(a)CA Negocios y Profesiones Code § 26211(a) Los fondos para el establecimiento inicial y el apoyo de las actividades regulatorias bajo esta división, incluyendo el programa de información pública descrito en la subdivisión (c), y para las actividades del Departamento de Administración de Impuestos y Cuotas de California bajo la Parte 14.5 (que comienza con la Sección 34010) de la División 2 del Código de Ingresos y Tributación hasta el 1 de julio de 2017, o hasta que se promulgue la Ley de Presupuesto de 2017, lo que ocurra más tarde, se adelantarán del Fondo General y se reembolsarán con los ingresos iniciales de las cuotas recaudadas de conformidad con esta división, cualquier norma o reglamento adoptado de conformidad con esta división, o los ingresos recaudados del impuesto impuesto por las Secciones 34011 y 34012 del Código de Ingresos y Tributación, a más tardar el 1 de enero de 2025.
(1)CA Negocios y Profesiones Code § 26211(a)(1) Los fondos adelantados de conformidad con esta subdivisión se asignarán al departamento según sea necesario para implementar las disposiciones de esta división, y al Departamento de Administración de Impuestos y Cuotas de California, según sea necesario, para implementar las disposiciones de la Parte 14.5 (que comienza con la Sección 34010) de la División 2 del Código de Ingresos y Tributación.
(2)CA Negocios y Profesiones Code § 26211(a)(2) Dentro de los 45 días siguientes al 9 de noviembre de 2016, fecha en que esta sección entró en vigor:
(A)CA Negocios y Profesiones Code § 26211(a)(2)(A) El Director de Finanzas determinará una cantidad del adelanto inicial del Fondo General al Fondo de Control del Cannabis que no exceda los treinta millones de dólares ($30,000,000); y
(B)CA Negocios y Profesiones Code § 26211(a)(2)(B) Se adelantará una suma de cinco millones de dólares ($5,000,000) del Fondo General al Departamento Estatal de Servicios de Atención Médica para proveer el programa de información pública descrito en la subdivisión (c).
(b)CA Negocios y Profesiones Code § 26211(b) No obstante la subdivisión (a), la Legislatura proporcionará fondos suficientes al Fondo de Control del Cannabis para apoyar las actividades del departamento bajo esta división, y al Departamento de Administración de Impuestos y Cuotas de California para apoyar sus actividades bajo la Parte 14.5 (que comienza con la Sección 34010) de la División 2 del Código de Ingresos y Tributación. Se anticipa que esta financiación se proporcionará anualmente a partir del 1 de julio de 2017.
(c)CA Negocios y Profesiones Code § 26211(c) El Departamento Estatal de Servicios de Atención Médica establecerá e implementará un programa de información pública a más tardar el 1 de septiembre de 2017. Este programa de información pública deberá, como mínimo, describir las disposiciones de la Ley de Control, Regulación e Impuesto al Uso de Marihuana por Adultos de 2016, la base científica para restringir el acceso al cannabis y productos de cannabis a personas menores de 21 años, describir las sanciones por proporcionar acceso al cannabis y productos de cannabis a personas menores de 21 años, proporcionar información sobre los peligros de conducir un vehículo motorizado, bote, embarcación, aeronave u otro vehículo utilizado para el transporte mientras se está bajo los efectos del consumo de cannabis, los posibles daños de usar cannabis durante el embarazo o la lactancia, y los posibles daños del uso excesivo de cannabis o productos de cannabis.
(Amended by Stats. 2021, Ch. 70, Sec. 89. (AB 141) Effective July 12, 2021. Note: This section was added on Nov. 8, 2016, by initiative Prop. 64.)