancipados se mantendrán al menos un año después de que el menor haya cumplido los 18 años de edad, y en ningún caso menos de siete años.
documentación terapeuta ocupacional expedientes del cliente plan de tratamiento evaluación objetivos de terapia asistente de terapia ocupacional documentación de servicios requisitos de mantenimiento de registros legibilidad de la firma retención de registros menores no emancipados mayoría de edad alta servicios de terapia resumen de tratamiento del cliente
(Added by renumbering Section 2570.185 by Stats. 2022, Ch. 290, Sec. 2. (AB 2671) Effective January 1, 2023.)
Esta ley significa que, debido a la derogación de la Sección 2570.19, la junta que esta sección estableció ahora será supervisada y revisada por ciertas comisiones de política dentro de la legislatura estatal. En esencia, la legislatura vigilará y evaluará las actividades de la junta.
No obstante cualquier otra ley, la derogación de la Sección 2570.19 somete a la junta a revisión por parte de las comisiones de política pertinentes de la Legislatura.
revisión de la junta efectos de la derogación comisiones de política supervisión legislativa evaluación de la comisión derogación de la Sección 2570.19 supervisión de la junta comisiones pertinentes proceso de revisión legislativa consecuencias de la derogación de la ley responsabilidades de supervisión actividades de la junta revisión de la legislatura estatal
(Added by Stats. 2022, Ch. 290, Sec. 4. (AB 2671) Effective January 1, 2023.)