Esta sección de la ley establece que el Departamento de Asuntos del Consumidor de California es administrado por un funcionario llamado el Director de Asuntos del Consumidor.
El departamento está bajo el control de un funcionario ejecutivo civil conocido como el Director de Asuntos del Consumidor.
Director de Asuntos del Consumidor gestión del departamento funcionario ejecutivo civil supervisión de asuntos del consumidor control del departamento Departamento de California rol de funcionario ejecutivo estructura de liderazgo división de protección al consumidor gobernanza del departamento estatal
(Amended by Stats. 1971, Ch. 716.)
El Gobernador nombra al director, quien puede permanecer en el puesto mientras el Gobernador lo desee. El director recibe un salario anual según las directrices de pago del gobierno y se le reembolsan los gastos de viaje.
El director es nombrado por el Gobernador y ocupa el cargo a discreción del Gobernador. El director recibirá el salario anual establecido en el Capítulo 6 (que comienza con la Sección 11550) de la Parte 1 de la División 3 del Título 2 del Código de Gobierno, y los gastos de viaje necesarios del director.
nombramiento del director discreción del Gobernador salario anual gastos de viaje directrices de pago del gobierno nombramiento por el Gobernador salario del director duración del cargo reembolso al director salario del Capítulo 6
(Amended by Stats. 2019, Ch. 351, Sec. 38. (AB 496) Effective January 1, 2020.)
Esta sección explica que el director del departamento es el encargado de organizar cómo se gestionan las reinscripciones y el papeleo. Sin embargo, cualquier cambio que haga debe ser aprobado por el Gobernador. El objetivo es que todo funcione de manera fluida y eficiente.
organización del departamento rol del director reinscripción trabajo administrativo aprobación del gobernador estructura administrativa flujo de trabajo del departamento segregar trabajo llevar a cabo el trabajo del departamento administración adecuada organización eficiente proceso de aprobación gestión del trabajo discreción del director gobernanza
(Amended by Stats. 2020, Ch. 370, Sec. 2. (SB 1371) Effective January 1, 2021.)
Esta ley permite a las juntas dentro de un departamento distribuir sus tareas de reinscripción de manera uniforme a lo largo del año. Pueden extender la fecha de renovación de cualquier licencia, certificado o permiso hasta por seis meses con la aprobación del director. Es importante destacar que cualquier tarifa adeudada debe ajustarse para que nadie termine pagando más o menos de lo que normalmente pagaría si las fechas de renovación no se hubieran cambiado.
Con el fin de distribuir el trabajo de reinscripción del departamento de manera uniforme a lo largo del año, en la medida de lo posible, las juntas del departamento podrán, con la aprobación del director, extender por no más de seis meses la fecha fijada por ley para la renovación de cualquier licencia, certificado o permiso emitido por ellas, excepto que, en tal caso, cualquier tarifa de renovación que pueda estar involucrada se prorrateará de tal manera que ninguna persona deba pagar una tarifa mayor o menor de la que se habría requerido si el cambio en las fechas de renovación no hubiera ocurrido.
reinscripción extensión de renovación renovación de licencia renovación de certificado renovación de permiso tarifas prorrateadas distribución uniforme aprobación del departamento aprobación del director ajuste de tarifa de renovación gestión de carga de trabajo de registro cambio de fecha de renovación flexibilidad administrativa juntas de licencias regulación de tarifas
(Added by Stats. 1959, Ch. 1707.)
Esta sección de la ley exige que las juntas que emiten licencias dentro del departamento trabajen con el director para establecer los períodos de licencia y las fechas de renovación. El objetivo es distribuir el trabajo de renovación a lo largo del año de manera eficiente y económica. Las juntas también deben ajustar las tarifas para que nadie pague más o menos de lo que habría pagado sin los cambios. El término 'licencia' incluye varias formas de permiso para ejercer una profesión, y 'junta' incluye diferentes tipos de autoridades reguladoras.
No obstante cualquier otra disposición de este código, cada junta dentro del departamento deberá, en cooperación con el director, establecer los períodos de licencia y las fechas de renovación para todas las licencias de tal manera que se distribuya mejor el trabajo de renovación de todas las juntas a lo largo de cada año y permita el uso más eficiente y económico del personal y el equipo. En la medida de lo posible, se establecerá la prorrata u otro ajuste de las tarifas de tal manera que ninguna persona deba pagar una tarifa mayor o menor de la que habría tenido que pagar si no se hubiera producido el cambio en los períodos de licencia o las fechas de renovación.
Según se utiliza en esta sección, “licencia” incluye
“certificado,” “permiso,” “autorización,” “registro” y otros indicios similares de autoridad para ejercer un negocio o profesión, y “junta” incluye “junta,” “oficina,” “comisión,” “comité” y un individuo autorizado para renovar una licencia.
períodos de licencia fechas de renovación ajuste de tarifas uso de personal renovación eficiente uso económico definición de licencia definición de junta prorrata de tarifas renovación de licencia certificado permiso registro autoridad comercial regulación profesional
(Amended by Stats. 2019, Ch. 351, Sec. 40. (AB 496) Effective January 1, 2020.)
El director tiene la autoridad para investigar cómo las juntas del departamento están realizando su trabajo. Puede acceder a todos los registros e información relacionados con las juntas, pero no puede ver las preguntas de los exámenes antes de que se entreguen a los solicitantes.
El director puede investigar el trabajo de las juntas en el departamento y puede obtener una copia de todos los registros y datos completos y exhaustivos en todos los asuntos oficiales en posesión de las juntas y sus miembros, funcionarios o empleados, excepto las preguntas de examen antes de su presentación a los solicitantes en los exámenes programados.
autoridad del director investigación de la junta registros del departamento asuntos oficiales acceso a datos preguntas de examen exámenes programados miembros de la junta funcionarios empleados divulgación previa al examen acceso a la información revisión de registros poderes de investigación supervisión del departamento
(Amended by Stats. 2019, Ch. 351, Sec. 41. (AB 496) Effective January 1, 2020.)
Si una nueva junta directiva asume el cargo en lugar de una anterior, el director puede nombrar temporalmente a un director ejecutivo interino hasta que la nueva junta elija a alguien permanente para ese puesto.
junta recién autorizada reemplazar junta existente director ejecutivo interino nombramiento temporal nombramiento del director director ejecutivo permanente transición de la junta nombramiento ejecutivo autoridad de la junta período interino
(Added by Stats. 2002, Ch. 1079, Sec. 1. Effective September 29, 2002.)
Esta sección de la ley describe cómo las juntas, agencias o comisiones deben manejar la contratación, la permanencia y la disciplina de sus empleados. Estos asuntos deben iniciarse con la junta, agencia o comisión respectiva y necesitan la aprobación de la autoridad nominadora antes de ser remitidos a la Junta Estatal de Personal. Todas las acciones de contratación y empleo deben seguir las directrices constitucionales y las normas establecidas por la Junta Estatal de Personal. Los empleados deben ser elegidos de una lista proporcionada por la autoridad nominadora a través de la Junta Estatal de Personal, y cualquier decisión de contratación debe ser informada a la autoridad nominadora.
Todos y cada uno de los asuntos relacionados con el empleo, la permanencia o la disciplina de los empleados de cualquier junta, agencia o comisión, serán iniciados por dicha junta, agencia o comisión, pero todas esas acciones, antes de ser remitidas a la Junta Estatal de Personal, deberán recibir la aprobación de la autoridad nominadora.
Para cumplir los propósitos de la División 1 de este código y de cada agencia del departamento, el empleo de todo el personal deberá estar de acuerdo con el Artículo XXIV de la Constitución, la ley y las normas y reglamentos de la Junta Estatal de Personal. Cada junta, agencia o comisión seleccionará a sus empleados de una lista de candidatos elegibles obtenida por la autoridad nominadora de la Junta Estatal de Personal. La persona seleccionada por la junta, agencia o comisión para ocupar cualquier puesto o vacante será posteriormente informada por la junta, agencia o comisión a la autoridad nominadora.
procedimientos de empleo permanencia en el cargo disciplina de empleados Junta Estatal de Personal autoridad nominadora lista de elegibles directrices constitucionales proceso de contratación selección de empleados procedimientos de informe empleo en agencias aprobación de la junta normas de personal cumplimiento del Artículo XXIV
(Amended by Stats. 1945, Ch. 1276.)
Esta ley subraya la importancia de la capacitación para los empleados que realizan tareas de aplicación de la ley dentro de un departamento. Reconoce que el departamento ya cuenta con una academia de aplicación de la ley de nivel inicial y enfatiza la necesidad de educación continua para beneficiar a los consumidores. El departamento tiene la tarea de ofrecer oportunidades de capacitación continua y desarrollar cursos de capacitación completos en coordinación con la oficina del Fiscal General y la Oficina de Audiencias Administrativas. El objetivo es asegurar que todo el personal de aplicación de la ley esté bien versado en las prácticas de aplicación de la ley, fomentando la participación de varios niveles del personal de la agencia.
(a)CA Negocios y Profesiones Code § 154.1(a) La Legislatura por la presente encuentra y declara todo lo siguiente:
(1)CA Negocios y Profesiones Code § 154.1(a)(1) El departamento está proporcionando actualmente oportunidades para que los empleados de las agencias que componen el departamento que realizan funciones de aplicación de la ley asistan a una academia de aplicación de la ley de nivel inicial.
(2)CA Negocios y Profesiones Code § 154.1(a)(2) Redunda en el mejor interés de los consumidores del estado que el departamento continúe proporcionando oportunidades de capacitación continua para los empleados que realizan funciones de aplicación de la ley para cada agencia que compone el departamento.
(b)CA Negocios y Profesiones Code § 154.1(b) El departamento continuará desarrollando y poniendo a disposición cursos de capacitación para los empleados que realizan funciones de aplicación de la ley. El propósito de los cursos de capacitación es desarrollar el conocimiento de las prácticas de aplicación de la ley para todos los empleados que realizan funciones de aplicación de la ley. El departamento deberá alentar a un funcionario ejecutivo de agencia, registrador, director ejecutivo, jefe de oficina, gerente de aplicación de la ley, supervisor o miembro del personal a asistir a los cursos de capacitación en aplicación de la ley.
(c)CA Negocios y Profesiones Code § 154.1(c) El departamento desarrollará los planes de estudio de capacitación en aplicación de la ley en consulta y cooperación con la oficina del Fiscal General y la Oficina de Audiencias Administrativas.
capacitación en aplicación de la ley academia de nivel inicial protección al consumidor capacitación de empleados agencias funciones de aplicación de la ley cursos de capacitación prácticas de aplicación de la ley Fiscal General Oficina de Audiencias Administrativas personal de la agencia cooperación del departamento capacitación continua director ejecutivo jefe de oficina
(Added by Stats. 2014, Ch. 395, Sec. 3. (SB 1243) Effective January 1, 2015.)
Esta ley permite que ciertas juntas profesionales de salud en California contraten a personas que no son agentes de policía para ayudar a investigar asuntos. Estas juntas también pueden contratar a personas para que actúen como expertos en campos específicos.
(a)CA Negocios y Profesiones Code § 154.2(a) Las juntas de artes curativas dentro de la División 2 (que comienza con la Sección 500) pueden emplear a personas, que no sean agentes del orden público, para realizar servicios de investigación.
(b)CA Negocios y Profesiones Code § 154.2(b) Las juntas de artes curativas dentro de la División 2 (que comienza con la Sección 500) pueden emplear a personas para servir como expertos.
juntas de artes curativas servicios de investigación expertos investigadores no policiales profesionales de la división 2 empleo en juntas de salud juntas de salud de California expertos en investigación autoridad de contratación función de las juntas profesionales
(Added by Stats. 2010, Ch. 719, Sec. 1. (SB 856) Effective October 19, 2010.)
Esta ley exige que ciertos departamentos envíen imágenes de huellas dactilares e información relacionada sobre empleados, contratistas y voluntarios al Departamento de Justicia. El Departamento de Justicia debe entonces proporcionar verificaciones de antecedentes a nivel estatal o federal. Este proceso incluye a todos los empleados, centrándose específicamente en los agentes del orden público o en aquellos que solicitan ser agentes del orden público.
(a)CA Negocios y Profesiones Code § 154.3(a) De conformidad con la subdivisión (u) de la Sección 11105 del Código Penal, el departamento deberá presentar al Departamento de Justicia imágenes de huellas dactilares e información relacionada requerida por el Departamento de Justicia para un empleado, futuro empleado, contratista, subcontratista o voluntario. El Departamento de Justicia proporcionará una respuesta a nivel estatal o federal de conformidad con la subdivisión (p) de la Sección 11105 del Código Penal.
(b)CA Negocios y Profesiones Code § 154.3(b) De conformidad con la subdivisión (u) de la Sección 11105 del Código Penal, el departamento deberá presentar al Departamento de Justicia imágenes de huellas dactilares e información relacionada requerida por el Departamento de Justicia para todos los empleados que son agentes del orden público y futuros empleados que serán agentes del orden público del departamento. El Departamento de Justicia proporcionará una respuesta a nivel estatal o federal de conformidad con la subdivisión (k) de la Sección 11105 del Código Penal.
presentación de huellas dactilares Departamento de Justicia verificación de antecedentes respuesta a nivel estatal respuesta a nivel federal empleados agentes del orden público futuros empleados contratistas voluntarios subcontratistas subdivisión (u) subdivisión (p) subdivisión (k) imágenes de huellas dactilares respuesta del departamento de justicia
(Added by Stats. 2024, Ch. 997, Sec. 1. (AB 179) Effective September 30, 2024.)
Esta ley explica que si una persona que no es un empleado regular, pero es contratada para ayudar a una junta profesional a evaluar a un solicitante o supervisar a un titular de licencia actual, es demandada por hacer su trabajo, la junta debe proporcionarle defensa legal a esa persona. Sin embargo, si esta persona pierde la demanda, la junta no es responsable de pagar ninguna sentencia en su contra. La defensa será manejada por el Fiscal General, y la junta cubrirá los costos legales.
Si una persona, que no sea un empleado regular de una junta bajo este código, incluyendo la Junta de Examinadores Quiroprácticos y la Junta Médica Osteopática de California, es contratada o está bajo contrato para proporcionar experiencia a la junta en la evaluación de un solicitante o la conducta de un titular de licencia, y esa persona es nombrada como demandado en una acción civil que surja de la evaluación o de cualquier opinión emitida, declaración hecha o testimonio dado a la junta o a sus representantes, la junta deberá proporcionar la representación necesaria para defender al demandado en esa acción civil. La junta no será responsable de ningún fallo dictado contra la persona. El Fiscal General será utilizado en la acción y sus servicios serán un cargo contra la junta.
defensa en acción civil representación de la junta experiencia en evaluación evaluación de licencia costos de defensa legal profesional contratado Junta de Examinadores Quiroprácticos Junta Médica Osteopática participación del Fiscal General representación del demandado experto no empleado
(Amended by Stats. 1991, Ch. 359, Sec. 3.)
Esta ley permite al director contratar investigadores, inspectores y delegados para gestionar las infracciones de las leyes bajo su responsabilidad. Los inspectores no tienen que ser empleados de la División de Investigación y pueden ser contratados directamente por diversas juntas, oficinas o comisiones. Estos contratos deben ajustarse a ciertas regulaciones del código de gobierno. Los inspectores actuales de la administración pública afectados por esta ley no perderán sus empleos ni sus derechos. La ley también aclara que estos cambios no limitan la autoridad existente de los investigadores actuales para llevar a cabo inspecciones o investigaciones según sea necesario.
(a)CA Negocios y Profesiones Code § 155(a) De conformidad con la Sección 159.5, el director podrá emplear a los investigadores, inspectores y delegados que sean necesarios para investigar y procesar debidamente todas las infracciones de cualquier ley, cuya aplicación esté a cargo del departamento o de cualquier junta, agencia o comisión dentro del departamento.
(b)CA Negocios y Profesiones Code § 155(b) Es la intención de la Legislatura que los inspectores utilizados por las juntas, oficinas o comisiones del departamento no estén obligados a ser empleados de la División de Investigación, sino que podrán ser empleados de, o estar bajo contrato con, las juntas, oficinas o comisiones. Los contratos de servicios deberán ser coherentes con el Artículo 4.5 (que comienza con la Sección 19130) del Capítulo 6 de la Parte 2 de la División 5 del Título 2 del Código de Gobierno. Todos los empleados de la administración pública actualmente empleados como inspectores cuyas funciones sean transferidas como resultado de esta sección conservarán sus puestos, estatus y derechos de conformidad con la Sección 19994.10 del Código de Gobierno y la Ley de la Administración Pública Estatal (Parte 2 (que comienza con la Sección 18500) de la División 5 del Título 2 del Código de Gobierno).
(c)CA Negocios y Profesiones Code § 155(c) Nada en esta sección limita la autoridad de, ni prohíbe a, los investigadores de la División de Investigación en la realización de inspecciones o investigaciones de cualquier licenciatario, o en la realización de investigaciones de cualquier funcionario o empleado de una junta o del departamento a solicitud específica del director o de la persona que este designe.
investigadores inspectores delegados infracciones emplear juntas oficinas comisiones División de Investigación contratos administración pública derechos laborales código de gobierno inspecciones autoridad del director
(Amended by Stats. 1985, Ch. 1382, Sec. 1.)
El director de un departamento en California puede celebrar contratos para las diferentes juntas dentro del departamento si estas lo solicitan. Estos contratos pueden cubrir aspectos como exámenes y pueden incluir protecciones para los contratistas si el estado o sus empleados fueran los responsables. Cada año, el director debe informar a la legislatura estatal sobre el progreso de la transición de ciertas entidades a una nueva tecnología de licencias. Este informe debe incluir la planificación de procesos de negocio, el análisis de costos, el desarrollo de sistemas tecnológicos y cualquier otra actualización relevante o solicitud de la Legislatura.
(a)CA Negocios y Profesiones Code § 156(a) El director podrá, para el departamento y a solicitud y con el consentimiento de una junta dentro del departamento en cuyo nombre se vaya a celebrar el contrato, celebrar contratos de conformidad con el Capítulo 3 (que comienza con la Sección 11250) de la Parte 1 de la División 3 del Título 2 del Código de Gobierno o el Capítulo 2 (que comienza con la Sección 10290) de la Parte 2 de la División 2 del Código de Contratos Públicos para y en nombre de cualquier junta dentro del departamento.
(b)CA Negocios y Profesiones Code § 156(b) De conformidad con el apartado (a), el director podrá, a su discreción, negociar y celebrar contratos con fines de examen, que incluyan disposiciones que eximan de responsabilidad a un contratista cuando la responsabilidad derivada de un contrato entre una junta del departamento y el contratista sea atribuible al estado o a sus funcionarios, agentes o empleados.
(c)CA Negocios y Profesiones Code § 156(c) El director informará sobre el progreso de la transición de las entidades de la versión 3 a una nueva plataforma tecnológica de licencias a todos los comités apropiados de la Legislatura a más tardar el 31 de diciembre de cada año. Los informes de progreso incluirán planes y cronogramas actualizados para completar todo lo siguiente:
(1)CA Negocios y Profesiones Code § 156(c)(1) Documentación de procesos de negocio.
(2)CA Negocios y Profesiones Code § 156(c)(2) Análisis de costo-beneficio de las opciones de tecnología de la información.
(3)CA Negocios y Profesiones Code § 156(c)(3) Desarrollo e implementación de sistemas de tecnología de la información.
(4)CA Negocios y Profesiones Code § 156(c)(4) Cualquier otra medida relevante necesaria para satisfacer las necesidades de TI de las entidades de la versión 3.
(5)CA Negocios y Profesiones Code § 156(c)(5) Cualquier otra información que la Legislatura pueda solicitar.
contratos del director juntas del departamento contratos de examen responsabilidad del contratista informe de progreso de transición plataforma tecnológica de licencias documentación de procesos de negocio análisis de costo-beneficio desarrollo de sistemas de TI informe a la Legislatura entidades de la versión 3 implementación tecnológica negociación de contratos ejecución de contratos protección de responsabilidad
(Amended by Stats. 2017, Ch. 429, Sec. 2. (SB 547) Effective January 1, 2018.)
Esta ley establece las reglas para la conservación de registros relacionados con el tratamiento de profesionales en California que tienen problemas con el alcohol o las drogas. Si usted es un contratista que presta estos servicios, debe guardar todos los registros relacionados durante al menos tres años después del último servicio prestado. Estos registros son confidenciales y no pueden compartirse fácilmente. Para otros tipos de contratos con el departamento, los registros también deben conservarse durante tres años después del pago final. El auditor interno del departamento puede revisar estos registros, pero el Auditor Estatal también tiene derecho a realizar auditorías por separado.
(a)CA Negocios y Profesiones Code § 156.1(a) No obstante cualquier otra ley, las personas o entidades que contraten con el departamento o cualquier junta dentro del departamento para la prestación de servicios relacionados con el tratamiento y la rehabilitación de licenciatarios afectados por alcohol o drogas peligrosas deberán conservar todos los registros y documentos relacionados con dichos servicios hasta el momento en que dichos registros y documentos hayan sido revisados para auditoría por el departamento. Estos registros y documentos deberán conservarse durante tres años a partir de la fecha del último tratamiento o servicio prestado a dicho licenciatario, después de lo cual los registros y documentos podrán ser depurados y destruidos por el proveedor contratado. Esta disposición prevalecerá sobre cualquier otra ley relacionada con la depuración o destrucción de registros correspondientes a dichos programas de tratamiento y rehabilitación.
(b)CA Negocios y Profesiones Code § 156.1(b) A menos que se disponga expresamente lo contrario por ley o reglamento, todos los registros y documentos relacionados con los servicios para el tratamiento y la rehabilitación de licenciatarios afectados por alcohol o drogas peligrosas proporcionados por cualquier proveedor contratado al departamento o a cualquier junta dentro del departamento se mantendrán confidenciales y no estarán sujetos a descubrimiento o citación judicial.
(c)CA Negocios y Profesiones Code § 156.1(c) Con respecto a todos los demás contratos de servicios con el departamento, o cualquier junta dentro del departamento que no sean los establecidos en el apartado (a), el director o el subdirector principal podrá solicitar un examen y una auditoría por parte del auditor interno del departamento de todo el desempeño bajo el contrato. Para este fin, todos los documentos y registros del proveedor contratado en relación con dicho desempeño deberán ser conservados por el proveedor durante un período de tres años después del pago final bajo el contrato. Nada en esta sección afectará la autoridad del Auditor Estatal para realizar cualquier examen o auditoría bajo los términos de la Sección 8546.7 del Código de Gobierno.
conservación de registros proveedor contratado revisión de auditoría tratamiento y rehabilitación licenciatarios afectados confidencialidad destrucción de registros auditor interno tratamiento de alcohol y drogas auditoría de desempeño período de conservación de documentos contratos de servicios autoridad de auditoría conservación por tres años restricciones de descubrimiento y citación judicial
(Amended by Stats. 2019, Ch. 351, Sec. 42. (AB 496) Effective January 1, 2020.)
Esta ley permite al director de un departamento en California organizar alquileres a corto plazo para espacios de reuniones o exámenes. El director puede negociar contratos que protejan al proveedor del espacio de responsabilidad legal si surgen problemas debido al uso por parte del estado. También se le permite al director realizar pagos anticipados para reservar estos espacios. Todos los acuerdos deben ser aprobados por la oficina legal del Departamento de Servicios Generales.
El director podrá negociar y celebrar, en nombre del departamento y de sus agencias componentes, acuerdos de alquiler para la contratación a corto plazo de espacio y mobiliario con fines de examen o reunión. El director podrá, a su discreción, negociar y celebrar contratos para dicho espacio que incluyan cláusulas que eximan de responsabilidad al proveedor del espacio cuando la responsabilidad derivada del uso del espacio bajo el contrato sea atribuible al estado o a sus funcionarios, agentes o empleados. No obstante cualquier otra disposición legal, el director podrá, a su discreción, adelantar pagos como depósitos para reservar y mantener espacio para exámenes o reuniones. Cualquier acuerdo de este tipo estará sujeto a la aprobación de la oficina legal del Departamento de Servicios Generales.
autoridad del director alquileres a corto plazo espacio para reuniones espacio para exámenes negociación de contratos protección de responsabilidad acuerdo de exención de responsabilidad pagos anticipados reserva de espacio aprobación del Departamento de Servicios Generales
(Amended by Stats. 1988, Ch. 1448, Sec. 1.5.)
Si una junta gasta dinero en casos penales o en la investigación de conductas profesionales indebidas, esos costos son gastos válidos que pueden pagarse con los fondos de la junta.
gastos de la junta costos de procesos penales procedimientos por conducta profesional indebida asignación de fondos cargos legítimos fondos de la junta cobertura de gastos legales asignación de fondos de la junta responsabilidad financiera de la junta costos de investigación gastos de procedimientos legales justificación de gastos gastos de la junta investigación de conducta profesional gastos de casos penales
(Added by Stats. 1937, Ch. 474.)
Esta ley permite que las juntas y comisiones que forman parte o son supervisadas por el Departamento de Asuntos del Consumidor otorguen reembolsos a las personas que solicitan exámenes o licencias si no son elegibles o no tienen las cualificaciones adecuadas. Además, si alguien ha pagado tarifas o multas por error o si se le cobraron ilegalmente, debe recibir un reembolso. Estas solicitudes de reembolso son gestionadas por el Contralor del Estado, quien las pagará con cargo a los fondos de la agencia correspondiente.
Con la aprobación del Director de Asuntos del Consumidor, las juntas y comisiones que componen el departamento o están sujetas a su jurisdicción podrán realizar reembolsos a los solicitantes que se consideren no elegibles para realizar los exámenes o cuyas credenciales sean insuficientes para otorgarles certificados o licencias.
No obstante cualquier otra ley, cualquier tarifa de solicitud, tarifa de licencia o multa impuesta y cobrada ilegalmente, por error, inadvertencia o equivocación, será reembolsada. Las reclamaciones autorizadas por el departamento se presentarán ante el Contralor del Estado, y el Contralor emitirá una orden de pago con cargo al fondo de la agencia para el pago del reembolso.
reembolsos solicitantes no elegibles exámenes credenciales certificados licencias tasas de solicitud tasas de licencia multas tasas cobradas ilegalmente error inadvertencia equivocación Contralor del Estado
(Amended by Stats. 2019, Ch. 351, Sec. 43. (AB 496) Effective January 1, 2020.)
Esta ley permite a los miembros y al director ejecutivo de cualquier junta, agencia, oficina, división o comisión tomar juramento legalmente a las personas y verificar acciones oficiales mientras realizan su trabajo.
Los miembros y el director ejecutivo de cada junta, agencia, oficina, división o comisión tienen la facultad de tomar juramentos y afirmaciones en el desempeño de cualquier asunto de la junta, y de certificar actos oficiales.
administrar juramentos afirmaciones certificar actos oficiales miembros de la junta director ejecutivo autoridad de la agencia deberes de la oficina poderes de la comisión responsabilidades de la división certificación oficial administración de juramentos facultades de afirmación asuntos de la junta actos oficiales
(Added by Stats. 1947, Ch. 1350.)
Esta ley establece la División de Investigación dentro de un departamento, dirigida por un jefe. También describe las funciones de los investigadores, quienes tienen ciertas facultades policiales y son nombrados por un director. Además, crea la Unidad de Investigación de Calidad de la Salud dentro de esta división. Esta unidad se encarga de investigar infracciones legales relacionadas con varias juntas médicas en California. Asimismo, la Junta Médica de California no tiene que pagar una tarifa por hora por las investigaciones realizadas por esta unidad.
(a)Copy CA Negocios y Profesiones Code § 159.5(a)
(1)Copy CA Negocios y Profesiones Code § 159.5(a)(1) Existe en el departamento la División de Investigación. La división está a cargo de una persona con el título de jefe de la división.
(2)CA Negocios y Profesiones Code § 159.5(a)(2) Salvo lo dispuesto en la Sección 160, los investigadores que tengan la autoridad de agentes del orden público, según lo especificado en la subdivisión (a) de la Sección 160 y en la subdivisión (a) de la Sección 830.3 del Código Penal, formarán parte de la división y serán nombrados por el director.
(b)Copy CA Negocios y Profesiones Code § 159.5(b)
(1)Copy CA Negocios y Profesiones Code § 159.5(b)(1) Existe en la División de Investigación la Unidad de Investigación de Calidad de la Salud. La responsabilidad principal de la unidad es investigar violaciones de la ley o reglamentos dentro de la jurisdicción de la Junta Médica de California, la Junta Médica Podiátrica de California, la Junta de Psicología, la Junta Médica Osteopática de California, la Junta de Asistentes Médicos, o cualquier entidad bajo la jurisdicción de la Junta Médica de California.
(2)CA Negocios y Profesiones Code § 159.5(b)(2) A la Junta Médica de California no se le cobrará una tarifa por hora por la realización de investigaciones por parte de la unidad.
División de Investigación jefe de la división Unidad de Investigación de Calidad de la Salud Junta Médica de California Junta Médica Podiátrica de California Junta de Psicología Junta Médica Osteopática de California Junta de Asistentes Médicos investigadores agentes del orden público violaciones de la ley investigaciones de reglamentación médica nombramiento por el director facultades policiales sin tarifa por hora
(Amended by Stats. 2019, Ch. 351, Sec. 44. (AB 496) Effective January 1, 2020.)
Esta ley establece que el jefe y los investigadores de la División de Investigación de California y de la Junta Dental tienen las facultades de agentes del orden público cuando realizan sus funciones relacionadas con diversas investigaciones. Esto significa que pueden hacer cumplir la ley e iniciar procesos penales si es necesario. Además, estos organismos pueden contratar a personas que no son agentes del orden público para ayudar con las investigaciones. La ley está vigente desde el 1 de julio de 2014.
(a)CA Negocios y Profesiones Code § 160(a) El jefe y todos los investigadores de la División de Investigación del departamento y todos los investigadores de la Junta Dental de California tienen la autoridad de agentes del orden público mientras ejercen las facultades concedidas o desempeñan los deberes impuestos a ellos o a la división al investigar las leyes administradas por las diversas juntas que componen el departamento o al iniciar directa o indirectamente cualquier proceso penal que surja de cualquier investigación realizada conforme a estas leyes. Todas las personas aquí mencionadas se considerará que actúan dentro del ámbito de su empleo con respecto a todos los actos y asuntos establecidos en esta sección.
(b)CA Negocios y Profesiones Code § 160(b) La División de Investigación del departamento y la Junta Dental de California pueden emplear a personas, que no sean agentes del orden público, para prestar servicios de investigación.
(c)CA Negocios y Profesiones Code § 160(c) Esta sección entrará en vigor el 1 de julio de 2014.
autoridad de agente del orden público servicios de investigación División de Investigación Junta Dental proceso penal ámbito de empleo empleo de no agentes del orden público facultades de aplicación de la ley investigaciones juntas de departamentos de California
(Repealed (in Sec. 2) and added by Stats. 2013, Ch. 515, Sec. 3. (SB 304) Effective January 1, 2014. Section operative July 1, 2014, by its own provisions.)
Esta ley garantiza que todos los empleados públicos que trabajan para la Junta de Examinadores Dentales y la Junta Médica de California, dentro del Departamento de Asuntos del Consumidor, conservarán sus empleos, su estatus de empleo estatal y otros derechos, incluso cuando sus funciones se trasladen a otros departamentos. Los traspasos deben realizarse antes de fechas límite específicas: el 1 de julio de 1999 para los empleados de la Junta Dental, y el 1 de julio de 2014 para los empleados de la Junta Médica. Esto incluye el traspaso de puestos como los de agentes del orden público, consultores médicos y su personal de apoyo.
(a)CA Negocios y Profesiones Code § 160.5(a) Todos los empleados de la función pública actualmente empleados por la Junta de Examinadores Dentales del Departamento de Asuntos del Consumidor, cuyas funciones se transfieran como resultado de la ley que añade esta sección, conservarán sus puestos, estatus y derechos de conformidad con la Sección 19050.9 del Código de Gobierno y la Ley de la Función Pública Estatal (Parte 2 (que comienza con la Sección 18500) de la División 5 del Título 2 del Código de Gobierno). El traspaso de empleados como resultado de la ley que añade esta sección se realizará a más tardar el 1 de julio de 1999.
(b)Copy CA Negocios y Profesiones Code § 160.5(b)
(1)Copy CA Negocios y Profesiones Code § 160.5(b)(1) Todos los empleados de la función pública actualmente empleados por la Junta Médica de California del Departamento de Asuntos del Consumidor, cuyas funciones se transfieran como resultado de la ley que añade esta subdivisión, conservarán sus puestos, estatus y derechos de conformidad con la Sección 19050.9 del Código de Gobierno y la Ley de la Función Pública Estatal (Parte 2 (que comienza con la Sección 18500) de la División 5 del Título 2 del Código de Gobierno). El traspaso de empleados como resultado de la ley que añade esta subdivisión se realizará a más tardar el 1 de julio de 2014.
(2)CA Negocios y Profesiones Code § 160.5(b)(2) El traspaso de empleados de conformidad con esta subdivisión incluirá todos los puestos de agentes del orden público y consultores médicos, y todos los puestos de personal de apoyo para dichos puestos de agentes del orden público y consultores médicos.
Junta de Examinadores Dentales Junta Médica de California empleados de la función pública Departamento de Asuntos del Consumidor traspaso de empleados Ley de la Función Pública Estatal derechos de los empleados retención del estatus de empleado puestos de agentes del orden público puestos de consultores médicos puestos de personal de apoyo plazos de traspaso de empleos Sección 19050.9 Código de Gobierno
(Amended by Stats. 2013, Ch. 515, Sec. 4. (SB 304) Effective January 1, 2014.)
Esta sección de la ley permite a las juntas o departamentos estatales de California proporcionar al público copias de sus registros públicos. Los documentos pueden incluir registros completos, compilaciones, resúmenes o extractos, y pueden ser entregados siempre que cumplan con leyes de privacidad específicas. Pueden cobrar una tarifa que cubra el costo real de proporcionar estos documentos. El monto de la tarifa es establecido por el director y requiere la aprobación del Departamento de Servicios Generales.
El departamento, o cualquier junta dentro del departamento, podrá, de conformidad con la Ley de Registros Públicos de California (División 10 (que comienza con la Sección 7920.000) del Título 1 del Código de Gobierno) y la Ley de Prácticas de Información de 1977 (Capítulo 1 (que comienza con la Sección 1798) del Título 1.8 de la Parte 4 de la División 3 del Código Civil), poner a disposición del público copias de cualquier parte de sus respectivos registros públicos, o compilaciones, extractos o resúmenes de información contenida en sus registros públicos, a un cargo suficiente para cubrir el costo real de los mismos. Dicho cargo será determinado por el director con la aprobación del Departamento de Servicios Generales.
acceso a registros públicos Ley de Prácticas de Información tarifa de registros públicos Ley de Registros Públicos de California aprobación del Departamento de Servicios Generales recuperación de costos de documentos disponibilidad de registros compilaciones de registros públicos resúmenes de registros registros de juntas y departamentos
(Amended by Stats. 2021, Ch. 615, Sec. 3. (AB 474) Effective January 1, 2022. Operative January 1, 2023, pursuant to Section 463 of Stats. 2021, Ch. 615.)
Esta ley establece que si un funcionario de una junta en el departamento certifica si alguien tenía licencia, certificación o registro en una fecha determinada o durante un período específico, o si su licencia o certificación fue revocada o suspendida, esta certificación puede usarse como prueba en un tribunal.
certificado de funcionario registros de junta estado de licencia licencia revocada certificación suspendida prueba en tribunal fecha específica período específico prueba prima facie estado de certificación
(Added by Stats. 1949, Ch. 355.)
Esta sección exige que el departamento y sus juntas cobren una tarifa de $2 por certificar copias de los registros o documentos que poseen. Esto también se aplica a la certificación de documentos que demuestran el contenido de dichos registros.
Salvo que la ley disponga expresamente lo contrario, el departamento y cada junta dentro del departamento cobrarán una tarifa de dos dólares ($2) por la certificación de una copia de cualquier registro, documento o papel bajo su custodia o por la certificación de cualquier documento que evidencie el contenido de dicho registro, documento o papel.
tarifa de certificación de documentos costo de certificación de registros tarifa de la junta certificación de copias tarifa de documento oficial cargo de dos dólares proceso de certificación custodia de documentos registro de papeles evidencia de certificación copias certificadas registros oficiales
(Amended by Stats. 1963, Ch. 590.)
Si te retrasas en la renovación de una licencia con el Departamento de Asuntos del Consumidor, se te cobrará una multa equivalente a la mitad de la tarifa de renovación, que oscilará entre $25 y $150. Esta tarifa por retraso no se aplicará hasta 30 días después de que te envíen por correo un aviso de renovación. Si necesitas restablecer tu licencia, la tarifa de restablecimiento puede ser de hasta el 150% de la tarifa de renovación, pero no más de $25 por encima de esta, a menos que la ley establezca una tarifa menor.
Salvo que la ley disponga lo contrario, el recargo por mora, la multa o la tarifa por pago tardío para cualquier licenciatario dentro del Departamento de Asuntos del Consumidor será el 50 por ciento de la tarifa de renovación de dicha licencia vigente en la fecha de la renovación de la licencia, pero no menos de veinticinco dólares ($25) ni más de ciento cincuenta dólares ($150).
No se aplicará un recargo por mora, multa o tarifa por pago tardío hasta que hayan transcurrido 30 días desde la fecha en que la agencia de licencias envió por correo un aviso de renovación al licenciatario a la última dirección registrada conocida del licenciatario. El aviso especificará la fecha para la renovación oportuna, y que la falta de renovación de manera oportuna resultará en la aplicación de un recargo por mora, multa o tarifa por pago tardío.
En caso de que se cobre una tarifa de restablecimiento o similar por el restablecimiento de una licencia, la tarifa de restablecimiento será el 150 por ciento de la tarifa de renovación de dicha licencia vigente en la fecha del restablecimiento de la licencia, pero no más de veinticinco dólares ($25) por encima de la tarifa de renovación, excepto que, en caso de que dicha tarifa sea fijada por ley en menos del 150 por ciento de la tarifa de renovación y menos de la tarifa de renovación más veinticinco dólares ($25), se cobrará la tarifa así fijada.
tarifa de renovación de licencia recargo por mora tarifa por pago tardío Departamento de Asuntos del Consumidor tarifa de restablecimiento aviso de renovación renovación oportuna cargo por multa envío de aviso dirección del licenciatario fecha de renovación restablecimiento de licencia cálculo de tarifa 50 por ciento de la tarifa de renovación tarifa máxima por pago tardío
(Amended by Stats. 1985, Ch. 587, Sec. 1.)
Esta sección de la ley establece que el diseño y los detalles de cualquier documento oficial, como licencias o permisos emitidos por una agencia del departamento, son decididos por el director. El director toma estas decisiones después de discutir y considerar las opiniones de la agencia involucrada.
forma de licencia contenido de certificado diseño de permiso autoridad de agencia indicios de autoridad emisión de documentos consulta del director opiniones de la agencia documento de renovación emitido por el departamento documentos oficiales proceso de consulta diseño de documentos agencia del departamento proceso de toma de decisiones
(Amended by Stats. 1987, Ch. 850, Sec. 6.)
Esta ley establece que si cualquier grupo del Departamento de Asuntos del Consumidor desea proporcionar a la Legislatura un análisis del impacto financiero sobre leyes pendientes, primero debe obtener la opinión del Director de Asuntos del Consumidor. Su análisis debe incluir los comentarios del director antes de enviarlo a la Legislatura. Sin embargo, si un legislador solicita directamente información financiera, el grupo puede responder de inmediato, pero también debe enviar la misma información al director en un plazo de cinco días.
No obstante cualquier otra disposición legal, ninguna junta, oficina, comité, comisión o programa del Departamento de Asuntos del Consumidor presentará a la Legislatura ningún análisis de impacto fiscal relacionado con legislación pendiente ante la Legislatura hasta que dicho análisis haya sido presentado al Director de Asuntos del Consumidor, o a su designado, para su revisión y comentario. Las juntas, oficinas, comités, comisiones y programas deberán incluir los comentarios del director al presentar cualquier análisis de impacto fiscal a la Legislatura. Esta sección no se interpretará como una prohibición para que las juntas, oficinas, comités, comisiones y programas respondan a solicitudes directas de datos fiscales de los Miembros de la Legislatura o de su personal. En esos casos, será responsabilidad de las juntas, oficinas, comités, comisiones y programas transmitir también esa información al director, o a su designado, dentro de los cinco días hábiles.
análisis de impacto fiscal Director de Asuntos del Consumidor revisión legislativa Departamento de Asuntos del Consumidor presentación de análisis financiero inclusión de comentarios legislación pendiente solicitudes directas miembros legislativos transmisión de información retroalimentación de la Legislatura procedimientos de juntas y comités cumplimiento de datos financieros proceso de revisión de análisis proceso de presentación de información
(Added by Stats. 1984, Ch. 268, Sec. 0.2. Effective June 30, 1984.)
Esta ley exige que el director cree directrices para los programas de educación continua obligatoria de las juntas profesionales. Estas directrices aseguran que la educación continua mejore las habilidades y proteja al público. Los programas deben cubrir la validez del curso, la relevancia ocupacional, la presentación efectiva, la asistencia, la comprensión del material y su aplicación. También deben especificar la audiencia, los objetivos de aprendizaje, las metas claras, los métodos adecuados y los procesos de evaluación. Cualquier programa de educación nuevo o revisado debe ajustarse a estas directrices. Las juntas deben revisar sus programas existentes para verificar su cumplimiento y pueden aceptar créditos obtenidos fuera del estado si cumplen con los requisitos. Otros requisitos de educación continua en el código no se ven afectados por esta sección.
El director, mediante reglamento, desarrollará directrices para prescribir los componentes de los programas de educación continua obligatoria administrados por cualquier junta dentro del departamento.
(a)CA Negocios y Profesiones Code § 166(a) Las directrices se desarrollarán para asegurar que la educación continua obligatoria se utilice como un medio para crear una población de licenciatarios más competente, mejorando así la protección pública. Las directrices exigirán que los programas de educación continua obligatoria aborden, al menos, lo siguiente:
(1)CA Negocios y Profesiones Code § 166(a)(1) Validez del curso.
(2)CA Negocios y Profesiones Code § 166(a)(2) Relevancia ocupacional.
(3)CA Negocios y Profesiones Code § 166(a)(3) Presentación efectiva.
(4)CA Negocios y Profesiones Code § 166(a)(4) Asistencia real.
(5)CA Negocios y Profesiones Code § 166(a)(5) Asimilación del material.
(6)CA Negocios y Profesiones Code § 166(a)(6) Potencial de aplicación.
(b)CA Negocios y Profesiones Code § 166(b) El director considerará los principios educativos, y las directrices prescribirán formatos de programas de educación continua obligatoria que incluyan, entre otros, los siguientes:
(1)CA Negocios y Profesiones Code § 166(b)(1) La audiencia específica.
(2)CA Negocios y Profesiones Code § 166(b)(2) Identificación de lo que se debe aprender.
(3)CA Negocios y Profesiones Code § 166(b)(3) Metas y objetivos claros.
(4)CA Negocios y Profesiones Code § 166(b)(4) Métodos de aprendizaje relevantes (participativos, prácticos o en un entorno clínico).
(5)CA Negocios y Profesiones Code § 166(b)(5) Evaluación, centrada en el alumno y en la valoración de los resultados de aprendizaje previstos (metas y objetivos).
(c)CA Negocios y Profesiones Code § 166(c) Cualquier junta dentro del departamento que, después del 1 de enero de 1993, proponga un programa de educación continua obligatoria para sus licenciatarios deberá presentar el programa propuesto al director para su revisión, a fin de asegurar que el programa contenga todos los elementos establecidos en esta sección y cumpla con las directrices desarrolladas por el director.
(d)CA Negocios y Profesiones Code § 166(d) Cualquier junta que administre un programa de educación continua obligatoria y que proponga modificar su programa actual deberá hacerlo de manera consistente con esta sección.
(e)CA Negocios y Profesiones Code § 166(e) Cualquier junta que actualmente administre un programa de educación continua obligatoria deberá revisar los componentes y requisitos del programa para determinar en qué medida son consistentes con las directrices desarrolladas bajo esta sección. La junta presentará un informe de sus hallazgos al director. El informe identificará las similitudes y diferencias de su programa de educación continua obligatoria. El informe incluirá cualquier necesidad específica de la junta para explicar la variación de las directrices del director.
(f)CA Negocios y Profesiones Code § 166(f) Cualquier junta que administre un programa de educación continua obligatoria, al aceptar horas de crédito obtenidas fuera del estado, deberá asegurar que el curso por el cual se otorga el crédito se administre de acuerdo con las directrices mencionadas en el inciso (a).
(g)CA Negocios y Profesiones Code § 166(g) Nada de lo dispuesto en esta sección o en las directrices adoptadas por el director se interpretará como una derogación de cualquier requisito para los programas de educación continua establecidos en cualquier otra disposición de este código.
directrices de educación continua protección pública mejora de la competencia validez del curso relevancia ocupacional presentación efectiva evaluación del programa evaluación del alumno principios educativos especificación de la audiencia objetivos de aprendizaje programas obligatorios revisión y cumplimiento créditos de fuera del estado
(Amended by Stats. 1994, Ch. 146, Sec. 1. Effective January 1, 1995.)