Patólogos del habla y lenguaje, audiólogos y dispensadores de audífonosSociedades de patología del habla y lenguaje y sociedades de audiología
Section § 2536
Esta sección establece que una corporación de patología del habla y lenguaje o de audiología en California puede ofrecer servicios profesionales si la empresa y sus miembros cumplen con leyes y reglas específicas, incluida la Ley de Corporaciones Profesionales Moscone-Knox. La Junta de Patología del Habla y Lenguaje y Audiología es la autoridad que supervisa a estas corporaciones.
Section § 2537
Section § 2537.1
Esta ley establece que las corporaciones de patología del habla y lenguaje y de audiología deben seguir las mismas normas y reglamentos que los profesionales con licencia. Deben evitar cualquier acción considerada poco profesional según las leyes actuales o futuras.
Section § 2537.2
Esta ley exige que todos los accionistas, directores y funcionarios de una empresa de patología del habla y lenguaje o de audiología, excepto para ciertos puestos auxiliares, deben tener una licencia específica según se describe en otra ley. Existen algunas excepciones mencionadas en leyes corporativas relacionadas.
Section § 2537.3
Esta ley establece que si alguien que posee acciones en una corporación de patología del habla y lenguaje o de audiología queda inhabilitado para prestar servicios profesionales, no podrá recibir ningún ingreso de esos servicios mientras esté inhabilitado.
Section § 2537.4
Esta ley especifica que una corporación de patología del habla y lenguaje debe incluir ciertas palabras de una lista específica, así como la palabra "corporación" o términos similares, en su nombre para reflejar su estatus corporativo. De manera similar, una corporación de audiología debe hacer lo mismo, utilizando una lista diferente de palabras especificadas relevantes para sus servicios.