Chapter 7
Section § 460
Esta ley deja claro que las ciudades y condados de California no pueden impedir que personas o grupos, autorizados por el Departamento de Asuntos del Consumidor o entidades similares, lleven a cabo sus actividades comerciales con licencia. Específicamente, los profesionales de las artes curativas pueden realizar tareas dentro de su ámbito de práctica oficial, a menos que estén restringidos por leyes locales anteriores a 2010. Sin embargo, los gobiernos locales aún pueden aplicar regulaciones de zonificación y comerciales o recaudar impuestos con fines de ingresos o regulatorios.
Section § 461
Esta norma impide que cualquier agencia gubernamental estatal o local en California pregunte sobre un historial de arresto en las solicitudes iniciales de licencia, certificado o registro, si el arresto no resultó en una condena o en una declaración de "nolo contendere", que es como no oponerse a un cargo. Si una agencia incumple esta norma, se considera un delito menor. Esto se aplica a varias licencias y registros bajo diferentes leyes, como las de educación o seguros.
Section § 462
Esta ley permite a ciertas juntas profesionales en California crear una licencia inactiva para personas que no están ejerciendo su profesión actualmente. Los titulares de licencias inactivas no pueden realizar tareas que requieran una licencia, deben renovarlas al mismo tiempo que las activas y no necesitan completar educación continua para la renovación. Las tarifas para renovar tanto las licencias activas como las inactivas suelen ser las mismas, a menos que la junta las modifique. Para volver a una licencia activa, los titulares de licencias inactivas deben pagar una tarifa de renovación y, posiblemente, completar educación adicional si se requiere. Esto no se aplica a las juntas de artes curativas.
Section § 464
Esta ley permite a las juntas profesionales crear una categoría especial de 'licencia de jubilado' para personas que ya no ejercen activamente su profesión. Para obtener esta licencia, debes tener una licencia activa o inactiva que no haya sido puesta en estado inactivo por motivos disciplinarios. Si tienes una licencia de jubilado, no puedes ejercer tu profesión a menos que la junta establezca condiciones específicas. No necesitas renovar una licencia de jubilado, pero hay una tarifa para solicitarla. Si deseas volver a tener una licencia activa, deberás pagar una tarifa, demostrar que no has cometido delitos que te descalificarían, presentar tus huellas dactilares y, posiblemente, completar requisitos de educación continua. Incluso si tienes una licencia de jubilado u otra licencia restringida, la junta aún puede investigar cualquier queja en tu contra. Finalmente, las reglas sobre licencias de jubilado no se aplican a las juntas que ya tienen sus propias reglas para este tipo de licencia.