Section § 26140

Explanation

Esta ley establece las reglas para los negocios con licencias de cannabis. Para aquellos con una licencia A, no pueden vender cannabis a nadie menor de 21 años, permitirles la entrada a sus instalaciones, contratarlos, o vender cannabis sin verificar una identificación válida. Sin embargo, aquellos con una licencia M tienen algunas excepciones, como permitir la entrada a personas de 18 años o más si tienen documentación médica o son un cuidador principal. Los agentes del orden público pueden usar a menores de 21 años para hacer cumplir estas reglas, y estas personas no pueden ser procesadas cuando forman parte de una operación. Existen directrices para el uso de señuelos menores de edad, y el departamento puede crear reglas para verificar el estado de los cuidadores principales que compran cannabis para pacientes.

(a)CA Negocios y Profesiones Code § 26140(a) Un titular de licencia A no deberá:
(1)CA Negocios y Profesiones Code § 26140(a)(1) Vender cannabis o productos de cannabis a personas menores de 21 años.
(2)CA Negocios y Profesiones Code § 26140(a)(2) Permitir la entrada a sus instalaciones a cualquier persona menor de 21 años, a menos que el titular de la licencia A posea una licencia M y las instalaciones con licencia para la licencia A y la licencia M sean las mismas.
(3)CA Negocios y Profesiones Code § 26140(a)(3) Emplear o contratar a personas menores de 21 años.
(4)CA Negocios y Profesiones Code § 26140(a)(4) Vender o transferir cannabis o productos de cannabis a menos que la persona a quien se va a vender el cannabis o producto de cannabis presente primero documentación que razonablemente parezca ser una tarjeta de identificación válida emitida por el gobierno que demuestre que la persona tiene 21 años de edad o más.
(b)CA Negocios y Profesiones Code § 26140(b) Los agentes del orden público podrán utilizar a personas menores de 21 años en la aplicación de esta división y para detener a titulares de licencias, o a empleados o agentes de titulares de licencias, o a otras personas que vendan o suministren cannabis a menores. No obstante cualquier otra ley, una persona menor de 21 años que compre o intente comprar cannabis o productos de cannabis bajo la dirección de un agente del orden público estará exenta de enjuiciamiento por dicha compra o intento de compra de cannabis o productos de cannabis. El departamento adoptará y publicará directrices con respecto al uso de personas menores de 21 años como señuelos de conformidad con la parte de elaboración de normas de la Ley de Procedimiento Administrativo (Capítulo 3.5 (que comienza con la Sección 11340) de la Parte 1 de la División 3 del Título 2 del Código de Gobierno).
(c)CA Negocios y Profesiones Code § 26140(c) No obstante la subdivisión (a), un titular de licencia M podrá:
(1)CA Negocios y Profesiones Code § 26140(c)(1) Permitir la entrada a las instalaciones a una persona de 18 años de edad o más que posea una tarjeta de identificación válida emitida por el gobierno, y ya sea una tarjeta de identificación válida emitida por el condado bajo la Sección 11362.712 del Código de Salud y Seguridad o una recomendación médica válida para sí misma o para una persona de la cual esa persona sea un cuidador principal.
(2)CA Negocios y Profesiones Code § 26140(c)(2) Permitir la entrada a sus instalaciones a una persona de 21 años de edad o más si el titular de la licencia M posee una licencia A y las instalaciones con licencia para la licencia M y la licencia A son las mismas.
(3)CA Negocios y Profesiones Code § 26140(c)(3) Vender cannabis, productos de cannabis y accesorios de cannabis a una persona de 18 años de edad o más que posea una tarjeta de identificación válida emitida por el gobierno y ya sea una tarjeta de identificación válida emitida por el condado bajo la Sección 11362.712 del Código de Salud y Seguridad o una recomendación médica válida para sí misma o para una persona de la cual la persona sea un cuidador principal.
(4)CA Negocios y Profesiones Code § 26140(c)(4) El departamento podrá establecer requisitos para la compra de cannabis, productos de cannabis o accesorios de cannabis por parte de un cuidador principal para un paciente a fin de garantizar que se verifique el estado de una persona como cuidador principal.