Section § 26160

Explanation

Si tienes una licencia para actividades comerciales de cannabis, debes guardar registros detallados por al menos siete años. El departamento encargado puede revisar estos registros e inspeccionar tus instalaciones cuando lo considere necesario, generalmente durante el horario comercial habitual. Debes mantener los registros específicos en tu ubicación comercial y entregar copias si el departamento las solicita. Si alguien relacionado con tu negocio interfiere con una inspección, estás incumpliendo las normas. No mantener o no entregar los registros solicitados puede resultar en multas de hasta $30,000 por cada infracción.

(a)CA Negocios y Profesiones Code § 26160(a) Un licenciatario deberá mantener registros precisos de la actividad comercial de cannabis.
(b)CA Negocios y Profesiones Code § 26160(b) Todos los registros relacionados con la actividad comercial de cannabis, según lo defina el departamento, deberán conservarse por un mínimo de siete años.
(c)CA Negocios y Profesiones Code § 26160(c) El departamento podrá examinar los registros de un licenciatario e inspeccionar las instalaciones de un licenciatario según el departamento, o una agencia estatal o local, considere necesario para cumplir con sus deberes bajo esta división. Todas las inspecciones y exámenes de registros se llevarán a cabo durante el horario comercial habitual de la instalación con licencia o en cualquier otro momento razonable. Los licenciatarios deberán proporcionar y entregar registros al departamento previa solicitud.
(d)CA Negocios y Profesiones Code § 26160(d) Los licenciatarios deberán mantener los registros identificados por el departamento en las instalaciones de la ubicación con licencia. El departamento podrá realizar cualquier examen de los registros de cualquier licenciatario. Los licenciatarios también deberán proporcionar y entregar copias de documentos al departamento previa solicitud.
(e)CA Negocios y Profesiones Code § 26160(e) Un licenciatario, o su agente o empleado, que se niegue, impida, obstruya o interfiera con una inspección de las instalaciones o registros del licenciatario de conformidad con esta sección, ha incurrido en una violación de esta división.
(f)CA Negocios y Profesiones Code § 26160(f) Si un licenciatario, o un agente o empleado de un licenciatario, no mantiene o proporciona los registros requeridos de conformidad con esta sección, el licenciatario estará sujeto a una citación y multa de hasta treinta mil dólares ($30,000) por cada infracción individual.

Section § 26161

Explanation

En California, cada vez que se venden o transportan cannabis o productos de cannabis entre negocios con licencia, se debe crear y mantener una factura o recibo detallado. Este registro puede ser electrónico, pero debe ser fácilmente accesible para los funcionarios y estar separado de otros tipos de registros de ventas. La factura debe incluir los nombres y direcciones del vendedor y del comprador, la fecha de venta, el número de factura, el tipo y la cantidad de cannabis, el precio y los descuentos, los detalles del transporte y si los productos están destinados a la donación medicinal, junto con cualquier otro detalle requerido.

(a)CA Negocios y Profesiones Code § 26161(a) Cada venta o transporte de cannabis o productos de cannabis de un licenciatario a otro licenciatario debe registrarse en una factura de venta o recibo. Las facturas de venta y los recibos pueden mantenerse electrónicamente y deben archivarse de tal manera que sean fácilmente accesibles para su examen por parte de los empleados del departamento o del Departamento de Administración de Impuestos y Tasas de California y no deben mezclarse con facturas que cubran otras mercancías.
(b)CA Negocios y Profesiones Code § 26161(b) Cada factura de venta requerida por la subdivisión (a) deberá incluir el nombre y la dirección del vendedor y deberá incluir la siguiente información:
(1)CA Negocios y Profesiones Code § 26161(b)(1) Nombre y dirección del comprador.
(2)CA Negocios y Profesiones Code § 26161(b)(2) Fecha de venta y número de factura.
(3)CA Negocios y Profesiones Code § 26161(b)(3) Tipo, cantidad, tamaño y capacidad de los paquetes de cannabis o productos de cannabis vendidos.
(4)CA Negocios y Profesiones Code § 26161(b)(4) El costo para el comprador, junto con cualquier descuento aplicado añadido al precio según se muestra en la factura.
(5)CA Negocios y Profesiones Code § 26161(b)(5) El lugar desde donde se realizó el transporte del cannabis o producto de cannabis, a menos que el transporte se haya realizado desde las instalaciones del licenciatario.
(6)CA Negocios y Profesiones Code § 26161(b)(6) Si el cannabis o los productos de cannabis están destinados a la donación a un paciente de cannabis medicinal.
(7)CA Negocios y Profesiones Code § 26161(b)(7) Cualquier otra información especificada por el departamento.

Section § 26161.5

Explanation

Esta ley establece que si usted tiene una licencia, no puede dar la información personal de un cliente a otra persona a menos que sea necesario para procesar su pago, o que el cliente haya dado su consentimiento. Tampoco puede tratar mal a un cliente o negarle productos o servicios solo porque no aceptó compartir su información. Aquí, 'información personal' se refiere a lo que se describe en otra ley específica. Ciertos contratistas que ofrecen servicios de software para ayudar a completar transacciones o verificar la elegibilidad de los clientes no se consideran 'terceros', siempre y cuando no usen indebidamente ni distribuyan más los datos personales. Estas reglas ofrecen más protección para los datos personales que otra ley relacionada.

(a)CA Negocios y Profesiones Code § 26161.5(a) Un licenciatario no divulgará la información personal de un consumidor a un tercero, salvo en la medida necesaria para determinar la responsabilidad del pago y realizar el pago o si el consumidor ha consentido la divulgación de la información personal por parte del licenciatario. Esta sección no prohíbe la divulgación de información personal no pública al Estado de California o a una ciudad, condado, o ciudad y condado para desempeñar funciones oficiales de conformidad con esta división o una ordenanza local.
(b)CA Negocios y Profesiones Code § 26161.5(b) Un licenciatario no discriminará contra un consumidor, ni le negará un producto o servicio, porque el consumidor no haya otorgado su consentimiento, de conformidad con el apartado (a), para autorizar al licenciatario a divulgar la información personal no pública del consumidor a un tercero no directamente relacionado con la transacción.
(c)CA Negocios y Profesiones Code § 26161.5(c) Para los fines de esta sección, "información personal" tiene el mismo significado que se define en el apartado (d) de la Sección 1798.81.5 del Código Civil.
(d)CA Negocios y Profesiones Code § 26161.5(d) Para los fines de esta sección, "tercero" no incluye a un contratista que proporciona servicios de software a un licenciatario con el fin de realizar una transacción o verificar la elegibilidad, siempre que el contratista no utilice ni retenga la información personal de un consumidor para ningún otro propósito ni comparta la información personal de un consumidor con ninguna parte que no sea el licenciatario contratante.
(e)CA Negocios y Profesiones Code § 26161.5(e) Esta sección proporciona mayor protección a la información personal que la proporcionada por la Sección 1798.81.5 del Código Civil, la cual no se aplica a los licenciatarios bajo esta división de conformidad con el párrafo (5) del apartado (e) de la Sección 1798.81.5 del Código Civil.

Section § 26162

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Esta sección de la ley de California subraya que cualquier información sobre pacientes, sus condiciones médicas y sus cuidadores, recopilada para fines administrativos específicos, es confidencial y no está sujeta a solicitudes de registros públicos. Sin embargo, existen ciertas excepciones en las que esta información puede compartirse, como cuando las autoridades estatales o locales la necesitan para cumplir con sus deberes, sospechan fraude o responden a órdenes judiciales. Además, cualquier divulgación de información debe limitarse únicamente a lo necesario para una investigación o un propósito legal.

(a)CA Negocios y Profesiones Code § 26162(a) La información que identifica los nombres de los pacientes, sus condiciones médicas o los nombres de sus cuidadores principales, recibida y contenida en los registros mantenidos por la oficina o el departamento para los fines de la administración de este capítulo, es confidencial y no se divulgará de conformidad con la Ley de Registros Públicos de California (División 10 (que comienza con la Sección 7920.000) del Título 1 del Código de Gobierno), excepto cuando sea necesario para que los empleados autorizados del Estado de California o de cualquier ciudad, condado o ciudad y condado realicen sus deberes oficiales de conformidad con este capítulo o una ordenanza local.
(b)CA Negocios y Profesiones Code § 26162(b) La información que identifica los nombres de los pacientes, sus condiciones médicas o los nombres de sus cuidadores principales, recibida y contenida en los registros mantenidos por el departamento para los fines de la administración de este capítulo, se mantendrá de conformidad con el Capítulo 1 (que comienza con la Sección 123100) de la Parte 1 de la División 106 del Código de Salud y Seguridad, la Parte 2.6 (que comienza con la Sección 56) de la División 1 del Código Civil, y otras leyes estatales y federales relacionadas con la información confidencial del paciente.
(c)CA Negocios y Profesiones Code § 26162(c) Nada en esta sección impide lo siguiente:
(1)CA Negocios y Profesiones Code § 26162(c)(1) Que los empleados del departamento notifiquen a las agencias estatales o locales sobre información presentada a la agencia que el empleado sospecha que es falsificada o fraudulenta.
(2)CA Negocios y Profesiones Code § 26162(c)(2) Notificaciones del departamento a agencias estatales o locales sobre violaciones aparentes de esta división o de la ordenanza local aplicable.
(3)CA Negocios y Profesiones Code § 26162(c)(3) Verificación de solicitudes por parte de agencias estatales o locales para confirmar licencias y certificados emitidos por el departamento u otra agencia estatal.
(4)CA Negocios y Profesiones Code § 26162(c)(4) Suministro de información solicitada en virtud de una orden judicial o citación emitida por un tribunal o una agencia administrativa u organismo de gobierno local autorizado por ley para emitir citaciones.
(d)CA Negocios y Profesiones Code § 26162(d) Ninguna agencia estatal o local divulgará información más allá de lo necesario para lograr los objetivos de una investigación específica, una notificación o los parámetros de una orden judicial o citación específica.

Section § 26162.5

Explanation

Esta sección establece que las tarjetas de identificación de marihuana medicinal y las recomendaciones médicas se consideran información médica confidencial según la ley de California. Los licenciatarios no pueden compartirlas, a menos que sea para funciones gubernamentales u oficiales, o con un contratista de software para verificar transacciones. Incluso en esos casos, los contratistas no deben usar ni retener esta información para ningún otro propósito ni compartirla con nadie más que el licenciatario que la proporcionó.

(a)CA Negocios y Profesiones Code § 26162.5(a) Las tarjetas de identificación emitidas conforme a la Sección 11362.71 del Código de Salud y Seguridad se consideran por la presente "información médica" en el sentido de la Ley de Confidencialidad de la Información Médica (Parte 2.6 (que comienza con la Sección 56) de la División 1 del Código Civil) y no podrán ser divulgadas por un licenciatario, salvo que sea (1) necesario para que el Estado de California o cualquier ciudad, condado, o ciudad y condado desempeñe funciones oficiales de conformidad con este capítulo, la Parte 1 (que comienza con la Sección 6001) y la Parte 14.5 (que comienza con la Sección 34010) de la División 2 del Código de Ingresos y Tributación, o una ordenanza local, o (2) a un contratista que preste servicios de software a un licenciatario con el fin de realizar una transacción o verificar la elegibilidad, siempre que el contratista no utilice ni retenga información médica para ningún otro fin ni comparta información con ninguna parte que no sea el licenciatario contratante.
(b)CA Negocios y Profesiones Code § 26162.5(b) La información contenida en una recomendación médica emitida de conformidad con el Artículo 25 (que comienza con la Sección 2525) del Capítulo 5 de la División 2 y recibida por un licenciatario, incluyendo, entre otros, el nombre, la dirección o el número de seguro social del paciente, la condición médica del paciente o el nombre del cuidador principal del paciente, se considera por la presente "información médica" en el sentido de la Ley de Confidencialidad de la Información Médica (Parte 2.6 (que comienza con la Sección 56) de la División 1 del Código Civil) y no podrá ser divulgada por un licenciatario, salvo que sea (1) necesario para que el Estado de California o cualquier ciudad, condado, o ciudad y condado desempeñe funciones oficiales de conformidad con este capítulo, la Parte 1 (que comienza con la Sección 6001) y la Parte 14.5 (que comienza con la Sección 34010) de la División 2 del Código de Ingresos y Tributación, o una ordenanza local, o (2) a un contratista que preste servicios de software a un licenciatario con el fin de realizar una transacción o verificar la elegibilidad, siempre que el contratista no utilice ni retenga información médica para ningún otro fin ni comparta información con ninguna parte que no sea el licenciatario contratante.

Section § 26163

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Esta sección establece que, si la Junta de Ahorro para la Jubilación CalSavers lo solicita, el departamento debe proporcionarles información específica sobre los titulares de licencias. Esto incluye datos como el nombre del titular de la licencia, sus direcciones, números de identificación fiscal, el tipo de licencia, las fechas de la licencia y su estado. Sin embargo, la información compartida con la Junta solo puede utilizarse para administrar el Programa de Ahorro para la Jubilación CalSavers.

(a)CA Negocios y Profesiones Code § 26163(a) El departamento, a solicitud de la Junta de Ahorro para la Jubilación CalSavers, proporcionará a la junta, según corresponda, la siguiente información con respecto a cada titular de licencia:
(1)CA Negocios y Profesiones Code § 26163(a)(1) Titular de la licencia.
(2)CA Negocios y Profesiones Code § 26163(a)(2) Direcciones físicas y postales del titular de la licencia.
(3)CA Negocios y Profesiones Code § 26163(a)(3) Número de identificación fiscal federal para empleadores si el titular de la licencia es una sociedad, o el número de identificación fiscal individual o el número de seguro social del titular de la licencia para todos los demás titulares de licencias.
(4)CA Negocios y Profesiones Code § 26163(a)(4) Tipo de licencia.
(5)CA Negocios y Profesiones Code § 26163(a)(5) Fecha de entrada en vigor de la licencia o de una renovación.
(6)CA Negocios y Profesiones Code § 26163(a)(6) Fecha de vencimiento de la licencia.
(7)CA Negocios y Profesiones Code § 26163(a)(7) Si la licencia está activa o inactiva, si se conoce.
(b)CA Negocios y Profesiones Code § 26163(b) La información compartida con la Junta de Ahorro para la Jubilación CalSavers se utilizará únicamente para los fines de administrar el Programa de Ahorro para la Jubilación CalSavers.